Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: tempus fugit en 13 de Febrero de 2013, 07:19:08 am

Título: EXAMEN CIVIL III
Publicado por: tempus fugit en 13 de Febrero de 2013, 07:19:08 am
Hola a tod@s,
Qué tal vamos con Civil III? Yo ando agobiada agobiada.... :-[
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 13 de Febrero de 2013, 11:34:42 am
En relax, hasta el jueves tarde jejejeje... y más comparado con tener lunes a las 6 y media Penal II y martes a las 9 Int Público.

Suerte!!  :D
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: joxep en 13 de Febrero de 2013, 16:55:10 pm
¿El examen es el viernes a las 16.00, verdad?
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: emperador en 13 de Febrero de 2013, 22:09:04 pm
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¿El examen es el viernes a las 16.00, verdad?
Verdad
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: tempus fugit en 14 de Febrero de 2013, 08:05:44 am
Pues gracias compis por comentar lo de la hora de examen. Yo convencida que era a las nueve, me confundí al mirar con civil II ???
He visto en el curso virtual que este año han cambiado el equipo de docentes encargados de la asignatura. Espero que sean igual de benévolos corrigiendo que el anterior.
Mucho ánimo!!!!
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 15 de Febrero de 2013, 12:15:56 pm
Suerte a todos... que ya se acerca...  :D Civil III y el fin de este primer cuatrimestre de exámenes uffffff
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: Moflyna en 15 de Febrero de 2013, 12:31:52 pm
Yo estoy atacadaa!!! :-[  Es una asignatura que me gusta,pero me da la sensación que cuanto más leo,más confundo las cosas...ains... :'(
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 15 de Febrero de 2013, 12:35:16 pm
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Yo estoy atacadaa!!! :-[  Es una asignatura que me gusta,pero me da la sensación que cuanto más leo,más confundo las cosas...ains... :'(

Sí, suele pasar, parece que lo tienes todo más o menos estructurado en la cabeza, con sus conceptitos por aquí, sus características por allá, y vuelves a leer y... plof... nada, en blanco. aggggg  ::)

Estoy deseando sentarme y ver el examen. Terminar con esto pase lo que pase (que esperemos sea bueno)  :D
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: tempus fugit en 15 de Febrero de 2013, 12:45:38 pm
jajajaja, a mí me pasa igual... estoy pensando en tal tema o tal otro y de repente... zas!!! me quedo que no sé por dónde empezar!!!!!!! :o Da susto y todo.... Pero estoy contigo en que una vez se sienta uno delante del examen, parece que el coco se centra en lo que nos preguntan y el resto se diluye... o eso espero que me pase esta tarde..... ;)
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 15 de Febrero de 2013, 12:47:56 pm
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jajajaja, a mí me pasa igual... estoy pensando en tal tema o tal otro y de repente... zas!!! me quedo que no sé por dónde empezar!!!!!!! :o Da susto y todo.... Pero estoy contigo en que una vez se sienta uno delante del examen, parece que el coco se centra en lo que nos preguntan y el resto se diluye... o eso espero que me pase esta tarde..... ;)

Hay que respirar y aummmm.... Dejar que fluya la sangre por el cerebro.... jejejeje... Joer, ya no me acordaba ni de la definición de usufructo.... Pero qué me pasaaaaa???  ;)
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: ius dental cai en 15 de Febrero de 2013, 13:06:11 pm
CONSEJO:
Yo me examiné el año pasado y, aunque aprobé, me pusieron mal una pregunta: "Sujetos del usufructo". En la revisión me comentó la profesora que no nombré al NUDO PROPIETARIO, que es lógico pero en el epígrafe del manual no aparecía tal mención.
Un saludo y MUCHA SUERTE
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 15 de Febrero de 2013, 18:32:58 pm
Bueno, ya salió. Creo que apruebo aunque la servidumbre personal me cogió fuera de juego, ni la había mirado... Pues no hay cosas que preguntar.

Preguntas:

1. Adquisición originaria y derivativa
2. Acción Revindicatoria
3. Extinción Del Usufructo
4. Servidumbre Personal
5. Un caso de derecho de superficie.
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: dpetit1 en 15 de Febrero de 2013, 20:10:07 pm
que habeis puesto en el caso practico???? ::) :o 8) ::)
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 15 de Febrero de 2013, 20:30:09 pm
Yo he puesto algo tan evidente que no sé si será lo correcto. AL duplicar el plazo se superaban los 99 años permitidos cuando el que cede el terreno es un particular. No sé si será eso.
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: joxep en 15 de Febrero de 2013, 21:39:45 pm
Era eso. Yo he metido la pata hasta el fondo.
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: b3ni en 15 de Febrero de 2013, 21:44:41 pm
El reglamento hipotecario dice que se puede prorrogar el periodo de 99 años por otros tantos, no obstante yo he puesto que no se podía por superar el máximo de 99... Nose...
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 15 de Febrero de 2013, 22:01:39 pm
tu lo has dicho  :) se pueden prorrogar los 99 pero nunca llegar a 100, con lo que lo que plantea la inmobiliaria no es posible (duplicar)
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: garrop en 15 de Febrero de 2013, 22:50:13 pm
De acuerdo al 100% con lo que se comenta, las servidumbres personales muy justito y los 100 años va a ser que no. De todas maneras, a la de los 100 años me parecia una respuesta tan corta que he respondido estilo profesor Lasarte en los programas de radio de la UNED  ;) ;) ;) ;)

Suerte a todos y a empezar a darle de nuevo que junio llega sin darse cuenta.
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: dpetit1 en 16 de Febrero de 2013, 00:00:42 am
La he cag....con el caso practico...Espero q con cuatro bien me aprueben...no estan excelentes pero bien...
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: widowson en 16 de Febrero de 2013, 04:56:00 am
Lo que no explican en la pregunta es si lo de doblar el plazo es en el momento del contrato o es una prórroga del mismo, yo he puesto que si es en el momento del contrato no se podria y si es una prórroga si.
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: anmec en 16 de Febrero de 2013, 09:53:16 am
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Lo que no explican en la pregunta es si lo de doblar el plazo es en el momento del contrato o es una prórroga del mismo, yo he puesto que si es en el momento del contrato no se podria y si es una prórroga si.

Pero es que si es una prórroga tampoco, porque serían siempre 100 años (doble de 50 es el dato).
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: albertb en 16 de Febrero de 2013, 11:57:21 am
Coincido con vosotros en que no puede superar el derecho de superficie la duración máxima de 99 años con lo que creo que hemos acertado de pleno y en lo de la cantidad a pagar por el derecho de superficie obtenido (que ponía que se pedía el triple del dinero por duplicar) puse que era mediante pacto entre particulares (autonomía privada) y que podía ser una suma alzada de dinero, un canon periódico, adjudicación de viviedas o locales o derechos de los mismos; con todo el problema no era el dinero que se pagaba sino el plazo de duración...

estoy seguro que lo hemos clavao!!! jajaja

ánimo y a por el segundo cuatrimestre
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: widowson en 16 de Febrero de 2013, 16:41:31 pm
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Pero es que si es una prórroga tampoco, porque serían siempre 100 años (doble de 50 es el dato).
No tengo el manual delante pero no se podía doblar en caso de prórroga? (150 y 198 años)
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: b3ni en 16 de Febrero de 2013, 16:52:55 pm
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No tengo el manual delante pero no se podía doblar en caso de prórroga? (150 y 198 años)
vamos a ver, se puede prorrogar según el R.H. Hasta 198 años pero la prórroga habrá de efectuarse al término, o sea, en el año 99, no en el año 1 cómo pretendía la inmobiliaria, es lo que entiendo yo, por lo tanto, no pueden poner un plazo  de inicio de 198 años. Suerte
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: widowson en 16 de Febrero de 2013, 17:21:58 pm
Claro, eso puse yo, porque en el enunciado ponía que la inmobiliaria quería doblar el plazo multiplicando el canon. Yo como estoy tan quemado de las preguntas trampa puse que si la ampliación del plazo era en el acto de la firma no se podía, que si era a término sí.
Igual me pasé de retorcido, pero estoy harto de preguntas que te cambian una coms de sitio y le cambian el sentido....
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: tempus fugit en 16 de Febrero de 2013, 17:46:40 pm
Pues yo cuando he leído el presupuesto del caso práctico he flipado... Lo primero que he pensado ha sido: ¿Que qué me parece que paguen más por duplicar? Pues que dupliquen!!!! Jajajajaja, ni sabía de qué me hablaban, jajajajajaja, luego al desarrollar la pregunta casi me da un ataque de risa.
Desde luego, estoy con el compi, que será que no hay cosas que preguntar que preguntan lo de las servidumbres personales... En la de la adquisición originaria y derivativa me he enrollado más de lo debido, me ha pillado espesa, y lo dicho, también yo he puesto lo de que se excederían los 99 años máximos fijados legalmente. Ciertamente la ley contempla la posibilidad de prorrogar, pero antes del vencimiento del contrato, no en el momento de la constitución, con lo cual sólo puse eso, que se pasa de los 99 años.
A ver qué tal.
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: Purillo en 17 de Febrero de 2013, 18:45:13 pm

Yo tengo que decir... que al ver la pregunta me dije...chacho... nos podían haber mandado dibujar la Servidumbre....jejejeje....

Pero tb, por motivos laborales, no hace mucho tuve una delante y gracias a mi jefa me acordé que no podía duplicarse el periodo por encima de noventa y nueve años, tal y como consta en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo, en su artículo 40.2, "2. Para que el derecho de superficie quede válidamente constituido se requiere su formalización en escritura pública y la inscripción de ésta en el Registro de la Propiedad. En la escritura deberá fijarse necesariamente el plazo de duración del derecho de superficie, que no podrá exceder de noventa y nueve años."

A lo que añado lo que aparece en un tema de oposición para notario:
"La Propiedad superficiaria, como ya hemos dicho, tiene carácter temporal, considerando la doctrina mayoritaria que no es posible constituir un derecho de superficie perpetuo. Así, el art.289.2 del TRLS señala que el plazo del derecho de superficie no podrá exceder de 75 años en el concedido por los Ayuntamientos y demás personas públicas, ni de 99 en el convenido entre particulares. Es posible la prórroga de estos períodos pero siempre que no se supere el máximo legal."

Tb me resulto curioso que en el exámen nos dijeron que debíamos suponer que se trataba de un borrador y no de una escritura en sí...

Pero bueno, confiemos que todo vaya bien y valga para aprobar...
Título: Re:EXAMEN CIVIL III
Publicado por: xabiergm en 23 de Febrero de 2013, 19:35:05 pm

Por favor, alguien tiene las soluciones del Practicum de D. Civil III ?
Si las teneis, enviar a xabiergm84@hotmail.com
GRACIAS.