Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: abogaaadooo en 07 de Marzo de 2013, 11:34:18 am
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Es un caso real...
¿Puede el demandante citar como testigo a un codemandado en el juicio?
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entiendo que todo seran llamados a dar su version de los hechos !!!
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Pero entiendo que el codemandado, como parte, ya da su propia versión de los hechos... no sé por qué es citado también en calidad de testigo....
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Cuando hay versiones discordantes siempre se le podrán hacer preguntas sobre los hechos en la fase de instrucción!!
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En mi último juicio (el único contencioso-administrativo), el codemandado ni apareció por allí, así que mal le podía hacer preguntas (fue sólo su abogado y el de la Administración).
Supongo que si le citan como testigo, tendrá que ir, pero es sólo una suposición.
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Existe una fase de vista, en los contenciosos, donde podrías hacer esto. Y en el periodo de pruebas, puedes solicitar una prueba testifical donde expones lo que quieres y a quien va dirigido, y si el Juez la estima pertinente se lo solicita.
Eso si, nadie puede estar obligado a declarar contra si mismo, y por tanto caso de llegarle la testifical solicitada ( si lo admite el juez), podría solicitar abstenerse de contestar, yo lo haría, y tb por tener interés directo en el procedimiento.
El segundo párrafo es una opinión.
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Según entiendo yo, la prueba en el Contencioso-admiistrativo se llevará a cabo como viene en la Ley de Enjuiciamiento Civil. art 60.4 Ljca
Y en la Lec en los medios de prueba aparece el "interrogatorio de las partes" que podrá solicitar cada parte al tribunal del interrogatorio de las demás.
Y luego está el "interrogatorio de testigos", pero entiendo que se tendría que utilizar de la forma primera "interrogatorio de las partes" que parece la forma más correcta y estipulada.