Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: eruiz471 en 18 de Mayo de 2013, 18:46:23 pm

Título: Administrativo IV, pregunto
Publicado por: eruiz471 en 18 de Mayo de 2013, 18:46:23 pm
Me puede alquien explicar la diferencia entre clases y situaciones del suelo.
 Thank you!
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: Jrodrigue2111 en 18 de Mayo de 2013, 19:04:17 pm
La nueva ley del suelo 2007,  lo califica como clases de suelo a lo que antes se denominaba tipos de suelo.
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: eruiz471 en 18 de Mayo de 2013, 19:13:50 pm
Gracias
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: ius dental cai en 18 de Mayo de 2013, 19:45:22 pm
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La nueva ley del suelo 2007,  lo califica como clases de suelo a lo que antes se denominaba tipos de suelo.

Mejor explicado: IMPOSIBLE.  ;) ;) ;) ;)
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: Jrodrigue2111 en 18 de Mayo de 2013, 20:03:50 pm
Gracias por las palabras Ius Cai.
Mucha suerte a todos, la vamos a necesitar sin duda.
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: ius dental cai en 18 de Mayo de 2013, 20:04:34 pm
Sí, porque del departamento de Administrativo NO ME FÍO...
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: Ninha_das_coletas en 19 de Mayo de 2013, 08:51:59 am
Hola compis:

A cerca de lo que comentáis: a diferencia de las anteriores Leyes del Suelo, la de 2007 (y la refundida de 2008) establece SITUACIONES DE SUELO (urbanizado y rural, básicamente) en lugar de CLASES  de suelo, que era la "clasificación" habitual.
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: eruiz471 en 19 de Mayo de 2013, 11:38:26 am
Va a salir esa pregunta, mas los convenios urbanísticos y el Patrimonio Nacional en lo que afecta a su Majestad.
Así que ya lo tenemos medio hecho, mínimo un notable
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: gabilon en 19 de Mayo de 2013, 19:35:08 pm
estimados compañeros:
 Siguiendo las dudas ¿ cuales son las dos características esenciales de los bienes de dominio público? No me atrevo a mojarme ,a ver si coincidimos, gracias por vuestras respuestas y suerte. ::)
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: ius dental cai en 19 de Mayo de 2013, 20:50:19 pm
Si entrara MINAS y PATRIMONIO CULTURAL la asignatura sería INAPROBABLE.
Título: Re:Administrativo IV, pregunto
Publicado por: eruiz471 en 19 de Mayo de 2013, 22:30:54 pm
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estimados compañeros:
 Siguiendo las dudas ¿ cuales son las dos características esenciales de los bienes de dominio público? No me atrevo a mojarme ,a ver si coincidimos, gracias por vuestras respuestas y suerte. ::)

1.- Su afectación, son bienes de titularidad de un Ente Público, aquéllos que están afectados a un uso, un servicio o al fomento de la riqueza nacional

2.- No son susceptibles para ser objeto de propiedad privada