Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: krems777 en 19 de Junio de 2013, 11:31:10 am
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Me piden que devuelva la beca que me concedieron en 2009, por no haberme presentado a 1/3 de las asignaturas. He alegado en secretaria y tramitaran mi expediente a MEC. No trabajo desde el 2011, y no puedo devolver nada de nada, ¿Alguien en la misma situación? ¿Qué pasará si no pago? ¿Cómo me declaro insolvente?
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Si la reclamación ante el MEC no prospera, se iniciará por parte de la administración un expediente administritivo que terminará en una resolución reclamándote el importe que has de devolver. Si no lo haces, la cuantía se incrementará considerablemente a través de una Providencia de Apremio (mínimo un 20%). Si continuas sin pagar se procederá al embargo de los bienes que tengas a tu nombre.
Mi consejo es que no dejes que llegue a ese punto. Intenta llegar con ellos a un acuerdo de pago aplazado (dentro de tus posibilidades) pero pagar es SI O SI.
Suerte.
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Pues no se a qué acuerdo voy a llegar si no recibo ningún ingreso, no tengo nada de nada.... Además vivo con mis padres, en fin ...
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Pues así es, a estos les da igual las condiciones en las que se encuentre la persona. Ten en cuenta una cosa, aunque presentes recursos ante el tema, el procedimiento no se para, es decir, no porque recurras se detiene el procedimiento de cobro o embargo.
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Pues no se a qué acuerdo voy a llegar si no recibo ningún ingreso, no tengo nada de nada.... Además vivo con mis padres, en fin ...
haberte presentado al menos, la beca te la dieron para estudiar,si no te presentaste ni a 1/3.........muchos desearían recibirlas y no les llega mientras otros no las aprovechan...
cuando se recibe la beca se sabe los derechos y obligaciones , si los imcumples la culpa es tuya no de la administración
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Hombre, eso si es cierto.
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1º no me presente por motivos personales de salud, presente informes de medico, partes de baja y de especialista....pero nada, no les importa
2º No sabia que habia que presentarme a 1/3, tampoco que habia que devolverla, y es que segui y sigo estudiando... Ademas pedi una beca en 2009 y me la reclaman en 2012, si me la reclaman al año siguente, es decir en 2010 la pago y punto, pero reclamarmela a los 3 años siguientes...ahora que no puedo pagarme ni 1 cortado, porfavorrr!!!
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Zoldars, muy a la ligera esa opinion sin conocer de nada la situacion personal del compañero.
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Además os pido ayuda , no para que me hundais mas un :'( :'( :'(
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Krems no tengo ni idea de como funciona el tema de becas, te han dicho algo de que debes de dejar la carrera?, nadie de tu familia te puede ayudar a pagar?
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Además os pido ayuda , no para que me hundais mas un :'( :'( :'(
Pues hombre, si realmente tu enfermedad te impidió presentarte a los exámenes, malo será que no puedas ganar un recurso... A mí me parece bien que quien no aproveche una beca tenga que devolver el dinero, pero siempre que ese desaprovechamiento no sea por causa de fuerza mayor.
Saludos
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Y la tienes que devolver entera, o solo una parte???
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Zoldars, muy a la ligera esa opinion sin conocer de nada la situacion personal del compañero.
a la ligera no, existen examenes en febrero , junio y septiembre, hablamos de presentarse a 1/3....las bajas incapacitan para trabajar, sin embargo para estudiar es la leche tieens todo el tiempo del mundo, mas quisiera yo que estar de baja en examenes.....
y si tuvo problemas "reales", de veras lo siento y mucho, pero ese no es el detalle del debate, sino que las becas son un bien preciado, si te la dan estas usando un recurso"publico" que muchos desearíamos y tenemos que jodernos y trabajar mas para poder pagar...
y si tampoco se sabe a que queda obligado al recibir la beca ¡¡¡INFORMESE!!!, es lo mínimo.
Aqui no vivimos en un mundo multicolor de hadas, aqui las ayudas sociales salen de los impuestos que el pueblo paga y , por eso, quien recibe ayuda de esos fondos debe aprovecharlos, porque son muchos los que lo necesitan.
soy crítico? pues sí...pero es que hablamos de presentarse a 1/3 en varias fechas distintas disponibles a lo largo del año.....no me hace falta indagar mucho lo siento...
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1º no me presente por motivos personales de salud, presente informes de medico, partes de baja y de especialista....pero nada, no les importa
2º No sabia que habia que presentarme a 1/3, tampoco que habia que devolverla, y es que segui y sigo estudiando... Ademas pedi una beca en 2009 y me la reclaman en 2012, si me la reclaman al año siguente, es decir en 2010 la pago y punto, pero reclamarmela a los 3 años siguientes...ahora que no puedo pagarme ni 1 cortado, porfavorrr!!!
Hola, no dejes que llegue al procedimiento de apremio, intenta ya que no tienes, por lo visto, ahora para pagar nada, solicitar un aplazamiento; las alegaciones o el recurso, no sé en el trámite que estás, lo has presentado, pero es verdad, no se admiten lo motivos personales de salud por no presentarse (tampoco se devuelve lo que se ha pagado de matrícula, a mi no me lo devolvieron, precisamente, en el curso 2008/2009, 1.300 euros del ala), así que si puedes encontrar alguien que avale esa garantía que solicita la AT, o si tienes algún bien, podrías solicitar un aplazamiento, y más adelante, en fin, si la cosa mejora algo, y te conceden un plazo más o menos prudente para ahorrar algo, en fin,
¡Suerte! :)
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a la ligera no, existen examenes en febrero , junio y septiembre, hablamos de presentarse a 1/3....las bajas incapacitan para trabajar, sin embargo para estudiar es la leche tieens todo el tiempo del mundo, mas quisiera yo que estar de baja en examenes.....
y si tuvo problemas "reales", de veras lo siento y mucho, pero ese no es el detalle del debate, sino que las becas son un bien preciado, si te la dan estas usando un recurso"publico" que muchos desearíamos y tenemos que jodernos y trabajar mas para poder pagar...
y si tampoco se sabe a que queda obligado al recibir la beca ¡¡¡INFORMESE!!!, es lo mínimo.
Aqui no vivimos en un mundo multicolor de hadas, aqui las ayudas sociales salen de los impuestos que el pueblo paga y , por eso, quien recibe ayuda de esos fondos debe aprovecharlos, porque son muchos los que lo necesitan.
soy crítico? pues sí...pero es que hablamos de presentarse a 1/3 en varias fechas distintas disponibles a lo largo del año.....no me hace falta indagar mucho lo siento...
Sintiendo mucho la situación del compañero, tengo que dar la razón a Zoldars. Cuando se obtiene cualquier ayuda y más si te la da la administración, hay que saber los pros y los contras. Al igual que sabemos todos que este año hay que devolverla si no apruebas el 50% de los créditos en los que te has matriculado.
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Hola, no dejes que llegue al procedimiento de apremio, intenta ya que no tienes, por lo visto, ahora para pagar nada, solicitar un aplazamiento; las alegaciones o el recurso, no sé en el trámite que estás, lo has presentado, pero es verdad, no se admiten lo motivos personales de salud por no presentarse (tampoco se devuelve lo que se ha pagado de matrícula, a mi no me lo devolvieron, precisamente, en el curso 2008/2009, 1.300 euros del ala), así que si puedes encontrar alguien que avale esa garantía que solicita la AT, o si tienes algún bien, podrías solicitar un aplazamiento, y más adelante, en fin, si la cosa mejora algo, y te conceden un plazo más o menos prudente para ahorrar algo, en fin,
¡Suerte! :)
Yo no controlo demasiado el tema, pero imagino mnieves, que dependerá de la enfermedad. Si realmente te incapacita para estudiar y presentarte a las 3 convocatorias -por ejemplo, un accidente de tráfico que te deja en coma 6 meses-, no parece razonable que te exijan la devolución del dinero, pero vamos, que insisto en que no controlo este tema de las becas.
Saludos
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Pues hombre, si realmente tu enfermedad te impidió presentarte a los exámenes, malo será que no puedas ganar un recurso... A mí me parece bien que quien no aproveche una beca tenga que devolver el dinero, pero siempre que ese desaprovechamiento no sea por causa de fuerza mayor.
Saludos
luisa64, no creo que sea bueno darle esperanzas de "no devoluciòn", la va a tener que devolver, sí o sí, ahora bien, tiene que buscarse las castañas para que no le sea tan gravoso pagar o pagar cuando pueda.
Es un derecho que se concede supeditado a unas condiciones, y si esas condiciones no se cumplen por quien ha recibido "el derecho", tiene que devolver lo que ha recibido, la causa de fuerza mayor o caso fortuito aquí no nos vale, ¡estamos hablando del herario público! :)
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Yo no controlo demasiado el tema, pero imagino mnieves, que dependerá de la enfermedad. Si realmente te incapacita para estudiar y presentarte a las 3 convocatorias -por ejemplo, un accidente de tráfico que te deja en coma 6 meses-, no parece razonable que te exijan la devolución del dinero, pero vamos, que insisto en que no controlo este tema de las becas.
Saludos
¡eso es el mismo compañero el que lo puedo decir! si ha presentado los documentos médicos y la cosa no ha sido tan grave, ???
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a la ligera no, existen examenes en febrero , junio y septiembre, hablamos de presentarse a 1/3....las bajas incapacitan para trabajar, sin embargo para estudiar es la leche tieens todo el tiempo del mundo, mas quisiera yo que estar de baja en examenes.....
y si tuvo problemas "reales", de veras lo siento y mucho, pero ese no es el detalle del debate, sino que las becas son un bien preciado, si te la dan estas usando un recurso"publico" que muchos desearíamos y tenemos que jodernos y trabajar mas para poder pagar...
y si tampoco se sabe a que queda obligado al recibir la beca ¡¡¡INFORMESE!!!, es lo mínimo.
Aqui no vivimos en un mundo multicolor de hadas, aqui las ayudas sociales salen de los impuestos que el pueblo paga y , por eso, quien recibe ayuda de esos fondos debe aprovecharlos, porque son muchos los que lo necesitan.
soy crítico? pues sí...pero es que hablamos de presentarse a 1/3 en varias fechas distintas disponibles a lo largo del año.....no me hace falta indagar mucho lo siento...
1. Evidentemente no te hace falta indagar mucho, se nota.
2. El tema del debate segun ha planteado el compañero, es que pasara si no paga, y cual es el procedimiento para declararse insolvente.
NO tu opinion personal sobre la gestion de ayudas estatales, y el uso particular que les pudieran dar los que adquieren las ayudas.
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cuando te llegue la resolución, además de interponer el recurso que proceda debes solicitar la suspensión de la vía de apremio, te copio ...
El artículo 165 LGT establece que “el procedimiento de apremio se suspenderá
en la forma y con los requisitos previstos en las disposiciones reguladoras de los
recursos y reclamaciones económico-administrativas y en los restantes supuestos
previstos en la normativa tributaria.”
El procedimiento de apremio se suspenderá:
- Cuando el interesado demuestre que se ha producido en su perjuicio un error
material, aritmético o de hecho en la determinación de la deuda, que la
misma ha sido ingresada, condonada, compensada, aplazada o suspendida o
que ha prescrito el derecho a exigir el pago.
En estos casos, la suspensión del procedimiento de apremio por el órgano de
recaudación será automática, sin necesidad de prestar garantía.
- Cuando el interesado interponga tercería, en los términos previstos por la ley.
- Cuando se interponga un procedimiento de revisión, en los términos que
siguen.
si no haces esto, al día siguiente del plazo de pago voluntario te meterán directamente el 20%
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Si tienes la más minima cosa a tu nombre, aquí no vale la insolvencia, te la quitan. Evidentemente, si no tienes nada, no pagas, pero no te vas de rositas. Si dentro de X años, tienes algo o empiezas a trabajar, van por ti, así que mejor intenta arreglarlo y que te sirva de experiencia para leer la letra pequeña.
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Si tienes la más minima cosa a tu nombre, aquí no vale la insolvencia, te la quitan. Evidentemente, si no tienes nada, no pagas, pero no te vas de rositas. Si dentro de X años, tienes algo o empiezas a trabajar, van por ti, así que mejor intenta arreglarlo y que te sirva de experiencia para leer la letra pequeña.
Una pregunta, en este caso no podria declarar la prescripcion del expediente?
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En este caso concreto no. Me remito al artículo 92 de la Ley 30/92 de procedimiento Administrativo.
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Vamos a analizarlo...
Artículo 92 Requisitos y efectos
1. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando se produzca su paralización por causa imputable al mismo, la Administración le advertirá que, transcurridos tres meses, se producirá la caducidad del mismo. Consumido este plazo sin que el particular requerido realice las actividades necesarias para reanudar la tramitación, la Administración acordará el archivo de las actuaciones, notificándoselo al interesado. Contra la resolución que declare la caducidad procederán los recursos pertinentes.
2. No podrá acordarse la caducidad por la simple inactividad del interesado en la cumplimentación de trámites, siempre que no sean indispensables para dictar resolución. Dicha inactividad no tendrá otro efecto que la pérdida de su derecho al referido trámite.
3. La caducidad no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la Administración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción.
4. Podrá no ser aplicable la caducidad en el supuesto de que la cuestión suscitada afecte al interés general, o fuera conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento.
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Que punto es el que le afecta al compañero. Sigo sin entenderlo, todo procedimiento o casi todo (ej. delitos de sangre) en derecho tiene un periodo de ejecucion determinado no puede perpetuarse indefinidamente, ¿no?
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No se puede confundir la prescripción con la caducidad, la prescripción es 4 años, y desde que se interrumpe por cualquier motivo vuelve a iniciarse otra vez el periodo de 4 años.
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bien segurlaw buenos consejos......
si quereís ayudar al chaval no le lieís con sueños imposibles, la solución s ela dieron atras .
Es decir.va a tener que pagar si o si, negocia para conseguir los mejores fraccionamientos posibles, pero siempre haciendote a esa certeza que has de pagar, y si lo demoras será peor.
Personalmente, no habra gustado mi teoría, pero la solución es ir al grano, si no pagars será peor y mas gravoso, negocia y soluciona, el resto cuento de hadas.
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Aunque se fraccione el pago habrá parte de intereses dependiendo del tiempo en que se fracciones o aplace
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bien segurlaw buenos consejos......
si quereís ayudar al chaval no le lieís con sueños imposibles, la solución s ela dieron atras .
Es decir.va a tener que pagar si o si, negocia para conseguir los mejores fraccionamientos posibles, pero siempre haciendote a esa certeza que has de pagar, y si lo demoras será peor.
Personalmente, no habra gustado mi teoría, pero la solución es ir al grano, si no pagars será peor y mas gravoso, negocia y soluciona, el resto cuento de hadas.
No estoy dando ningun consejo Zoldars, estoy baranjando distintas perspectivas juridicas para un problema planteado.
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Lo que me piden son aproximadamente unos 1500 y algo, el doble de lo que me concedieron,y claro me advirtieron que sino pago ahora , tendre k abonar intereses, asi que, que me prepare, porque si me los aplican desde al 2009, y suponianedo que son un 10%...no se..ni me atrevo a calcular por años el coste total que me supondara.... Y respecto de mis motivos personales, pues ni os podeis imaginar,lo que me paso este año, cai en una depresión k no levantaba cabeza, perdida de mi trabajo x mobbing, mi ex ( de 4 años) dejo abarazada a otra, me diagnosticaron un tumor que me iba a dejar infertil ( pero afortunadamente no fue asi)....un culebron que ni yo me lo creo... asi que como para pensar que tenia que devolver la beca. Efectivamente cuando me matricule y pedi la beca , pues con toda la ilusion del mundo para estudiar , las cosas me iban genial y de repente mira..... todo cambio de la noche a la mañana y seguido....
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Gracias a todos, de todas formas, me imprimire todos los consejos que me dais, y a ver si puedo llegar a un acuerdo con el ministerio, porque los de UNED seccaion de becas no han tenido en cuenta mis alegaciones...
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Y tampoco tengo claro si el reintegro es de caducidad o prescripcion y a proposito ;D soy una chica
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Desde luego que me servira de experiencia, y pensarmelo dos veces antes de hacer nada...
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Pues de la lectura de esta sentencia deduzco que la fuerza mayor, si se demuestra, podría ser motivo para ganar un recurso.
http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/35945/sentencia-an-de-27-de-septiembre-de-2010-derecho-a-la-educacion-becas-reintegro
Saludos
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Si se demuestra “un hecho de fuerza mayor con nexo causal con la inasistencia al examen”.
Por otra parte no olvidar las costas propias (abogado, procurador) de difícil recuperación.
Un saludo
Tomás
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pff lo tengo crudo, no puedo pagar costas de abogados, sí se supone k soy pobre y no puedo devolver la beca, ¿voy a pagarle a un abogado?
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Pues de la lectura de esta sentencia deduzco que la fuerza mayor, si se demuestra, podría ser motivo para ganar un recurso.
http://portaljuridico.lexnova.es/jurisprudencia/JURIDICO/35945/sentencia-an-de-27-de-septiembre-de-2010-derecho-a-la-educacion-becas-reintegro
Saludos
Muchas gracias!
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Pero se puede entender una depresión como fuerza mayor??, porque el problema de salud no creo que durara todo el año no?
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Supongo que el MEC te habrá dado plazo para alegaciones. Si alegas y siguen en sus trece de resolver en el mismo sentido, en el de devolver la beca, liquidarán intereses de demora. El plazo de prescrpción son 4 años, con lo que de 2009 el MEC está en plazo.
Te notificarán (si no lo han hecho ya) dandote un plazo de ingreso voluntario y adjuntan una carta de pago modelo 069 con el importe de la beca a devolver en una linea y los intereses en otra.
Si lo recibes del 1 al 15 de cualquier mes tienes plazo hasta el 20 del mes siguiente. Si lo recibes del 16 al final de cualquier mes tienes de plazo a ingresar hasta el 5 del segundo mes posterior.
En estos mismos plazos (lo dirá el acuerdo mismo o bien la carta de pago modelo 069) te indicará que puedes dirigirte a la Delegación de Hacienda correspondiente (no a la agencia tributaria) de tu ciudad a solicitar el aplazamiento o fraccionamiento. Lo uno o lo otro.
Si optas por el fraccionamiento se va a liquidar el 4% de interes anual sobre la suma de beca más intereses del MEC.
Solicitas por ejemplo fraccionamiento, el importe minimo es de 60€ y se te pueden conceder hasta 36 plazos- meses para la devolución. Ahora sí cuanto más plazo el interes del 4% es mayor, recuerda la formula del interes que es anual.
Te mandarán cuantas cartas de pago 069 por cada plazo (duplicadas, una para ti y otra para el banco cuando vayas a ingresarla). Si no ingresas alguna fracción en el plazo que te indican se enviará a la Agencia Tributaria y ahí si que puede empezar la via de apremio. Cada fracción será una deuda distinta.
Cuando te señalen el pago del primer plazo, imaginemos que el primer plazo es para ingresar antes del 5 de agosto, pues el siguiente 5 de septiembre, el siguiente 5 de octubre y todas así igual hasta terminar los plazos.
Habrás de justificar tu situacion economica, por ejemplo con un justificante del paro, aval o garantía no te van a pedir al ser una deuda menor de 18.000 euros.
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Porqué le piden el doble de lo que le ingresaron por la beca??
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Muy mal asunto, pero también eso de ni presentarse (...) llega con ellos a un acuerdo para el pago fraccionado en función de tu situación actual, aporta toda la documentación necesaria e intenta ir de buenas, porque si te haces el loco y no pagas la cosa se pondrá fea y la banca siempre gana
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Porqué le piden el doble de lo que le ingresaron por la beca??
Me imagino, y esto es sólo teoría mía, que por un lado estarán sumando dinero que le dieron para ayuda de libros ,desplazamientos y demás.....el cual le ingresarían en cuenta, y , por otro lado,le habrán sumado los gastos de matricula de la universidad, que con la beca no los habría pagado pero se cuenta como importe recibido.
Como digo pura suposición solo.
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Desgraciadamente esto no es nuevo y ocurre mucho más de lo que nos pensamos.
En época de vacas gordas la administración no perdía el tiempo en revisar las becas y ayudas que habían concedido para ver si se ajustaban a los requisitos de asistencia a los exámenes. Si eras elegible para recibir una beca te la daban sin más y nunca más volvían a mirar nada.
Lo que ocurría es que mucha gente pedía becas en su primer año de carrera, muchas de ellas de +6000€ (de movilidad), no se presentaban ni a los exámenes y luego nadie les reclamaba nada. Mucha gente se matriculaba el primer año sin intención de hacer la carrera, con el único fin de recibir la beca y gastarse la pasta en caprichos.
Ahora estamos en época de vacas gordas y como la administración no puede gastar lo que le viene en gana, se han puesto a revisar expedientes de años anteriores para ver quien ha hecho un uso incorrecto de las becas. De hecho, tengo amigos que hicieron lo que he expuesto ahí arriba (hace 2 años) y también les ha tocado devolver la beca.
Por otro lado también puedo decir que, a nadie que haya perdido el curso por enfermedad o por imposibilidad de presentarse, le haya tocado devolver la beca. Una amiga mía tuvo un accidente de tráfico bastante grave en abril de 2010 y perdió las convocatorias de junio y septiembre (en enero solo se había presentado a 2 asignaturas de 12 que se había matriculado). Obviamente le reclamaron el importe de la beca pero argumentó lo que le había ocurrido y no le volvieron a reclamar nada.
Por lo tanto... permitidme que dude de que al compañero no le hayan aceptado los informes médicos, quizás haya algo más que no nos ha contado.
Y sinceramente... si es cierto lo que ha dicho, espero que pueda demostrarlo y que no le hagan pagar la beca, pero también me gustaría comentar que me toca mucho la moral que haya gente tan sumamente cara dura para pedir una beca y no tener la decencia ni de presentarse a los exámenes (con esto no quiero decir que sea el caso del compañero).
Yo trabajo como una bestia 45 horas a la semana de lunes a sábado para sacar un sueldillo que me permite ir tirando, me cuesta horrores pagar los 700€ de matrícula más otros tantos de libros y material, saco buenas notas y sin embargo no tengo derecho a beca porque sobrepaso el umbral de renta. Qué queréis que os diga... pero aquellos que piden una beca y se la gastan en chorradas para luego no dar un palo al agua en todo el curso, lo mínimo que se merecen es devolver el importe íntegro de la beca.
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Bueno, ahí va otra opinión. Deja que finalice el procedimiento, eso sí, lo que ingreses en cuatro años, que no lo vea hacienda a tu nombre, porque existirá en vigor una vía de apremio que compensarán con lo que pillen, declaración de hacienda, ingreso en tu cuenta, o cosas así.
Una vez finalizado el expediente, tienen 4 años para cobrarte:
Artículo 66 Plazos de prescripción
Prescribirán a los cuatro años los siguientes derechos:
a) El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
b) El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
c) El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
d) El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
Artículo 69 Extensión y efectos de la prescripción
1. La prescripción ganada aprovecha por igual a todos los obligados al pago de la deuda tributaria salvo lo dispuesto en el apartado 7 del artículo anterior.
2. La prescripción se aplicará de oficio, incluso en los casos en que se haya pagado la deuda tributaria, sin necesidad de que la invoque o excepcione el obligado tributario.
3. La prescripción ganada extingue la deuda tributaria.
Terminación del procedimiento de apremio
Artículo 173 Terminación del procedimiento de apremio
1. El procedimiento de apremio termina:
a) Con el pago de la cantidad debida a que se refiere el apartado 1 del artículo 169 de esta ley.
b) Con el acuerdo que declare el crédito total o parcialmente incobrable, una vez declarados fallidos todos los obligados al pago.
c) Con el acuerdo de haber quedado extinguida la deuda por cualquier otra causa.
. En definitiva, si dejas que sigan hasta el final sin echar recursos ni nada, desde que sea firme la Resolución, tendrás 4 años, en los que no deberías tener ingresos pecuniarios como titular, porque si lo detectan te lo trincan. Pero si pasan los 4, luego podrás alegar prescripción y hasta luego Lucas.
Es una opinión a la ligera, sujeta a debate.....
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a la ligera no, existen examenes en febrero , junio y septiembre, hablamos de presentarse a 1/3....las bajas incapacitan para trabajar, sin embargo para estudiar es la leche tieens todo el tiempo del mundo, mas quisiera yo que estar de baja en examenes.....
las baja las concede el médico cuando estas enfermo,te incapacitan para trabajar y para estudiar!
me lo a tomar con tranquilidad lo que has escrito porque a veces hablamos sin ser conscientes del todo de lo que decimos....cuando tenía 22 años nada mas acabar de estudiar empece a trabajar, mis amigos seguian estudiando y en los hospitales estas a turnos,varias veces me hubiera gustado estar de baja....un día me puse mala y el MEDICO me tuvo que dar la baja, hubiera deseado estar trabajando! espero que nunca te de un baja por enfermedad!
un saludo!
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Siempre que no tengas una cuenta con tus padres en el banco y seas titular tú tambien, por ejemplo. Que te la trincan.
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vaya chorrada lo de la prescripcion........
La prescrpcion se interrumpe cada vez que le manden las correspendiente cartas de cobro, y los siguientes requerimientos.......es decir, no se acaba a los 4 años, jodera su vida porque cada vez ubira más y tendrá que pagar eso y más...
Por favor, no deis ideas estupidas....
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No acabo de comprender porque le piden más dinero que la beca efectivamente concedida. ¿Hay obligación de que si no cursas/te presentas a las asignaturas por las que has obtenido la beca tienes que devolverla de motu propio en un plazo?
Quiero decir, hasta donde yo sabía, cuando termina el curso se envía la información al MEC de aquellos que han "aprovechado" la beca (aprobando los mínimos) y a aquellos que no han aprobado se les manda una notificación en el curso siguiente exigiendo la devolución de la misma en un plazo. Cuando no se atiende esa notificación es cuando se generan intereses.
Lo digo porque igual te interesa tirar por ahí no ya para evitar pagar la deuda (que como han dicho por aquí de eso no te libra ni Wert), alegando no haber sido comunicada en tiempo y forma para que pagues menos de lo que te reclamen.
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Yo hace tres años pedí una beca, me concedieron la matricula y 270 € de libros, ese año yo sabía que no podría presentarme a los exámenes así que llamé al Ministerio y devolví el dinero, pero no la matrícula, unicamente los 270€ que me ingresaron en cuenta. Presenté el contrato de trabajo y vieron que tenía que ir a trabajar al extranjero y desde ahí no tenía centro asociado, así que desde ahí nada.
Sin embargo, una amigo pidio la beca en esas mismas fechas, no se presentó, le insistí en devolver ese dinero, pero decía que no pasaba nada, le llegó hace dos años la reclamación de devolución, no tenía para pagar y hoy, dos años despues, la devolución de hacienda se la quitaron (300€) y al encontrar trabajo, del primer mes le embargaron 400€ más, y del mes siguiente será igual hasta que pague la deuda. Le comentaron que podría haber fraccionado la deuda en 80€ mensuales pero ahora que hay embargo es imposible.
Así que te aconsejo que fracciones en pequeñas cuotas. No lo dejes pasar, porque no pasará.