Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: bellota40 en 27 de Enero de 2013, 16:03:47 pm
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Como estudiante de derecho, que aun no se matriculó de mercantil, me gustaría poder ayudarle a un amigo que se encuentra en la incertidumbre de como actuar ante la denegación del registro de su marca de ropa. Vive en Asturias.
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La Ley de Patentes y Marcas (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l17-2001.html (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l17-2001.html)) establece con gran detalle el procedimiento de registro. Habría que saber las circunstancias del caso, pero creo que en principio cabe recurso administrativo:
Artículo 27. Revisión de actos en vía administrativa.
1. Los actos y resoluciones dictados por los órganos de la Oficina Española de Patentes y Marcas serán recurribles de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En cualquier caso, lo mejor es que leas la ley detenidamente, ya que conocerás mejor el asunto
Un saludo
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Lo primero gracias por tu respuesta.
He estado mirando la ley, estoy empezando y entiendo poco, sobreentiendo que ante la respuesta denegatoria del registro cabe recurso de alzada (no necesita abogado), ante nueva denegación puede poner recurso de reposición (no necesita abogado)y posteriormente, si se le sigue denegando, tendrá que acudir ya a la via contencioso-administrativa.
Los recursos de alzada y reposición los puede hacer mi amigo ¿lo entendí bien?, es un escrito alegando las razones por las cuales considera que su marca debe registrarse.
Hay en el foro alguna persona que sepa a que organismo se podría dirigir en Asturias para que lo asesorara sobre el tema marcas.
Adelantandome a los acontecimientos, si tuviera que acudir a la vía contenciosa, no tiene recursos, acudiría a su partido judicial para solicitar justicia gratuita???
Mi agradecimiento a los que lean mis dudas y conclusiones y puedan ayudarnos.