Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: jlynoe en 24 de Mayo de 2013, 13:58:41 pm
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Buenas, las dos ultimas no tengo problema, pero algun compañero amable sabe explicarme en castellano exactamente en que consiste la calificacion.
Tal y como viene explicado al menos en apuntes que dispongo no consigo entenderlo
Gracias
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Supongo que la explicación ya no te vale pues ya ha pasado el examen, pero voy allá. Las partes del contrato puede denominarlo como ellas desen (compraventa, permuta, deposito....) pero más allá del "nomen iuris" lo realmente importante es que del contenido del contrato y sus clausulas se deduzca la verdadera naturaleza del mismo. Ej. tu puedes llamar contrato de compraventa a la venta de un coche nuevo por valor de 100 € pero a los efectos eso no es una compraventa, aunque el contrato lo denomines así, sino que se trata de una donación que es un acto de liberalidad unilateral. Espero haberte ayudado.
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Supongo que la explicación ya no te vale pues ya ha pasado el examen, pero voy allá. Las partes del contrato puede denominarlo como ellas desen (compraventa, permuta, deposito....) pero más allá del "nomen iuris" lo realmente importante es que del contenido del contrato y sus clausulas se deduzca la verdadera naturaleza del mismo. Ej. tu puedes llamar contrato de compraventa a la venta de un coche nuevo por valor de 100 € pero a los efectos eso no es una compraventa, aunque el contrato lo denomines así, sino que se trata de una donación que es un acto de liberalidad unilateral. Espero haberte ayudado.
Gracias compañero. Sí ya hice el examen, no preguntaron eso y además me salio de cine jaja. Espero que tus exámenes tb vayan bien.
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A mi tambien me salió bastante bien, por cierto como resolviste el caso practico?