Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: silvia70 en 21 de Abril de 2013, 12:23:22 pm
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No tengo nada claro la diferenencia entre homicidio consentido y suicidio asistido. El manual lo trata de igual manera en la pg. 173, pero despues establece una diferencia en la pág. 175. Alguien me podría aclarar esto por favor?
Por otra parte la eutanasia pasiva indirecta, tampoco veo que esté explicada de manera clara.
Muchas gracias. Un saludo
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de que asignatura?? en penal 2 se ve en el primer cuatrimestre.
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Voy a intentar aclararte algo. Espero no meter la pata!! :D
Yo creo que la diferencia principal entre homicidio consentido y suicidio asistido es que en la primera de las acciones, en el homicidio consentido, el autor tiene que intervenir activamente en dar muerte a la persona enferma mientras que en la segunda opción la intervención, únicamente, tiene que consistir en facilitar los medios al enfermo para que éste pueda llevar a cabo su suicidio.
En cuanto a la eutanasia pasiva indirecta.... creo que es un error del libro.
La eutanasia tiene dos tipos, la eutanasia directa y la indirecta. La directa, a su vez, puede clasificarse como activa o pasiva. Por lo que he estado buscando (yo también tenía dudas en ésto) la eutanasia pasiva indirecta no existe. Es, simplemente, eutanasia pasiva.
La eutanasia activa directa consiste en provocar la muerte del enfermo de modo directo mientras que la indirecta consiste en interrrumpir el tratamiento médico al enfermo o, incluso, suprimir la propia alimentación.
La eutanasia indirecta es cuando, por ejemplo, se le suministan al enfermo medicamentos que calmen los dolores que pueda estar sufriendo pero que, de modo indirecto, aceleren la muerte de éste.
Espero haberme explicado bien!! ;)
Ahh, ésto es materia de Derecho Eclesiástico.
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No tengo nada claro la diferenencia entre homicidio consentido y suicidio asistido. El manual lo trata de igual manera en la pg. 173, pero despues establece una diferencia en la pág. 175. Alguien me podría aclarar esto por favor?
Por otra parte la eutanasia pasiva indirecta, tampoco veo que esté explicada de manera clara.
Muchas gracias. Un saludo
Homicidio consentido es el término criminalista con el que se denomina al suicidio asistido; al menos según la pág. 173 del manual de Eclesiástico. Luego, según la pág. 175 no significan lo mismo. Parece que el suicidio asistido es una colaboración y el homicidio consentido es una autoría. Digo yo. Cualquiera sabe lo que ha querido decir el señor autor.
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Y sobre lo de la eutanasia, el compañero tiene razón. Hay un error; lo leí hace poco en Alf. Es eutanasia pasiva directa.
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Muchas gracias a todos. Y sí, era materia de derecho Eclesiástico. Ahora ya me quedan claros los conceptos. Un cordial saludo,
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Bueno aunque no es mi asignatura creo que puedo aportar una idea.
Homicidio es el que matare a otro, es decir, tienes que hacer algo, o dejar de hacer algo, TU, eres parte de la acción u omisión.
Suicidio, el que se mata a si mismo, es decir, "yo me mato", por acción u omisión, es una conducta autoagresiva. Tu aquí eres un espectador, que no matas sino que sabes que el otro se quiere matar, y le puedes ayudar con algún instrumento o dejas de prestar algo o de ayudar, pero no tienes ni intención de matar, ni matas por imprudencia, es él el que se mata y tu no lo impides.
Supongo que como el suicidio no es un delito, al conocer su intención no cometes "omision de deber de perseguir delitos" por lo que no es una acción antijurídica, ni tipica ni na de eso, aunque pueda ser reprochable (quien lo piense así).
Eah, es que quería poner mi idea en este tema, ( repito no es mi asignatura ni he leido nada al respecto).
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