Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: garcia1683 en 12 de Enero de 2013, 18:17:20 pm
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En un ayuntamiento de la provincia de Gerona han convocado una plaza de agente de la policía local con los dos siguientes requisitos:
1. Edad igual o superior a los 18 años.
2. Carnet de moto A.
Se da la coincidencia de que el carnet de conducción de la clase A no es posible obtenerlo hasta los 20 años, de modo que, al menos en apariencia, existe una contradicción entre el requisito de edad y el del permiso de conducción, haciendo imposible que las personas de entre 18 y 20 años puedan optar al proceso. ¿Creéis que es impugnable por un defecto de forma?