Debates. => Área política. => Mensaje iniciado por: zambri en 08 de Junio de 2013, 00:32:38 am
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Una de sus funciones:
• Intervenir en el proceso penal, instando de la autoridad judicial la adopción de las medidas cautelares que procedan.
http://www.20minutos.es/noticia/1836973/0/miguel-blesa/fiscal-recurso/riesgo-fuga-pruebas/#tab-comments
¿Omisión del deber de perseguir delitos?.
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También tiene estas otras:
• Velar por el respeto de las instituciones constitucionales y de los derechos fundamentales y libertades públicas con cuantas actuaciones exija su defensa.
• Ejercitar las acciones penales y civiles dimanantes de delitos y faltas u oponerse a las ejercitadas por otros, cuando proceda.
En pocos días sabremos qué pasa en este caso en cuanto se resuelva la recusación planteada por la defensa de Blesa. Lo que sí parece claro es que tiene el Juez instructor a una parte de la judicatura en su contra.
http://www.elconfidencial.com/economia/2013/06/07/la-judicatura-culpa-al-juez-de-lsquocargarsersquo-el-caso-blesa-con-su-alarmante-instruccion-122550/
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Y también parece que alguien intenta evitar una investigación incómoda:
http://www.eleconomista.es/opinion-blogs/noticias/4893932/06/13/Por-que-disparan-al-pianista.html
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Me parece todo bastante lamentable. No puede ser que la fiscalía vaya en contra de la acusación particular y más viendo quiénes están detrás. Poco favor hacen a la justicia.
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Mucha gente se educa jurídicamente a través de las televisiones. Y por eso cree que el derecho consiste en algo así como: "éste me cae mal y contra él vale todo," o "éste me cae bien y como él en su fuero interno siente que lucha por una causa justa, pues todo lo que haga, estará bien."
Y el derecho diría que es algo más complicado que todo esto. Los que tienen el concepto que he puesto arriba, no son sino futuros delincuentes. ¡Cuidado!
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Mucha gente se educa jurídicamente a través de las televisiones. Y por eso cree que el derecho consiste en algo así como: "éste me cae mal y contra él vale todo," o "éste me cae bien y como él en su fuero interno siente que lucha por una causa justa, pues todo lo que haga, estará bien."
Y el derecho diría que es algo más complicado que todo esto. Los que tienen el concepto que he puesto arriba, no son sino futuros delincuentes. ¡Cuidado!
Y otros a través de los libros y el sentido común y este último nos dice que si no se encarcela a un posible delincuente porque ya ha tenido tiempo de destruir pruebas, es que alguien no ha hecho a tiempo su trabajo y en los libros viene tipificada la consecuencia de esa irresponsabilidad.
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El impresentable aquel, no debió seguir con un caso en el que se cuestionaba su imparcialidad, hasta que no se resolviese el incidente de recusación. Se ha metido en muchos charcos y debe pagar por ello. La cagó y punto.
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Independientemente que este de acuerdo con tu argumento, me surge la duda que si en la instrucción previa a la recusación, el Ministerio Fiscal no debería haber solicitado las medidas cautelares pertinentes al objeto de evitar la destrucción de las pruebas que ahora argumenta que se han podido destruir para no mandar al talego a este presunto delincuente.
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Lo que dices, es mucho suponer. Es el juez el que debe adoptar las resoluciones pertinentes, en el supuesto claro está de que haya materia para proceder. Lo cierto es que quien dice que hay materia, es un juez muy polémico y de una trayectoria no precisamente intachable, cuya conducta tiene una mala pinta que tira de espaldas. De momento tú basas tus conclusiones en las premisas de un juez que no es precisamente de fiar, pero olvidas que las premisas de ese juez, pueden ser falsas.
Y con eso, no estoy diciendo que Blesa tenga una trayectoria precisamente impecable, pues Cajamadrid que era solvente, se convirtió en esa ruina que ahora es Bankia, así que algo tendrá que ver con el agujero.
De momento lo que hay es una actuación polémica de un juez, que no pasó el caso a su sustituto reglamentario, cuando fue recusado. Y debía haberlo hecho y además, sabe perfectamente que debía hacerlo.
http://josemariadepablo.com/2013/06/05/el-auto-de-prision-de-blesa-y-el-fraude-de-las-piezas-separadas/
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De momento lo que hay es una actuación polémica de un juez, que no pasó el caso a su sustituto reglamentario, cuando fue recusado. Y debía haberlo hecho y además, sabe perfectamente que debía hacerlo.
http://josemariadepablo.com/2013/06/05/el-auto-de-prision-de-blesa-y-el-fraude-de-las-piezas-separadas/
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Me da la sensación de que en la Audiencia y en el Ministerio Fiscal tampoco se han enterado de la recusación. ;D ;D ;D ;D ;D
El juez Silva critica las "paradojas" de la Audiencia Provincial sobre Miguel Blesa:
Para el magistrado, "ya de por sí resulta paradójico que, para solicitar la libertad" del imputado, el fiscal le traslade resoluciones que corresponden a la causa del préstamo a Marsans, "respecto de la cual este instructor no debe intervenir transitoria o definitivamente" mientras se resuelve su recusación, que corresponde a la sección 29 de la Audiencia.
Disparate nacional.
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Es como si la policía torturara a Rubalcaba para arrancarle una confesión sobre sus crímenes. No lo aprobaría. Sería una pena que saliera exonerado por la brutalidad policial, pero es que no es aceptable la tortura para conseguir la condena de un criminal, y además de ello, la tortura es un crimen y debe ser castigada. Es un criminal, pero la ley es así. Y si el sistema hace mal las cosas, el reo queda libre y el responsable tiene que pagar las irregularidades cometidas.
Pues aquí lo que pasa es que la actuación irregular de un juez:
1. Acarrea en este caso, la nulidad de actuaciones.
2. Debe producir su condena por prevaricación.
Y no se olvide que:
1. Copió de la wikipedia, para fundamentar jurídicamente su decisión.
2. Ignoró su propio sobreseimiento.
3. Utilizó el fraude procesal de la pieza separada, para proceder contra un reo que puso formalmente en entredicho su imparcialidad, cuando debió esperar a que se sustanciara el tema de la recusación.
4. Finalmente, dedujo una conexidad de su caso, con otro que no conocía. E insisto: si no lo conocía, ¿cómo pudo deducir que era conexo con el que el instruía?
Ésta es la realidad…
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La realidad es relativa.Considero que se debe de valorar las actuaciones de todas las partes y desde mi punto de vista, independientemente de que la actuación del Juez sea cuestionable,creo que la del Ministerio Fiscal( actuando de abogado defensor) y la Audiencia Provincial(errando en cuestiones procesales), no son muy correcta que digamos.Y tengo la certeza de que con cualquier ciudadano común, la causa no se hubiera desarrollado por estos derroteros.
Un saludo.
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Lo dicho:
http://www.eldiario.es/politica/Elpidio-Jose-Silva-ahora-Blesa_0_145236350.html
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Pues a mí el auto de la Audiencia Provincial, me parece impecable. Impopular tal vez, pero impecable a fin de cuentas. No sé en qué parte ves erróneo dicho auto. En todo caso me parece que este país es el de las facciones: y hay muchos que son primero de su facción y luego, en un muy segundo plano, defensor de la ley.
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El Juez adopta una resolución en base a una pieza en la que se encuentra recusado.
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No: lo de las piezas separadas es un fraude procesal, el juez está recusado en todas las piezas, pues el motivo (enemistad manifiesta) de darse, se dará en todas y cada una de las piezas.
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Es una mala práctica procesal y no un fraude.