Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Rutct en 11 de Junio de 2013, 20:06:47 pm
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Mucha suerte.
Te recordamos que en hilos post no se piden ni se ofrecen apuntes, para eso está el foro adecuado de Libros apuntes necesito ofrezco. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0) y para subir apuntes está el subforo de Zona de descarga de apuntes temporales. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0)
Igualmente, rogamos que, por el bien de los compañeros, se utilicen para las cuestiones necesarias y no para poner mensajes sin contenido de la asignatura puesto que se crean hojas y hojas y es más difícil encontrar lo necesario.
Cualquier post fuera de su lugar será eliminado.
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Yo también voy con ésta,es la primera vez que me presento Alguien se anima???? :D
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a mi no me queda mas remedio que unirme :'( :'( con el pedazo de 3 que me pusieron en febrero :'( :'(
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¡Ánimo! A por ella.
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Para quien le interese, si a alguien le hace ilusión, leer el Digesto por encima o algún otro cuerpo legal romano:
http://forodelderecho.blogcindario.com/2008/11/00719-cuerpo-del-derecho-civil-romano-instituta-digesto-codigo-novelas-constituciones.html
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El epígrafe 2.6 DELIMITACIÓN CONSTITUCIONAL DE LA LEY Y CARÁCTERES BÁSICOS, en la pg 64 del libro/manual del año 2010 o en la pg 7 del PDF de los apuntes de Jimmy Page http://www.uned-derecho.com/index.php?action=page;sa=ap_gr01_fundamen_01 se habla de la acepción de Ley en sentido formal y Ley en sentido material y no entiendo la diferencia real que hay entre ambas, porque la primera sigue lo establecido en la Constitución a la hora de ser redactada y promulgada o sancionada llegado el caso, y dice que la segunda, Ley en sentido material, forma parte del ordenamiento jurídico.
Aquí viene mi duda... si Ley en sentido material forma parte del ordenamiento jurídico ¿eso no supone que igual que la primera será dictada, aprobada o sancionada según lo establecido en la Constitución?
Agradeceré una aclaración.
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El epígrafe 2.6 DELIMITACIÓN CONSTITUCIONAL DE LA LEY Y CARÁCTERES BÁSICOS, en la pg 64 del libro/manual del año 2010 o en la pg 7 del PDF de los apuntes de Jimmy Page http://www.uned-derecho.com/index.php?action=page;sa=ap_gr01_fundamen_01 se habla de la acepción de Ley en sentido formal y Ley en sentido material y no entiendo la diferencia real que hay entre ambas, porque la primera sigue lo establecido en la Constitución a la hora de ser redactada y promulgada o sancionada llegado el caso, y dice que la segunda, Ley en sentido material, forma parte del ordenamiento jurídico.
Aquí viene mi duda... si Ley en sentido material forma parte del ordenamiento jurídico ¿eso no supone que igual que la primera será dictada, aprobada o sancionada según lo establecido en la Constitución?
Agradeceré una aclaración.
La diferencia entre el sentido formal de la ley y el sentido material es una constante en el derecho. Este año lo estudiamos a fondo en Constitucional I.
La ley en sentido formal ( o el contenido formal de la ley) es la "forma" en la que la ley se aprueba. Una ley, orgánica, ordinaria, o lo que sea, tiene que iniciarse o promoverse, discutirse, aprobarse y promulgarse. La constitución dice quién, dónde, cómo, cuando debe hacerse eso. Siguiendo la constitución podemos ver como se "hace" la ley.
El sentido material de la ley o la ley en sentido material, trata de lo que "contiene la ley" de qué trata y que regula. Una vez promulgada la ley (según indica la constitución) su sentido formal ya no tiene ningún significado pues ya está aprobada. Desde ese momento pasa a formar parte del ordenamiento jurídico, gracias a la constitución que nos ha dicho como debía hacerlo. En ese ordenamiento jurídico esta ley tendrá un sentido, una matería y ordenará unos contenidos específicos. Ese es el sentido material.
Espero haberte ayudado. Un saludo.
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carlsuar esta muy bien explicado. :)
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Muchas gracias Carlsuar, lo has explicado de maravilla, me lo has hecho entender muy bien.
Saludos.
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Pregunta:
Cuando el manual hace referencia a "las dos grandes concepciones de nuestro universo jurídico contemporáneo" ¿se refiere a?
a) Derecho objetivo y Derecho subjetivo
b) Sistema del Common Law y Derecho continental con base en la tradición napoleónica
Agradeceré que me saquéis de esta duda.
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Pregunta 3:
¿Alguien puede argumentarme por qué y en base a qué, el ordenamiento jurídico tiene plenitud? Quiero entenderlo bien.
En el Epígrafe 2.7.1, se habla se coherencia y plenitud del ordenamiento jurídico.
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Pregunta 4:
En relación con el epígrafe 2.7.1
a)¿Qué significa en la práctica que para resolver una laguna legal se puede aplicar una norma bien por ANALOGÍA o por RAZÓN DE APLICACIÓN EXTENSIVA?
b)En este caso en concreto ¿qué es ANALOGÍA?¿cómo puede hablarse de analogía si no hay ley por haber laguna? no existe "algo" a lo que puede aplicársele una semejanza a una norma porque no HAY NADA, hay una LAGUNA.
c)¿Qué significa aplicar una norma RAZÓN DE APLICACIÓN EXTENSIVA?
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Pregunta 4:
En relación con el epígrafe 2.7.1
a)¿Qué significa en la práctica que para resolver una laguna legal se puede aplicar una norma bien por ANALOGÍA o por RAZÓN DE APLICACIÓN EXTENSIVA?
b)En este caso en concreto ¿qué es ANALOGÍA?¿cómo puede hablarse de analogía si no hay ley por haber laguna? no existe "algo" a lo que puede aplicársele una semejanza a una norma porque no HAY NADA, hay una LAGUNA.
c)¿Qué significa aplicar una norma RAZÓN DE APLICACIÓN EXTENSIVA?
Buenooo, te estás metiendo en Civil I, cuando veíamos la analogía y otros temas de los primeros temas de Civil I.
En referencia a la pregunta que haces mas arriba, yo creo que se refiere a lo de la Common Law y el sistema coninental (el napoleónico que tu dices) pero si lo detallas mas te lo cuento (todavía no he empezado con esta asitnatura y no he mirado el libro).
En referencia a lo de aquí.
Se dice que el ordenamiento jurídico tiene plenitud pues trata de ordenar TODOS los aspectos de la vida (juridicamente se entiende), se trata de dar plenitud a todos los supuestos posibles que te puedan dar un conflicto o duda jurídica. En todos los aspectos de tu vida (familiar, civil, militar, etc.).
Por ello se trata de cubrir los distintos aspectos con leyes, jurisdicciones y sistemas normativos. Pero no todo se puede cubrir. Por ejemplo, las leyes de circulación no cubren la posibilidad de que tu vayas en diligencia. Las leyes de partidos no cubren que batasuna se pueda presentar con otras siglas, etc. Son lagunas o posibles lagunas. Como el ord. jurid. trata de tener plenitud, hemos de llenar esas lagunas y aplicamos, entre otras, la analogía. En el caso de la diligencia, cubrimos la laguna igualando la diligencia, por analógía, a los vehículos de cuatro ruedas con motor que llamamos coches. De la misma forma se hace, como dice el libro de Civil, con las carreras de coches. Los reglamentos de las carreras son, en algunos casos, de antes de que hubiera coches a motor pero, por analogía, les aplicamos las leyes de las carreras pues su "espíritu" es el mismo. Es ahí donde entra la razón de aplicación extensiva. Sin ir a mas detalle (que podrás ver en el tomo I de civil, mejor explicado) la razon de aplicación extensiva se refiere a que un sentido, de una ley, se puede aplicar "extensivamente" a otra razón con el mismo "espiritu". Las carreras o lo de batasuna es un ejemplo. Si la ley se hizo para que impresentables se presentasen a las elecciones, estos no pueden burlar la ley fundando un partido igual pero con otro nombre y unas supuestas razones diferentes. Se aplica "extensivamente" la ley anterior de partidos y se ilegaliza el partido (según el T. supremo, así se hace; según el anterior T. constitucional no. Probablemente el actual coincida con el Supremo).
Me he quedado muy en la superficie, pero es un tema bonito que puedes ver en el libro de civil muy bien explicado. Te enterarás perfectamente.
Ahora me voy a descansar que me has dejao agotao.
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Muchas gracias Carlsuar, lo explicas muy bien, me ayudas mucho.
Saludos.
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¿Alguien podría ponerme un ejemplo práctico de antinomia jurídica?
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Me ha parecido ver una contradicción en el manual de la asignatura, en el subepígrafe 4.2.1.1 COMICIO CURIADO
Al final, cuando ya está terminando y cuenta que en la etapa de la república el comicio no desaparece, sino que pasa a ser una nueva unidad militar básica denomidada COMICIO CENTURIADO... pues de repente en pocas líneas de diferencia dice: "pierde todas las competencias políticas y se ve despojado de las militares, como hemos señalado." pero si lo que han señalado es que le otorgan poderes militares no que le despojen estos poderes, y sigue "Por ello, puede afirmarse que sus funciones se restringen a los ámbitos religioso y familiar"
¿Qué podéis decirme sobre esta contradicción? ¿Cuál es la verdad? Quiero poner lo correcto en el examen.
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Buscando un mapa conceptual de las Etapas históricas de Roma y del Derecho Romano, he encontrado un link con 3 mapas muy buenos, os lo copio por si a alguien le interesa:
http://www.profesorenlinea.cl/universalhistoria/Roma/RomaMapaConceptual.html
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Dos mapas más muy interesantes:
http://www.profesorenlinea.cl/imagenUniversalH/Roma/romacuadro001.jpg
http://laboratoriodesociales.files.wordpress.com/2008/06/ut8-hstoria-de-roma_7.png
Y esto otro:
http://latinpraves.blogspot.com.es/2011/10/historia-de-roma-actividades.html
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¿Alguien podría ponerme un ejemplo práctico de antinomia jurídica?
antinomia: cuando existe más de un precepto normativo para un mismo supuesto y son contradictorios entre ello.
por ejemplo que el código de circulación diga que no se puede aparcar en una zona de tal a tal hora y que el ayuntamiento diga que se puede aparcar en otra franja horaria, regulan lo mismo pero hay una contradicción.
no puede haber contradicción, cuando existe antinomia se establecen los criterios de cronología, jerarquía y especialidad.
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Pregunta 3:
¿Alguien puede argumentarme por qué y en base a qué, el ordenamiento jurídico tiene plenitud? Quiero entenderlo bien.
En el Epígrafe 2.7.1, se habla se coherencia y plenitud del ordenamiento jurídico.
el ordenamiento jurídico es pleno cuando regula todo lo necesario para la resolución de conflictos.
cuando existen lagunas jurídicas ( laguna legal:cuando en un supuesto de hecho no existe ninguna norma en el ord.jurídico que lo regule) se aplica la mas análoga, la norma que mas se parezca y la más equitativa.
bueno no se si te sirve pero vamos que en septiembre tenemos que sacar una notaza :D :D
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Pregunta:
Cuando el manual hace referencia a "las dos grandes concepciones de nuestro universo jurídico contemporáneo" ¿se refiere a?
a) Derecho objetivo y Derecho subjetivo
b) Sistema del Common Law y Derecho continental con base en la tradición napoleónica
Agradeceré que me saquéis de esta duda.
-el sistema common law es el sistema anglosajon, no se basa en el derecho escrito sino en la jurisprudencia, en resoluciones y sentencias.
-el sistema codificador es el continental (el nuestro) es el derecho ya legislado, basado en la compilación justiniana.
el primer código civil fue francés en la época napoleónica
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antinomia: cuando existe más de un precepto normativo para un mismo supuesto y son contradictorios entre ello.
por ejemplo que el código de circulación diga que no se puede aparcar en una zona de tal a tal hora y que el ayuntamiento diga que se puede aparcar en otra franja horaria, regulan lo mismo pero hay una contradicción.
no puede haber contradicción, cuando existe antinomia se establecen los criterios de cronología, jerarquía y especialidad.
Muchas gracias Violeta
Un cordial saludo.
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Muchas gracias por tus respuestas Violeta, eres un crack! Seguro que apruebas en septiembre.
Un cordial saludo
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El epígrafe 2.6 DELIMITACIÓN CONSTITUCIONAL DE LA LEY Y CARÁCTERES BÁSICOS, en la pg 64 del libro/manual del año 2010 o en la pg 7 del PDF de los apuntes de Jimmy Page http://www.uned-derecho.com/index.php?action=page;sa=ap_gr01_fundamen_01 se habla de la acepción de Ley en sentido formal y Ley en sentido material y no entiendo la diferencia real que hay entre ambas, porque la primera sigue lo establecido en la Constitución a la hora de ser redactada y promulgada o sancionada llegado el caso, y dice que la segunda, Ley en sentido material, forma parte del ordenamiento jurídico.
Aquí viene mi duda... si Ley en sentido material forma parte del ordenamiento jurídico ¿eso no supone que igual que la primera será dictada, aprobada o sancionada según lo establecido en la Constitución?
Agradeceré una aclaración.
A quien le pueda interesar, la tutora me ha contestado con la siguiente aclaración:
"Quiere decir que cuando se consolida la estructura republicana, el comicio centuriado que tenía de origen un carácter militar, pasa a ser un órgano más simbólico que efectivo. Antes eran militares y ahora lo de militar es simbólico, poco a poco van perdiendo sus competencias militares, para quedar en los ámbitos religioso y familiar. En el libro no se explica muy bien. Recuerda eran en su origen militares, van perdiendo poco a poco lo militar, para quedar en los ámbitos religioso y familiar. Espero haberte ayudado. Saludos."
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Uno más que se une a intentar aprobar esta asignatura que en principio no se ve excesivamente complicada, ¿por cuales apuntes estáis estudiando?
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Yo uso los apuntes que hay colgados en este foro y aparte de ellos y mirando el manual me hago mis apuntes y unos resúmenes-esquemas para tener los conceptos más claros, cuando los termine os los colgaré para a quien le interese o le pueda ayudar, porque estoy muy agradecida a todos los compañeros del foro, me ayudáis mucho con vuestros aportes, me encanta leeros, ¡sois fantásticos! Gracias de corazón.
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¿Diferencia entre voto y sufragio? En el manual lo mencionan así, dando a entender que no es lo mismo.
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¿Diferencia entre voto y sufragio? En el manual lo mencionan así, dando a entender que no es lo mismo.
A ver,
voto, el acto de votar. Votas para Eurovisión, votas para Gran Hermano, votas al Partido ...
Sufragio, es la votación en sí, generalmente con un fin, pero así, en general es el mismo hecho de realizar una votación (un sufragio).
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Gracias Carlsuar.
Saludos
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He encontrado un blog con resúmenes de la asignatura:
http://fundamentosclasicosdelaadministracion.blogspot.com.es/2012/12/los-comicios-en-el-mundo-romano.html
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He encontrado un blog con resúmenes de la asignatura:
http://fundamentosclasicosdelaadministracion.blogspot.com.es/2012/12/los-comicios-en-el-mundo-romano.html
Muchas gracias, parece muy útil.
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Os cuento lo que hice yo por si os sirve de ayuda. Saqué un 8.1 en el examen
Hay unos apuntes cortos de victoriasoy en apuntes temporales, y fuí añadiendo cosas de otros resúmenes porque los veía demasiado cortos. Aunque los últimos temas ya no me daba tiempo y estudié todo de victoriasoy. Os los pondría pero los hice a mano y no me funciona el escáner.
Suerte a todos.
A mi también me toca estudiar en verano porque en el segundo cuatrimestre me confié demasiado y estudié súper poco.
Un saludo
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Os cuento lo que hice yo por si os sirve de ayuda. Saqué un 8.1 en el examen
Hay unos apuntes cortos de victoriasoy en apuntes temporales, y fuí añadiendo cosas de otros resúmenes porque los veía demasiado cortos. Aunque los últimos temas ya no me daba tiempo y estudié todo de victoriasoy. Os los pondría pero los hice a mano y no me funciona el escáner.
Suerte a todos.
A mi también me toca estudiar en verano porque en el segundo cuatrimestre me confié demasiado y estudié súper poco.
Un saludo
Yo también la aprobé ampliando los de Victoriasoy :)
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Gracias por el consejo.
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Alguien ee atreve a aportar una quiniela.
Saludo
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Yo también la aprobé ampliando los de Victoriasoy :)
Habláis de los apuntes de Victoriasoy que solo tiene 29 páginas?
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Alguien ee atreve a aportar una quiniela.
Saludo
Creo que el curso pasado repitieron las preguntas de febrero en septiembre.
Esperemos que no lo repitan :'(
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Buenas tardes Compañeros
os escribo para daros animos, que por lo que veo lo llevais avanzado. Mucha suerte a todos.
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Buenas tardes Compañeros
os escribo para daros animos, que por lo que veo lo llevais avanzado. Mucha suerte a todos.
Gracias! Igualmente.
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Hola algún compañero conoce las clases tutoriales que imparte la uned islas baleares.
saludo
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Hola algún compañero tiene las plantillas de las clases de la Uned Islas Baleares.
Son muy buenas y ayudan a preparar la materia.
Me urgen.
Gracias.
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Hola compañeros!! Quisiera saber si alguien tiene algún "compendio" de las preguntas o temas que se repitan con más frecuencia en esta asignatura. Un saludo y gracias anticipadas.
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Si me das tu correo te los mando, es que no se si se puede insertar archivos directamente
Saludos.
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Ah si? No tenia ni idea, yo lo que tengo es del antiguo romano.
Focalinda si me lo puedes enviar para contrastarlo con lo que tengo...
Mi mail, segurlaw@gmail.com
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Ssoledad 71, SegurLaw ya os los envié :D :D
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Gracias, nos vemos en el agua... ;)
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Muchas gracias por tu rapidez focalinda. Un saludo.
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Hola compañer@ me podrías mandar esas preguntas de años anteriores.
mcv361@hotmail.com
Saludo
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Los apuntes de Victoriasoy son los que tienen 29 páginas?
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Si me das tu correo te los mando, es que no se si se puede insertar archivos directamente
Saludos.
Porfi me lo puedes mandar a mi también. Lo llevo fatal y solo queda una semana.
violeta10uned@gmail.com
Gracias
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Porfi me lo puedes mandar a mi también. Lo llevo fatal y solo queda una semana.
violeta10uned@gmail.com
Gracias
Violeta ya los tienes. Eso si, agradeceria que si te llegan se diga, solo por saberlo, porque a kanty361 se los mandé cuando puso el mensaje, hace ya unos días, y desde entonces no ha dicho nada. En finsss 8)
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buenas tardes!! me podéis indicar donde encuentro esas plantillas?? no las encuentro, seguramente porque soy una torpe!! o si alguien es tan amable de enviarlas a mi dirección: elisapp83@hotmail.com. miiiiiiiiiiiiiil gracias
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Violeta ya los tienes. Eso si, agradeceria que si te llegan se diga, solo por saberlo, porque a kanty361 se los mandé cuando puso el mensaje, hace ya unos días, y desde entonces no ha dicho nada. En finsss 8)
Recibido
Muchisimas graciassss ;)
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Hola focalinda, no he dicho nada porque no me ha llegado nada, y la verdad me había preocupado por ello, desconociendo si había algún motivo y opté por no decir nada. De todas formas sigo interesado en ello. Mi correo es: mcv361@hotmail.com
Gracias de antemano y un saludo
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Hola focalinda, no he dicho nada porque no me ha llegado nada, y la verdad me había preocupado por ello, desconociendo si había algún motivo y opté por no decir nada. De todas formas sigo interesado en ello. Mi correo es: mcv361@hotmail.com
Gracias de antemano y un saludo
Hola, te los acabo de enviar otra vez, espero que te lleguen, un saludo y suerte en el examen ;)
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Compañera Focalinda, estaría interesado en que mandases el material en cuestión. Muchísimas gracias, suerte y un saludo.
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Gracias compañera me ha llegado correctamente.
Saludo
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Compañera Focalinda, estaría interesado en que mandases el material en cuestión. Muchísimas gracias, suerte y un saludo.
Armendruco, dame un correo porque con el del sobre de aqui no se como adjuntar el archivo :)
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¿alguien tiene alguna quiniela sobre el examen??
Odio esta asignatura... me duermo cuando leo los apuntes :'(
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Focalinda, mi correo electrónico es wartrapa@hotmail.com.
Preguntarte y a los demás compañeros en general si es verdad que hay reduución de temario y algún consejillo sobre el examen. Gracias.
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Focalinda, mi correo electrónico es wartrapa@hotmail.com.
Preguntarte y a los demás compañeros en general si es verdad que hay reduución de temario y algún consejillo sobre el examen. Gracias.
Ya esta :D :D
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Buenos días compaer@s,
Alguién podía poner el enlace de los apuntes de Victoriasoy, que he mirado en apuntes temporales, y no lo encontré en ningún lado.
Os lo agradezco de antemano.
Saludos.
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Buenos días compaer@s,
Alguién podía poner el enlace de los apuntes de Victoriasoy, que he mirado en apuntes temporales, y no lo encontré en ningún lado.
Os lo agradezco de antemano.
Saludos.
Aquí los tienes, en el segundo comentario.
https:// www.facebook.com/groups/182640281914236/
Suerte!
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No sé si me pasa a mí solo, pero la segunda parte del libro, a partir del tema 7 (incluido) es incomible. Hay frases enteras que no entiendo nada. Tal vez sea porque no he estudiado latín, pero es que la redacción tampoco es que sea (para mí) la mejor. Me refiero a la parte del libro escrita por Don Manuel Jesús. ¡Cómo se nota el cambio de autor a mitad del libro!
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Qué nervios! Odio está asignatura, ya no se qué más mirar.... Alguna quiniela? :-[
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Suerte compañeros!!! ya queda poco...para terminar con esta asignatura...eso espero..jejeje... :)
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EXÁMEN DE HOY
1ª CONSTITUCION REPUBLICANA ROMANA. RASGOS FUNDAMENTALES
2ª CENSORES Y TRIBUNOS
3ª RESTITUTIONEM IN INTEGRUM
NO SE QUE OS HA PARECIDO COMPAÑEROS, YO CON LA TERCERA ME HE QUEDADO BLOQUEADA Y CREO QUE NO ME HA SALIDO MUY BIEN, ESPERO QUE HAYAIS TENIDO MAS SUERTE EN EL EXÁMEN¡
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yo flojillas las tres unas mas que otras pero a esperar la nota.... espero que para un cinco me de según quien corriga.
estoy de los fundamentos hasta los mismísimos fundamentos.... >:( >:(
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;D jajaja y yo y todo depende de quien corrija ...a ver si vienen animados de la vuelta de vacaciones ::)
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Pues yo lo que siento es una gran frustración, ya que por motivo de salud no pude presentarme esta mañana y al ver las 3 preguntas del examen se me ha hecho la boca agua. :-[
La 1ª pregunta (tema 3: Rasgos fundamentales de la constitución republicana romana)... era la que mejor me sabía -de chapatoria y carrerilla-. La 2ª (tema 5), era también fácil, pues se trataba del tercer bloque de magistraturas, pudiéndose explicar de manera muy concisa según la labor que ejercía cada cual. Y la pregunta 3 (tema 9)... era el último de los recursos complementarios de la jurisdicción del pretor, tema que también, a grandes rasgos, me sabía correctamente.
En fin... Especialmente la primera pregunta me ha dejado con cara de tonto, como al niño que le quitan el caramelo de la boca. :-[ A saber lo que entrará en el examen reserva del sábado..., :-X pero de lo que estoy convencido es de que, esperando poder presentarme, no tendré la suerte que habría tenido hoy. :-[ Parece que perderme los exámenes para mí fáciles y tocarme los difíciles es mi sino. :-\
Mucha suerte, saludos y ánimo para tod@s. ;)
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Pues yo espero aprobar! La primera bien, la tercera de carrerilla y super bien y la segunda regular, me he limitado a poner las funciones y quizás me ha quedado algo escueto. . Pero espero al menos aprobar y quitarme esta del medio
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Pues yo espero aprobar! La primera bien, la tercera de carrerilla y super bien y la segunda regular, me he limitado a poner las funciones y quizás me ha quedado algo escueto. . Pero espero al menos aprobar y quitarme esta del medio
Hombre... Por lo que cuentas yo creo que apruebas seguro y sobrado. ;) Al fin y al cabo, en los distintos tipos de magistratura lo importante es poner las funciones de cada cual.
A mí me han dicho que el departamento de esta asignatura es el que otorga más sobresalientes, lo cual significaría que no son intransigentes corrigiendo y que el aprobado es accesible. Ojalá sea así. Para mí es frustrante no haberme examinado todavía de esta asignatura, pues en febrero lo dejé para la 2ª semana y finalmente tampoco pude presentarme por repentino motivo de salud, :-[ por lo que el sábado será mi última oportunidad. :-[
En fin... Que yo sigo chafado :'( pensando en el 7 que como mínimo habría sacado si me hubiera podido presentar hoy. En fin... Pasado jueves o el viernes, a presentar el justificante médico (con fiebre estoy a 30º grados ambientales :( ), y el sábado en el examen reserva... Dios dirá. :-[
Saludos y mucha suerte para tod@s desde La Coruña.
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Pues la verdad creo que no ha sido un exámen dificil. Creo que ha estado al nivel de cualquier estudiante.
Saludo
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Aquí los tienes, en el segundo comentario.
https:// www.facebook.com/groups/182640281914236/
Suerte!
Están modificados con respecto al temario de este año?
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PUES YO CREO QUE LA 1º MUY BIEN Y COMO ME ENROLLÉ UN MONTON LAS OTRAS 2 LAS PUSE
DE CARRERILLA CON POCAS LINEAS CADA UNA. Y NOSE SI ME PONDRAN AUNQUE SEA UN 5.
PORQUE DE ESTE DEPARTAMENTO YA NO SE Q ESPERAR.
EN EL EXAMEN DE FEBRERO ESPERABA POR LO MENOS UN 5 TAMBN Y ME PUSIERON UN 3 COMO UNA CATEDRAL :o :'(.
ASI QUE ESPERO TENER MÁS SUERTE CON QUIEN ME CORRIJA ESTA VEZ :-\ :'
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Lo subo, aver cuando salen las notas de esta asignatura!!