Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: dangoro en 18 de Junio de 2013, 19:33:58 pm
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Hola, tengo una compañera del trabajo que es licenciada desde hace años y me pregunta que hasta que plazo tiene para colegiarse y librarse de hacer el master.
Gracias.
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Siendo licenciada en Derecho digo yo que sabrá leer el boe
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Que recuerde, la Disposición Final Tercera del Real Decreto 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles cambio el asunto de la colegiación. Puedes enterarte bien en esta página http://www.icacor.es/sp/pages/menu.asp?pag=47&url=0&nodo=44 (http://www.icacor.es/sp/pages/menu.asp?pag=47&url=0&nodo=44) que es del Colegio de abogados de A Coruña y que explica bien las situaciones y lo que se necesita para colegiarse.
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31/10/2013
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Gracias.
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Creo que tu amiga está en está situación y tiene que colegiarse antes de octubre de este año (2013):
Aquellos que se encontraran en posesión del título de Licenciado o grado en Derecho o en condiciones de solicitarlo en el momento de entrada en vigor de la Ley (31/10/2011).
No se les exigirá la realización del Master, si se colegian en un plazo de dos años desde la entrada en vigor (31/10/2013).
Y creo que los que estamos acabando la licenciatura estamos en esta otra situación:
Aquellos que se hubiesen matriculado en estudios universitarios conducentes a la obtención del título de Licenciado en Derecho con posterioridad a la publicación de la Ley (31/10/2006) y obtuviesen el título con posterioridad a su entrada en vigor (31/10/2011).
No se les exigirá la realización del Master, siempre que se colegien en un plazo de dos años desde que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en derecho como ejercientes o no ejercientese
Finalmete creo que los de licenciatura no tenemos que hacer el master, incluso en aquellos casos en los que los ultimos vayan a la extraordinaria de 2016.
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Una pregunta: ¿cuánto tiempo tendremos que estar colegiados para que no se nos obligue a hacer el master?
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Un día
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Creo que con estar colegiado, un año, como ejerciente o no ejerciente es suficiente, vamos que si te colegias como no ejerciente no tienes que estar renovando año a año. Eso es lo que tengo entendido, de todas formas entérate bien. Saludos.
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Sí, en cuanto acabe (el año que viene, espero) me informaré a fondo. Gracias!
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Lo del tiempo que hay que estar colegiado no esta nada claro. Aunque si lo esta para los que estuvieron colegiados antes de la ley. Esclavismo dinerario.