Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Rutct en 11 de Junio de 2013, 19:35:33 pm

Título: POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Rutct en 11 de Junio de 2013, 19:35:33 pm
Mucha suerte.

Citar

Te recordamos que en hilos post no se piden ni se ofrecen apuntes, para eso está el foro adecuado de Libros apuntes necesito ofrezco. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0) y para subir apuntes está el subforo de Zona de descarga de apuntes temporales. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0)

Igualmente, rogamos que, por el bien de los compañeros, se utilicen para las cuestiones necesarias y no para poner mensajes sin contenido de la asignatura puesto que se crean hojas y hojas y es más difícil encontrar lo necesario.

Cualquier post fuera de su lugar será eliminado.

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: rbky en 11 de Junio de 2013, 20:07:26 pm
hola moderadora sólo para decirte que hay dos post de administrativo 2 falta el 3  ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Onaiplu en 12 de Junio de 2013, 09:39:55 am
Quizás sería conveniente borrar este ahora que estamos a tiempo.
Gracias de todas formas.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: amartinez1797 en 12 de Junio de 2013, 12:45:41 pm
Buenas, en vista que algunos llevaremos unas cuantas para Septiembre, alguien podria colgar en este hilo unos apuntes buenos de Administrativo II, y por favor muchos test, que visto lo visto son super necesarios, dejo mi correo para que alguien si es tan amable me los envie, o deje aqui el enlace, muchas gracias, y suerte a tod@s

amg_antoniomartinezgarcia@yahoo.es
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 12 de Junio de 2013, 15:50:41 pm
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Buenas, en vista que algunos llevaremos unas cuantas para Septiembre, alguien podria colgar en este hilo unos apuntes buenos de Administrativo II, y por favor muchos test, que visto lo visto son super necesarios, dejo mi correo para que alguien si es tan amable me los envie, o deje aqui el enlace, muchas gracias, y suerte a tod@s

amg_antoniomartinezgarcia@yahoo.es

Con este hilo te puedes entretener con los test...

http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=81127.0
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: pesaca en 12 de Junio de 2013, 16:10:11 pm
me apunto... ::)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Student86 en 21 de Junio de 2013, 11:18:47 am
Hola a todos!!

Hay alguien que pueda facilitarme los apuntes que se han realizado este curso.
Nose porqué, pero no puedo descargarme los apuntes de la zona de Apuntes Temporales.

Mi email: diegobm1986@hotmail.com


Muchas graciaaaas
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: yogarcia en 26 de Junio de 2013, 11:17:56 am
Otra para septiembre!!

¿Alguien tiene una recopilación de las respuestas de los exámenes de Febrero?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: agalan en 02 de Julio de 2013, 12:37:29 pm
Hola compañeros.
Otro que se verá con Adtvo II en septiembre. :'(
No me presente en Febrero, estaba inseguro.
He visto que algún compañero tiene apuntes de Marta y Test de la asignatura.
Si algún alma caritativa puede facilitarme este material, este es mi correo
agh.correo@gmail.com .
Por otra parte, entre todos podemos también elaborar algún resumen o test.
Saluditos.  ::)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Student86 en 03 de Julio de 2013, 08:56:38 am
Hola a todos,

Tengo la intención de presentarme a esta asignatura en Septiembre, pero no dispongo de ningún apunte, ni me deja descargarme los que están en la zona de apuntes temporales.

Si alguien es tan amable de enviarme los realizados por Marta este año, o la manera de acceder a ello, se lo agradecería mucho.
Mi email es diegobm1986@hotmail.com

Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 04 de Julio de 2013, 00:29:21 am
Hola, yo suspendí en febrero y después de la experiencia mi consejo es que estudies por el libro,  los apuntes para un examen tipo test son insuficiente. Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paz664 en 04 de Julio de 2013, 09:39:18 am
Yo siempre estudio por los libros pero, en esta asignatura en particular, también ayuda mucho saberse la L30/92 de principio a fin.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: grmd en 04 de Julio de 2013, 10:40:37 am
Hay una serie de test para hacer con el ordenador, me los bajé en enero pero ahora no funcionan, ¿alguien sabe dónde puedo encontrarlos? si alguien los tiene y me los envia quedaré muy agradecido jlgromada@gmail.com
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paz664 en 04 de Julio de 2013, 12:21:14 pm
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Hay una serie de test para hacer con el ordenador, me los bajé en enero pero ahora no funcionan, ¿alguien sabe dónde puedo encontrarlos? si alguien los tiene y me los envia quedaré muy agradecido jlgromada@gmail.com

En Internet hay muchos tests. A ver si te sirven éstos:

http://www.testsadministrativos.es/pg090.html

http://www.testsoposicionesgratis.com/3est2.html

http://www.websaber.es/derecho/procedimientoadministrativo/tests/testprocedimientoadministrativo_1.htm

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 04 de Julio de 2013, 19:50:13 pm
Este hilo estaba casi perdido y vamos a subirlo. Estudio de nuevo la Ley 30/92 .
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: grmd en 05 de Julio de 2013, 10:54:42 am
Muchas gracias, pero lo que busco es un excel,  con preguntas por temas. Gracias de todas modos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Julio de 2013, 16:04:19 pm
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Hola compañeros.
Otro que se verá con Adtvo II en septiembre. :'(
No me presente en Febrero, estaba inseguro.
He visto que algún compañero tiene apuntes de Marta y Test de la asignatura.
Si algún alma caritativa puede facilitarme este material, este es mi correo
agh.correo@gmail.com .
Por otra parte, entre todos podemos también elaborar algún resumen o test.
Saluditos.  ::)

Hola a todos,

Tengo la intención de presentarme a esta asignatura en Septiembre, pero no dispongo de ningún apunte, ni me deja descargarme los que están en la zona de apuntes temporales.

Si alguien es tan amable de enviarme los realizados por Marta este año, o la manera de acceder a ello, se lo agradecería mucho.
Mi email es diegobm1986@hotmail.com



martacalvo7@hotmail.com

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 06 de Julio de 2013, 20:50:17 pm
¿Alguien tiene recopiladas las preguntas de exámenes anteriores por temas sin respuestas, sólo las preguntas?

Aunque ya sé que el examen es tipo test, pienso que puede dar algunas pistas sobre la materia que el equipo docente considera más importante y poder incidir en ella.

Gracias anticipadas y saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 06 de Julio de 2013, 20:53:07 pm
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Hola, yo suspendí en febrero y después de la experiencia mi consejo es que estudies por el libro,  los apuntes para un examen tipo test son insuficiente. Un saludo

Dependiendo de quien haya hecho los apuntes y como los haya hecho.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 07 de Julio de 2013, 00:22:25 am
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Dependiendo de quien haya hecho los apuntes y como los haya hecho.
Te puedo asegurar que se de lo que hablo, mi examen fue horrible,  saqué un 0.50. Habia leido unos buenos apuntes y lectura rápida del libro. Habia preguntas con opciones textuales del libro con una minima variacion, una o dos palabras. Por ello voy a estudiar por el libro y desde luego la ley 30/92 me la voy a estudiar a conciencia.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 07 de Julio de 2013, 00:28:41 am
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Te puedo asegurar que se de lo que hablo, mi examen fue horrible,  saqué un 0.50. Habia leido unos buenos apuntes y lectura rápida del libro. Habia preguntas con opciones textuales del libro con una minima variacion, una o dos palabras. Por ello voy a estudiar por el libro y desde luego la ley 30/92 me la voy a estudiar a conciencia.

Claro, los test son así, respuestas que varían minimamente pero en esa variación está la respuesta válida. Yo fui a la segunda semana. Ahora qeu con una lectura rápida del libro y leer sólo los apuntes me parece poco. En la segunda semana, la primera pregunta, la de Zanobini, las respuestas se parecían pero entendiendo el concepto enseguida se llegaba a la buena. Hay que entender los conceptos, en caso contrario requiere una memorización inhumana.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 07 de Julio de 2013, 00:45:21 am
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Claro, los test son así, respuestas que varían minimamente pero en esa variación está la respuesta válida. Yo fui a la segunda semana. Ahora qeu con una lectura rápida del libro y leer sólo los apuntes me parece poco. En la segunda semana, la primera pregunta, la de Zanobini, las respuestas se parecían pero entendiendo el concepto enseguida se llegaba a la buena. Hay que entender los conceptos, en caso contrario requiere una memorización inhumana.
Gracias, me esforzare también en comprender la materia. Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 08 de Julio de 2013, 08:16:39 am
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¿Alguien tiene recopiladas las preguntas de exámenes anteriores por temas sin respuestas, sólo las preguntas?

Aunque ya sé que el examen es tipo test, pienso que puede dar algunas pistas sobre la materia que el equipo docente considera más importante y poder incidir en ella.

Gracias anticipadas y saludos

Entonce, ¿nadie hizo una recopilación de este tipo durante el curso?

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvestre en 08 de Julio de 2013, 08:37:36 am
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Entonce, ¿nadie hizo una recopilación de este tipo durante el curso?

Saludos

Durante el curso se hzo un excel con preguntas extraidas del libro, pero que elaboramos nosotros mismos. No podía hacerse de exámenes anteriores porque es el primer año que esta asignatura se hacía tipo test.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 08 de Julio de 2013, 08:57:06 am
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Durante el curso se hzo un excel con preguntas extraidas del libro, pero que elaboramos nosotros mismos. No podía hacerse de exámenes anteriores porque es el primer año que esta asignatura se hacía tipo test.

Como ya digo en mi mensaje, sé que el tipo de examen de este año es distinto del de años anteriores, pero a pesar de ello me parece interesante la recopilación por temas de las preguntas de otros años.

También tengo la recopilación de esas preguntas de test de la que hablas -me la envió muy amablemente Marta-, y me parece muy interesante, pero lo que pido me parece un buen complemento para el estudio. Si nadie lo ha hecho, lo iré haciendo yo y, cuando lo tenga, lo colgaré por aquí.

De todas formas, gracias por tu respuesta.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: jairo en 08 de Julio de 2013, 18:16:22 pm
En Febrero contesté bien 11 preguntas, con lo cual tendría de nota un 5,5. Pero inconsciente de mí contesté mal a 9 con lo que la nota fue de un 3,3.
Es decir, que mi consejo es que no contestéis a las preguntas de las que no estéis muy seguros, mejor dejarlas en blanco para que no resten.
Suerte a todos/as.

Y si podéis estudiar por el libro, mejor.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: LUKKAS en 08 de Julio de 2013, 19:06:59 pm
Hola Compañeros !!!!

NECESITO UN FAVORCILLO !!! Estoy pensando en matricularme próximamente de las asignaturas:
               - Economía Política
               - Derecho Penal I
               - Derecho Administrativo II
... pero, claro, como no estoy matriculado aún, en la plataforma virtual ALF no me deja acceder a esas asignaturas. ¿PODRÍA ALGUIEN MANDARME LOS PROGRAMAS OFICIALES PARA GRADO EN DERECHO 2012/13 DE ESAS ASIGNATURAS? ¡¡¡Y SI TENÉIS LAS GUÍAS-PARTE II(PLAN DE TRABAJO) TAMBIÉN SERÍA GENIAL !!!

Mi e-mail es:
          luiscvictor@outlook.com

Muchas gracias por anticipado y """MUCHA SUERTE EN SEPTIEMBRE"""
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 08 de Julio de 2013, 21:45:50 pm
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Hola Compañeros !!!!

NECESITO UN FAVORCILLO !!! Estoy pensando en matricularme próximamente de las asignaturas:
               - Economía Política
               - Derecho Penal I
               - Derecho Administrativo II
... pero, claro, como no estoy matriculado aún, en la plataforma virtual ALF no me deja acceder a esas asignaturas. ¿PODRÍA ALGUIEN MANDARME LOS PROGRAMAS OFICIALES PARA GRADO EN DERECHO 2012/13 DE ESAS ASIGNATURAS? ¡¡¡Y SI TENÉIS LAS GUÍAS-PARTE II(PLAN DE TRABAJO) TAMBIÉN SERÍA GENIAL !!!

Mi e-mail es:
          luiscvictor@outlook.com

Muchas gracias por anticipado y """MUCHA SUERTE EN SEPTIEMBRE"""

Te envío a tu correo lo de Administrativo II, pero de las otras no las tengo.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 08 de Julio de 2013, 21:48:59 pm
No termino de entender el juego de los arts. 58.2 y 58.4 LRJPAC.

Del primero creo entender que para que la notificación sea válida debe contener lo indicado en él.

Del segundo entiendo que, aunque la notificación sólo contenga el texto íntegro y el intento de notificación, la notificación es válida.

Entonces, ¿para qué se exige lo que se indica en el art. 58.2 si cumpliendo lo del art. 58.4 se debe entender notificado el acto? Resulta obvio que los efectos de una y otra forma de notificar no deberían ser iguales, porque si no sobraría uno de los dos preceptos, ¿alguien me lo puede aclarar?

Gracias y saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paz664 en 08 de Julio de 2013, 22:15:19 pm
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No termino de entender el juego de los arts. 58.2 y 58.4 LRJPAC.

Del primero creo entender que para que la notificación sea válida debe contener lo indicado en él.

Del segundo entiendo que, aunque la notificación sólo contenga el texto íntegro y el intento de notificación, la notificación es válida.

Entonces, ¿para qué se exige lo que se indica en el art. 58.2 si cumpliendo lo del art. 58.4 se debe entender notificado el acto? Resulta obvio que los efectos de una y otra forma de notificar no deberían ser iguales, porque si no sobraría uno de los dos preceptos, ¿alguien me lo puede aclarar?

Gracias y saludos

Hay un matiz ligeramente diferente. El 58.2 se refiere a cómo debe ser la notificación para enterderla debidamente realizada. El 58.4 se refiere a entender "cumplida la obligación de notificar". Por ejemplo, una notificación que no indique los recursos no está debidamente realizada, pero sí impide que el procedimiento en cuestión caduque.

No se si esto te aclara algo.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 08 de Julio de 2013, 23:13:14 pm
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Hay un matiz ligeramente diferente. El 58.2 se refiere a cómo debe ser la notificación para enterderla debidamente realizada. El 58.4 se refiere a entender "cumplida la obligación de notificar". Por ejemplo, una notificación que no indique los recursos no está debidamente realizada, pero sí impide que el procedimiento en cuestión caduque.

No se si esto te aclara algo.

Es que no termino de entender la diferencia entre entender debidamente realizada la notificación y entender cumplida la obligación de notificar. ¿Qué efectos distintos tienen una y otra?

Gracias y saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: plopez566 en 08 de Julio de 2013, 23:36:09 pm
Es fácil la diferencia ,si has notificado correctamente,los plazos para recurrir empiezan a correr,normalmente son de un mes desde que recibes la notificación y si no se ha producido correctamente la notificación ,estos plazos no empiezan a correr . empezarán a correr cuando el receptor de la notificación (interesado)realice alguna actuación ante la administración ,en la que se demuestre que está enterado de la notificación   y aunque esta ha sido defecuosa sabe lo que hay que hacer.
Ejemplo :recibo una notificación dónde no se me pone el plazo y dónde tengo que recurrir,si al año yo realizo una actuación dónde
yo solicito información dónde tengo qué recurrir,a partir de ese momento empieza mi plazo de un mes para hacerlo.
claro está tendré que demostrar que la notificación fue defectuosa,para que no me digan que el plazo se ha pasado.
_Me ha salido muy larga la explicación ,pero espero que la entiendas
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: plopez566 en 08 de Julio de 2013, 23:43:39 pm
perdón te he explicado algo diferente,
debidamente realizada la notificación ,es haberla realizado correctamente y cumplida la obligación de notificar es haberla realizado con los dos in tentos que marca la ley
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paz664 en 09 de Julio de 2013, 08:15:56 am
Son dos cosas diferentes, aunque tengan relación. Voy a intentar explicarlo con poco rigor pero con la intención de que quede claro.

El 58.2 trata de las condiciones para que el interesado se considere debidamente notificado o no.

El 58.4 trata de las condiciones para que a la Administración le pueda llegar a caducar o no el procedimiento administrativo.

Una notificación que cumpla todos los requisitos satisface las dos cosas: interesado debidamente notificado y cumplida la obligación de la Administración de notificar en plazo (por lo que no caduca el procedimiento).

Una notificación a la que le falte la información sobre los recursos que se pueden interponer NO hace que el interesado esté debidamente notificado, pero SI hace que la Administración haya cumplido su obligación en plazo (por lo que no caduca el procedimiento).

Una notificación que no lleve el contenido íntegro de la resolución NO hace que el interesado esté debidamente notificado y NO hace que la Administración haya cumplido su obligación en plazo, con lo que le podría llegar a caducar el procedimiento.

Sé que me explico fatal  :-\   
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paz664 en 09 de Julio de 2013, 08:29:32 am
Se me olvidaba:

* los efectos de la debida notificación en el interesado son los que ha explicado plopez566

* los efectos de la cumplida obligación de la Administración son que no llegue a caducar el procedimiento por el transcurso del plazo máximo para "resolver y notificar la resolución"
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvestre en 09 de Julio de 2013, 08:37:09 am
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Son dos cosas diferentes, aunque tengan relación. Voy a intentar explicarlo con poco rigor pero con la intención de que quede claro.

El 58.2 trata de las condiciones para que el interesado se considere debidamente notificado o no.

El 58.4 trata de las condiciones para que a la Administración le pueda llegar a caducar o no el procedimiento administrativo.

Una notificación que cumpla todos los requisitos satisface las dos cosas: interesado debidamente notificado y cumplida la obligación de la Administración de notificar en plazo (por lo que no caduca el procedimiento).

Una notificación a la que le falte la información sobre los recursos que se pueden interponer NO hace que el interesado esté debidamente notificado, pero SI hace que la Administración haya cumplido su obligación en plazo (por lo que no caduca el procedimiento).

Una notificación que no lleve el contenido íntegro de la resolución NO hace que el interesado esté debidamente notificado y NO hace que la Administración haya cumplido su obligación en plazo, con lo que le podría llegar a caducar el procedimiento.

Sé que me explico fatal  :-\

¡¡Te explicas de maravilla!!. Perfecta explicación
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 09 de Julio de 2013, 11:44:26 am
Muchas gracias, paz, y también a plopez.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: awilson1 en 10 de Julio de 2013, 12:40:25 pm
Hola compañeros:
Si alguien tiene por favor apuntes de marta Calvo de Dcho Admtvo II, de Marta Calvo en viadmelos a mi correo analu01es@yahoo.es, me presento en septiembre 2013 .
Muchiiiisimas gracias a vuestros corazones.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Onaiplu en 10 de Julio de 2013, 22:16:22 pm
Ya los tienes
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: yogarcia en 11 de Julio de 2013, 09:08:45 am
En el primer semestre dejé Administrativo para Septiembre ya que no me daba tiempo. Voy a estudiar por el libro porque en exámenes de tipo test no me fío. Mi pregunta es, ¿entra todo el libro, o hay reducción? Gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: plopez566 en 11 de Julio de 2013, 20:24:41 pm
     
      Sí que hAY REDUCCIÓN DE TEMARIO Y BASTANTE,LO QUE NO ME ACUERDO ES SI LO DICEN EN LA GUÍA O EN DOCUMENTOS.SI NO LO ENCUENTRAS AVISA .

SALUDOS

PILI
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: teufel en 11 de Julio de 2013, 20:49:59 pm
En el mismo programa, creo recordar que al lado de cada epígrafe que no entraba indicaba "recomendada lectura no es objeto de examen" o algo similar
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 11 de Julio de 2013, 21:58:05 pm
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      Sí que hAY REDUCCIÓN DE TEMARIO Y BASTANTE,LO QUE NO ME ACUERDO ES SI LO DICEN EN LA GUÍA O EN DOCUMENTOS.SI NO LO ENCUENTRAS AVISA .

SALUDOS

PILI

Pues en la guía no pone nada...  ???
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 11 de Julio de 2013, 22:07:57 pm
Programa de la asignatura
(Atención, para el estudio de la materia, debe utilizar los manuales, guiándose por las indicaciones y contenidos aquí expuestos)
PRIMERA PARTE. LOS ACTOS Y EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
TEMA I. EL ACTO ADMINISTRATIVO (1). CONCEPTO CLASES Y ELEMENTOS
1. Concepto y clases
2. Los actos políticos o de gobierno
3. Actos administrativos y potestad discrecional. Actos reglados y actos discrecionales.
4. Actos que no causan estado, actos firmes o consentidos y actos confirmatorios
5. Actos favorables y actos de gravamen
6. Actos expresos y actos presuntos por silencio administrativo
7. Los elementos del acto administrativo
8. El titular del órgano y la competencia
9. La causa y los presupuestos de hecho
10. Los móviles. La desviación del poder
11. El contenido y los elementos accidentales de los actos administrativos
12. Los elementos formales
13. Notificación y publicación del acto administrativo

TEMA II. EL ACTO ADMINISTRATIVO (2): EFICACIA Y EJECUTORIEDAD
1. La presunción de validez.
2. La eficacia de los actos administrativos. Demora en la eficacia e irretroactividad
3. La ejecutoriedad de los actos administrativos.
4. La configuración histórica del privilegio de decisión ejecutoria en el Derecho español.
5. La colaboración judicial en la ejecución de los actos administrativos.
6. Cuestionamiento constitucional.
7. Suspensión de efectos del acto administrativo.
8. Los medios de ejecución forzosa.
9. Límites y control judicial de los actos de ejecución. Su recurribilidad: tercerías de dominio e impugnación contenciosa.

TEMA III. EL ACTO ADMINISTRATIVO (3): INVALIDEZ, ANULACIÓN Y REVOCACIÓN
1. La invalidez y sus clases
2. La inexistencia
3. La nulidad de pleno derecho. Análisis de los supuestos legales
4. La imprescriptibilidad de la acción de nulidad de pleno derecho
5. Anulabilidad e irregularidad no invalidante
6. El principio de restricción de la invalidez: convalidación, incomunicación y conversión
7. La anulación por la Administración de los actos inválidos. El proceso de lesividad.
8. La revocación de los actos administrativos
9. La rectificación de los errores materiales y aritméticos.

TEMA IV. EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Significado y origen del procedimiento administrativo
2. La regulación del procedimiento administrativo. Antecedentes, contenidos, ámbito de aplicación y desarrollo reglamentario.
3. Clases de procedimiento administrativo
4. Los sujetos en el procedimiento administrativo. El titular de la competencia. Abstención y recusación.
5. Los interesados en el procedimiento administrativo. Capacidad, representación y asistencia técnica
6. Principios y cuestiones básicas del procedimiento administrativo.
7. La iniciación del procedimiento.
8. Tramitación e instrucción
9. La terminación del procedimiento

SEGUNDA PARTE. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
TEMA V. LAS FORMAS DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA. LA ACTIVIDAD DE POLICÍA O LIMITACIÓN.
1. Las clases de la actividad administrativa.
2. Los principios que condicionan la actividad administrativa.
3. La actividad administrativa de limitación
4. Los grados de limitación en la libertad y derechos de los particulares
5. Las técnicas de la actividad de limitación. La reglamentación
6. La autorización
7. Declaración responsable y comunicación previa.
8. Ordenes, mandatos y prohibiciones.

TEMA VI. ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE FOMENTO.
1. Concepto y evolución de la actividad de fomento.
2. Las modalidades de la actividad de fomento y su naturaleza reglada.
3. Los incentivos económicos
4. La subvención.
5. La gestión indirecta de las subvenciones.
6. El procedimiento de otorgamiento de las subvenciones.
7. La relación de subvención: anulación, modificación, obligaciones del beneficiario y reintegro.
8. Control y sanciones.
9. Subvención y Derecho Comunitario.

TEMA VII. ACTIVIDAD DE PRESTACIÓN O SERVICIO PÚBLICO.
1. La actividad de prestación o de servicio público
2. Las fronteras entre la actividad de prestación y la actividad privada en la Constitución.
3. El régimen de servicio publico tradicional. Principios generales.
4. La relación de prestación. El estatus de los usuarios de los servicios públicos.
5. Las formas de gestión de los servicios públicos.
6. El modelo europeo de los servicios de interés económico general y el desmantelamiento de los servicios públicos económicos.
7. Los servicios públicos impropios o actividades privadas reglamentadas.

TEMA VIII. LA ACTIVIDAD SANCIONADORA.
1. Fundamento constitucional y límites de la potestad sancionadora
2. El principio de legalidad y sus manifestaciones: Reserva de la ley y tipicidad.
3. La responsabilidad y la culpabilidad en las infracciones administrativas. La responsabilidad de las personas jurídicas.
4. Concepto, clases y graduación de las sanciones administrativas.
5. La responsabilidad civil derivada de las infracciones administrativas.
6. La extinción de las infracciones y las sanciones administrativas.
7. El principio non bis in idem y la subordinación de la potestad sancionadora administrativa a la jurisdicción penal.
8. El Derecho constitucional a las garantías procesales y la actividad administrativa sancionadora.
9. El procedimiento sancionador.
10. El principio nulla poena sine iudicio y la ejecutoriedad de los actos sancionadores de la Administración.

TEMA IX. LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA ARBITRAL.
1. Arbitraje y Administración Pública.
2. La actividad arbitral de la Administración.
3. La presunta inconstitucionalidad de la actividad administrativa arbitral y la dualidad de sus manifestaciones.
4. El régimen de la actividad administrativa arbitral.
5. La actividad de la Administración en el arbitraje voluntario en el Derecho privado.

TERCERA PARTE. EL SISTEMA GARANTIZADOR DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

TEMA X. LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
1. Los recursos administrativos
2. Clases de recursos
3. Tramitación y resolución de los recursos administrativos
4. Las reclamaciones económico-administrativas.
5. Las reclamaciones previas al proceso civil y laboral

TEMA XI. LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
1. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2. Los modelos orgánicos de Justicia administrativa.
3. Ámbito de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4. Los órganos jurisdiccionales.
5. Las partes en el proceso contencioso-administrativo.
6. Objeto del recurso.

TEMA XII. EL PROCESO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
1. El proceso contencioso administrativo como un proceso revisor o de apelación y sus insuficiencias
2. Medidas cautelares. La suspensión de efectos del acto recurrido
3. El procedimiento contencioso administrativo de primera o única instancia
4. Terminación del procedimiento
5. Procedimiento abreviado.
6. El sistema de recursos
7. Los diversos recursos de casación y revisión
8. Ejecución de sentencias.
9. Procesos especiales.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 11 de Julio de 2013, 22:09:57 pm
Entra todo verdad¿?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 11 de Julio de 2013, 22:33:12 pm
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Entra todo verdad¿?

No he encontrado ninguna reducción. Donde si recuerdo que habia era en Administrativo I, donde ponian eso de la lectura recomendada y que nadie leía jejeje
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 11 de Julio de 2013, 22:58:24 pm
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No he encontrado ninguna reducción. Donde si recuerdo que habia era en Administrativo I, donde ponian eso de la lectura recomendada y que nadie leía jejeje

Ya me estaba volviendo loca buscando  :D :D

Graciaaas ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: teufel en 14 de Julio de 2013, 11:39:18 am
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No he encontrado ninguna reducción. Donde si recuerdo que habia era en Administrativo I, donde ponian eso de la lectura recomendada y que nadie leía jejeje

Mil disculpas, al llevar los dos para septiembre confundí uno con otro.Gracias Matías siempre estás en todo¡¡¡
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: yogarcia en 15 de Julio de 2013, 18:18:21 pm
No hay reducción de temario, lo que sí es cierto es que, para quien vaya a estudiar por el libro, no entra todo el libro, de hecho se empieza por el capítulo IV, o sea que se empieza por la página 95, y hay varios temas entre medio en el libro que tampoco entran.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: cuatro en 15 de Julio de 2013, 23:24:36 pm
Hola a todos.
Yo también voy con esta asignatura ha septiembre.
Podría alguien mandarme los apuntes de Marta Calvo.
Muchas gracias.
cuatro75@hotmail.com
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 17 de Julio de 2013, 14:30:24 pm
Revisando examenes anteriores hay una pregunta que no me queda muy clara.... Defina ante que modalidad de acto y actividad administrativa se encuentra usted cuando recibe en su pasaporte el visado de entrada al país que usted va a viajar por parte de la embajada de ese país de destino. Mi pregunta es, estaríamos ante una autorización o una concesión, creo que sería una autorización pero no lo tengo muy claro  ???
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paz664 en 17 de Julio de 2013, 21:21:05 pm
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Revisando examenes anteriores hay una pregunta que no me queda muy clara.... Defina ante que modalidad de acto y actividad administrativa se encuentra usted cuando recibe en su pasaporte el visado de entrada al país que usted va a viajar por parte de la embajada de ese país de destino. Mi pregunta es, estaríamos ante una autorización o una concesión, creo que sería una autorización pero no lo tengo muy claro  ???

Es una autorización. En principio, tienes derecho a ese visado y, como además no existe un nº limitado de visados que se puedan conceder, no tienes que competir con nadie por él.

Copio un fragmento del libro en el que se explica la diferencia, por si te es útil.

La diferencia de la autorización con la concesión radica en que en ésta no existe un derecho preexistente del particular, sino que éste nace justamente del acto concesional. En ocasiones esta diferencia es muy difícil de establecer. Así ocurre cuando la pretendida autorización recae sobre actividades que la legislación limita, o la realidad misma impone, a unos pocos sujetos, lo que obligaría, aunque nuestro ordenamiento no lo prevea así en todos los casos, a otorgarlas a través de un procedimiento que garantice la igualdad de oportunidades, característica fundamental del procedimiento concesional.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 17 de Julio de 2013, 21:40:03 pm
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Es una autorización. En principio, tienes derecho a ese visado y, como además no existe un nº limitado de visados que se puedan conceder, no tienes que competir con nadie por él.

Copio un fragmento del libro en el que se explica la diferencia, por si te es útil.

La diferencia de la autorización con la concesión radica en que en ésta no existe un derecho preexistente del particular, sino que éste nace justamente del acto concesional. En ocasiones esta diferencia es muy difícil de establecer. Así ocurre cuando la pretendida autorización recae sobre actividades que la legislación limita, o la realidad misma impone, a unos pocos sujetos, lo que obligaría, aunque nuestro ordenamiento no lo prevea así en todos los casos, a otorgarlas a través de un procedimiento que garantice la igualdad de oportunidades, característica fundamental del procedimiento concesional.

Graciaaas ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: plopez566 en 19 de Julio de 2013, 13:14:26 pm
Cuando entras en mis estudios y entras a todas las asignaturas que estás matriculado,abajo del todo a la derecha
hay un apartado que pone modificacaciones ,dónde está incluido advoII.
Por si alguien le interesa.
pili
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: awilson1 en 24 de Julio de 2013, 09:40:17 am
Quien me puede enviar esquemas de Dch. Admtvo. II,analu01es@yahoo.es, gracias gracias :D :)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 26 de Julio de 2013, 17:28:31 pm
Por favor, alguien tiene la plantilla de soluciones de los exámenes de la segunda semana de febrero? Sé que están en documentos en Alf, pero me formatearon el ordenador y no tengo el word para poder visualizarlo. Agradecería mucho si alguien pudiera poner las respuestas en este post. Muchas gracias,
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 26 de Julio de 2013, 17:40:48 pm
1.   C. Véase página 96  del manual
2.   B. Véase página 101 del manual
3.   A. Véase página 110 del manual
4.   B. Véase página 124 del manual
5.   A. Véase página 134 del manual
6.   C. Véase páginas 143-144 del manual
7.   A. Véase página 156 del manual
8.   C. Véase página 180 del manual
9.   C. Véase página 216 del manual
10.   A. Véase página 365 del manual
11.   B. Véase página 384 del manual
12.   A. Véase página 394 del manual
13.   C. Véase página 454 del manual
14.   A. Véase página 461 del manual
15.   C. Véase página 493 del manual
16.   B. Véase página 360 del manual
17.   B. Véase página 217 del manual
18.   A. Véase página 668 del manual
19.   A. Véase página 593 del manual
20.   C. Véase página 595 del manual
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 26 de Julio de 2013, 18:03:16 pm
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1.   C. Véase página 96  del manual
2.   B. Véase página 101 del manual
3.   A. Véase página 110 del manual
4.   B. Véase página 124 del manual
5.   A. Véase página 134 del manual
6.   C. Véase páginas 143-144 del manual
7.   A. Véase página 156 del manual
8.   C. Véase página 180 del manual
9.   C. Véase página 216 del manual
10.   A. Véase página 365 del manual
11.   B. Véase página 384 del manual
12.   A. Véase página 394 del manual
13.   C. Véase página 454 del manual
14.   A. Véase página 461 del manual
15.   C. Véase página 493 del manual
16.   B. Véase página 360 del manual
17.   B. Véase página 217 del manual
18.   A. Véase página 668 del manual
19.   A. Véase página 593 del manual
20.   C. Véase página 595 del manual

Muchas gracias, Rachel. Un saludo,
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: awilson1 en 30 de Julio de 2013, 11:27:40 am
Hola: :'( ayudadme por favor, si podeis enviarme Resumen o esquemas de Dcho. Admtvo. II, lo necesito para la primera semana de Septiembre 2013: si podeis enviarme a mi e-mail: analu01es@yahoo.es
Un abrazo y mucha suerte para Septiembre,
Ana María ;) :-* :-*
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 30 de Julio de 2013, 20:37:19 pm
¿Cómo lo llevais? Estoy repasando el tema 1 de cara a mis oposiciones y me vuelvo a encontrar con el "viejo" acto administrativo consentido o firme.  :o
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: teufel en 31 de Julio de 2013, 11:32:56 am
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¿Cómo lo llevais? Estoy repasando el tema 1 de cara a mis oposiciones y me vuelvo a encontrar con el "viejo" acto administrativo consentido o firme.  :o

Yo de capa caída jejejje, con esto de las vacaciones no apetece estudiar nada¡¡¡
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 31 de Julio de 2013, 11:35:13 am
Yo estoy con la segunda vuelta al temario y a la ley 30/1992. Espero aprobar esta asignatura que odio con todas mis fuerzas. De verdad, es la que menos me gusta de la carrera.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 31 de Julio de 2013, 14:12:28 pm
Pues seré rara jejeje, lo sé, pero segun leo ahora los temas de administrativo II me voy enterando mejor y hasta entiendo a Parada. Pero realmente para un neófito en el tema es un sufrimiento porque en el mismo tema 1 del acto administrativo y sin llegar a definirlo habla de la irrecurribilidad de los actos de trámite y para llegar a eso hay que comprender unas cuantas cosillas antes.
Ahora que tambien es distinto leerlo sin la presión de tener que ir al examen en septiembre, no hay color.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: pedroto en 31 de Julio de 2013, 14:16:55 pm

Raro nº2 con los Administrativos ...   :o
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 31 de Julio de 2013, 14:18:40 pm
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Raro nº2 con los Administrativos ...   :o

ah jajaja muy bueno, debemos de tener algun defecto de serie pero ya sabes Pedro que lo único es muy valioso por diferente  :)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: pedroto en 31 de Julio de 2013, 14:27:12 pm
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Yo estoy con la segunda vuelta al temario y a la ley 30/1992. Espero aprobar esta asignatura que odio con todas mis fuerzas. De verdad, es la que menos me gusta de la carrera.

Creo que vas bien, desde luego la ley 30/92 es importante ....  :)

suerte compañera ..  :)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: pedroto en 31 de Julio de 2013, 14:29:21 pm
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ah jajaja muy bueno, debemos de tener algun defecto de serie pero ya sabes Pedro que lo único es muy valioso por diferente  :)


La verdad es que se me da bien, a ver el próximo con Admi ... III
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 31 de Julio de 2013, 14:51:06 pm
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La verdad es que se me da bien, a ver el próximo con Admi ... III

Yo iré al IV...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 31 de Julio de 2013, 18:06:17 pm
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Creo que vas bien, desde luego la ley 30/92 es importante ....  :)

suerte compañera ..  :)

Gracias Pedroto. A ver si hay suerte y me lo quito de encima.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: amartinez1797 en 16 de Agosto de 2013, 09:32:04 am
Buenas a tod@s

alguien podría poner por favor la plantilla del examen de la primera semana de febrero muchísimas gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 16 de Agosto de 2013, 09:36:29 am
1.A
2. B
3. C
4. B
5. B
6. B
7. A
8. C
9. C
10. A
11. C
12. B
13. A
14. A
15. C
16. A
17. B
18. B
19. B
20. C


Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: dado20 en 16 de Agosto de 2013, 16:24:53 pm
Sería mucho pedir la plantilla del examen de la segunda semana de febrero?
Mil gracias.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 16 de Agosto de 2013, 16:26:25 pm
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Sería mucho pedir la plantilla del examen de la segunda semana de febrero?
Mil gracias.

Lo tienes en la página anterior  ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ele87 en 16 de Agosto de 2013, 19:07:46 pm
Hola a todos,

alguien tiene el examen que entró en febrero? he visto que habéis colgado las respuestas, pero necesitaría saber las preguntas; no puedo acceder al campus virtual de la Uned, y no puedo ver lo exámenes...
Muchas gracias a todos y animo!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 17 de Agosto de 2013, 09:34:17 am
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Hola a todos,

alguien tiene el examen que entró en febrero? he visto que habéis colgado las respuestas, pero necesitaría saber las preguntas; no puedo acceder al campus virtual de la Uned, y no puedo ver lo exámenes...
Muchas gracias a todos y animo!
Hola, dime una dirección de correo y te los envío.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 18 de Agosto de 2013, 11:57:18 am
Estoy liada con los dos últimos temas y no termino de entender un par de cosas, de momento  :-\ :

1-. En la página 635, en el último párrafo del apartado C se dice que en la Ley Jurisdiccional no se ha resuelto en la regulación de la vía de hecho, entre otras cuestiones, cuál es el plazo de interposición del recurso. Sin embargo, tanto en el art. 46.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, como en el último párrafo de la página 652 se dice lo contrario. ¿Es una errata del libro o que yo no interpreto bien lo que se dice en la página 635?

2-. Por otro lado, y siguiendo con los plazos indicados en la página 652 y 653, se dice que el plazo, si el acto que ponga fin a la vía administrativa no es expreso, será de 6 meses, y distingue tres casos:

El primero está claro.

El segundo se refiere al recurso de reposición y afirma que si su resolución es expresa, los 6 meses se contarán desde su notificación, pero, ¿no estábamos en el supuesto de que la resolución no fuera expresa?. Si fuera expresa, se entiende que estaríamos en el supuesto del art. 46.1 y tendríamos 2 meses, no 6, ¿no?

El tercero se refiere al recurso de lesividad, y en la página 652 dice 6 meses a contar desde el día siguiente a la decalración de lesividad, y en el art. 46.5 y la página 653 dice que son 2 meses.

En fin, que estoy hecha un pequeño lío, no sé si porque el libro es una caca o porque yo no me entero.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 18 de Agosto de 2013, 12:08:47 pm
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Hola a todos,

alguien tiene el examen que entró en febrero? he visto que habéis colgado las respuestas, pero necesitaría saber las preguntas; no puedo acceder al campus virtual de la Uned, y no puedo ver lo exámenes...
Muchas gracias a todos y animo!

Los exámenes de años anteriores se ven en UNED CALATAYUD.
http://www.calatayud.unedaragon.org/examenes/examenes_auth.asp
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 18 de Agosto de 2013, 12:46:02 pm
A la pregunta 1) yo me quedo con lo que dice la Ley en el articulo 46.3 y dice tambien Parada en la pagina 652 final del todo y tres lineas primeras de la 653.

46.3. Si el recurso contencioso-administrativo se dirigiera contra una actuación en vía de hecho, el plazo para interponer el recurso será de diez días a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo establecido en el artículo 30. Si no hubiere requerimiento, el plazo será de veinte días desde el día en que se inició la actuación administrativa en vía de hecho.

Ahora miro la cuestión 2).
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 18 de Agosto de 2013, 13:49:15 pm
Yo creo que ha liado la historia, porque empieza a copiar de la ley, del articulo 46 y luego lo mezcla todo. Ser es esto:

Artículo 46.

1. El plazo para interponer el recurso contenciosoadministrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzca el acto presunto.

2. En los supuestos previstos en el artículo 29, los dos meses se contarán a partir del día siguiente al vencimiento de los plazos señalados en dicho artículo.

3. Si el recurso contencioso-administrativo se dirigiera contra una actuación en vía de hecho, el plazo para interponer el recurso será de diez días a contar desde el día siguiente a la terminación del plazo establecido en el artículo 30. Si no hubiere requerimiento, el plazo será de veinte días desde el día en que se inició la actuación administrativa en vía de hecho.

4. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.

5. El plazo para interponer recurso de lesividad será de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la declaración de lesividad.

6. En los litigios entre Administraciones, el plazo para interponer recurso contencioso-administrativo será de dos meses, salvo que por Ley se establezca otra cosa. Cuando hubiera precedido el requerimiento regulado en los tres primeros apartados del artículo 44, el plazo se contará desde el día siguiente a aquel en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.


Yo entiendo que en el caso de previo recurso potestativo de reposicion, con resolucion expresa por parte de la Admon del recurso de reposicion el plazo serán dos  meses y si no hay resolucion pues 6 meses.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 18 de Agosto de 2013, 19:28:35 pm
Gracias Marta.

Veo que opinamos lo mismo, pero es triste que con la pasta que cuestan los libros, terminen confundiéndote en lugar de ayudándote.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 18 de Agosto de 2013, 19:30:41 pm
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Gracias Marta.

Veo que opinamos lo mismo, pero es triste que con la pasta que cuestan los libros, terminen confundiéndote en lugar de ayudándote.

Saludos

Tienes toda la razón.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 18 de Agosto de 2013, 21:08:56 pm
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Gracias Marta.

Veo que opinamos lo mismo, pero es triste que con la pasta que cuestan los libros, terminen confundiéndote en lugar de ayudándote.

Saludos

Perdona que me inmiscuya luisa64, pero no veo que en el manual se líe nada, al menos no en lo que apuntas.

No es lo mismo que se produzca un acto presunto por "silencio administrativo" que "se notifique la resolución estimada/desestimada" de un recurso de reposición a que se presuma desestimado al no haber resolución expresa, en cuyo caso sí que hablamos de desestimación presunta, es decir, en estos casos no hablamos de silencio de la administración sino de "desestimación", el recurso se puede resolver una vez pasado el plazo, pero eso sí, sólo en los supuestos de desestimación (Ley 30/92).

Con lo cual contra actos que pongan fin a la vía administrativa, una resolución de un alcalde (ya que el recurso de reposición es potestativo), la resolución de un recurso de alzada, por ejemplo, tanto en un caso como en otro sí que se admite el plazo de 6 meses, por la resolución presunta.

En el supuesto de una resolución de un recurso de reposición, al ser potestativo, si éste se interpone, el plazo para ir a la vía contenciosa comienza a computarse a partir de los dos meses de la notificación de la resolución, o bien a partir del momento en que se debería de haber notificado esa resolución (1 mes), a partir de ahí el plazo, es de 2 meses, no admiten lo anterior, mayormente porque podía haber ido a la vía contencioso directamente, de ahí que den el mismo plazo que para una resolución expresa con la que se finalice la vía administrativa.

Supongo que lo anterior es por simple cuestión de eficacia administrativa; para el recurso de reposición el plazo es de 1 mes si el acto es expreso, y de 3 meses si es presunto; si nos referimos al segundo caso, son tres meses para interponer el recurso, un mes para resolver, y dos meses para el contencioso, si sumamos los plazos nos dan los seis meses en el que cabe plantear recurso contencioso por resolución presunta de un acto firme,  ???
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 18 de Agosto de 2013, 22:42:19 pm
Me remito a la Ley 29/98:

Articulo 46.4. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que éste deba entenderse presuntamente desestimado.

Y a la nada sospechosa página de madrid.org y a la opinión de una Abogada del Estado citando diversas sentencias de nuestro Tribunal Constitucional:

Punto 2.2 c primer párrafo:

c. Plazo para interponer recurso contencioso-administrativo en aquellos casos en que contra un acto expreso o un acto presunto se ha interpuesto el recurso potestativo de reposición.

El plazo de dos meses(92) para interponer el recurso contencioso-administrativo se cuenta a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición y el de seis meses[93] a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.

(Lo de 92 y 93 son referencias a pie de página)

Dejo el enlace:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Revista_FP&cid=1142309413379&esArticulo=true&idRevistaElegida=1142309333811&language=es&pag=3&pagename=RevistaJuridica%2FPage%2Fhome_RJU&siteName=RevistaJuridica

De esta Sentencia y dentro de mis conocimientos se puede deducir lo mismo: (en la página 117)

http://www.boe.es/boe/dias/2006/08/18/pdfs/T00109-00117.pdf

Si alguien con ganas de debatir de manera sana y cordial cree que ésto no es así, ruego lo publique en éste hilo. Mi intención es la de aprender y que resolvamos las dudas en la medida de lo posible. De todas formas voy a plantear esta cuestión a mis profesores de la oposición y os cuento.
Saludos


Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 18 de Agosto de 2013, 23:05:55 pm
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Perdona que me inmiscuya luisa64, pero no veo que en el manual se líe nada, al menos no en lo que apuntas.

No es lo mismo que se produzca un acto presunto por "silencio administrativo" que "se notifique la resolución estimada/desestimada" de un recurso de reposición a que se presuma desestimado al no haber resolución expresa, en cuyo caso sí que hablamos de desestimación presunta, es decir, en estos casos no hablamos de silencio de la administración sino de "desestimación", el recurso se puede resolver una vez pasado el plazo, pero eso sí, sólo en los supuestos de desestimación (Ley 30/92).

Con lo cual contra actos que pongan fin a la vía administrativa, una resolución de un alcalde (ya que el recurso de reposición es potestativo), la resolución de un recurso de alzada, por ejemplo, tanto en un caso como en otro sí que se admite el plazo de 6 meses, por la resolución presunta.

En el supuesto de una resolución de un recurso de reposición, al ser potestativo, si éste se interpone, el plazo para ir a la vía contenciosa comienza a computarse a partir de los dos meses de la notificación de la resolución, o bien a partir del momento en que se debería de haber notificado esa resolución (1 mes), a partir de ahí el plazo, es de 2 meses, no admiten lo anterior, mayormente porque podía haber ido a la vía contencioso directamente, de ahí que den el mismo plazo que para una resolución expresa con la que se finalice la vía administrativa.

Supongo que lo anterior es por simple cuestión de eficacia administrativa; para el recurso de reposición el plazo es de 1 mes si el acto es expreso, y de 3 meses si es presunto; si nos referimos al segundo caso, son tres meses para interponer el recurso, un mes para resolver, y dos meses para el contencioso, si sumamos los plazos nos dan los seis meses en el que cabe plantear recurso contencioso por resolución presunta de un acto firme,  ???

No hay nada que perdonar, mnieves, que aquí estamos todos para intentar echarnos una mano.

Dicho esto, contestas a un mensaje mío en el que afirmo que existen contradiciones en el libro -por no llamarlas directamente erratas-, y explicas algo que no tiene nada que ver con lo que yo planteo. Es obvio que existen en el libro las contradicciones que señalo en mi mensaje. Sólo hay que ir a las páginas que indico y leerlo.

En cuanto a tu respuesta, debo reconocer que me cuesta seguir tu razonamiento y no termino de entender lo que quieres decir. La Ley lo dice muy claro, y de lo poco que te he entendido, creo que estás en un error. Estoy de acuerdo con Marta: el plazo es de dos meses si la resolución es expresa, y de seis si es presunta, contados en este último caso a partir desde que debiera entenderse presuntamente desestimado.

Saludos 
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 18 de Agosto de 2013, 23:13:09 pm
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No hay nada que perdonar, mnieves, que aquí estamos todos para intentar echarnos una mano.

Dicho esto, contestas a un mensaje mío en el que afirmo que existen contradiciones en el libro -por no llamarlas directamente erratas-, y explicas algo que no tiene nada que ver con lo que yo planteo. Es obvio que existen en el libro las contradicciones que señalo en mi mensaje. Sólo hay que ir a las páginas que indico y leerlo.

En cuanto a tu respuesta, debo reconocer que me cuesta seguir tu razonamiento y no termino de entender lo que quieres decir. La Ley lo dice muy claro, y de lo poco que te he entendido, creo que estás en un error. Estoy de acuerdo con Marta: el plazo es de dos meses si la resolución es expresa, y de seis si es presunta, contados en este último caso a partir desde que debiera entenderse presuntamente desestimado.

Saludos

He puesto ya el mensaje a mis profesores de promoción interna a ver que opinan.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 18 de Agosto de 2013, 23:13:59 pm
ok, quizás mi edición del manual no sea la tuya.

Respecto a lo que indica Marta, he leído mayormente lo apunta en la sentencia, y es en referencia a una resolución de recurso de alzada, que es lo que pone fin al procedimiento administrativo; lo de la doctrina no le veo muy claro, al menos es lo que apuntan algunos autores en los pies de página, pero eso, supongo que es cuestión de eso, de la doctrina.

Por mi parte, he expuesto lo que creía, tal y como lo hacen en los pies de recurso dónde se indican los plazos, licenciados en Derecho y hasta el propio Secretario General, así que, yo en esta cuestión,  :-X

responded lo que queráis.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 18 de Agosto de 2013, 23:22:16 pm
Quien no quiere leer lo que opina una abogada del Estado en una Revista Jurídica, refrendada por otros muchos autores...y claro los pies de recurso, yo también los conozco pero cuando se resuelve, no cuando no se resuelve, porque cuando no se resuelve ni hay pie, ni mano, ni nada.
Y por cierto,  no necesitamos tu permiso para debatir y responderemos lo que nos apetezca, faltaría más.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 18 de Agosto de 2013, 23:24:21 pm
Marta no me refería a poner un pie de recurso cuando éste no se resuelve, me refiero a las resoluciones bien del procedimiento, bien del recurso de reposición, que es que toco, y en el que están equivocados todos los funcionarios a pesar de sus licenciaturas,

tienes razón en el plazo, y es tan simple como encontrar una página de un municipio que de información sobre ello y que esta sea veraz,

http://www.lasalina.es/atm/estudios/organizaci%C3%B3n%20y%20r%C3%A9gimen%20jur%C3%ADdico/Recrep.htm
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 18 de Agosto de 2013, 23:25:39 pm
lo siento, es la Asistencia Técnica a Municipios a través de la Diputación.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 18 de Agosto de 2013, 23:29:25 pm
Lo he visto:

Organo Resuelve Procedimiento: Órgano administrativo que dictó el acto que se impugna.
Plazo máximo resolver y notificar: 1 Mes
Efectos falta Resolución en plazo: Desestimatorios
Información adicional: Recurso: Contencioso-administrativo Plazo interposición recurso: 2 meses si el acto fuera expreso ó 6 meses si no lo fuera. Órgano que resuelve el recurso: Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Pero me fio más de la Abogada del Estado y si puedo, mañana llamo al servicio juridico de la Delegacion del Gobierno y si no está de vacaciones el abogado del estado le pregunto.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Magantero en 19 de Agosto de 2013, 00:28:45 am
La verdad es que no tenemos nivel para debatir sobre estos asuntos pero tengo dos amigos que son abogados del Estado y que veré en un par de meses,y sin duda,les preguntaré sobre el tema para que me ilustren con una clase magistral,que sin duda, será más interesante que echarle el teléfono o mandarle un e-mail.
 Por cierto Marta,si no te importa,te agradecería me mandaras tus resumenes de Administrativo II,ya que la llevo para Septiembre y con el manual es algo extenso. Gracias de antemano,magantero@hotmail.com
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 19 de Agosto de 2013, 00:54:35 am
Estaré atenta a lo que averiguéis; sinceramente no sé si ha sido asentado con la jurisprudiencia, a pesar de la Asesoría Jurídica de esa Diputación que he encontrado; cuando la norma no recoge el plazo exacto, hummmmmmm, hay que interpretar, así que supongo que es en ella dónde podemos encontrar el quid iuris de esta cuestión, porque desde luego el plazo equiparando el no resolver la interposición de un recurso de reposición con un acto presunto que pone fin a un procedimiento administrativo, y agota esta vía, requiere de eso, de interpretación, ni se recoge en la LRJPAC porque no es su campo, ni lo recoge la LJCA.

Recuerdo el curso que el profesor Linde Paniagua realizó con su ponencia via on line en el Centro Illes Balears, y recuerdo que apunto algo sobre el plazo, pero después se extendió más en la cuestión de la nulidad, así que el Fiscal que realizó la segunda ponencia de la jurisprudencia fue en ese ámbito y, no me aclaró mucho la cosa, como tampoco se arriesga el autor del manual que tenemos a ello (tampoco lo hizo, ahora no lo sé, Santamaría Pastor), ninguno se atrevía a recoger el plazo exacto.  :-\
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 19 de Agosto de 2013, 08:17:49 am
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Estaré atenta a lo que averiguéis; sinceramente no sé si ha sido asentado con la jurisprudiencia, a pesar de la Asesoría Jurídica de esa Diputación que he encontrado; cuando la norma no recoge el plazo exacto, hummmmmmm, hay que interpretar, así que supongo que es en ella dónde podemos encontrar el quid iuris de esta cuestión, porque desde luego el plazo equiparando el no resolver la interposición de un recurso de reposición con un acto presunto que pone fin a un procedimiento administrativo, y agota esta vía, requiere de eso, de interpretación, ni se recoge en la LRJPAC porque no es su campo, ni lo recoge la LJCA.

Recuerdo el curso que el profesor Linde Paniagua realizó con su ponencia via on line en el Centro Illes Balears, y recuerdo que apunto algo sobre el plazo, pero después se extendió más en la cuestión de la nulidad, así que el Fiscal que realizó la segunda ponencia de la jurisprudencia fue en ese ámbito y, no me aclaró mucho la cosa, como tampoco se arriesga el autor del manual que tenemos a ello (tampoco lo hizo, ahora no lo sé, Santamaría Pastor), ninguno se atrevía a recoger el plazo exacto.  :-\

Pues no sé si estamos hablando de lo mismo, porque yo no veo que éste sea un asunto que deba resolver la jurisprudencia cuando la ley es muy clara.

Si hablamos del plazo para interponer recurso contencioso tras un recurso de reposición, el art. 46.1 en relación con el 46.4 de la Ley 29/98 es clarísimo. Si el recurso de reposición se resolvió expresamente, dos meses desde el día siguienete al que se notificó dicha resolución, y si no se resolviera expresamente, seis meses desde que se entendiera presuntamente desestimado, que en este caso se contaría a partir de que transcurriera un mes sin resolver expresamente (art. 117.2 Ley 30/92)

En todo caso, no era éste el asunto que yo planteaba, pero ya puestos a debatir, planteo otro. Dado que la administración tiene obligación de resolver expresamente, ¿qué ocurriría si no resolviera un recurso de reposición en plazo y transcurrieran 9 meses? ¿Podría el interesado, cuando resolviera expresamente -supongamos, dos años después-,  acudir al contencioso, aplicando el art. 46.1 y 46.4, en el plazo de dos meses desde la notificación? Yo entiendo que sí.

Aunque no es exactamente el mismo supuesto, resulta curiosa la doctrina constitucional sobre estos asuntos: 

http://noticias.juridicas.com/articulos/15-Derecho%20Administrativo/201010-345632098765.html


Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 19 de Agosto de 2013, 09:38:36 am
Tu misma me has autorizado luisa64 al "debate"; si es a eso no tengo tiempo para ello, ya he comentado antes a Marta y Magantero, que esperaré a las correspondientes cuestiones que han planteado.

Respecto al artículo que aportas, que al fin y al cabo resulta ser una interpretación por haber sido declarado extemporáneo el recurso contencioso en base a la ficción del silencio administrativo (en el que también se incluye a desetimación por recurso), fundamentada en pos a la libertad de la Administración respecto a la obligación de resolver, como a la libertad "que se debería conceder" al ciudadano o "residente" en el caso concreto, puesto que lo que solicitaba era eso, un permiso de residencia, y bien, a la ciudadanía en general; por ahora y a la espera de algo más seguro me quedo con esto únicamente.

Una pequeña parte de la Sentencia analizada:

La STC 175/2006, de 5 de junio (Sala Segunda, rec. 1257/2004, ponente Excmo. Sr. D. Vicente Conde Martín de Hijas), ó la posterior STC 32/2007, de 12 de febrero (Sala Segunda, rec. 6212/2004, ponente Excmo. Sr. D. Eugeni Gay Montalvo), hacen especial hincapié en la contradicción que se produce al admitir que las notificaciones defectuosas, en las que la Administración ha cumplido con su obligación de resolver expresamente, puedan surtir efectos a partir de la fecha en que el interesado realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de notificación, o interponga cualquier recurso que proceda (según resulta del artículo 58.3 de la Ley 30/1992), lo cual significa que en la práctica pueden recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa sin consideración a plazo alguno y, sin embargo, en aquellos casos en que la Administración ha incumplido total y absolutamente su obligación de resolver, como son los de silencio negativo o desestimatorio, imponer, sin ninguna otra consideración, el cómputo del plazo para acceder a la jurisdicción a partir del día en que, de acuerdo con la normativa específica que resulte aplicable, se entienda presuntamente desestimada la petición o el recurso potestativo de reposición (según resulta del artículo 46.1 y 4 LJCA de 1998). Las interpretaciones de la legalidad que no evitan esta contradicción son consideradas, por el propio Tribunal Constitucional, contrarias al principio pro actione.

 Una parte de la conclusión del titular del documento,

Esta interpretación constitucional salva el problema planteado por la existencia de la contradicción a que hemos hecho referencia más arriba en el apartado III.C), resultante del distinto régimen aplicable a las notificaciones defectuosas y a los supuestos de silencio negativo, y que es considerada por el Tribunal Constitucional (notificación defectuosa contraria al principio pro actione, pero crea otro no menos importante: choca frontalmente con lo previsto por el legislador. En efecto, en el artículo 46.1 LJCA de 1998 el legislador no se ha limitado a fijar el plazo de seis meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo contra actos presuntos sino que, además, ha señalado también el dies a quo para el cómputo de dicho plazo estableciendo que se computará, sin añadir ninguna consideración, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto.

Y siendo ello así los reproches de inconstitucionalidad no deberían recaer sobre las resoluciones judiciales que aplican la legislación en los propios términos establecidos por el legislador y, consecuentemente, no salvan la contradicción existente sino sobre los preceptos legales que originan la contradicción.

Benjamín Górriz Gómez.
Abogado.
Profesor tutor de la Universidad Nacional de Educación a Distancia



Creo que a lo que está haciendo referencia el autor es a la necesidad de que se regule en la normativa correspondiente, como única forma de evitar el tener que acudir, a recurrir en amparo al TC.

Y ya sí, que a pesar de leer lo que tengan que exponer los compañeros, me despido de esta cuestión, que no debate, ¡tengo demasiado y comienzo el segundo lunes, descontando hoy!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 19 de Agosto de 2013, 09:45:59 am
Otro artículo muy interesante del mismo autor sobre estos temas en el Boletín del Ministerio de Justicia. Por si a alguien le interesa.

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/MJusticia/1292338967994?blobheader=application%2Fpdf&blobheadername1=Content-Disposition&blobheadervalue1=attachment%3B+filename%3DEstudios.PDF

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 20 de Agosto de 2013, 17:49:06 pm
Contestación del profesor de las opos:

Plazo de interposición:


-   General: 2 meses

   Este plazo se contará:

  Disposiciones generales: desde el día siguiente al de la publicación
  Actos expresos: desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto
  Inactividad: desde el día siguiente al vencimiento de los plazos de 3 meses y 1 mes que la LJCA establece para que la Administración atienda la petición del interesado de cumplimiento o ejecución, respectivamente.
  Recurso de lesividad: desde el día siguiente a la fecha de la declaración de lesividad
-   Actos presuntos: 6 meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto

-   Actuación material en vía de hecho:

Si el interesado formuló requerimiento a la Administración para la cesación de la actuación en vía de hecho: 10 días desde que transcurra el plazo de 10 días desde la presentación del requerimiento
 Si no hubo requerimiento: 20 días desde que se inició la actuación material en vía de hecho

 En cuanto al supuesto general de imougnación de actos administrativos, los actos administrativos  que se pueden impugnar a través del recurso contencioso  son los actos que agotan la vía administrativa ( definitivos o de trámite cualificados ), exclusivamente, pero hay que hacer una distinción:

Actos que agotan la vía administrativa y que se impugnan directamente ante la jurisdicción contenciosa: el inicio del cómputo del plazo de interposición del recurso contencioso es al día siguiente:

 De la notificación o publicación si el acto es expreso
 De la producción del acto presunto
-
Actos que agotan la vía administrativa y que se impugnan en vía administrativa a través del recurso potestativo de reposición: hay que esperar, para poder interponer recurso contencioso, a la resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición. Según la propia LRJAP Artículo 116 Objeto y naturaleza

1. Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

2. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Pero una vez resuelto el recurso potestativo, los plazos son los mismos ( 2 meses y 6 meses ).

 
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 20 de Agosto de 2013, 18:39:01 pm
Muchas gracias, Marta. Coincide con la forma en que yo tenía entendido este asunto de los plazos, y se agradece la confirmación.

Al margen de esto, me ha sorprendido la doctrina del TC sobre la inexistencia de plazo para interponer recurso contencioso en los supuestos de desestimación presunta, lo que deroga en la práctica la segunda parte del art. 46.1 LRJAP. De todas formas, si lo preguntan en el examen, contestaré que 6 meses...  :D :D

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 20 de Agosto de 2013, 21:30:13 pm
Seguramente se haya comentado a lo largo del año en el correspondiente hilo, pero lo he intentado buscar y no lo he encontrado.

Ya sé que las notificaciones por correo certificado son válidas, pero no termino de entender por qué lo son si no cumplen el art. 59.1 de la Ley 30/92 en cuanto a que no permiten tener constancia del contenido del acto notificado.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 20 de Agosto de 2013, 21:43:13 pm
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Seguramente se haya comentado a lo largo del año en el correspondiente hilo, pero lo he intentado buscar y no lo he encontrado.

Ya sé que las notificaciones por correo certificado son válidas, pero no termino de entender por qué lo son si no cumplen el art. 59.1 de la Ley 30/92 en cuanto a que no permiten tener constancia del contenido del acto notificado.

Saludos

Hola Luisa, yo creo que el debate fue en ALF. Y lo de tener constancia del contenido del acto notificado se arregla, digamos, poniendo a mano (yo lo hago así en el trabajo) en la tarjeta rosa que acompaña el sobre, que es donde firma el recibí el interesado, un pequeñísimo texto explicando lo que contiene el sobre, cuatro, cinco o seis palabras....así lo hacemos en mi trabajo.
A gran escala de notificaciones, como hace la aeat, como esas tarjetas las hace una impresora, pues supongo que lo hagan igual pero mecanizado.

 Artículo 59 Práctica de la notificación

1. Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado.

La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 20 de Agosto de 2013, 22:17:30 pm
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Contestación del profesor de las opos:


2. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Pero una vez resuelto el recurso potestativo, los plazos son los mismos ( 2 meses y 6 meses ).

Gracias por la aclaración, me sirve para el trabajo, al menos, para informar bien si alguien pregunta.

Supongo que en la última frase, se debe de añadir, "una vez resuelto el recurso potestativo, o entendida su desestimación presunta (no resolución) los plazos son los mismos (2 meses y 6 meses).  ???

Lo que indica Luisa64 es así, efectivamente y a pesar de los plazos, la jurisprudencia está dando mucha caña a la inactividad de la administración, de ahí que a pesar de los plazos, cuando no se resuelve en el plazo que indica la norma, se hace una interpretación tan extensiva que hace invalido el art. 46.1 LJCA, al menos, esa es mi impresión tras la lectura del pdf.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 21 de Agosto de 2013, 00:11:32 am
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Hola Luisa, yo creo que el debate fue en ALF. Y lo de tener constancia del contenido del acto notificado se arregla, digamos, poniendo a mano (yo lo hago así en el trabajo) en la tarjeta rosa que acompaña el sobre, que es donde firma el recibí el interesado, un pequeñísimo texto explicando lo que contiene el sobre, cuatro, cinco o seis palabras....así lo hacemos en mi trabajo.
A gran escala de notificaciones, como hace la aeat, como esas tarjetas las hace una impresora, pues supongo que lo hagan igual pero mecanizado.

 Artículo 59 Práctica de la notificación

1. Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado.

La acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente.

¿Debo entender entonces que si el funcionario no incluye ese texto en la tarjetita que se firma -y te puedo asegurar que yo he recibo alguna notificación sin nada de eso-, la notificación sería defectuosa?

Saludos
Título: LIBROS ADMINISTRATIVO II
Publicado por: elenavilla en 21 de Agosto de 2013, 14:33:30 pm
Estaría interesada si siguen en el próximo curso la misma edicción de los libros de administrativo II en comprarlo de segunda mano. Si alguien está dispuesto o dispuesta mi correo es elenaoterorodriguez@hotmail.com
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 21 de Agosto de 2013, 15:32:21 pm
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¿Debo entender entonces que si el funcionario no incluye ese texto en la tarjetita que se firma -y te puedo asegurar que yo he recibo alguna notificación sin nada de eso-, la notificación sería defectuosa?

Saludos

Yo entiendo que sí pero dejame que lo comento en la oficina. Tambien pienso que si la aceptas y abres la carta pues no pasaría nada. Otra cosas es que el cartero te la deje mirar antes, la tarjeta rosa quiero decir, y al no decir nada de su contenido la rechaces y que el cartero no ponga que no la quieres recoger.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 22 de Agosto de 2013, 10:22:13 am
Pues en esto sí que me voy a meter.

Cuando se realiza una notificación de un previo acto administrativo, eso sí que está totalmente regulado (jje, salvo eso de que si estaba muerta la persona a la que iba dirigida, lo preguntó Raúl31 en F y T I): dos intentos, dentro de los tres días posteriores a diferente hora. Ya el papelito rosa recoge, si está ausente, si es desconocido, si está rechazado, etc y sus consecuencias.

Yo desde luego no sé cómo se actuará en otras administraciones si se notifica un acto administrativo, éste debe de tener un soporte físico, salvo que sea por vía telemática, y en ese caso lo tenemos más aún a nuestro favor, donde consta el acto que se notifica, en su integridad si va dirigido a una sola persona, o en parte bastante si es a una pluralidad de personas (lo único que se quita son los datos del resto), con lo cual, yo lo que compruebo es que se han realizado los dos intentos en el caso de ausencia, o uno en el supuesto de desconocido, y si es rechazado, si que realizo un pequeño, por su extensión de redacción, documento word y hago constar que continúa el procedimiento por rechazo del acto en fecha tal, y grapo, pero nada más, ¡debiera estar todo en el soporte, ya sea de un tipo u otro!  ???
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 22 de Agosto de 2013, 10:54:31 am
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Pues en esto sí que me voy a meter.

Cuando se realiza una notificación de un previo acto administrativo, eso sí que está totalmente regulado (jje, salvo eso de que si estaba muerta la persona a la que iba dirigida, lo preguntó Raúl31 en F y T I): dos intentos, dentro de los tres días posteriores a diferente hora. Ya el papelito rosa recoge, si está ausente, si es desconocido, si está rechazado, etc y sus consecuencias.

Yo desde luego no sé cómo se actuará en otras administraciones si se notifica un acto administrativo, éste debe de tener un soporte físico, salvo que sea por vía telemática, y en ese caso lo tenemos más aún a nuestro favor, donde consta el acto que se notifica, en su integridad si va dirigido a una sola persona, o en parte bastante si es a una pluralidad de personas (lo único que se quita son los datos del resto), con lo cual, yo lo que compruebo es que se han realizado los dos intentos en el caso de ausencia, o uno en el supuesto de desconocido, y si es rechazado, si que realizo un pequeño, por su extensión de redacción, documento word y hago constar que continúa el procedimiento por rechazo del acto en fecha tal, y grapo, pero nada más, ¡debiera estar todo en el soporte, ya sea de un tipo u otro!  ???

Mnieves, no quisiera parecer grosera -y desde luego no es mi intención-, pero vuelves a responder a un asunto que planteo con cuestiones que no tienen nada que ver con lo que he preguntado. Mi duda era -y es-, que si el correo certificado no permite dejar constancia del contenido de lo notificado, ¿cómo se considera válido si incumple la ley?

Ya ha explicado Marta que, en su caso, describe el contenido del sobre en el cartoncito rosa, lo que permitiría salvar ese escollo pero, por mi experiencia personal, me temo que no es ésa -la de Marta-, una práctica habitual, y en tal caso, ¿el correo certificado supondría una notificación defectuosa? Yo entiendo que sí, pues la administración no podría demostrar que se ha notificado ese acto en concreto por no permitir el medio empleado dejar constancia del contenido. Es decir, yo firmo un papelito rosa donde no se indica el contenido de lo que acabo de recibir.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Kapa en 22 de Agosto de 2013, 11:33:04 am
El Burofax deja constancia de la entrega o intento de la misma, y del contenido, a diferencia de la Carta Certificada. La propia disposición normativa estableceré el medio más adecuado, requerimiento notarial, Burofax, sms certificado, correo electrónico certificado, todo claro con la intención del carácter de prueba frente a terceros.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 22 de Agosto de 2013, 11:48:10 am
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Mnieves, no quisiera parecer grosera -y desde luego no es mi intención-, pero vuelves a responder a un asunto que planteo con cuestiones que no tienen nada que ver con lo que he preguntado. Mi duda era -y es-, que si el correo certificado no permite dejar constancia del contenido de lo notificado, ¿cómo se considera válido si incumple la ley?

Ya ha explicado Marta que, en su caso, describe el contenido del sobre en el cartoncito rosa, lo que permitiría salvar ese escollo pero, por mi experiencia personal, me temo que no es ésa -la de Marta-, una práctica habitual, y en tal caso, ¿el correo certificado supondría una notificación defectuosa? Yo entiendo que sí, pues la administración no podría demostrar que se ha notificado ese acto en concreto por no permitir el medio empleado dejar constancia del contenido. Es decir, yo firmo un papelito rosa donde no se indica el contenido de lo que acabo de recibir.

Saludos

Estás equivacada, al menos con Administrativo, pero, es la segunda vez, así que  :-X
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 22 de Agosto de 2013, 12:30:31 pm
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El Burofax deja constancia de la entrega o intento de la misma, y del contenido, a diferencia de la Carta Certificada. La propia disposición normativa estableceré el medio más adecuado, requerimiento notarial, Burofax, sms certificado, correo electrónico certificado, todo claro con la intención del carácter de prueba frente a terceros.

Ya, pero va a ser que la AGE  no se gasta los dineros en burofaxes.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 22 de Agosto de 2013, 12:38:01 pm
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¿Debo entender entonces que si el funcionario no incluye ese texto en la tarjetita que se firma -y te puedo asegurar que yo he recibo alguna notificación sin nada de eso-, la notificación sería defectuosa?

Saludos

Hola luisa, me han dicho que sí, que podría ser una notificación defectuosa y que se repararía el defecto notificandolo de nuevo.
El tema también lo tenemos en que al recibir la carta certificada y ver que le falta esa referencia al contenido del acto no vaya a poner el cartero en el sobre "Rehusada" así, sin ninguna explicación, porque segun llega a la Administracion siguen las actuaciones.
Yo me inclinaría en este caso a indicarle al cartero u oficina de Correos que igual que escriben "desconocido" , " rehusado" y cosas similares, pues que ponga "Rehusada por falta de especificación del contenido". A mi me devuelven un acuse con esa nota y vuelvo a notificar inmediatamente.
Otra cosa que hay que tener en cuenta es lo que pones en esa pequeña frase del contenido. Porque va a quedar a la vista de personas no interesadas en el procedimiento, como el mismo cartero y tampoco puede lesionar la intimidad y privacidad del destinatario. Yo suelo buscar palabras tecnicas o bien sinónimos del lenguaje administrativo, por ejemplo, no pongo "deuda", pongo "reintegro" , nadie tiene porqué enterarse más que el destinatario.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 22 de Agosto de 2013, 13:17:46 pm
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Mnieves, no quisiera parecer grosera -y desde luego no es mi intención-, pero vuelves a responder a un asunto que planteo con cuestiones que no tienen nada que ver con lo que he preguntado. Mi duda era -y es-, que si el correo certificado no permite dejar constancia del contenido de lo notificado, ¿cómo se considera válido si incumple la ley?

Ya ha explicado Marta que, en su caso, describe el contenido del sobre en el cartoncito rosa, lo que permitiría salvar ese escollo pero, por mi experiencia personal, me temo que no es ésa -la de Marta-, una práctica habitual, y en tal caso, ¿el correo certificado supondría una notificación defectuosa? Yo entiendo que sí, pues la administración no podría demostrar que se ha notificado ese acto en concreto por no permitir el medio empleado dejar constancia del contenido. Es decir, yo firmo un papelito rosa donde no se indica el contenido de lo que acabo de recibir.

Saludos

Dejalo, es predicar en el desierto, habrás visto la contestación..."Estás equivacada, al menos con Administrativo, pero, es la segunda vez, así que  "
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 22 de Agosto de 2013, 13:28:55 pm
La que parece predicar en el desierto soy yo algunas veces, pero ni aún así váis a poder conmigo; tu comunicas respuetas a prestaciones, yo notifico actos que conllevan sanciones, y sí, se a lo que te refieres, pero en el "papelito rosa" se indica, nùmero de expediente, materia, clase de acto que se notifica y los datos de la persona a quien va dirigido, y así, de esa forma, cuando llega el funcionario de Correos preguntan ¿qués es? es algo de una multa, y si es conocido se pone ausente (eso hay que demostrarlo, no todos los funcionarios conocen a todo el mundo), o bien se rechaza.

¿Que alegan una y mil veces notificación defectuosa? por un tubo, que si no les ha dejado el aviso, que si Correos no funciona, así que, ¡tendría yo que haber admitido pocas notificaciones defectuosas! pero si al Juez del Contencioso le sirva la copia del acuse del recibo y la parte delantera del sobre, y la publicación del acto en el BOP, así que si queréis enteraros de qué opina la jurisprudencia sobre la notificación defectuosa, salvo un STC de 2008 sobre la "relativa actividad de la administración a fin de conocer el domicilio cuando éste viene como desconocido" encontraréis sentencias desestimatorias por un tubo, y estimatorias porque de veras se haya dado un defecto formal en la notificación, en caso contrario, ¡nos zampamos el recurso!

Y ahora sí, adeu, que luisa64 consiga aprobar, y que a ti te vaya de mil pares en tu puesto de trabajo.

Saludos,  8)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 22 de Agosto de 2013, 13:37:24 pm
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La que parece predicar en el desierto soy yo algunas veces, pero ni aún así váis a poder conmigo; tu comunicas respuetas a prestaciones, yo notifico actos que conllevan sanciones, y sí, se a lo que te refieres, pero en el "papelito rosa" se indica, nùmero de expediente, materia, clase de acto que se notifica y los datos de la persona a quien va dirigido, y así, de esa forma, cuando llega el funcionario de Correos preguntan ¿qués es? es algo de una multa, y si es conocido se pone ausente (eso hay que demostrarlo, no todos los funcionarios conocen a todo el mundo), o bien se rechaza.

¿Que alegan una y mil veces notificación defectuosa? por un tubo, que si no les ha dejado el aviso, que si Correos no funciona, así que, ¡tendría yo que haber admitido pocas notificaciones defectuosas! pero si al Juez del Contencioso le sirva la copia del acuse del recibo y la parte delantera del sobre, y la publicación del acto en el BOP, así que si queréis enteraros de qué opina la jurisprudencia sobre la notificación defectuosa, salvo un STC de 2008 sobre la "relativa actividad de la administración a fin de conocer el domicilio cuando éste viene como desconocido" encontraréis sentencias desestimatorias por un tubo, y estimatorias porque de veras se haya dado un defecto formal en la notificación, en caso contrario, ¡nos zampamos el recurso!

Y ahora sí, adeu, que luisa64 consiga aprobar, y que a ti te vaya de mil pares en tu puesto de trabajo.

Saludos,  8)

Perdona pero yo no comunico respuestas a prestaciones, sencillamente porque yo no resuelvo, ni se resuelve en provincias. Eso para empezar. E igual que yo no digo nada de tu trabajo, manten la boca cerrada sobre el mío.

Y no me va del mil pares en mi puesto de trabajo, me va de millones y genial, con magníficos compañeros y donde soy muy apreciada, eso que te quede claro.
A ver si es verdad que no vuelves a contestar en los hilos de Administrativo, porque parece que tengas .....
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: atcdreams en 22 de Agosto de 2013, 15:21:49 pm
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Como ya digo en mi mensaje, sé que el tipo de examen de este año es distinto del de años anteriores, pero a pesar de ello me parece interesante la recopilación por temas de las preguntas de otros años.

También tengo la recopilación de esas preguntas de test de la que hablas -me la envió muy amablemente Marta-, y me parece muy interesante, pero lo que pido me parece un buen complemento para el estudio. Si nadie lo ha hecho, lo iré haciendo yo y, cuando lo tenga, lo colgaré por aquí.

De todas formas, gracias por tu respuesta.

Saludos

Hola Luisa! He leído que quizá hacías una recopilación de preguntas tipo test de Administrativo II? Si es así, serías tan amable de enviármelas? Muchísimas gracias!!

Mi email: patricia.andres.82@gmail.com

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 22 de Agosto de 2013, 15:57:42 pm
¡Uy, qué mal rollo...!

Bueno, pues si estoy equivocada, mnieves, estaré equivocada, aunque no sé muy bien en qué.

Y Marta, muchas gracias por tus respuestas. Ya me queda el asunto bastante claro y lo doy por zanjado.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 22 de Agosto de 2013, 16:01:18 pm
De nada luisa64.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 22 de Agosto de 2013, 16:01:32 pm
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Hola Luisa! He leído que quizá hacías una recopilación de preguntas tipo test de Administrativo II? Si es así, serías tan amable de enviármelas? Muchísimas gracias!!

Mi email: patricia.andres.82@gmail.com

Pues no sé dónde lo habrás leído porque nunca he hecho ninguna recopilación de preguntas tipo test de Admvo II ni tengo intención de hacerla. Es más, éste es el primer año que el examen es tipo test.

Lo que es posible que hayas leído por ahí es que Marta (matias1) hizo una recopilación de preguntas tipo test realizadas por los propios compañeros en un hilo que ella misma abrió (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=81127.0), pero no son de preguntas de examen. Si los quieres, seguro que Marta te los envía encantada. Siempre anda por aquí echando una mano, como puedes comprobar.  ;) ;)

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: atcdreams en 22 de Agosto de 2013, 16:05:03 pm
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Pues no sé dónde lo habrás leído porque nunca he hecho ninguna recopilación de preguntas tipo test de Admvo II ni tengo intención de hacerla. Es más, éste es el primer año que el examen es tipo test.

Lo que es posible que hayas leído por ahí es que Marta (matias1) hizo una recopilación de preguntas tipo test realizadas por los propios compañeros en un hilo que ella misma abrió (http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=81127.0), pero no son de preguntas de examen. Si los quieres, seguro que Marta te los envía encantada. Siempre anda por aquí echando una mano, como puedes comprobar.  ;) ;)

Saludos

Ah!! Disculpa, lo leí rápido... pues si Marta me las pudiese enviar?? Muchas gracias a las 2!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 22 de Agosto de 2013, 16:07:51 pm
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Ah!! Disculpa, lo leí rápido... pues si Marta me las pudiese enviar?? Muchas gracias a las 2!!

Ya están enviadas!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: atcdreams en 22 de Agosto de 2013, 16:12:13 pm
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Ya están enviadas!
Woow qué rapidez!!! Mil gracias!!! :D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Kapa en 23 de Agosto de 2013, 00:04:30 am
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Woow qué rapidez!!! Mil gracias!!! :D

Creo que este debe de ser el tono de las conversaciones de este foro, participo muy poco, aunque de vez en cuando lo leo y me aprovecho de las grandísimas aportaciones de todos vosotros. Dicho esto, quisiera decir que todos en nuestros puestos de trabajo asumimos como procedimiento adecuado lo que hacemos, con un grado de flexibilidad y manga ancha, seamos o no Administración, y lo sabemos, pero otra cosa es cuando recurrimos o demandamos, a la administración o a un particular, que hacemos uso de todos las balas, balines y bombas que nos ayuden a combatir y a ganar el pleito.

Y si tenemos que fundamentar una demanda, por vía de defecto de forma en la notificación, lo haremos, y si tenemos prueba de ello, la utilizaremos. Cuantas circulares internas asisten en el día a día en el oficio del funcionario, ajustando procedimientos... reglamentaciones que también las recurriremos si no se ajustan a derecho,

un abrazo compañeras!!!



Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 23 de Agosto de 2013, 03:22:21 am
En eso coincido totalmente contigo Kapa.

Desde el otro lado de la barrera será otro cantar, máxime en esas notificaciones que suelen realizar la AGE o la CCAA, suelen adolecer, y ya con esto no me refiero al papel rosa, acuse de recibo, sino del mismo acto en sí; la diferencia fundamental es que a nivel local no está todo tan telematizado para la redacción del acto de que se trate, con lo cual, el cumplimentar el acuse de recibo a mano, se olvidan menos cosas de las que en una base de datos electrónica puede tirar; hay compañeros/as que para enviar la concesión de una licencia de obras, en el acuse se indican todos los datos que he expuesto anteriormente, con lo cual es más difícil encontrar ese defecto de forma que pueda invalidad el acto en sí mismo.

Respecto a esto, recuerdo que asistí a una reunión en el Servicio de Gestión Tributario de Huelva, se trataba de implantar un modelo sobre unas pda que e entregaban a los agentes, si se presentaban alegaciones las mandábamos nosotros, y ellos supuestamente se ocupaban del resto, pero a la vista del papelito que salía por la pda, cuando leí el supuesto práctico de la infracción y la "notificación" del mismo que iría a parar a manos del interesado, dije que yo no me adhería (en ese momento me dejaron mano libre para decidir), porque eso iba a dar lugar a un montón de alegaciones por defecto de forma en lo que al fin y al cabo, sería un procedimiento sancionador, que tendrían que ser admitidas. Si en alguna capital de provincia, o pueblo, pasa esto, fijaros bien en el reverso del papelito, es igual que la comunicación de cuándo me he pasado en un estacionamiento de hora como consecuencia de una cita médica, he alegado la no comisión y la no presunción de veracidad de los funcionarios, o laborales, no lo sé, que están pendientes de ello.

En el manual es una cosa, y en la práctica otra muy distinta porque entran factores muy diversos, el ámbito territorial de la administración, la materia en función de que se esté tramitando una petición por solicitud de un derecho, que un procedimiento impositivo, en fin, que si la notificación del subsidio de mi hijo hubiese sido denegada, hummmmmmmmmm, seguro que no hubiese llegado por correo ordinario, jejje

Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Kapa en 23 de Agosto de 2013, 20:14:16 pm
Siguiendo con la validez de la notificación el Art. 137,3 Ley 30/92 dice: "3. Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documento público observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados.
Así que a clavar el diente, si cogemos hueso mala suerte...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 24 de Agosto de 2013, 10:45:04 am
Buenos días:

Tras estudiar el tema 8 (XVI del libro), he revisado las preguntas de examen y no termino de estar de acuerdo con la respuesta dada por el equipo docente a la 14 del examen de la segunda semana


14.     - Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, por:

a.     - El transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes o en la Ley 30/1992.
b.    - Por indulto o condonación y por el paso del tiempo y la prescripción regulada en las leyes.
c.    - Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Según el equipo docente, la correcta es la a). Es más, en un mensaje en ALF del equipo docente en respuesta a las impugnaciones de preguntas planteadas en su día por compañeros, dice lo sigueinte:

La decimocuarta pregunta no se anula, pues la respuesta correcta, la A, coincide literalmente con lo recogido en la página 461 del manual: “Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, en fin, por el transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes que establezcan las respectivas infracciones y sanciones y, en su defecto, por la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común”.

Y es cierto que el libro dice eso, pero también dice literalmente en la página 458 lo siguiente:

"Conforme al art. 112 del Código Penal; la responsabilidad criminal: se extingue por la muerte del reo, el cumplimiento de la condena, la amnistía, el indulto, el perdón del ofendido en los delitos perseguibles a instancia de parte, la prescripción del delito o de la pena.

Es obvio que todas esas formas de extinción de la responsabilidad se aplicarán a la extinción de las infracciones y sanciones punitivas. Por ello, y a pesar de que la LRJAP sólo trata..."


Si se sigue leyendo ese epígrafe, la conclusión es obvia. De hecho, cuando he intentado responder a esa pregunta de examen no he sabido qué responder, pues la a) es correcta pero incompleta, la b) es correcta pero incompleta, y la c) es incorrecta, porque tanto la a) como la b) son correctas al no indicarse en ninguna de ellas el clásico "únicamente".

Tras la respuesta del equipo docente a la impugnación, ¿alguien continuó con comisión de revisión? Desde luego, si yo hubiera dependido de esta pregunta para aprobar, hubiera llegado hasta el final porque es claramente anulable.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 10:59:45 am
En el ámbito sancionador se traspasan los principios del Derecho penal mutatis mutandi.

1. Cabe el indulto, en forma de que el órgano no quiera castigar una infracción que se ha cometido, imponiendo la correspondiente sanción.

2. No cabe la "compensación" en el ámbito penal, cabe la sustitución o la suspensión; sí cabe la compensación en el ámbito administrativo cuando el interesado al que se impone una sanción es acreedor de al Administración que se la ha impuesto y solicita la "condonación".
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 11:02:24 am
Perdón, me he ido al significado de "condonación" en el ámbito administrativo, con lo cual en el punto 2, me refiero a condonación = compensación, esto se traspasa en ese mutatis mutandi, cambiando lo que haya que cambiar, en este caso la terminología, la condonación se cambia por la compensación.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 24 de Agosto de 2013, 11:11:35 am
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Perdón, me he ido al significado de "condonación" en el ámbito administrativo, con lo cual en el punto 2, me refiero a condonación = compensación, esto se traspasa en ese mutatis mutandi, cambiando lo que haya que cambiar, en este caso la terminología, la condonación se cambia por la compensación.

A lo mejor estoy equivocada por tercera vez, pero creo que condonar no es lo mismo que compensar. La condonación extingue la responsabilidad -implica perdonar la deuda- sin cumplirla, mientras que la compensación -compensar una deuda con un crédito-, extingue la responsabilidad por cumplimiento de la misma.

Por cierto, sobre lo que pregunto, ¿qué opinas?

Saludos
 
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 11:35:23 am
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A lo mejor estoy equivocada por tercera vez, pero creo que condonar no es lo mismo que compensar. La condonación extingue la responsabilidad -implica perdonar la deuda- sin cumplirla, mientras que la compensación -compensar una deuda con un crédito-, extingue la responsabilidad por cumplimiento de la misma.

Por cierto, sobre lo que pregunto, ¿qué opinas?

Saludos

A eso me refería luisa64, condonar no es lo mismo que compensar, de ahí que haya pasado con ese cambio de matiz, si se condona es porque se perdona, si se perdona es igual a indulto? y, sí la compensación que no cabe en la vía penal, se aplica en la administrativa sancionadora, no es que extinga la responsabilidad, es que al pagar la sanción, se terminó el procedimiento, el infractor ha cumplido la "pena (vamos a hacer símiles) impuesta".

Si a lo que te refieres es a la posibilidad de haber impugnado esa pregunta, creo que es la opción a), si te das cuenta la opción b) está recogiendo dos formas que se pueden dar en el sancionador como "perdón de la conducta infractora", tanto el indulto como la condonación; la condonación también se transforma en una forma de "quita" de la sanción, es decir, tal y como estudiado en F y T I, la condonación puede ser total o parcial; independientemente de cómo queramos llamar al perdonar en vía administrativa, creo incluso, que es más interpretable la condonación, pero no el indulto, pues tiene su significado específico en vía penal.

Creo 
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 11:43:32 am
lo siento, ¡esto de no mirar al teclado! ufff.

Creo que ése sería el argumento interpretativo del ED para no dar la opción b) por válida.

Si me hubiese tenido que examinar tipo test de esa parte de la asignatura, mi opción hubiese sido la a), es lo único que puedo decir, ahora bien, eso depende de lo que se pueda motivar la reclamación.
Tanto un ámbito como otro tiene similitudes, y es cierto que cuando se han comenzado a despenalizar conductas para el trasvase a la potestad sancionadora de la Administración, se han tenido que ir con ella muchos principios ya recogidos, pero no es lo mismo "culpabilidad" que "responsabilidad", con lo cual algo tiene que cambiar al aplicar el trasvase.

¿Has escuchado alguna vez que se haya indultado a una persona que ha cometido una infracción administrativa, de la que ha devenido responsable tras el correspondiente procedimiento?  ???

De todas formas, argumentas muy bien, te has dado cuenta enseguida que no podemos equiparar condonación con compensación, como tampoco podemos equiparar indulto con perdón, en esto último está el quid iuris de la quaestio.

Saludos y mucha suerte en septiembre, bueno dentro de una semanilla,  :)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 24 de Agosto de 2013, 12:11:29 pm
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¿Has escuchado alguna vez que se haya indultado a una persona que ha cometido una infracción administrativa, de la que ha devenido responsable tras el correspondiente procedimiento?  ???


Bueno, en la b) pone "indulto o condonación..." -ya sabes, aquello del mutatis mutandis que tú misma usas-, y en el último párrafo de la página 460 del libro que el propio equipo docente usa para argumentar -pareciera que no saben pensar y que no tienen más argumentos que la letra del libro-, dice "en cuanto al indulto o condonación de las sanciones administrativas...", es decir, los usa como términos equivalentes.

En definitiva, me ratifico en que la pregunta, elevada a otras instancias, es claramente anulable usando el mismo razonamiento que el equipo docente: la literalidad del libro.

Por cierto, ¿tú tienes aprobada esta asignatura?

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 12:21:28 pm
Sí, me reconocieron los créditos con el superado de la presencial, aunque allí no era tipo test, era desarrollo y un práctico. El sancionador se tocó mucho, pero no recuerdo pronunciamiento alguno del docente sobre esta cuestión, es algo que no viene recogido en los principios sobre la potestad sancionadora de la Ley 30, ni en el Reglamento del Procedimiento Sancionador tipo, y lo que es más aún, no se me ha dado, salvo la compensación por deudas de la Administración, otra forma pausible de terminar el procedimiento que las generales recogidas en la Ley 30, con la salvedad que la no resolución en plazo lo que produce es la caducidad del procedimiento, es decir, no hay ni silencio positivo ni negativo, sí respecto a la consideración de desestimación del recurso de reposición cuando no es resuelto de forma expresa.

La cuestión es dogmática, con lo cual, es la propia doctrina del autor, en principio lo que se estudia, al igual que el ED de Penal I se postula más adheriéndose a una corriente doctrinal que a otra, con lo cual, si es literal manual lo que indicas, en ese caso, que se aclare con la terminología que usa y la interpretación que se le tiene que dar.

Voy a ver eso en términos de Santamaría Pastor. no me he ido aún al sótano, así que aprovecho.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 12:48:09 pm
¡No recoge nada de nada! Con razón el docente no hacía alusión a lo que indicas que se hace en el manual de Parada.

Sí que se recoge la forma en que se fue pasando del Derecho penal al Derecho administrativo sancionador y toda su evolución histórica, así como todos los principios que han realizado el trasvase y en la forma que se ha realizado, pero salvo la prescripción, que difiere totalmente de la prescripción del delito penal, ya que puede ser interrumpida, y volverse a reanudar, no recoge ni el principio personalista de las infracciones, se dirige a cada ámbito administrativo de la norma sectorial de que se trate, o del ordenamiento sectorial, con lo cual, lo siento, pero no te puedo ayudar, supongo que tendrá que seguir la dicción literal de Parada, y lo que él quiere recoger.  :o
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 13:15:47 pm
¡Creo que ya he encontrado lo que indicas en el manual de Parada! Se extiende más que Santamaría Pastor, eso ayuda en la base, para no tener que ir después en la práctica a rebuscar tanto pronunciamiento jurisprudencial.

En la página 458 al comienzo del epígrafe 9, comienza con el art. 112 CP. Si continuamos se indica, "(...) Es obvio que todas esas formas de extinción de la responsabilidad, se aplicarán a la extinción de las infracciones y sanciones punitivas (..) a pesar de que la LRJPAC sólo trata de la prescripción (..) trataremos de aquellas otras que, de forma análoga o no al Derecho penal producen un efecto extintivo de la responsabilidad administrativa sancionadora (...) muerte del infractor (...) disolución de personas jurídicas (...) cumplimiento de la sanción o pago de la multa (...) Otra forma de extinción de las sanciones administrativas puede ser el derecho de gracia, es decir, a través de la amnistía y el indulto (a partir de aquí entra en valoraciones de la democracia con el Antiguo Régimen para llegar a la conclusión de que no se admiten, salvo las amnistías fiscales por razones prácticas ante la imposibilidad de la Hacienda para luchar contra el fraude fiscal.

Y aquí viene su "postura" en cuanto al indulto o condonación de las sanciones administrativas, en la página 460 que indican ellos, "hay que decir que no hay en el Derecho administrativo una regulación análoga a la establecida para la materia penal, para llegar después de un lago debate, ya que la LGT sí recoge la condonación en virtud de Ley, con la cuantía y los requisitos que en la misma se determinen, para terminar con un cierre de,

"Las infracciones y las sanciones administrativas se extinguen, en fin, por el transcurso del tiempo, por la prescripción regulada en las leyes que establezcan las respectivas infracciones y sanciones y, en su defecto, por la LRJPAC (art. 132)"

Esto último es lo que hay que tener en consideración, ni indulto, ni amnistía, y la condonación o amnistía para lo regulado respecto de las deudas a la Hacienda Pública.

Espero haber aclarado algo, ni había leído esas páginas, pero ahora que lo he hecho, no se alinea Parada con el art. 112 Cp como tal, al menos con el trasvase en su gran parte de terminación de la responsabilidad criminal a la responsabilidad administrativa, tras el cambio producido por la reforma constitucional, no.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 24 de Agosto de 2013, 13:32:51 pm
Que no, mnieves, que no, que hay que seguir leyendo y no pasar del inicio del último párrafo de la página 460 al principio del penúltimo párrafo de la página 461. Entre medias se dicen cosas como éstas:

"Pero si, por las razones antes dichas, el principio general debiera ser la irrevocabiidad de los actos sancionadores, la realidad es que la condonación de las sanciones administrativas ha estado siempre prevista (además de en el reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962) en la Legislación General Tributaria..."

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 13:46:20 pm
Lo siento, no puedo seguir mucho con esto, el revocar un acto administrativo está recogido en la Ley 30, y la revocación, con carácter general está prohibida; a lo que se alude son a normas derogadas.

Me voy con lo mío, que tengo bastante, lo dicho, ¡suerte!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 24 de Agosto de 2013, 13:54:51 pm
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Lo siento, no puedo seguir mucho con esto, el revocar un acto administrativo está recogido en la Ley 30, y la revocación, con carácter general está prohibida; a lo que se alude son a normas derogadas.

Me voy con lo mío, que tengo bastante, lo dicho, ¡suerte!

¿Derogadas?

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rmon.l4t6.html#a471

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.t2.html#a75

Y que conste que quien sigue con esto eres tú. Yo, salvo mejores argumentos, lo tengo bastante claro...

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 24 de Agosto de 2013, 13:58:41 pm
 Artículo 105 Revocación de actos y rectificación de errores

1. Las Administraciones públicas podrán revocar en cualquier momento sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, o sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 24 de Agosto de 2013, 14:40:30 pm
Cuando indico "normas" pueden ser preceptos normativos, artículos que se derogan de una norma por otra modificación de la misma, con lo cual lo anterior sigue vigente.

Artículo 471 (Ley de Montes del 62)

La responsabilidad de carácter correccional que dimana de las infracciones se extingue:

A) Por la muerte del infractor.
B) Por el pago de la multa o el incumplimiento de responsabilidad personal subsidiaria.
Téngase en cuenta que esta letra B) in fine debe entenderse derogada tras la entrada en vigor de la CE. Ir a Norma
C) Por condonación de la multa.
D) Por la prescripción de la infracción.
E) Por la prescripción de la sanción.
Artículo 472

El Ministerio de Agricultura podrá condonar las dos terceras partes de las multas impuestas siempre que concurran circunstancias extraordinarias que lo aconsejen y se cumplan los siguientes requisitos:

A) Renuncia por parte del infractor a todos los recursos, incluso al contencioso-administrativo.
B) Ingreso en firme del tercio de la multa.
C) Ingreso en firme de la indemnización de daños y perjuicios.

El art. 195 hay que entenderlo como excepción respecto de la norma sectorial. y de los límites a los que está sometido; si suponer una arbitrariedad del órgano, también, puesto que iría contra el principio de igualdad.

Artículo 219 Revocación de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones

1. La Administración tributaria podrá revocar sus actos en beneficio de los interesados cuando se estime que infringen manifiestamente la ley, cuando circunstancias sobrevenidas que afecten a una situación jurídica particular pongan de manifiesto la improcedencia del acto dictado, o cuando en la tramitación del procedimiento se haya producido indefensión a los interesados.

La revocación no podrá constituir, en ningún caso, dispensa o exención no permitida por las normas tributarias, ni ser contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

2. La revocación sólo será posible mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción.

3. El procedimiento de revocación se iniciará siempre de oficio, y será competente para declararla el órgano que se determine reglamentariamente, que deberá ser distinto del órgano que dictó el acto.

En el expediente se dará audiencia a los interesados y deberá incluirse un informe del órgano con funciones de asesoramiento jurídico sobre la procedencia de la revocación del acto.

4. El plazo máximo para notificar resolución expresa será de seis meses desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento.

Transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior sin que se hubiera notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento.

5. Las resoluciones que se dicten en este procedimiento pondrán fin a la vía administrativa.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 24 de Agosto de 2013, 17:26:35 pm
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Cuando indico "normas" pueden ser preceptos normativos, artículos que se derogan de una norma por otra modificación de la misma, con lo cual lo anterior sigue vigente.

Artículo 471 (Ley de Montes del 62)

La responsabilidad de carácter correccional que dimana de las infracciones se extingue:

A) Por la muerte del infractor.
B) Por el pago de la multa o el incumplimiento de responsabilidad personal subsidiaria.
Téngase en cuenta que esta letra B) in fine debe entenderse derogada tras la entrada en vigor de la CE. Ir a Norma
C) Por condonación de la multa.
D) Por la prescripción de la infracción.
E) Por la prescripción de la sanción.
Artículo 472

El Ministerio de Agricultura podrá condonar las dos terceras partes de las multas impuestas siempre que concurran circunstancias extraordinarias que lo aconsejen y se cumplan los siguientes requisitos:

A) Renuncia por parte del infractor a todos los recursos, incluso al contencioso-administrativo.
B) Ingreso en firme del tercio de la multa.
C) Ingreso en firme de la indemnización de daños y perjuicios.

El art. 195 hay que entenderlo como excepción respecto de la norma sectorial. y de los límites a los que está sometido; si suponer una arbitrariedad del órgano, también, puesto que iría contra el principio de igualdad.

Artículo 219 Revocación de los actos de aplicación de los tributos y de imposición de sanciones

1. La Administración tributaria podrá revocar sus actos en beneficio de los interesados cuando se estime que infringen manifiestamente la ley, cuando circunstancias sobrevenidas que afecten a una situación jurídica particular pongan de manifiesto la improcedencia del acto dictado, o cuando en la tramitación del procedimiento se haya producido indefensión a los interesados.

La revocación no podrá constituir, en ningún caso, dispensa o exención no permitida por las normas tributarias, ni ser contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

2. La revocación sólo será posible mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción.

3. El procedimiento de revocación se iniciará siempre de oficio, y será competente para declararla el órgano que se determine reglamentariamente, que deberá ser distinto del órgano que dictó el acto.

En el expediente se dará audiencia a los interesados y deberá incluirse un informe del órgano con funciones de asesoramiento jurídico sobre la procedencia de la revocación del acto.

4. El plazo máximo para notificar resolución expresa será de seis meses desde la notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento.

Transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior sin que se hubiera notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento.

5. Las resoluciones que se dicten en este procedimiento pondrán fin a la vía administrativa.

Yo también sé hacer copia/pega de normas y disposiciones, y además, ¿en qué contradice ese copia/pega mis argumentos? Pero vayamos al grano que nos perdemos.

Entonces, ¿son preceptos normativos derogados? Evidentemente no porque están en vigor. ¿Es posible la extinción de infracciones y sanciones administrativas por condonación? Evidentemente sí. ¿Es correcta la opción b) de la pregunta 14 del examen de la segunda semana? Evidentemente sí. Como mínimo tan correcta como la a). Lo dice la ley, aunque al equipo docente le importe un carajo lo que diga la ley, y lo dice el libro que, visto lo visto, para el equipo docente es la biblia, así que miel sobre hojuelas. Conclusión: la pregunta está mal planteada y debería haberse anulado.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: xelito00 en 24 de Agosto de 2013, 21:39:42 pm
Hola a todos: quisiera pediros un favor. He intentado entrar en alf para descargarme las respuestas de los examenes de administrativo pero no me deja,si alguna alma caritativa las tuviese que las cuelgue aquí o bien me las envie a mi correo xarxa@wanadoo.es.

Mucha suerte a todos.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 24 de Agosto de 2013, 21:44:31 pm
Segunda semana febrero 2013 Administrativo II Grado

 CBABACACCABACACBBAAC
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: xelito00 en 24 de Agosto de 2013, 21:48:46 pm
Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 25 de Agosto de 2013, 11:26:10 am
Una nueva contradicción del libro. Y ya van... Vamos, es para ponerles denuncia.  >:( >:(

Por verle algo positivo al asunto, este tipo de contradicciones, a pesar de hacerte perder el tiempo investigando, te obligan a reflexionar y, de paso, a afianzar mejor la materia. Cuando de corregir a quienes se supone que te tienen que enseñar se trata, hay que hilar fino, porque siempre se tiene la duda de si se está una pasando de listilla.

En este caso se trata del final del segundo párrafo de la página 646, cuando dice que deben reiterarse "las reclamaciones previas a la vía laboral y civil cuando ha caducado el efecto de las anteriormente presentadas por no haber deducido la demanda en el plazo establecido desde su desestimación", lo cual es falso porque no es necesario reiterar las reclamaciones previas, sino que se puede acudir directamente a la jurisdicción civil o social en cualquier momento tras la resolución expresa o presunta de tales reclamaciones, y mientras no haya prescrito el derecho que se reclame.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: rakytaky en 25 de Agosto de 2013, 12:52:51 pm
Qué horror de exámenes tipo test, de verdad...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 25 de Agosto de 2013, 13:11:55 pm
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Qué horror de exámenes tipo test, de verdad...

Pues a mí me encantan, porque tardo menos en prepararme las asignaturas. Además, suelo aprender más en las asignaturas tipo test que en las de desarrollo porque le técnica de estudio te impone aprender y no memorizar a lo bestia. Es que a mí, el proceso de memorizar grandes parrafadas, me cuesta un poco.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: rakytaky en 25 de Agosto de 2013, 13:25:25 pm
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Pues a mí me encantan, porque tardo menos en prepararme las asignaturas. Además, suelo aprender más en las asignaturas tipo test que en las de desarrollo porque le técnica de estudio te impone aprender y no memorizar a lo bestia. Es que a mí, el proceso de memorizar grandes parrafadas, me cuesta un poco.

Saludos

Yo no soy una persona de memorizar en plan bestia, pero me gusta desarrollar. En los examenes de desarrollo, tú controlas, tú decides que mostrarle al examinador, pudiendo evitar ciertos puntos del temario que tengas dudosos  o poco claros, en los examenes tipo test atacan directamente a esos puntos poco claros, si esto fuera en una universidad presencial en la que los profesores te explicaran esos puntos, estaría bien; pero siendo a distancia, me parece que buscar los huecos en una enseñanza que tú te estas impartiendo a ti mismo es poco útil por lo menos, no demuestras lo que has aprendido, intentas demostrar que no tienes carencias, que te sabes el temario de p a pa, o que has echado la lotería y has tenido suerte.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 26 de Agosto de 2013, 01:22:14 am
Y sobre todo, estamos en un grado de Derecho; una carrera que te va a llevar, supuestamente, a puestos de trabajo en los cuales, supuestamente, vas a tener que desarrollar argumentos jurídicos. ¿Le vas a decir al Juez que crees que es la B? O cuando tengas que notificar una providencia de apremio (texto íntegro)...¿le pones al pollo el símbolo del dólar pa que lo vaya pillando?

En fin. Yo creo que, si algún día me veo en esas situaciones, haré lo que mejor se me da hacer...pedirle los apuntes a Marta. ::)



Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 26 de Agosto de 2013, 11:18:02 am
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Y sobre todo, estamos en un grado de Derecho; una carrera que te va a llevar, supuestamente, a puestos de trabajo en los cuales, supuestamente, vas a tener que desarrollar argumentos jurídicos. ¿Le vas a decir al Juez que crees que es la B? O cuando tengas que notificar una providencia de apremio (texto íntegro)...¿le pones al pollo el símbolo del dólar pa que lo vaya pillando?

En fin. Yo creo que, si algún día me veo en esas situaciones, haré lo que mejor se me da hacer...pedirle los apuntes a Marta. ::)


jajajajajajajaaj muy bueno ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: rakytaky en 26 de Agosto de 2013, 22:19:44 pm
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Y sobre todo, estamos en un grado de Derecho; una carrera que te va a llevar, supuestamente, a puestos de trabajo en los cuales, supuestamente, vas a tener que desarrollar argumentos jurídicos. ¿Le vas a decir al Juez que crees que es la B? O cuando tengas que notificar una providencia de apremio (texto íntegro)...¿le pones al pollo el símbolo del dólar pa que lo vaya pillando?

En fin. Yo creo que, si algún día me veo en esas situaciones, haré lo que mejor se me da hacer...pedirle los apuntes a Marta. ::)


Supuestamente...supuestamente...NADA. Para decirle algo a un juez, (siendo abogado) necesitaras un máster, para ser fiscal, juez o secretario...una oposición, de aquí se sale siendo jurista, siendo nada....Y la gente trabaja con los códigos en la mano. No creo que un tipo test demuestre que vayas a hacer tu trabajo al dedillo, como ya dije antes,pienso que demuestra que alguien puede, simplemente, tener suerte. Si prefieres este tipo de examen me alegro por ti (y por el  equipo docente, que así trabaja menos) pero me seguirán pareciendo una bendita caca X) (Echo de menos la caca sonriente del whatsapps queda más cuqui que poner directamente caca  :D)

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 28 de Agosto de 2013, 20:32:33 pm
Si preguntaran en el examen si, en materia de sanciones administrativas, la interposición de un recurso suspende la ejecución del acto, ¿qué contestaríais?

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 28 de Agosto de 2013, 20:36:26 pm
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Si preguntaran en el examen si, en materia de sanciones administrativas, la interposición de un recurso suspende la ejecución del acto, ¿qué contestaríais?

Saludos

En general no pero hay excepciones (me estoy refiriendo a actos) ¿de que tipo de sanciones hablas? ¿tributarias?

 Artículo 111 Suspensión de la ejecución


1. La interposición de cualquier recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano a quien competa resolver el recurso, previa ponderación, suficientemente razonada, entre el perjuicio que causaría al interés público o a terceros la suspensión y el perjuicio que se causa al recurrente como consecuencia de la eficacia inmediata del acto recurrido, podrá suspender, de oficio o a solicitud del recurrente, la ejecución del acto impugnado cuando concurran alguna de las siguientes circunstancias:

    a) Que la ejecución pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación.
    b) Que la impugnación se fundamente en alguna de las causas de nulidad de pleno derecho previstas en el artículo 62.1 de esta Ley.

3. La ejecución del acto impugnado se entenderá suspendida si transcurridos treinta días desde que la solicitud de suspensión haya tenido entrada en el registro del órgano competente para decidir sobre la misma, éste no ha dictado resolución expresa al respecto. En estos casos no será de aplicación lo establecido en el artículo 42.4, segundo párrafo, de esta Ley.

4. Al dictar el acuerdo de suspensión podrán adoptarse las medidas cautelares que sean necesarias para asegurar la protección del interés público o de terceros y la eficacia de la resolución o el acto impugnado.

Cuando de la suspensión puedan derivarse perjuicios de cualquier naturaleza, aquélla sólo producirá efectos previa prestación de caución o garantía suficiente para responder de ellos, en los términos establecidos reglamentariamente.

La suspensión podrá prolongarse después de agotada la vía administrativa cuando exista medida cautelar y los efectos de ésta se extiendan a la vía contencioso-administrativa. Si el interesado interpusiera recurso contencioso-administrativo, solicitando la suspensión del acto objeto del proceso, se mantendrá la suspensión hasta que se produzca el correspondiente pronunciamiento judicial sobre la solicitud.

5. Cuando el recurso tenga por objeto la impugnación de un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, la suspensión de su eficacia habrá de ser publicada en el periódico oficial en que aquél se insertó.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 28 de Agosto de 2013, 21:10:13 pm
No me refiero a actos en general, Marta, pues en ese caso lo tengo claro, sino a sanciones administrativas en general, sean o no tributarias, aunque sé que en este último caso la respuesta sería afirmativa.

Verás, el asunto no se resuelve con la ley en la mano sino con la doctrina jurisprudencial, y mi duda tiene su origen en una contradicción -otra más-, que existe en el libro.

Por un lado, en la página 157 in fine, se dice que la jurisprudencia estimó, tras la Constitución, que la naturaleza cuasipenal de las sanciones administrativas era incompatible con su ejecución antes de la resolución definitiva de los recursos interpuestos, pero que esa línea jurisprudencial se ha ido debilitando con el tiempo quedando reducida a la suspensión temporal de la ejecución sólo durante el tiempo que tarde en sustanciarse el incidente d suspensión.

Sin embargo, en la página 479 se concluye que, para no entender infringido el principio nulla poena sine iudicio, es forzoso aceptar el carácter automático de la suspensión, y sigue en el último párrafo de la página 480 diciendo que la más reciente jurisprudencia constitucional afirma que vulnera el derecho constitucional a la garantía judicial efectiva la ejecución de una sanción que no ha ganado firmeza.

Vamos, que dependiendo de la página del libro de la que saquen la pregunta, habría que responder una cosa u otra.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 28 de Agosto de 2013, 21:24:44 pm
A mí esto me desborda, de verdad. Creo que lo leí pero no hice ni caso y pensé, si preguntan ésto no contesto. No creo que se les ocurra ponerlo. Y no hice ni caso porque si me habla de tendencias y de debilitación jurisprudencial pues no sé con qué quedarme. Con lo bonito que está todo en una ley, bien positiva ella.....
Ahora que te digo que yo trabajo con sanciones no tributarias y se ejecutan, se fraccionan, se apremian por la aeat y de todo, independientemente de los recursos que hayan interpuesto.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 28 de Agosto de 2013, 23:01:34 pm
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A mí esto me desborda, de verdad. Creo que lo leí pero no hice ni caso y pensé, si preguntan ésto no contesto. No creo que se les ocurra ponerlo. Y no hice ni caso porque si me habla de tendencias y de debilitación jurisprudencial pues no sé con qué quedarme. Con lo bonito que está todo en una ley, bien positiva ella.....
Ahora que te digo que yo trabajo con sanciones no tributarias y se ejecutan, se fraccionan, se apremian por la aeat y de todo, independientemente de los recursos que hayan interpuesto.

Pues esperemos que no pregunten estas cosas. De todas formas, lo que es lamentable es la calidad del libro.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Diestra en 29 de Agosto de 2013, 20:09:03 pm
Buenas!! alguien me podría enviar el recopilatorio de test?? Gracias!! awitafresca@hotmail.com
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 31 de Agosto de 2013, 20:04:29 pm
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Buenas!! alguien me podría enviar el recopilatorio de test?? Gracias!! awitafresca@hotmail.com

A que recopilatorio te refieres?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 31 de Agosto de 2013, 20:12:20 pm
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Buenas!! alguien me podría enviar el recopilatorio de test?? Gracias!! awitafresca@hotmail.com

Los tienes ya en tu correo.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: pedroto en 31 de Agosto de 2013, 20:14:42 pm
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A que recopilatorio te refieres?

A esos ....  ::) ::) ::) ::) no se te va una Marta!!! ..  ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 01 de Septiembre de 2013, 13:16:20 pm
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Los tienes ya en tu correo.
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Muchas gracias Marta :-*
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 01 de Septiembre de 2013, 13:35:48 pm
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Los tienes ya en tu correo.
[/quote
Muchas gracias Marta :-*

De nada, mucha suerte y mucha justicia. ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: angasa79 en 01 de Septiembre de 2013, 15:58:50 pm
Hola,

¿Me podeis enviar el recopilatorio de test de administrativo II?. Mi mail angasa79@hotmail.com

Gracias.

Saludos. :)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: xelito00 en 01 de Septiembre de 2013, 17:40:35 pm
Hola: alguna alma caritativa me los puede enviar a mi tambien.
Mi correo es xarxa@wanadoo.es.

Muchisimas gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 01 de Septiembre de 2013, 19:05:04 pm
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Hola: alguna alma caritativa me los puede enviar a mi tambien.
Mi correo es xarxa@wanadoo.es.

Muchisimas gracias
Hola, con el permiso de Marta,  ya te lo he enviado a ti y a angasa.
Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Maslow en 02 de Septiembre de 2013, 09:55:45 am
Hola,

Me podeis enviar los Test de  Derecho Administrativo II a antonio18194@yahoo.com

Gracias por adelantado.
 :)

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: xelito00 en 02 de Septiembre de 2013, 12:16:46 pm
Muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: rakytaky en 02 de Septiembre de 2013, 14:19:27 pm
Dichos test no estaban colgados por el post?  :o O son nuevos? como veo a la gente solicitándolos por correo...

Por si acaso son diferentes in_my_darkness@hotmail.es Que siempre viene bien como repaso antes del examen. Gracias adelantadas.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: sinverguenza10 en 03 de Septiembre de 2013, 11:58:46 am
Me sumo a la peticion, si alguien los pudiera mandar... se agradeceria de cara al examen. Mi correo es gonzalosinverguenza@hotmail.com mil gracias!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 03 de Septiembre de 2013, 16:12:16 pm
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Me sumo a la peticion, si alguien los pudiera mandar... se agradeceria de cara al examen. Mi correo es gonzalosinverguenza@hotmail.com mil gracias!!
Hola, ya lo tienes en tu correo.
Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: i42goesc en 03 de Septiembre de 2013, 19:52:15 pm
aquí un perdió andaluz sobre el tipo de examen de la UNED sera el primero que haga, es tipo test? Hay modelos de exámenes? Gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 03 de Septiembre de 2013, 22:08:57 pm
Este si es tipo test, en examenes uned calatayud tienes todos los de otros años
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: nachoplk en 04 de Septiembre de 2013, 10:54:09 am
agradecería que enviarais la recopilación de test: nachoplk@hotmail.com, gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 04 de Septiembre de 2013, 11:03:00 am
No sé si esto se ha respondido en algún otro post, pero me gustaría saber si la puntuación de descuento en este examen continua siendo de 0.25. Muchas gracias y suerte a todos,
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: antxon1 en 04 de Septiembre de 2013, 19:08:40 pm
Pufff...suerte a todos!!!

He sacrificado un poco ésta materia por culpa de Penal I, pero bueno, espero dar guerra y que no sean tan rebuscadas las preguntas.

Por lo demás, creo que las respuestas correctas valen 0,5 y las incorrectas restan 0,25.

Ánimo gente!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 04 de Septiembre de 2013, 19:09:30 pm
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Pufff...suerte a todos!!!

He sacrificado un poco ésta materia por culpa de Penal I, pero bueno, espero dar guerra y que no sean tan rebuscadas las preguntas.

Por lo demás, creo que las respuestas correctas valen 0,5 y las incorrectas restan 0,25.

Ánimo gente!

Gracias, a ver que pasa mañana. Le tengo miedo a este departamento.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 04 de Septiembre de 2013, 19:33:31 pm
alguien me podría pasar algunas soluciones a los test de exámenes anteriores? mi correo es luisnarvaez82@hotmail.com   muchas gracias, un saludo.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 04 de Septiembre de 2013, 19:39:54 pm
Solo hay dos exámenes anteriores que sean tipo test, las respuestas están en páginas anteriores... ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 04 de Septiembre de 2013, 19:44:11 pm
muchas gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 04 de Septiembre de 2013, 20:25:33 pm
he hecho los dos exámenes de este año ahora, y, no os parece el de la primera semana bastante mas complicado que el de la segunda?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 04 de Septiembre de 2013, 20:31:10 pm
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he hecho los dos exámenes de este año ahora, y, no os parece el de la primera semana bastante mas complicado que el de la segunda?

A mí también me lo parece....esperemos que se porten bien mañana...  :D :D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: irene18096 en 05 de Septiembre de 2013, 08:28:53 am
Hola, me podéis decir por favor como puntúan los aciertos y errores del examen y las no contestadas que no lo encuntro por ningún lado?

Gracias!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: JRODRI en 05 de Septiembre de 2013, 08:43:03 am
Buenas,

Los aciertos 0,50 y los errores restan 0,25, de un total de 20 preguntas.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: irene18096 en 05 de Septiembre de 2013, 09:15:26 am
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Buenas,

Los aciertos 0,50 y los errores restan 0,25, de un total de 20 preguntas.




Muchas gracias!! A ver si hay suerte..
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 10:56:48 am
Se puede usar el programa en el examen???
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mkm en 05 de Septiembre de 2013, 11:14:51 am
En la guía pone que no permiten ningún material... No recuerdo si en febrero pudimos llevar programa, pero si pone eso... Llévalo por si acaso y en función de lo que se especifique en las hojas de examen actúas.

Saludos! Suerte! (Nos vemos allí, vamos jaja).
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: JRODRI en 05 de Septiembre de 2013, 11:19:29 am
Espero que el examen sea asequible.... y aprobemos todos ;D ;D ;D ;D ;D ;D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 05 de Septiembre de 2013, 13:16:32 pm
Algún consejo antes del examen¿? Yo creo que entrara algo de subvenciones, el tema 1 bastantes preguntas porque es muy largo y se puede sacar mucho, definición de precio publico, tasa... y algo también de recursos....
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: JRODRI en 05 de Septiembre de 2013, 13:26:03 pm
tener mucho cuidado con las respuestas erróneas ya que puedan hacer suspender el examen.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 05 de Septiembre de 2013, 13:27:12 pm
Eso es lo que más miedo me da..... yo aunque la sepa seguro dudaré  :D :D :D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: llanito en 05 de Septiembre de 2013, 14:30:53 pm
La mejor opción

contestar 19

Acertar 13 y fallar 6
(de cada 3 preguntas fallar una) mas o menos

Asi que con suerte no voy a cometer el error de contestar 20 y quedarme pelao y mondao 4,75

suerte a todos

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: estefaniad01 en 05 de Septiembre de 2013, 15:08:07 pm
Luego entran las dudas porque seguras se saben unas 8-9 y lo demás se duda. Entonces queda la suerte de cada uno. Yo de eso no tengo, esta comprobado. Asi que 13 me parece complicado   :-\
Espero que sea asequible o al menos claro.
Suerte!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Ra_chel en 05 de Septiembre de 2013, 15:16:08 pm
Es a las 18.30 verdad¿?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: zirtaeb en 05 de Septiembre de 2013, 15:39:42 pm
Mientras mas repaso, menos se y mas dudas tengo, cuando llegue al examen no tendre ni idea, creo que a veces es mejor no saber de todo si no poco pero muy claro, al menos en los examenes tipo test
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: estefaniad01 en 05 de Septiembre de 2013, 16:32:45 pm
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Es a las 18.30 verdad¿?
Si, 18:30
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 17:41:04 pm
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La mejor opción

contestar 19

Acertar 13 y fallar 6
(de cada 3 preguntas fallar una) mas o menos

Asi que con suerte no voy a cometer el error de contestar 20 y quedarme pelao y mondao 4,75

suerte a todos

Yo voy pensé contestar un máximo de 16 preguntas.

Me permite 4 sin contestar y 4 fallos. Creo que es una cantidad equilibrada.

Pero luego todo dependerá de cómo vaya la cosa en cuanto a preguntas seguras.

Suerte a todos y ánimo.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: rakytaky en 05 de Septiembre de 2013, 19:21:31 pm
El examen no era difícil... otra cosa es que yo lo haya hecho bien, porque me entran los mil nervios, las mil dudas y los mil males. Pero bueno, alivia saber que no han ido a pillar.

Mis respuestas, para comparar.

1B
2C
3C
6C
7A
8A
9A
10B
11B
13C
14C
15C
16A
18A
19B
20C


Me he dejado 4, arriesgarme a subir a 19 cuando había dos que no tenía nada claras no me parecía viable. Espero que se os haya dado bien  ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 19:35:27 pm
A mi me ha parecido complicadillo. A ver si alguien sube respuestas mas o menos fiables
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: MRjordan en 05 de Septiembre de 2013, 19:35:43 pm
1b
3c
4c
5b
6b
7a
8c
9a
10b
11b
14c
15c
16a
17c
19b
20c
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: estefaniad01 en 05 de Septiembre de 2013, 19:37:23 pm
No coincimos en muchas... acabo de salir. Las mias:

1b
2-
3b
4a
5b
6a
7a
8b
9a
10b
11-
12a
13c
14a
15c
16c
17-
18-
19b
20c
Y 21! La b. Que no sabia donde contestarla  ;D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: ariana_ts en 05 de Septiembre de 2013, 19:52:51 pm
Las mias:
1 b
 2 b
3 c
4 c
5 -
6 a
7 b
8 b
9 a
10 a
11 c
12b
13 a
14 a
15 c
16 c
17 c
18 b
19 c
20 c
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: maria84 en 05 de Septiembre de 2013, 19:56:50 pm
Las mias

1b
2b
3c
4c
5b
6b
8b
9a
10b
12a
13c
15c
17c
20c
21b
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 19:59:45 pm
Bufffff , yo creo que yo he heho otro examen eh , madre mia. A ver si sale una plantilla definitiva.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: yogarcia en 05 de Septiembre de 2013, 20:04:29 pm
Yo coincido con MRJordan excepto en la de desviación de poder (6), que he puesto la a)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Pixar en 05 de Septiembre de 2013, 20:04:44 pm
alguien q los haya comparado con apuntes o libro? yo tengo el examen casi igual que vosotros pero deje en blanco algunas
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 05 de Septiembre de 2013, 20:07:11 pm
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A mí esto me desborda, de verdad. Creo que lo leí pero no hice ni caso y pensé, si preguntan ésto no contesto. No creo que se les ocurra ponerlo. Y no hice ni caso porque si me habla de tendencias y de debilitación jurisprudencial pues no sé con qué quedarme. Con lo bonito que está todo en una ley, bien positiva ella.....
Ahora que te digo que yo trabajo con sanciones no tributarias y se ejecutan, se fraccionan, se apremian por la aeat y de todo, independientemente de los recursos que hayan interpuesto.
Marta gracias por tu ayuda, esta asignatura me desborda,  creo que suspendo otra vez,  me ha parecido dificilisimo :'(
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 20:07:40 pm
A mi con m jordan me varian un par de ellas, entre ellas la 6 que tambien he puesto la a
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 05 de Septiembre de 2013, 20:16:04 pm
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A mi con m jordan me varian un par de ellas, entre ellas la 6 que tambien he puesto la a
Yo también puse la a.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:17:14 pm
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Marta gracias por tu ayuda, esta asignatura me desborda,  creo que suspendo otra vez,  me ha parecido dificilisimo :'(

¿No habrás contestado a todo verdad?

¿Alguien tiene las preguntas? ¿que han preguntado sobre la desviación de poder? ¿que si es motivo de nulidad de pleno derecho o de anulabilidad?
Venga, no desesperes hasta que veas la plantilla de respuestas.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 20:18:11 pm
Solo he entregado un folio, el de las respuestas. Los enunciados no los he entregado, no la habre liado parda , no?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:20:43 pm
No sé, me suena que en junio dejaban irse con las preguntas, o fue ésta o fue Eclesiastico...no, debió de ser ésta, que me dijeron que me las podia llevar y no lo hice...miedo que me dió jajaja
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 20:21:45 pm
Estas son las respuestas verificadas por el libro.

1b
2c
3a
4b
5b
6a
7a
8b
9a
10b
11b
12a
13a
14a
15c
16c
17c
18c
19a
20c
21b

Saludos y suerte a todos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:24:42 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Estas son las respuestas verificadas por el libro.

1b
2c
3a
4b
5b
6a
7a
8b
9a
10b
11b
12a
13a
14a
15c
16c
17c
18c
19a
20c
21b

Saludos y suerte a todos


¿como te ha ido luisa? ¿ha estado muy rebuscado el examen?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: yogarcia en 05 de Septiembre de 2013, 20:28:19 pm
¿Cuál era la pregunta 3?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 20:28:33 pm
Si de verdad son esas tengo un 6
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 20:29:23 pm
Un 7, Marta.

Y sí, yo lo he visto más jodidillo que los de Febrero, aunque si te controlas y contestas sólo las que sabes se podría aprobar bien. Yo he dejado 3 en blanco y me arriesgué con otras 2, y claro, fallé. ;-)

Saludos y gracias por todo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 20:29:58 pm
La 3 las concesiones
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Onaiplu en 05 de Septiembre de 2013, 20:31:04 pm
Si las de Luisa están bien, un 7,5.

Había hecho 16 en un principio, arriesgué con dos más y las he fallado!!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 20:31:25 pm
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Si de verdad son esas tengo un 6

Bueno, me puedo equivocar, pero estoy bastante segura porque las he verificado con le libro delante.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:32:41 pm
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Un 7, Marta.

Y sí, yo lo he visto más jodidillo que los de Febrero, aunque si te controlas y contestas sólo las que sabes se podría aprobar bien. Yo he dejado 3 en blanco y me arriesgué con otras 2, y claro, fallé. ;-)

Saludos y gracias por todo
[/quote

Enhorabuena Luisa, te lo mereces.
Bueno, jejeje, arriesgar, me reafirmo en la conclusión a la que he llegado con el tiempo, y con el metodo de prueba y error jajaja en mi misma, que arriesgarse suele traer fallos. Da rabia, yo me quedé con un 6,5 por ese motivo. Pero contentísima que estoy.
Saludos y de  nuevo enhorabuena.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 20:33:39 pm
¿Y lo de poner 21 preguntas y que en la plantilla sólo pongan 20? Es pa matarlos...  ;D ;D ;D

Yo entregué otro folio con mis datos, explicando lo ocurrido y contestando a la 21. 

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:34:25 pm
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Si las de Luisa están bien, un 7,5.

Había hecho 16 en un principio, arriesgué con dos más y las he fallado!!!


Lo dicho, arriesgar nada.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Morticia en 05 de Septiembre de 2013, 20:41:02 pm
Matias,  gracias por los apuntes que me han ayudado mucho.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:43:48 pm
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Matias,  gracias por los apuntes que me han ayudado mucho.

De nada, un placer echar una mano, ahora que el esfuerzo titánico es vuestro si no teniais conocimientos previos por otros motivos.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 05 de Septiembre de 2013, 20:48:34 pm
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¿No habrás contestado a todo verdad?

Sí Marta, tuve que contestar todas, tenia solo 4 seguras. :'(
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: estefaniad01 en 05 de Septiembre de 2013, 20:51:26 pm
Si están bien las que habeis puesto tengo un 5 que me sabe a 7. Los 4 fallitos de 4 que dudaba, mi 0% de suerte  ;D
Los que vamos escribiendo parece que aprobados, no? Que nivel para ser administrativo.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:52:14 pm
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¿No habrás contestado a todo verdad?

Sí Marta, tuve que contestar todas, tenia solo 4 seguras. :'(


Es muy difícil contestando todo...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: dado20 en 05 de Septiembre de 2013, 20:53:14 pm
Será la misma profe y temario este año?
Yo solo tuve bien 10/20....por arriesgarme....:(
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: zirtaeb en 05 de Septiembre de 2013, 20:53:27 pm
me podeis decir la respuesta de la pregunta 20, no tengo el examen y se q es la c pero no la respuesta y si la veo se lo q conteste
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:55:16 pm
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Será la misma profe y temario este año?
Yo solo tuve bien 10/20....por arriesgarme....:(


Se escarmienta en cabeza propia, nunca en ajena, yo la primera jejeje mira que se ha hablado de que no se puede arriesgar...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 20:55:38 pm
La 20:

c) Deberá reintegrar las cantidades percibidas más los correspondientes intereses de demora con independencia de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: PLASS en 05 de Septiembre de 2013, 20:55:49 pm
Yo de ser como lo ha puesto Luisa tendría un 6.5. He respondido 13 y las 13 bien, no me he arriesgado mucho ya que en febrero por un error de cálculo puse 11 y una mal... así que un 4.8 que te crió!!!!

Yo que lo hice la segunda semana en febrero, este me ha parecido mucho mas jodido.. con plazos y poniendo mini casos prácticos.

Y ante todo agradecer a matias1 ó Marta su esfuerzo y dedicación por sus maravillosos apuntes y siempre prestándose a ayudar. Si apruebo es en gran parte  gracias a ti!!!

Esfuerzo titánicoo ó más!!!! jejee que yo vengo de lade, es mi primer añito en la Uned y ni me he mirado por asomo admin 1 por tenerla convalidada.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 20:57:09 pm
Debera reintegrar las cantidades recibidas mas intereses de demora, con independencia de las sanciones que en su caso resulten exigibles
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 20:58:15 pm
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Yo de ser como lo ha puesto Luisa tendría un 6.5. He respondido 13 y las 13 bien, no me he arriesgado mucho ya que en febrero por un error de cálculo puse 11 y una mal... así que un 4.8 que te crió!!!!

Yo que lo hice la segunda semana en febrero, este me ha parecido mucho mas jodido.. con plazos y poniendo mini casos prácticos.

Y ante todo agradecer a matias1 ó Marta su esfuerzo y dedicación por sus maravillosos apuntes y siempre prestándose a ayudar. Si apruebo es en gran parte  gracias a ti!!!

Esfuerzo titánicoo ó más!!!! jejee que yo vengo de lade, es mi primer añito en la Uned y ni me he mirado por asomo admin 1 por tenerla convalidada.


De nada Plass, ah y has hecho lo que yo en Febrero o Junio, ya no recuerdo cuando fue el examen jejeje  13 seguras y no contestar ni una más jejeje, sabe a poco el 6,5 y siempre piensa, una más y un 7, pero no, mejor así jejeje, enhorabuena, enhorabuena...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: caramad en 05 de Septiembre de 2013, 20:59:03 pm
Marta creo que esta vez si que está superada. Muchas gracias por tus apuntes son buenísimos.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: zirtaeb en 05 de Septiembre de 2013, 20:59:56 pm
Gracias luisa por la contestacion y suerte
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: yogarcia en 05 de Septiembre de 2013, 21:01:49 pm
Y la pregunta 2, cuál era? En mi centro salieron los exámenes a doble cara y no pude quedarme con las preguntas
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:02:04 pm
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Marta creo que esta vez si que está superada. Muchas gracias por tus apuntes son buenísimos.

Maravilloso, genial, un hueso menos eh!!! muchas felicidades!!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: PLASS en 05 de Septiembre de 2013, 21:07:16 pm
yo hace no se cuanto vi un post de marta de recomendaciones básicas en la contestación de test de admi II  y alguien puso unas directrices comunes para exámenes tipo test que venía a decir que en caso de duda elegir entre la respuesta que tuviera más texto.

en la pregunta de concesiones , la 3, hasta que no me ha venido la luz... iba a elegir la que mas texto tenía que en este caso era la incorrecta porque era la definición de autorización creo..

menos mal...  :D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: amartinez1797 en 05 de Septiembre de 2013, 21:10:27 pm
alguien podira explicar por que la pregunta 3  no es la C? Y  la 8 porque no seria la C, y la 16 porque no es la A??????

muchas gracias, segun lo que habeis publicado tengo un 6, 20 contestadas, y 5 mal, pero discrepo con vosotros en la pregunta 3, 8, y 16

SUERTE A TOD@S
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisnar en 05 de Septiembre de 2013, 21:12:57 pm
La 2 era conceptos juridicos indeterminados
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:15:20 pm
Si alguien cuelga el examen...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 21:18:09 pm
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alguien podira explicar por que la pregunta 3  no es la C? Y  la 8 porque no seria la C, y la 16 porque no es la A??????

muchas gracias, segun lo que habeis publicado tengo un 6, 20 contestadas, y 5 mal, pero discrepo con vosotros en la pregunta 3, 8, y 16

SUERTE A TOD@S

La 3 no es la C porque es la A, es decir, en el libro define literalmente las concesiones tal y como se expresa en la opción A.

La 8 es la B porque, siendo cierto que la notificación carecería de validez, no es necesario repetirla para que el acto tenga efectos, pues puede ser convalidada de otras maneras. Y que conste que yo contesté la C...  :-\ :-\

La 16 es la C porque así lo indica literalmente el libro.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 21:21:12 pm
Las cinco primeras....el escáner que tenía lo vendí para poder pagar a la maga Lola pa que me echara un bien de ojo pa el examen...

1.   Los actos admivos….
a)   Sólo pueden tener por destinatarios a los particulares.
b)   Pueden tener a otra admón. por destinataria.
c)   En ningún caso podrán tener a otra admón por destinataria.

2.   En la aplicación de los conceptos jurídicos indeterminados…
a)   La admón puede elegir entra varias alternativas igualmente justas.
b)   El margen de apreciación con el que cuenta la admón le permite optar entre varias respuestas o soluciones, puesto que estos conceptos jdicos. Indetermidados no intentan delimitar un supuesto concreto.
c)   Sólo cabe una única respuesta o solución al caso concreto.

3.   Las concesiones…
a)   Son resoluciones en las que una admon transfiere a otros sujetos un dcho. O un poder propio.
b)   Son resoluciones en las que la admón confiere al administrado al facultad de ejercitar unpoder o dcho. Preexistente.
c)   Son resoluciones en las que una admón permite a otros sujetos el ejercicio de un dcho. O facultad tras haber constatado la existencia y límites del dcho., y que no existen motivos contrarios a su plena efectividad.

4.   La confiscación de un arma prohibida
a)   Es una orden
b)   Es un acto extintivo
c)   Es un acto sancionador

5.   Usted solicita al Ayto. de su municipio que coloque un paso de peatones frente a su vivienda. Si transcurre el plazo máx. que tiene    la admón para resolver sin que a usted le hayan notificado resolución expresa…
a)   Podría entender la solicitud estimada
b)   Podría entender su solicitud desestimada
c)   En este supuesto concreto, al ser excepcional, habría que esperar la resolución expresa del Ayto.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: caramad en 05 de Septiembre de 2013, 21:21:19 pm
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alguien podira explicar por que la pregunta 3  no es la C? Y  la 8 porque no seria la C, y la 16 porque no es la A??????

muchas gracias, segun lo que habeis publicado tengo un 6, 20 contestadas, y 5 mal, pero discrepo con vosotros en la pregunta 3, 8, y 16

SUERTE A TOD@S

Apuntes de Marta: Las concesiones, que son resoluciones por las que una Administración transfiere a otros sujetos un derecho o un poder propio.... pag. 7 de los apuntes.

En cuanto a la pregunta 4:
¿Por que decís que es la a) -- 
Cuando la Policía encuentra por la calle a alguien con un arma prohibida,  la confisca y propone para sanción, sino es otra cosa.
Pero porque pensáis que es una orden? No lo encuentre en los apuntes.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: JRODRI en 05 de Septiembre de 2013, 21:23:45 pm
la 14 es la c, ya que la recusación se resolverá por el inmediato superior
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: cdcr en 05 de Septiembre de 2013, 21:25:25 pm
Si lo publicado está bien tengo 13 bien y 6 mal. Osea un 5 pelado....la 21 la tengo bien por si acaso. ¿Alguien corrobora lo publicado?

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 21:25:40 pm
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Apuntes de Marta: Las concesiones, que son resoluciones por las que una Administración transfiere a otros sujetos un derecho o un poder propio.... pag. 7 de los apuntes.

En cuanto a la pregunta 4:
¿Por que decís que es la a) -- 
Cuando la Policía encuentra por la calle a alguien con un arma prohibida,  la confisca y propone para sanción, sino es otra cosa.
Pero porque pensáis que es una orden? No lo encuentre en los apuntes.

La 4 es B. En la página 113 del libro lo dice claramente en el apartado de actos extintivos.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: caramad en 05 de Septiembre de 2013, 21:27:37 pm
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La 4 es B. En la página 113 del libro lo dice claramente en el apartado de actos extintivos.

Saludos
Ahora lo veo, gracias.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: JRODRI en 05 de Septiembre de 2013, 21:27:55 pm
la 12 es la b), los actos que infringen el OJ  son anulables
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 21:28:30 pm
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la 14 es la c, ya que la recusación se resolverá por el inmediato superior

No, es la A. El inmediato superior resuelve, pero no dice eso la C, sin o que la realiza. Además, la a figura literalmente en el libro.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 05 de Septiembre de 2013, 21:30:47 pm
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Las cinco primeras....el escáner que tenía lo vendí para poder pagar a la maga Lola pa que me echara un bien de ojo pa el examen...

1.   Los actos admivos….
a)   Sólo pueden tener por destinatarios a los particulares.
b)   Pueden tener a otra admón. por destinataria.
c)   En ningún caso podrán tener a otra admón por destinataria.

2.   En la aplicación de los conceptos jurídicos indeterminados…
a)   La admón puede elegir entra varias alternativas igualmente justas.
b)   El margen de apreciación con el que cuenta la admón le permite optar entre varias respuestas o soluciones, puesto que estos conceptos jdicos. Indetermidados no intentan delimitar un supuesto concreto.
c)   Sólo cabe una única respuesta o solución al caso concreto.

3.   Las concesiones…
a)   Son resoluciones en las que una admon transfiere a otros sujetos un dcho. O un poder propio.
b)   Son resoluciones en las que la admón confiere al administrado al facultad de ejercitar unpoder o dcho. Preexistente.
c)   Son resoluciones en las que una admón permite a otros sujetos el ejercicio de un dcho. O facultad tras haber constatado la existencia y límites del dcho., y que no existen motivos contrarios a su plena efectividad.

4.   La confiscación de un arma prohibida
a)   Es una orden
b)   Es un acto extintivo
c)   Es un acto sancionador

5.   Usted solicita al Ayto. de su municipio que coloque un paso de peatones frente a su vivienda. Si transcurre el plazo máx. que tiene    la admón para resolver sin que a usted le hayan notificado resolución expresa…
a)   Podría entender la solicitud estimada
b)   Podría entender su solicitud desestimada
c)   En este supuesto concreto, al ser excepcional, habría que esperar la resolución expresa del Ayto.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 21:30:56 pm
las cinco siguientes, y a ver si va llegando ya el del escáner. Qué pasa, ¿que hay huelga de metro?
 
6.   ¿Cuál de estos vicios podría constituir una desviación de poder?
a)   La realización por la admón de graves irregularidades formales para alcanzar un fin distinto al exigido por la norma
b)   La adopción de un acto admivo. Por un órgano incompetente
c)   La adopción de un acto admivo. Por una persona que actúa como autoridad o funcionario pero cuyo nombramiento no es válido

7.   El plazo en que debe iniciarse la notif. De un acto
a)   10 días a partir de la fecha en el que el acto fue dictado
b)   15 (idem)
c)   1 mes (idem)

8.   A Pedro M. le notifican una resolución sin indicarle si es o no definitiva en vía admiva ni tampoco los recursos que contra ella procedan
a)   Sería una noti nula al producir indefensión
b)   Sería una noti defectuosa pero convalidable
c)   La noti carecería de validez, y sería necesario repetirla para que el acto pudiera tener efectos

9.   ¿Qué diferencia realmente los actos admivos. En relación con los privados en Dº español?
a)   Que el admivo. Está dotado de ejecutoriedad, acción de oficio o privilegio de decisión ejecutoria.
b)   La eficacia del acto admivo.
c)   Los requisitos formales que se exigen a los actos admivos

10.   Los recurso admivos y cont-admivos
a)   Suspenden la ejecución del acto en la mayoría de los casos
b)   No suspenden, en principio, la ejecución del acto
c)   Nunca suspenden la ejecución del acto
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 21:31:19 pm
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la 12 es la b), los actos que infringen el OJ  son anulables

Es la A. Y además viene ese ejemplo literalmente en el libro, página 175. Ten en cuenta que la pregunta consiste en un supuesto de actos dictados con falta total y absoluta de procedimiento, lo que sin duda infringe el OJ, pero está dentro de los supuestos de nulidad de pleno derecho.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: estefaniad01 en 05 de Septiembre de 2013, 21:32:53 pm
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la 12 es la b), los actos que infringen el OJ  son anulables
Pero los que prescinden del procedimiento legalmente establecido son nulos del pleno derecho.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mnieves en 05 de Septiembre de 2013, 21:38:42 pm
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las cinco siguientes, y a ver si va llegando ya el del escáner. Qué pasa, ¿que hay huelga de metro?
 
6.   ¿Cuál de estos vicios podría constituir una desviación de poder?
a)   La realización por la admón de graves irregularidades formales para alcanzar un fin distinto al exigido por la norma
b)   La adopción de un acto admivo. Por un órgano incompetente
c)   La adopción de un acto admivo. Por una persona que actúa como autoridad o funcionario pero cuyo nombramiento no es válido

7.   El plazo en que debe iniciarse la notif. De un acto
a)   10 días a partir de la fecha en el que el acto fue dictado
b)   15 (idem)
c)   1 mes (idem)

8.   A Pedro M. le notifican una resolución sin indicarle si es o no definitiva en vía admiva ni tampoco los recursos que contra ella procedan
a)   Sería una noti nula al producir indefensión
b)   Sería una noti defectuosa pero convalidable
c)   La noti carecería de validez, y sería necesario repetirla para que el acto pudiera tener efectos

9.   ¿Qué diferencia realmente los actos admivos. En relación con los privados en Dº español?
a)   Que el admivo. Está dotado de ejecutoriedad, acción de oficio o privilegio de decisión ejecutoria.
b)   La eficacia del acto admivo.
c)   Los requisitos formales que se exigen a los actos admivos

10.   Los recurso admivos y cont-admivos
a)   Suspenden la ejecución del acto en la mayoría de los casos
b)   No suspenden, en principio, la ejecución del acto
c)   Nunca suspenden la ejecución del acto

la que no me ha pillado la negrita creo que es la b)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 21:40:41 pm
siguiente tanda...de

11.   La imposición de multas coercitivas por la admon.
a)   Impide imponer otras sanciones al administrado al ser incompatibles con éstas
b)   Es independiente de las sanciones que pudieran imponerse al administrado y compatible con ellas
c)   No cabe en los supuestos de actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado

12.   La selección directa de un contratista por concierto directo cuando lo procedente era seguir el procedimiento de subasta
a)   Es nula
b)   Es anulable
c)   Se trata de una irregularidad no invalidante

13.   En los actos de gravamen sancionadores la falta de vista y audiencia al interesado
a)   Provoca su nulidad
b)   Da lugar a la anulabilidad del acto
c)   Sería una irregularidad no invalidante

14.   La recusación del titular de un órgano admivo. En los casos en los que proceda
a)   Podrá realizarse por los interesados, en cualquier momento del procedimiento, siempre que se haga por escrito expresando la causa(s) causa(s) en que se funda.
b)   (lo mismo pero en vez de en cualquier momento del proc.,  al inicio del mismo)
c)   Podrá realizarse por el titular del órgano inmediato superior, en cualquier momento del procedimiento, siempre que se haga por escrito, expresando la(s) causas(s) en las que se funda

15.   No agotan la vía admiva.
a)   Las resoluciones de los Plenos de los Aytos.
b)   Las resol. De los recursos de alzada
c)   Las resol. De los órganos admivos que  tengan un superior jerárquico (pone literalmente “óranos”, supongo que porque están acostumbrado a que les recen)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:41:42 pm
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las cinco siguientes, y a ver si va llegando ya el del escáner. Qué pasa, ¿que hay huelga de metro?
 
6.   ¿Cuál de estos vicios podría constituir una desviación de poder?
a)   La realización por la admón de graves irregularidades formales para alcanzar un fin distinto al exigido por la norma Creo que es ésta
b)   La adopción de un acto admivo. Por un órgano incompetente
c)   La adopción de un acto admivo. Por una persona que actúa como autoridad o funcionario pero cuyo nombramiento no es válido

7.   El plazo en que debe iniciarse la notif. De un acto
a)   10 días a partir de la fecha en el que el acto fue dictado creo que es ésta
b)   15 (idem)
c)   1 mes (idem)

8.   A Pedro M. le notifican una resolución sin indicarle si es o no definitiva en vía admiva ni tampoco los recursos que contra ella procedan
a)   Sería una noti nula al producir indefensión
b)   Sería una noti defectuosa pero convalidable
c)   La noti carecería de validez, y sería necesario repetirla para que el acto pudiera tener efectos
Creo que es ésta

9.   ¿Qué diferencia realmente los actos admivos. En relación con los privados en Dº español?
a)   Que el admivo. Está dotado de ejecutoriedad, acción de oficio o privilegio de decisión ejecutoriaCreo que es ésta.
b)   La eficacia del acto admivo.
c)   Los requisitos formales que se exigen a los actos admivos

10.   Los recurso admivos y cont-admivos
a)   Suspenden la ejecución del acto en la mayoría de los casos
b)   No suspenden, en principio, la ejecución del acto Creo que esta
c)   Nunca suspenden la ejecución del acto
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Javuko en 05 de Septiembre de 2013, 21:43:38 pm
constituirá desviación de poder el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 21:44:22 pm
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Estas son las respuestas verificadas por el libro.

1b
2c
3a
4b
5b
6a
7a
8b
9a
10b
11b
12a
13a
14a
15c
16c
17c
18c
19a
20c
21b

Saludos y suerte a todos

Pues yo me ratifico en mis respuestas...

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: candy2002 en 05 de Septiembre de 2013, 21:45:28 pm
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Pues yo me ratifico en mis respuestas...

Saludos

Bueno, si las tienes correctas, yo tengo un maravilloso 5!!!!!!!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:46:03 pm
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siguiente tanda...de

11.   La imposición de multas coercitivas por la admon.
a)   Impide imponer otras sanciones al administrado al ser incompatibles con éstas
b)   Es independiente de las sanciones que pudieran imponerse al administrado y compatible con ellascreo que es ésta
c)   No cabe en los supuestos de actos personalísimos en que no proceda la compulsión directa sobre la persona del obligado

12.   La selección directa de un contratista por concierto directo cuando lo procedente era seguir el procedimiento de subasta
a)   Es nula podria ser esta, lo dudo
b)   Es anulable
c)   Se trata de una irregularidad no invalidante

13.   En los actos de gravamen sancionadores la falta de vista y audiencia al interesado
a)   Provoca su nulidad es esta
b)   Da lugar a la anulabilidad del acto
c)   Sería una irregularidad no invalidante

14.   La recusación del titular de un órgano admivo. En los casos en los que proceda
a)   Podrá realizarse por los interesados, en cualquier momento del procedimiento, siempre que se haga por escrito expresando la causa(s) causa(s) en que se funda diria que es esta.
b)   (lo mismo pero en vez de en cualquier momento del proc.,  al inicio del mismo)
c)   Podrá realizarse por el titular del órgano inmediato superior, en cualquier momento del procedimiento, siempre que se haga por escrito, expresando la(s) causas(s) en las que se funda

15.   No agotan la vía admiva.
a)   Las resoluciones de los Plenos de los Aytos.
b)   Las resol. De los recursos de alzada
c)   Las resol. De los órganos admivos que  tengan un superior jerárquico (pone literalmente “óranos”, supongo que porque están acostumbrado a que les recen)es esta jajajaja
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 05 de Septiembre de 2013, 21:48:50 pm
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Estas son las respuestas verificadas por el libro.
Luisa ojalá q sean esas tendria 16 bien y 4 mal :D

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:49:15 pm
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Pues yo me ratifico en mis respuestas...

Saludos

De lo que he contestado no coincidimos en la 8, pero estoy contestando sin libro ni apuntes, ahora que estos dias estudio Administrativo II para mi oposición y bueno, estaba comprobando lo que controlo. Hubiera podido ir al examen jejej ufff me llena de satisfacción haber coincidido contigo Luisa.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 21:50:31 pm
Lás últimas.... ;)

16.   La suspensión de la ejecución de un acto admivo.
a)   Ha de acordarse siempre de forma expresa
b)   No procede en ningún caso ya que, tal y como señala la L 30/92, la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado
c)   Puede acordarse de manera expresa o tácita

17.   La acumulación de diversas pretensiones en un mismo proceso Cont.-Admivo
a)   No es posible, ya que la lay no lo permite
b)   Es posible en todo caso
c)   Es posible, siempre que se deduzcan en relación a un mismo acto, disposición o actuación

18.   El rec. Cont-admivo dirigido contra una disposición gral., acto, inactividad o vía de hecho, cuando no existen terceros interesados
a)   Debería iniciarse por escrito de interposición
b)   Deberá iniciarse mediante demanda
c)   Podrá iniciarse mediante demanda

19.   El recurso de apelación contra sentencias
a)   Tiene efecto suspensivo sobre la ejecución de la sentencia
b)   Carece de efectos suspensivos
c)   Es admisible en un solo efecto

20.   En caso de que el beneficiario de una subvención incumpla su obligación de ejecutar el proyecto subvencionado
a)   Sólo deberá reintegrar las cantidades recibidas
b)   Será siempre sancionado
c)   Deberá reintegrar las cantidades percibidas más los correspondientes intereses de demora, con independencia de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles.

21.   ….son las contraprestaciones pecuniarias que se satisfacen por la prestación de servicios o la realización de actividades realizadas en régimen de dcho. Público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.
a)   Las  tasas
b)   Los precios públicos
c)   Las tarifas
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: caramad en 05 de Septiembre de 2013, 21:51:51 pm
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la que no me ha pillado la negrita creo que es la b)

Marta la pregunta 9 en tus apuntes pone esto:

Por ello, lo que realmente diferencia los actos administrativos en relación con los
privados en el Derecho español, es que el acto administrativo está adornado de la
ejecutoriedad, acción de oficio o privilegio de decisión ejecutoria;
esto es, la potestad de
la Administración para llevar a efecto el mandato que el acto incorpora, violentando la
posesión y la libertad del administrado si necesidad de la intervención judicial alguna.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:51:58 pm
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Monet8 uhmmm y si apruebas??? jajaja poca fe.....a ver si coincido con Luisa en las 6 primeras...y la 8 tendrá razón, que no digo que no...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:54:28 pm
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Marta la pregunta 9 en tus apuntes pone esto:

Por ello, lo que realmente diferencia los actos administrativos en relación con los
privados en el Derecho español, es que el acto administrativo está adornado de la
ejecutoriedad, acción de oficio o privilegio de decisión ejecutoria;
esto es, la potestad de
la Administración para llevar a efecto el mandato que el acto incorpora, violentando la
posesión y la libertad del administrado si necesidad de la intervención judicial alguna.
[/quote


Caramad y eso es lo que he contestado ahora de memoria si ves mis mensajes anteriores donde voy contestando las preguntas segun las están transcribiendo, y mis apuntes son copia fiel del libro de Parada, te lo aseguro, es transcripción literal, como no podia ser de otra manera.

Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 21:55:21 pm
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Pues yo me ratifico en mis respuestas...

Saludos

Luisa, yo coincido contigo en 15 de las 16 que he contestado.

No me cuadra la cuatro. ¿Por qué un acto extintivo si es un arma prohibida y no existe derecho alguno a tenerla? Distinto sería retirada de la licencia de armas. Yo creo que es una orden.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 21:55:36 pm
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De lo que he contestado no coincidimos en la 8, pero estoy contestando sin libro ni apuntes, ahora que estos dias estudio Administrativo II para mi oposición y bueno, estaba comprobando lo que controlo. Hubiera podido ir al examen jejej ufff me llena de satisfacción haber coincidido contigo Luisa.

Bueno, yo en el examen tampoco coincidí conmigo misma...  :D :D

Ésta es una de las que fallé y puse precisamente la C, como tú, pero es la B con toda seguridad. Es cierto que carece de validez la notificación, pero no es necesario repetirla para que el acto tenga efectos, pues el defecto es convalidable de otras formas, página 132.

A mí también me alegra verte en tan buena forma administrativa... ;) ;)

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 21:57:50 pm
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Luisa, yo coincido contigo en 15 de las 16 que he contestado.

No me cuadra la cuatro. ¿Por qué un acto extintivo si es un arma prohibida y no existe derecho alguno a tenerla? Distinto sería retirada de la licencia de armas.

Pues yo me pregunté lo mismo en el examen y por eso la contesté mal  :-[ :-[ Pero en la página 113, cuando habla de los actos extintivos, dice literalmente que puede incluirse la confiscación que se produce sobre objetos ilícitos o peligrosos.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 21:59:06 pm
[quote author=manearan link=topic=86375.msg792930#msg792930 date=1378410631]
Lás últimas.... ;)

16.   La suspensión de la ejecución de un acto admivo.
a)   Ha de acordarse siempre de forma expresa
b)   No procede en ningún caso ya que, tal y como señala la L 30/92, la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado
c)   Puede acordarse de manera expresa o tácita diria que esta?

17.   La acumulación de diversas pretensiones en un mismo proceso Cont.-Admivo
a)   No es posible, ya que la lay no lo permite
b)   Es posible en todo caso
c)   Es posible, siempre que se deduzcan en relación a un mismo acto, disposición o actuación
(es la c?

18.   El rec. Cont-admivo dirigido contra una disposición gral., acto, inactividad o vía de hecho, cuando no existen terceros interesados
a)   Debería iniciarse por escrito de interposición
b)   Deberá iniciarse mediante demanda
c)   Podrá iniciarse mediante demandaEsta? ay que duda me entra con la b)

19.   El recurso de apelación contra sentencias
a)   Tiene efecto suspensivo sobre la ejecución de la sentencia
b)   Carece de efectos suspensivos
c)   Es admisible en un solo efecto
Esta pregunta no la sé jejeje la dejaria sin contestar

20.   En caso de que el beneficiario de una subvención incumpla su obligación de ejecutar el proyecto subvencionado
a)   Sólo deberá reintegrar las cantidades recibidas
b)   Será siempre sancionado
c)   Deberá reintegrar las cantidades percibidas más los correspondientes intereses de demora, con independencia de las sanciones que, en su caso, resulten exigibles. esta es la correcta

21.   ….son las contraprestaciones pecuniarias que se satisfacen por la prestación de servicios o la realización de actividades realizadas en régimen de dcho. Público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados.
a)   Las  tasas
b)   Los precios públicos (es esta, los precios publicos de la uned jejeje
c)   Las tarifas
[/quote
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 05 de Septiembre de 2013, 21:59:51 pm
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Monet8 uhmmm y si apruebas??? jajaja poca fe.....a ver si coincido con Luisa en las 6 primeras...y la 8 tendrá razón, que no digo que no...
Marta, sali del examen sin ningún esperanza y ahora estoy supernerviosaaaaa a lo mejor apruebo ;D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: caramad en 05 de Septiembre de 2013, 22:00:53 pm
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Marta la pregunta 9 en tus apuntes pone esto:

Por ello, lo que realmente diferencia los actos administrativos en relación con los
privados en el Derecho español, es que el acto administrativo está adornado de la
ejecutoriedad, acción de oficio o privilegio de decisión ejecutoria;
esto es, la potestad de
la Administración para llevar a efecto el mandato que el acto incorpora, violentando la
posesión y la libertad del administrado si necesidad de la intervención judicial alguna.
[/quote


Caramad y eso es lo que he contestado ahora de memoria si ves mis mensajes anteriores donde voy contestando las preguntas segun las están transcribiendo, y mis apuntes son copia fiel del libro de Parada, te lo aseguro, es transcripción literal, como no podia ser de otra manera.

Ya lo se Marta, encima estás ahí para ayudar.
Pero estás de acuerdo que la respuesta correcta, como dice Luisa, de la pregunta 9 es la a?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 22:03:07 pm
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Pues yo me pregunté lo mismo en el examen y por eso la contesté mal  :-[ :-[ Pero en la página 113, cuando habla de los actos extintivos, dice literalmente que puede incluirse la confiscación que se produce sobre objetos ilícitos o peligrosos.

Saludos

Ah, vale. Entonces nada. Un fallo que me apunto.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: candy2002 en 05 de Septiembre de 2013, 22:03:29 pm
Y lo de la 21???
Yo he preguntado que qué hacía si no había recuadro. Y la contestación es que contestara a 20....
como luego tenga problemas a ver ...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Magantero en 05 de Septiembre de 2013, 22:04:18 pm
Me podéis decir si la 6 es la a o la b.Porque Luisa dice a y Nieves dice b.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 22:04:34 pm
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Ya lo se Marta, encima estás ahí para ayudar.
Pero estás de acuerdo que la respuesta correcta, como dice Luisa, de la pregunta 9 es la a?

Estoy de acuerdo en que la 9 es la a)
He tardado un poco en contestarte porque estaba buscando los mensajes en la página anterior.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 22:06:02 pm
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Y lo de la 21???
Yo he preguntado que qué hacía si no había recuadro. Y la contestación es que contestara a 20....
como luego tenga problemas a ver ...

A quienes aprobaron en  Febrero les habrá extrañado esto de la pregunta 21, así que lo explico.

Esta vez han puesto 21 preguntas indicando en el enunciado lo siguiente: "La pregunta número 21 sólo se valorará en el caso de que sea anulada por el equipo docente alguna de las preguntas 1 a 20". ¡Pero en la plantilla sólo se podían contestar 20! Pregunté a uno del tribunal y se quedó pillado, así que me dijo que lo anotaría en el parte de incidencias y que entregara un folio aparte con mis datos y la respuesta de la pregunta 21.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: candy2002 en 05 de Septiembre de 2013, 22:07:45 pm
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A quienes aprobaron en  Febrero les habrá extrañado esto de la pregunta 21, así que lo explico.

Esta vez han puesto 21 preguntas indicando en el enunciado lo siguiente: "La pregunta número 21 sólo se valorará en el caso de que sea anulada por el equipo docente alguna de las preguntas 1 a 20". ¡Pero en la plantilla sólo se podían contestar 20! Pregunté a uno del tribunal y se quedó pillado, así que me dijo que lo anotaría en el parte de incidencias y que entregara un folio aparte con mis datos y la respuesta de la pregunta 21.

Saludos

Pues ya es algo. Porque yo se lo he preguntado y me contestado que ni caso, que contestara a las 20.

Menudo lio se traen con el temita...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 22:08:07 pm
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Me podéis decir si la 6 es la a o la b.Porque Luisa dice a y Nieves dice b.

Creo firmemente que la 6 es la a), ya que la b) por organo incompetente es un cachito de la respuesta que corresponde a un acto nulo de pleno derecho, le faltaria en materia  de competencia o territorio, sin olvidar, que lo he estudiado esta tarde jejeje, la incompetencia jerarquica grave o no grave jajaja, que mal que estoy.
Lo dicho, la 6 es la a)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 05 de Septiembre de 2013, 22:21:32 pm
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Y lo de la 21???
Yo he preguntado que qué hacía si no había recuadro. Y la contestación es que contestara a 20....
como luego tenga problemas a ver ...

Esto es una prueba más de que la UNED tiene que ponerse en serio a exigirles a los departamentos que se dejen de hacer el tonto a última hora; que ya bastante lo hacen a primera.

Este tipo de cambios sólo provoca caos. A mí me dijeron en Cádiz que contestara tras la núm. 20; y pusiera "21 B". Lo de la "B" lo puse yo, claro.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Onaiplu en 05 de Septiembre de 2013, 22:35:31 pm
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Me podéis decir si la 6 es la a o la b.Porque Luisa dice a y Nieves dice b.

Yo diría que la 6 es la "a"
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: fyles en 05 de Septiembre de 2013, 22:36:16 pm
a mi me han dicho que entrega la ultima hoja de examen con la pregunta 21
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: kurtwild en 05 de Septiembre de 2013, 22:39:00 pm
En cuxam BCN nos han dicho que pusiéramos en la hoja de lectura óptica la contestación a la pregunta 21. Menudo lio.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: jirafilla en 05 de Septiembre de 2013, 22:39:20 pm
en mi sede han anulado la pregunta 21, han dicho que no se contestara¡¡¡

así no valdrá supongo para nadie.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: drmuller en 05 de Septiembre de 2013, 22:39:57 pm
Coincido plenamente con Luisa. Si estamos en lo cierto, sólo he fallado la 18.  :D
Saludos y suerte para todos. :)

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Estas son las respuestas verificadas por el libro.

1b
2c
3a
4b
5b
6a
7a
8b
9a
10b
11b
12a
13a
14a
15c
16c
17c
18c
19a
20c
21b

Saludos y suerte a todos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: jirafilla en 05 de Septiembre de 2013, 22:49:24 pm
en la 19, recurso de apelación de un solo efecto, quiere decir que resuelve el superior pero no se suspende la ejecución, entonces sería la  "c"
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Javuko en 05 de Septiembre de 2013, 22:54:40 pm
La apelación genera efecto suspensivo respecto de las sentencias estimatorias de la demanda
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: jirafilla en 05 de Septiembre de 2013, 22:58:15 pm
no, mirate el artículo del 81 al 87 de la ley C-A

no suspende la ejecución aunque si hay causas de fuerza mayor sí.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 05 de Septiembre de 2013, 23:01:58 pm
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no, mirate el artículo del 81 al 87 de la ley C-A

no suspende la ejecución aunque si hay causas de fuerza mayor sí.

Tiene razón javuko. Mírate la página 666 del manual, último párrafo. Lo pone bien claro. Aquí lo que vale es el manual, que ellos quieren que estudies y te sepas al dedillo. Eso lo tengo grabado con cincel
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: drmuller en 05 de Septiembre de 2013, 23:02:14 pm
Atendiendo al tenor literal del manual, pág. 666, "El recurso de apelación contra sentencias [...] tiene efecto suspensivo sobre la ejecución de la sentencia [...]".
Creo es correcto lo indicado por Luisa.
Saludos,

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no, mirate el artículo del 81 al 87 de la ley C-A

no suspende la ejecución aunque si hay causas de fuerza mayor sí.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: jirafilla en 05 de Septiembre de 2013, 23:03:46 pm
has mirado la ley?

la ley es ley
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 05 de Septiembre de 2013, 23:05:57 pm
y tú has mirado la página 666? es que lo pone bien claro y no hay lugar ni a matización ni a interpretación. Y vuelvo a repetir que el departamento basa las preguntas en el manual y las respuestas también. No hay más.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: drmuller en 05 de Septiembre de 2013, 23:06:57 pm
Sí, pero no veo en los artículos que citas una concreción que vaya en contra del manual.  :(

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has mirado la ley?

la ley es ley
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: drmuller en 05 de Septiembre de 2013, 23:08:22 pm
Silvia, creo que me estoy solapando todo el rato.  :)

Citar
Sí, pero no veo en los artículos que citas una concreción que vaya en contra del manual.

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y tú has mirado la página 666? es que lo pone bien claro y no hay lugar ni a matización ni a interpretación. Y vuelvo a repetir que el departamento basa las preguntas en el manual y las respuestas también. No hay más.

Citar
Atendiendo al tenor literal del manual, pág. 666, "El recurso de apelación contra sentencias [...] tiene efecto suspensivo sobre la ejecución de la sentencia [...]".
Creo es correcto lo indicado por Luisa.
Saludos,

Citar
Tiene razón javuko. Mírate la página 666 del manual, último párrafo. Lo pone bien claro. Aquí lo que vale es el manual, que ellos quieren que estudies y te sepas al dedillo. Eso lo tengo grabado con cincel
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 05 de Septiembre de 2013, 23:09:52 pm
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Silvia, creo que me estoy solapando todo el rato.  :)

drmuller, a estas alturas de la noche y con lo cansados que estamos ya, no sabemos ni lo que hacemos. Espero que te haya ido bien el examen
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: cdcr en 05 de Septiembre de 2013, 23:10:50 pm
Mi aprobado depende de esa pregunta. ¿Dónde está en la pág.666?. Por cierto ¿Publican la plantilla la noche despues del exámen,no?Asi lo hicieron en feberero.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 05 de Septiembre de 2013, 23:13:52 pm
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Pues yo me ratifico en mis respuestas...

Saludos

Luísa, coincido contigo en las respuestas. Yo también las he comprobado en el libro y coinciden. Yo creo que esta asignatura me la he sacado de encima con buena nota. Hasta que no vea las plantillas no canto victoria, pero estoy muy satisfecha y contenta.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 05 de Septiembre de 2013, 23:15:20 pm
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Mi aprobado depende de esa pregunta. ¿Dónde está en la pág.666?. Por cierto ¿Publican la plantilla la noche despues del exámen,no?Asi lo hicieron en feberero.

pag 666,, al final último párrafo. "el recurso de apelación contra sentencias....., tiene efecto suspensivo sobre la ejecución de la sentencia"
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 05 de Septiembre de 2013, 23:16:11 pm
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Luísa, coincido contigo en las respuestas. Yo también las he comprobado en el libro y coinciden. Yo creo que esta asignatura me la he sacado de encima con buena nota. Hasta que no vea las plantillas no canto victoria, pero estoy muy satisfecha y contenta.


Estaba deseando oir eso Silvia, enhorabuena guapa!!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 05 de Septiembre de 2013, 23:18:16 pm
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no, mirate el artículo del 81 al 87 de la ley C-A

no suspende la ejecución aunque si hay causas de fuerza mayor sí.

Art. 83.1:

1. El recurso de apelación contra las sentencias es admisible en ambos efectos, salvo en los casos en que la presente Ley disponga otra cosa.

En ambos efectos, es decir, suspende la ejecución y resuelve el superior, luego es la A. Lo dice el libro y lo dice la ley.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 05 de Septiembre de 2013, 23:20:10 pm
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Estaba deseando oir eso Silvia, enhorabuena guapa!!!


Muchas gracias Marta!!!!!  Estoy contenta, porque después del verano que he pasado, sin irme a ningún sitio, con la cabeza metida en los libros y aprobar Administrativo con algo más de cinco... para mi eso es una matrícula de honor.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: ranchal en 06 de Septiembre de 2013, 08:44:34 am
Ha salido la plantilla oficial:
PLANTILLA EXAMEN TIPO TEST DERECHO ADMINISTRATIVO II. SEPTIEMBRE 2013
1 B
2 C
3 A
4 B
5 B
6 A
7 A
8 B
9 A
10 B
11 B
12 A
13 A
14 A
15 C
16 C
17 C
18 C
19 A
20 C
21 B


Luisa tenía razón, sus respuestas coinciden y según esto he sacado un 7,25!!! Contesté a 16/20 y fallé una!! Ouee una menos, qué alegría tengo.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 06 de Septiembre de 2013, 08:47:34 am
Muchas gracias Ranchal.  Suerte a todos.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 06 de Septiembre de 2013, 09:32:39 am
Yo también he aprobado con 7.75. Esto para mi es una matrícula de honor, porque los administrativos a mi se me queden atragantados y no me pasan.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paco lopez en 06 de Septiembre de 2013, 11:11:36 am
con 13 bien 5 mal y dos sin contestar el resultado es aprobado?. un saludo gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 06 de Septiembre de 2013, 11:13:15 am
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Yo también he aprobado con 7.75. Esto para mi es una matrícula de honor, porque los administrativos a mi se me queden atragantados y no me pasan.

Ole, ole  y ole!!! jejeje de nuevo felicidades!!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: candy2002 en 06 de Septiembre de 2013, 11:19:32 am
PUes yo tengo un 5 pelado!
Pero es como si tuviera un 10. Apenas había estudiado de esta, porque llevaba también otras y esta era la que menos preparada llevaba.
Pero el departamento se ha portado bien y el examen era fácil de entender y no excesivamente complicado.

He tenido mucha suerte!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!11
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paco lopez en 06 de Septiembre de 2013, 11:37:08 am
alquien me puede responder, con 13 preguntas bien, 5 mal, y dos sin contestar, el resultado es .........?. un saludo. gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 06 de Septiembre de 2013, 11:39:51 am
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alquien me puede responder, con 13 preguntas bien, 5 mal, y dos sin contestar, el resultado es .........?. un saludo. gracias

calcula tú mismo. las correctas a 0.50 y las erróneas -0.25. Las no contestadas no puntuan
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: luisa64 en 06 de Septiembre de 2013, 11:41:17 am
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alquien me puede responder, con 13 preguntas bien, 5 mal, y dos sin contestar, el resultado es .........?. un saludo. gracias

¿Se te ha perdido la calculadora? Estás aprobado, hombre.

Saludos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: paco lopez en 06 de Septiembre de 2013, 11:50:46 am
gracias, es que no sabia como decirlo. una mas, o una menos. saludos.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Jaeg en 06 de Septiembre de 2013, 14:39:59 pm
Pues el caso es que yo tengo mis dudas con la pregunta 4. Es cierto, como dice Luisa que aparece en el libro como acto extintivo, pero quería comentar una cuestión para ver qué opináis:
Puesto que en la confiscación existe una parte activa (Policía, Guardia Civil...) y una parte pasiva (a quien se confisca), desde el punto de vista de la parte activa, y puesto que está legitimada por una relación jerárquica (funcionarios o militares), ¿no se trataría de una orden, bien por norma (legislación sobre armas), bien por acto administrativo proveniente de superioridad jerárquica, que deben cumplir los agentes?

Un saludo,
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mkm en 06 de Septiembre de 2013, 18:54:52 pm
Pues yo, aunque haciendo memoria de lo que contesté, porque no lo tengo apuntado, creo que he sacado un miserable 1,5.

Algunos lo veis fácil (y puede que lo sea)... pero en febrero me presenté sin haber abierto siquiera el libro o haber mirado apuntes (es decir: sin saber ni siquiera qué entraba y qué me podrían preguntar) y, guiándome por la lógica, saqué un 3,8.

Ahora, sin embargo, me he presentado habiendo estudiado... y eso... 1,5.

Conclusión: preséntate sin estudiar. (No hacer caso necesariamente a esta conclusión).

Un abrazo! Enhorabuena a los aprobados! (Y al resto por el esfuerzo!).
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: manearan en 06 de Septiembre de 2013, 20:06:27 pm
Bueno pues una menos.

Los apuntes de  Marta han decantado la balanza a mi favor; lo tengo claro. Gracias por enésima vez.

Luisa, eres una fenómena con la comprobación exprés. Enhorabuena y gracias.

Gracias también a Manuela, que estuvo ayer por aquí poniendo en negrita las que consideraba correcta.

Enhorabuena y ánimo a todos.  ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: cdcr en 06 de Septiembre de 2013, 20:12:57 pm
Muchas gracias a todos, y a los apuntes de Marta. Tengo un 5 pelado (13 bien 6 mal).....esperemos que rellenara bien los huecos.

Saludos a todos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mantriol en 06 de Septiembre de 2013, 20:28:14 pm
Hola:

Alguien que me mande los apuntes de Marta, por favor. Con el libro no apruebo. Mi correo   mantriol@hotmail.com

Gracias
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 06 de Septiembre de 2013, 20:32:26 pm
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Hola:

Alguien que me mande los apuntes de Marta, por favor. Con el libro no apruebo. Mi correo   mantriol@hotmail.com

Gracias

Ya los tienes.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mantriol en 06 de Septiembre de 2013, 20:38:22 pm
Muchisimas gracias Marta
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 06 de Septiembre de 2013, 20:39:38 pm
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Muchisimas gracias Marta

De nada, por aquí estaré, en los hilos de los Administrativos para lo que necesiteis.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: drmuller en 06 de Septiembre de 2013, 22:31:37 pm
Igualmente, muchas gracias por los apuntes, Marta.  ;D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 06 de Septiembre de 2013, 22:38:12 pm
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Igualmente, muchas gracias por los apuntes, Marta.  ;D

De nada. ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: pedroto en 06 de Septiembre de 2013, 22:42:11 pm
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De nada. ;)

Compañeras como tú así da gusto, Marta ...  ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 06 de Septiembre de 2013, 22:48:27 pm
Ya sabes lo que siempre te digo... aduladorrrrrrrrrrrr :D :D :D :D :D :D ;) ;) ;) ;) ;) ;) ;) ;) ;) :D ;D ;D ;D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: pedroto en 06 de Septiembre de 2013, 22:53:08 pm

ejjejjejjejejeje esa palabreja va conmigo  ;D  ;D

Eres genial ...  ;)
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: CHEN en 08 de Septiembre de 2013, 18:16:16 pm
Pues parece, si nada cambia, que de nuevo me quedo igual. De las 20 preguntas del examen tengo un 4,75. La pregunta 21 la tengo bien pero no se califica y en la PEC un 9,5. Pero me van a suspender.
La verdad no lo veo justo que por 0.25 te carguen una asignatura y a pagar otra vez 180 pavos además de la frustración.
Así que creo que lo voy a dejar, paso de esto.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 08 de Septiembre de 2013, 18:49:12 pm
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Pues parece, si nada cambia, que de nuevo me quedo igual. De las 20 preguntas del examen tengo un 4,75. La pregunta 21 la tengo bien pero no se califica y en la PEC un 9,5. Pero me van a suspender.
La verdad no lo veo justo que por 0.25 te carguen una asignatura y a pagar otra vez 180 pavos además de la frustración.
Así que creo que lo voy a dejar, paso de esto.


Pero Chen, pasas de la asignatura no de la carrera, verdad?
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: CHEN en 08 de Septiembre de 2013, 18:53:43 pm
No sé si de la asignatura, de la carrera o de la UNED. La verdad es que aquí, el trabajo de todo el año no se reconoce en ninguna asignatura y la verdad la PEC de admin II, fue de todo menos facil. Me ocupó 80 folios, con eso te lo digo todo, pero al parecer ese esfuerzo no vale nada. Y la verdad, estoy cansado.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 08 de Septiembre de 2013, 18:59:16 pm
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No sé si de la asignatura, de la carrera o de la UNED. La verdad es que aquí, el trabajo de todo el año no se reconoce en ninguna asignatura y la verdad la PEC de admin II, fue de todo menos facil. Me ocupó 80 folios, con eso te lo digo todo, pero al parecer ese esfuerzo no vale nada. Y la verdad, estoy cansado.


Administrativo es el departamento más feo y odioso que hay en la UNED bajo mi punto de vista, pero no te lo tomes de esta manera y piénsalo bien. Al final todo se saca,  pero no es fácil y yo bien que lo sé. He agotado dos convocatorias de administrativo I. He pensado en dejármela para el final de todo, porque el precio de los créditos se dispara y porque le he cogido verdadero asco, pero yo quiero acabar Derecho y esta asignatura forma parte de ella y McGregor decía que si le dan una bofetada se levanta. Yo tengo las mejillas coloradas como un tomate, pero espero aguantar hasta el final. No te desanimes, Chen, de verdad. Muchos ánimos
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: hidrosun en 09 de Septiembre de 2013, 10:29:13 am


Ese es el espíritu chicos/as nos caemos y nos levantamos.Cierto que el departamento no vale dos duros ,la asignatura no es tan fea ,en la vida real domina el derecho administrativo y si queremos acabar la carrera,tenemos que tragar .Otra cosa es como vamos a plantear sacarla.Yo como los exámenes están enfocados a pruebas de oposición, administrativo I me iré por la leyes directamente y no descarto que en el II haga igual...No podrán con nosotros/as....Y también me quejaré porque para quieres una PEC con nota si no te salva para aprobar con una 4,8 o 4,9???? :(
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: llanito en 09 de Septiembre de 2013, 12:12:42 pm
En realidad y con el nivel de exigencia que soportamos en la UNED, que por cierto asumo con toda DIGNIDAD, me parece mal que con un 4,75 se K.O a un estudiante que ha hecho un trabajo de 80 pág con un 9,5.

El trabajo continuo prima bastante poco y las posibilidades de aprobar se tenían que extender a partir del 4 y pico siempre valorando el esfeurzo de la continua que al final es tan importante como un examen.

Si no lo que pueden hacer es quitar la evaluación continua en contra del Plan, porque resulta una resta de horas para el estudiante, que no va obtener recompensa.

En esto, hay departamentos duros como Hacienda que lo están haciendo bien, aunque luego sean toscos y rebuscados para las preguntas.

CHEN suerte
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: llanito en 09 de Septiembre de 2013, 12:30:28 pm
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Ya sabes lo que siempre te digo... aduladorrrrrrrrrrrr :D :D :D :D :D :D ;) ;) ;) ;) ;) ;) ;) ;) ;) :D ;D ;D ;D

Hola Marta q tal todo

Si puedes mándame un privado a jjcvmadrid@hotmail.com y hablamos

Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: mkm en 09 de Septiembre de 2013, 17:15:53 pm
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En realidad y con el nivel de exigencia que soportamos en la UNED, que por cierto asumo con toda DIGNIDAD, me parece mal que con un 4,75 se K.O a un estudiante que ha hecho un trabajo de 80 pág con un 9,5.

El trabajo continuo prima bastante poco y las posibilidades de aprobar se tenían que extender a partir del 4 y pico siempre valorando el esfeurzo de la continua que al final es tan importante como un examen.

Si no lo que pueden hacer es quitar la evaluación continua en contra del Plan, porque resulta una resta de horas para el estudiante, que no va obtener recompensa.

En esto, hay departamentos duros como Hacienda que lo están haciendo bien, aunque luego sean toscos y rebuscados para las preguntas.

CHEN suerte

Tienes razón en lo que dices. En algunas asignaturas te exigen sacar un 7,5 en el examen para que la PEC cuente en la nota... Yo suelo pensar que si saco un 7,5 en el examen... ¿qué más nota puedo pedir? Sólo sirven para subir nota, pero en ningún caso para ayudarte (subiendo nota, eso sí) a aprobar si estás a las puertas...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 10 de Septiembre de 2013, 07:31:54 am
Compañeros ya está disponible la valija virtual.  Ahora si tengo un 7,!!!! :D, como si fuera una matricula. Muchas gracias Marta por tu generosidad, mi último repaso lo hice con tus apuntes, un beso grande para ti.  Suerte a todos.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 10 de Septiembre de 2013, 15:33:36 pm
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Compañeros ya está disponible la valija virtual.  Ahora si tengo un 7,!!!! :D, como si fuera una matricula. Muchas gracias Marta por tu generosidad, mi último repaso lo hice con tus apuntes, un beso grande para ti.  Suerte a todos.

Me alegro mucho por tí!!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: chispi-72 en 10 de Septiembre de 2013, 16:08:09 pm
Una preguntita ... me he matriculado en esta asignatura por segunda vez. No pude presentarme hace un año al examen pero hubiera jurado  que eran preguntas cortas de espacio pasado como administrativo I... es test  siempre o han cambiado como en constitucional Ii q antes era test  y ahora desarrollo  :'(
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Monet8 en 12 de Septiembre de 2013, 16:48:21 pm
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Una preguntita ... me he matriculado en esta asignatura por segunda vez. No pude presentarme hace un año al examen pero hubiera jurado  que eran preguntas cortas de espacio pasado como administrativo I... es test  siempre o han cambiado como en constitucional Ii q antes era test  y ahora desarrollo  :'(
Hola, fue de desarrollo hasta el curso pasado que ha sido 20 preguntas test puntuando con negativos las erroneas. Un saludo
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: CHEN en 12 de Septiembre de 2013, 18:33:09 pm
Me equivoqué de hilo.

Ufffff, al final me la he quitado de encima con un 6.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 12 de Septiembre de 2013, 18:36:23 pm
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Me equivoqué de hilo.

Ufffff, al final me la he quitado de encima con un 6.

Me alegro por ti, Chen. Enhorabuena, compañero
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Onaiplu en 12 de Septiembre de 2013, 18:55:29 pm
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Me equivoqué de hilo.

Ufffff, al final me la he quitado de encima con un 6.

Joerrr, con el ratito que has pasado!!!

Felicidades
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: CHEN en 12 de Septiembre de 2013, 19:17:54 pm
pues si, parece un milagro, no vais a creer lo que pasó.

Hice el examen en las hojas de examen, en la de los enunciados. Una vez hecho, lo paso a la hoja de lectura óptica. Cuando han salido los exámenes en la valija virtual los he mirado y una de las preguntas que tenia mal en los enunciados, como no estaba muy seguro, no la marqué en la de lectura óptica y la dejé en blanco, ese era el 0.25 que me faltaba. Así que un 5 raspao más un punto de la PEC. Cuando lo vi no me lo podía creer.

Gracias Silvia y onailup
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 12 de Septiembre de 2013, 19:20:48 pm
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pues si, parece un milagro, no vais a creer lo que pasó.

Hice el examen en las hojas de examen, en la de los enunciados. Una vez hecho, lo paso a la hoja de lectura óptica. Cuando han salido los exámenes en la valija virtual los he mirado y una de las preguntas que tenia mal en los enunciados, como no estaba muy seguro, no la marqué en la de lectura óptica y la dejé en blanco, ese era el 0.25 que me faltaba. Así que un 5 raspao más un punto de la PEC. Cuando lo vi no me lo podía creer.

Gracias Silvia y onailup

A eso llamo yo prudencia jejeje enhorabuena Chen!!
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: CHEN en 12 de Septiembre de 2013, 19:23:34 pm
Y cada vez que hago un examen tipo test me acuerdo de ti Marta. asegurar 10 y un par de ellas mas y le doi la vuelta, jajaja
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: matias1 en 12 de Septiembre de 2013, 19:25:26 pm
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Y cada vez que hago un examen tipo test me acuerdo de ti Marta. asegurar 10 y un par de ellas mas y le doi la vuelta, jajaja

y atarse las manos a la espalda jejeje
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 12 de Septiembre de 2013, 19:28:48 pm
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y atarse las manos a la espalda jejeje


eso eso eso... NO PUEDE FALLAR. Palabra de Marta, AMÉN
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Onaiplu en 13 de Septiembre de 2013, 18:25:00 pm
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eso eso eso... NO PUEDE FALLAR. Palabra de Marta, AMÉN

Pues a mi me falló en febrero, suspendí por una por ir a amarrar...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: silvia70 en 13 de Septiembre de 2013, 18:45:21 pm
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Pues a mi me falló en febrero, suspendí por una por ir a amarrar...


Es que eso no es la panacea. En esta vida no hay absolutamente nada seguro, pero si, cuando acabas el test, no volteas la hoja para no mirarla, no te atas las manos a la espalda y vas cambiando respuestas, la gran mayoría suspende, porque la primera impresión ante las respuestas es la que vale.  Mucha suerte en tus exámenes
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: caramad en 14 de Septiembre de 2013, 13:49:29 pm
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Es que eso no es la panacea. En esta vida no hay absolutamente nada seguro, pero si, cuando acabas el test, no volteas la hoja para no mirarla, no te atas las manos a la espalda y vas cambiando respuestas, la gran mayoría suspende, porque la primera impresión ante las respuestas es la que vale.  Mucha suerte en tus exámenes

Eso es lo que no hice yo en febrero y además de suspender, te da rabia por tan tonta por cambiar las respuestas que tenías bien. (la diferencia fue un 4,80 en lugar de un 7).
Te das mas rabia todavía si encima tienes experiencia en oposiciones, ya que esa es una regla de oro no escrita.
Así que lo mejor es no cambiar, a no ser, que te des cuenta que has cometido un error al responder la pregunta.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: itamariquita en 16 de Septiembre de 2013, 13:16:31 pm
Ya están las notas,
yo tengo un 4, según mis cálculos tendría que tener un 4,75,
pero vamos, que me dá lo mismo....

Cagontó...:(
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: jairo en 16 de Septiembre de 2013, 13:34:51 pm
Me huele a escabechina.
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: estefaniad01 en 16 de Septiembre de 2013, 13:43:12 pm
Yo tengo un 5. El primer examen de Administrativo que apruebo. Sólo espero que no sea el único aprobado de septiembre...
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: CHEN en 16 de Septiembre de 2013, 14:07:07 pm
Yo también me he quedado en un 5 porque el 9,5 de la PEC resulta que no vale porque tenia que haber sacado para ello un 6,5 en el examen. si lo sé la hago por los c..........
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: candy2002 en 16 de Septiembre de 2013, 14:08:37 pm
Oficialmente y tengo una menos!!!! ;D :D
Título: Re:POST OFICIAL DERECHO ADMINISTRATIVO II 12/13 SEPTIEMBRE
Publicado por: Akashaa en 27 de Septiembre de 2013, 22:55:33 pm
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Administrativo es el departamento más feo y odioso que hay en la UNED bajo mi punto de vista, pero no te lo tomes de esta manera y piénsalo bien. Al final todo se saca,  pero no es fácil y yo bien que lo sé. He agotado dos convocatorias de administrativo I. He pensado en dejármela para el final de todo, porque el precio de los créditos se dispara y porque le he cogido verdadero asco, pero yo quiero acabar Derecho y esta asignatura forma parte de ella y McGregor decía que si le dan una bofetada se levanta. Yo tengo las mejillas coloradas como un tomate, pero espero aguantar hasta el final. No te desanimes, Chen, de verdad. Muchos ánimos

Estoy de acuerdo contigo compañera....este departamento...pfff....es una pesadilla, administrativo I lo dejaré para el final también, este año pasaré al II, lo veo mas comprensible.....aunque el tiempo lo dirá.....Animo Chen, que aún quedan batallas por ganar  ;)