Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: kalamit en 09 de Junio de 2013, 14:25:08 pm
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Buenos días,
Años llevo intentando consultar la R.P.T. (de AENA en este caso), sin éxito. Parece un asunto ultrasecreto.
Veo que otras personas encuentran las mismas dificultades, para otras R.P.T.'s.
Encuentro en los foros una respuesta que no soluciona nada, pero deja claro que la tarea es difícil (en estos tiempos en que se habla de una Ley de Transparencia).
Copio y pego:
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública.
Artículo 15. Relaciones de puestos de trabajo de la Administración del Estado.
1. Las relaciones de puestos de trabajo de la Administración del Estado son el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto en los términos siguientes:
Las relaciones comprenderán, conjunta o separadamente, los puestos de trabajo del personal funcionario de cada centro gestor, el número y las características de los que puedan ser ocupados por personal eventual así como los de aquellos otros que puedan desempeñarse por personal laboral.
Las relaciones de puestos de trabajo indicarán, en todo caso, la denominación, tipo y sistema de provisión de los mismos; los requisitos exigidos para su desempeño; el nivel de complemento de destino y, en su caso, el complemento específico que corresponda a los mismos, cuando hayan de ser desempeñados por personal funcionario, o la categoría profesional y régimen jurídico aplicable cuando sean desempeñados por personal laboral.
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las Relaciones de Puestos de Trabajo, como bien se desarrollan en la ley citada son herramientas de planificación de RRHH para las Administraciones públicas. Dentro de la Administración se llama RPT. Es un documento donde cada unidad administrativa refleja sus puestos de trabajo. Para que sean aprobados los cambios en cualquier RPT, debe pasar por la aprobación de la Subdirección Gral de RRHH y/o económico de cada Ministerio, y a su vez trasladarlo para ser aprobada por el antiguo MAP (Ministerio de AAPP, hoy adscrito al Ministerio de la Presidencia).
Una vez aprobados los documentos, se publican en el BOE (BOE porque preguntas por las del Estado).
Con esto, te digo, que no sé qué buscas, pero que no hay un documento gral publicado de todas las RPT, sino que cuando hay variaciones en alguna, se hace público.
Si quieres saber los puestos de trabajo de la AGE, llama al Ministerio de la Presidencia o al Ministerio concreto que busques. De todos modos, siento decirte, que esa info no se da abiertamente. [-(
No sé si te he ayudado.
Era eso?????
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Pues francamente, me cabe la duda sobre la existencia de rpt al uso en ese organismo. Afortunadamente cada día se encuentran con mayornormalidad las rpts. Pero si es cierto que muchas están ocultas. Llama directamente al ministerio del que dependa y que te digan donde está publicada.
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Por si no te dan resultado las vías que te indican Kalamit y Sr. Bob, los sindicatos también suelen disponer de una RPT actualizada y, si tienes alguna conexión con ellos, es una alternativa más rápida y, normalmente, menos oscurantista.
Parece mentira que en pleno siglo XXI los ciudadanos tengamos dificultad de acceder a un listado de nuestros empleados -políticos y funcionarios- para saber cuáles son sus cometidos, el dinero que perciben por realizarlos y cualquier otro dato que un empresario conoce de sus trabajadores.
Algo tendrán que ocultar y, siendo empleado nuestro quien pone obstáculos a la información, lo más lógico es que fuera despedido de inmediato, pero con la iglesia hemos topado... >:(
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Buenos días,
No comienzo nuevo tema porque aún continúo en la búsqueda o en el motivo de la no realización de las RPT en la Entidad Pública Empresarial AENA, ahora AENA S.A. y Entidad Pública Empresarial ENAIRE.
Los diferentes BOEs que publican las modificaciones que estos años ha sufrido la Entidad mencionan las RPT. A modo de ejemplo, el Laudo Arbitral de los controladores publicado en BOE de 9 de marzo de 2011 ( https://www.boe.es/boe/dias/2011/03/09/pdfs/BOE-A-2011-4372.pdf ) dice en su página 26801 "y todos aquellos que estén definidos en la RPT de navegación Aérea".
Hay Senadores que han preguntado por las RPT en AENA, obteniendo como respuesta en 2012 (enlace largo: he accedido buscando en google:senado FUENTES CURBELO, Domingo Francisco (GS) aena ) que rpt no es que haya. En 2013 (el enlace es muy largo, yo he accedido a el dato buscando en google: senado 689/000236 aena), que no hay (no que no deba haber, sino que no la hay).
Sin RPT la plantilla existente varía según las necesidades de las personas, como es de suponer. La falta de control propicia la desviación de poder y deteriora el "clima" laboral. Lo que no entiendo es cómo puede existir esta situación de falta de RPT cuando no veo el motivo por el que no debe haberla.