Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: willagar en 17 de Abril de 2013, 19:55:18 pm
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Hola
Alguno sabe si para plantear un contencioso contra un ayuntamiento (por una multa) por reclamación de cuantía de 90 € es necesario ir asistido de procurador y abogado? O como en la vía civil se puede uno representar así mismo?
Gracias (que desconocimiento de procesal administrativo tengo).
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Creo que siempre deberás ir asistido por abogado (art. 23 Ley 29/1998 JCA)
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Pues por 90 € no me compensa. Me gasto más en procedimiento, abogado y procurador que en la cuantía que la administración me adeuda.
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Pues por 90 € no me compensa. Me gasto más en procedimiento, abogado y procurador que en la cuantía que la administración me adeuda.
Por ese motivo el sistema se lo monta así. Además, si a la Administración la condenaran en costas aún hasta se lo podría uno medio pensar, pero no conozco el caso. Para ello el demandante debe demostrar que la Administración actúa con dolo y con el oscurantismo reinante en las instituciones es una tarea casi imposible en la práctica.
Soy de los que considera que es injusto que exista la jurisdicción contencioso-administrativa que implica que no seamos todos -Administración incluida- iguales ante la Ley. Solamente ver el sistema de plazos, recursos y toda la tramitación del procedimiento administrativo en general, con tanta casuística y tanta prerrogativa para la parte administrativa -juez y parte en la mayor parte de los casos- denota la inseguridad jurídica que se padece cuando uno decide enfrentarse a semejante mastodonte. Los molinos de viento de don Quijote siguen en el siglo XXI. :'(