Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Parosa en 04 de Julio de 2013, 02:55:37 am
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Estimados amigos.
Procedo de Uned Psicología, y varios compañeros me han recomendado exponer el caso en este foro.. queria obtener diversas opiniones sobre éste divorcio, el cual para serles sincero es de mi cercanía, por lo que no se si transgrediría las normas de este espacio al exponerlo, vaya por delante mi agradecimiento a los que expongan y aporten una solucion u opinion.
Sentencia de divorcio contencioso en la que hay dos menores, la guarda y custodia asi como la vivienda habitual para la madre con los dos menores, la cual debe hacerse cargo de los gastos de comunidad, y los impuestos municipales al igual que la hipoteca al 50% entre los dos exconyugues, el varon aparte debe aportar 200€ por menor, en total 400€ mas 50% de hipoteca 175€, cumpliendo todos los meses desde el 2008, sentencia firme en 2009, el varon tiene dos vehiculos a su nombre el cual uno lleva la madre de la exconyugue y el otro la exconyugue ( alguna multa le ha llegado a él), éste ultimo vehiculo con prestamo actualmente de 180€ mensuales el cual paga el varon, he de nombrar la dificil localizacion de los menores a la que se ve sometido el varon ya que no cogen el telefono y teme no entuebiar mas la cosa, ya que con la menor mas mayor al llegar la crisis no podia seguir aportandole los caprichos y ha degenerado la relacion con ésta...la exconyugue ha dejado de pagar comunidad de la vivienda y su parte de los impuestos municipales alegando que no tiene dinero, haciendose cargo el exconyugue varon ya que le embargan cada año desde el 2009 la nomina y debe abonarlos como pueda pese a que la exconyugue mujer dispone de nómina y no le embargan, la nomina del varon es de 1.400€ , aparte de ésto queda pendiente un prestamo personal del exconyugue varon de una motocicleta de 150€ mensuales la cual tuvo que vender para hacer frente a otro embargo de la comunidad de propietarios por que la exconyugue mujer no cumplia con los pagos...por otro lado la exconyugue mujer debe de hacer frente a otro prestamo ( no queda claro si fue durante el matrimonio o una vez ya puesta la demanda de medidas provisionales)de un negocio personal que quebró con un importe de otros 850€ mensuales, por lo que decide pagar ese prestamo ya que aun teniendo nomina la mujer embargan al varon, tampoco deja la solucion de vender el piso apesar de que el varon le ha ofrecido pagar el prestamo del vehiculo y de la moto y el resto para ella, despues de exponer esto me gustaria preguntar varias cosas y sobre todo habiendo dos menores de pormedio.
- puede la mujer reclamarle parte de ese prestamo al varon por realizarse durante el matrimonio( es gananciales)?.
-puede el varon reclamar el incumplimiento de sentencia por parte de la mujer en cuanto a comunidad e impuestos municipales?.
-puede el varon acudir tanto a la comunidad de propietarios como a recaudacion municipal con la sentencia donde indica que deben abonarla al 50% y por lo tanto embarguen a los dos en caso de impago?.
-puede el varon hacer algo al respecto sin salir perdiendo ya que no le sobra apenas nada al mes?
-como estaria la balanza en un juicio?.
Bueno, espero haberme expresado claramente aunque lo dudo, parece mas un culebrón pero es la realidad, mas que nada me gustaría obtener diferentes puntos de vista personales tanto de un bando como de otro...queda claro que mi allegado es el varon, no?muchas gracias por su atencion y necesito la cruda realidad o la solucion..
Pablo.
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¿Podrias indicar cual es el importe de la nomina de la mujer?, y por otro lado ¿Cuando se produjo la apertura del negocio durante el matrimonio? ¿en que regimen estan casados?¿gananciales?
Un saludo
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Hola Parosa,
Intentaré desgranar un poco el tema y responderte los temas que me han quedado claros, si luego aun te queda alguna duda no dudes en preguntar haber si entre todos te la resolvemos.
1-Si el préstamo lo subscribió únicamente la mujer y el varón no figura en el préstamo ni como acreedor ni como avalador, la mujer no puede reclamarle parte del prestamo al varón. Si la mujer no paga el préstamo, la entidad la podrá demandar únicamente a ella y una vez en fase de ejecución, si esta no paga voluntariamente, podrá pedir que se embarguen primero los bienes de la mujer y, si estos fueran insuficientes, se podrá dirigir contra los bienes gananciales ( en este caso el piso, pero el salario del marido no, porque no es un bien ganancial). Si se embargaran bienes gananciales en el momento de la disolución de la sociedad de gananciales ( la venta del piso por ejemplo) a la mujer se le descontará de su parte la parte del bien ganancial embargada para satisfacer la deuda.
2-Lo primero que debe hacer el marido es guardar todo recibo que pague para poder justificar que ha pagado, luego tiene varias opciones:
- La primera, que es la más fácil y económica, es, descontar la parte que ha pagado él, de gastos de comunidad, impuestos e hipoteca y demás pagos a que haga referencia la sentencia que iban a medias, de la parte que le ingresa cada mes a la mujer como pensión y esperar a que en todo caso sea ella la que le demande para reclamarle las pensiones. Está opción aunque es la más rápida también es la más arriesgada, pues estamos siempre pendientes de una demanda y por otra parte no hemos de olvidar que estamos perjudicando a los hijos.
-La segunda, es pedir la ejecución de la sentencia de divorcio pidiéndo que condenen a la mujer a pagar todos los gastos impagados, con intereses y costas del procedimiento.
-La tercera, sería que presentara una demanda civil, de juicio ordinario o verbal según la cantidad, relcamándole a la mujer todas las cantidades que le deba desde los prestamos que tenían a medias y cuyos recibos pagó el integramente, pasando por los recibos del prestamo hipotecario, impuestos y demás. No hemos de olvidar que la sentencia de divorcio cuando dice que los gastos de hipoteca impuestos, etc... derivados del juicio no lo hace a modo de condena, pues lo único que hace es confirmar la legislación civil y sus efectos entre los propietarios de bienes indivisos. Por este último motivo yo no veo factible la opción segunda, pues nos podrían inadmitir la demanda.
Para todo esto necesitará un abogado que le asesore, por lo que si está en esta situación y con el salario embargado, o con riesgo de embargo del mismo, lo que debe hacer es acudir deseguida y seguir sus consejos.
3- No no puede acudir, si le están embargando el sueldo por impago de cuotas de comunidad ha habido un procedimiento judicial contra el y su ex, como la deuda es solidaria pueden embargar indiferentemente a uno o a otro y luego entre ellos que salden cuentas. Por lo tanto no le queda otra opción que pagar la deuda y luego reclamarle a su ex la parte que le corresponde.
4- Pues si, puede acudir a un abogado y demandar a su exmujer por todo lo que haiga pagado el y tendría de haber pagado ella.
5- A mi entender si el puede demostrar que ha pagado recibos de hipoteca y demás, una parte de los cuales debería haber pagado su mujer, no debería tener problemas para conseguir una sentencia favorable a que se le abone tal cantidad, ahora bien una cosa es ganar el juicio y otra muy diferente es cobrar, ya que esto último dependerá de la solvencia de su exmujer.
Ten en cuenta que esto es una opinión en función de lo que explicabas, pero, para mayor seguridad y tranquilidad de tu amigo, tiene de acudir a un abogado con toda la documentació, sentencia de divorcio, recibos, hipoteca..... solo así a la vista de toda la documentación se le podrá asesorar correctamente y decirle las opciones legales que tiene.
Un saludo,,
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Hola compañeros...muchas grafias por las respuestas..creo que son gananciales cristina y la nomina entre 1.300 y 1.500€ segun ella no especifica..se me olvido comentar que tambien le toca pagar una actividad para cada menor la cual se hace cargo la madre del varon entre otras cosas.
Frede no sale por ningun lado en ese prestamo ya que ella lo hizo junto con una expareja de su madre..el varon solo avaló en un prestamo con otro banco y esa deuda ya esta saldada durante los primeros años por el, el no quiso participar ya que no estaba deacuerdo con montar ese negocio asi que lo monto ella, mantiene al dia el prestamo de si exnegocio sabiendo que al que acaban embargando es al varon por lo que se ve...muchas gracias por las aclaraciones.. Entonces le recomiendo que busque abogado y solucione con el ya que el pobre anda de casa en casa de algun amigo-a ya que no puede permitirse ni un simple vehiculo ya que no ha intentado nada por sus hijas..gracias por las respuestas, estare pendiente por si alguien aporta algo mas.
Un saludo
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Si es gananciales y el prestamo se firmo estando aun casados, responde tambien el conyuge varon, creo que tu amigo debe solicitar asesoramiento de un abogado y si no puede pagarlo que solicite uno de oficio.
Te preguntaba lo de la nomina de la mujer porque hay un mínimo inembargable.
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Ok hablare mañana el prestamo esta hecho sobre una finca, creo que hipotecado tendria que asesorarae bien, no embargarian primero la finca antes que a ellos?.. O tendrian que seguir pagando, gracias a todos...encima que el no quiso, ella no trabajaba y el se hacia cargo de todo me parece injusto pero es lo que hay...que mire la fecha a ver si fue hecho posterior a la demanda de las medidas provisionales...
Un Saludo.
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Tu amigo debe reclamar la comunidad, impuestos ... que correspondia pagar a ella. Todo lo que haya pagado y fuera al 50% debe solicitar la cuantia que ella debio pagar, y no pago la mujer y mas cuando ella tiene una nomina actualmente. Te pregunte cuanto cobraba porque hay un minimo inembargable, pero no es el caso de ella, porque cobra mas, el minimo es el salario minimo interprofesional, que es 645,30 para este 2013.
Tu amigo debe ir a un abogado y si no puede pagarlo que solicite uno de oficio si justifica que no tiene ingresos superiores con toda la documentacion de los gastos que tiene y los ingresos que tiene. Te recomiendo que leas este enlace y el que esta al final
http://www.abogadoportelefono.es/guia-para-solicitar-justicia-gratuita-y-abogado-de-oficio/
Saludos
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Si es gananciales y el prestamo se firmo estando aun casados, responde tambien el conyuge varon, creo que tu amigo debe solicitar asesoramiento de un abogado y si no puede pagarlo que solicite uno de oficio.
Te preguntaba lo de la nomina de la mujer porque hay un mínimo inembargable.
Hola Cristina,
La deuda es privativa de un cónyuge, por lo tanto responde primero el patrimonio de ese conyuge y en el caso de que este sea insuficiente respondera el patrimonio de la sociedad de gananciales, pero el patrimonio privado del otro conyuge. Así se extrae del Codigo Civil:
Artículo 1373
Cada cónyuge responde con su patrimonio personal de las deudas propias y, si sus bienes privativos no fueran suficientes para hacerlas efectivas, el acreedor podrá pedir el embargo de bienes gananciales, que será inmediatamente notificado al otro cónyuge y éste podrá exigir que en la traba se sustituyan los bienes comunes por la parte que ostenta el cónyuge deudor en la sociedad conyugal, en cuyo caso el embargo llevará consigo la disolución de aquélla.
Si se realizase la ejecución sobre bienes comunes, se reputará que el cónyuge deudor tiene recibido a cuenta de su participación el valor de aquéllos al tiempo en que los abone con otros caudales propios o al tiempo de liquidación de la sociedad conyugal.
Es importante esta precisión: el salario del marido no responde de las deudas de la exmujer y no puede ser embargado por esas deudas, lo que si responde es la sociedad de gananciales que no estubiera disuelta tras el divorcio como serían las propiedad immobiliarias que no se hubieran repartido entre los conyuges.
Saludos,
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Hola compis...bufff veo algo de luz sobre eltema..voy a ver si puedo reunir algo de dinero para que haga una consulta en un bufete de algun abogado y así de todos los detalles y vea mas exhaustivamente...a ver si puede hacer algo como vender el piso y se quede el dinero ella, pero no aceptaba la venta...michas hracias voy a comunicarselo y a ver que sale...gracias frede por este nuevo dato, estais siendo muy amables todos
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http://www.civilisabogados.es/legal/bienes-privativos-gananciales.html
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Hola Cristina,
La deuda es privativa de un cónyuge, por lo tanto responde primero el patrimonio de ese conyuge y en el caso de que este sea insuficiente respondera el patrimonio de la sociedad de gananciales, pero el patrimonio privado del otro conyuge. Así se extrae del Codigo Civil:
Artículo 1373
Cada cónyuge responde con su patrimonio personal de las deudas propias y, si sus bienes privativos no fueran suficientes para hacerlas efectivas, el acreedor podrá pedir el embargo de bienes gananciales, que será inmediatamente notificado al otro cónyuge y éste podrá exigir que en la traba se sustituyan los bienes comunes por la parte que ostenta el cónyuge deudor en la sociedad conyugal, en cuyo caso el embargo llevará consigo la disolución de aquélla.
Si se realizase la ejecución sobre bienes comunes, se reputará que el cónyuge deudor tiene recibido a cuenta de su participación el valor de aquéllos al tiempo en que los abone con otros caudales propios o al tiempo de liquidación de la sociedad conyugal.
Es importante esta precisión: el salario del marido no responde de las deudas de la exmujer y no puede ser embargado por esas deudas, lo que si responde es la sociedad de gananciales que no estubiera disuelta tras el divorcio como serían las propiedad immobiliarias que no se hubieran repartido entre los conyuges.
Saludos,
Lo que hay que tener en cuenta es si esta empresa se considera privativa o ganancial, no tenemos datos suficientes pero hay que ver como se ha constituido y cuando para garantizar eso
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Cristina yo creo que lo que están diciendo es que una vez que está la sentencia de divorcio, las deudas que cualquiera de las partes causen son privativas, no pueden ir a la sociedad de gananciales que es anterior al divorcio.
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Cristina yo creo que lo que están diciendo es que una vez que está la sentencia de divorcio, las deudas que cualquiera de las partes causen son privativas, no pueden ir a la sociedad de gananciales que es anterior al divorcio.
Claro pero hay que tener en cuenta si esa deuda es posterior o no, y que es lo que dice acerca de ella, la sentencia de divorcio. Hay que considerar si ese credito es de ambos conyuges, o de uno solo de ellos, y si esta como aval probablemente responderia en caso de que la mujer no lo hiciera
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Ah Cristina es que no te había entendido bien ;)
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Hola, en la sentencia de divorcio no especifica nada sobre esa deuda ya que ella no la hizo constar, la empresa la montó ella a su nombre con los prestamos a su nombre (avalada por la ex-pareja de su madre con su finca), y autonoma a su nombre...el no aparece de aval de nada ya que no tenia nada que ver con su empresa...la sentencia solo aporta la manutencion a pagar, el uso de la vivienda y los gastos de comunidad y mitad de contribucion a pagar por ella, y la otra mitad mas mitad hipoteca por el...
Un saludo y gracias por la ayuda.
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Perdon la demanda la puso el, la empresa la montó ella alrededor de 7-8 meses antes de la ruptura,como ella rehizo el prestamo no sabe si ya estaba interpuesta la demanda al hacer de nuevo el prestamo..pero la empresa y prestamos fue fundada con su nombre y mi amigo nunca ha salido en esos prestamos ni en la empresa, el tenia su trabajo.
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Artículos 6 y 7 del Código de Comercio, Real Decreto de 22 de agosto de 1885.
Artículo 6
En caso de ejercicio del comercio por persona casada, quedarán obligados a las resultas del mismo los bienes propios del cónyuge que lo ejerza y los adquiridos con esas resultas, pudiendo enajenar e hipotecar los unos y los otros. Para que los demás bienes comunes queden obligados, será necesario el consentimiento de ambos cónyuges.
Artículo 7
Se presumirá otorgado el consentimiento a que se refiere el artículo anterior cuando se ejerza el comercio con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge que deba prestarlo.
Saludos
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Hola no entiendo muy bien esto ultimo, solo se que ella queria hipotecar el piso para montar el negocio y el se negó por lo que ella tuvo que hacer un prestamo personal...
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Hola no entiendo muy bien esto ultimo, solo se que ella queria hipotecar el piso para montar el negocio y el se negó por lo que ella tuvo que hacer un prestamo personal...
Simplemente, que si el matrimonio era en gananciales y no hubo oposición expresa para el negocio y el crédito, está obligado con las deudas. Lo siento pero el elemento que distorsiona el asunto es el ejercicio durante la vigencia del matrimonio de la actividad comercial sin oposición.
Saludos
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Ok ahora lo entiendo...no no se opuso entiendo que da igual lo que hiciese le hubieran "pillado"igualmente...no es el conyugue libre para decidir sus actos?,es decir si uno de los dos asesina a alguien, la condena entiendo que es para el autor, no?.. pregunta extrema...bueno la semana que viene tiene cita con un abogado, veremos dentro de lo malo lo peor a elegir...
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Gracias a todos por las respuestas y puntos de vista.
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En España, tenemos la desgraciada costumbre de pensar que la consulta con un Abogado es tirar el dinero y el efecto es que cuanto más tarde se acude, más difícil resolver el asunto. Más caro. En el caso presente, si tu amigo se hubiera gastado 100€ en su momento no le habría pasado el tema del crédito. No digo nada sobre el fondo del resto del divorcio porque no lo he leído con atención pero mucho me temo que ha sido un "pardillo".
Saludos
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Pues si, siempre por sus hijas por sus hijas y al final mira...le han estan dando bien...
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Vuelvo a insistir otra vez en el tema, lo que responde de las deudas son los bienes comunes del matrimonio al no haberse disuelto la sociedad de gananciales ( es decir el piso que tenian en comun), no el marido, por lo tanto el sueldo del marido no lo pueden embargar por esa deuda.
Por decirlo de otra manera, si te casas con un empresario y te divorcias, no respondes toda la vida por las deudas que el empresario contrajo cuando estabais casados con tus bienes privativos. ( a no ser que el divorcio se produciera con la intención de alzar los bienes, que creo que no es el caso, pues hasta la fecha por lo que he entendido el prestamo se ha ido pagando).
De todas maneras has hecho lo correcto, ves a ver al abogado con toda la documentación y que estudie el caso a la vista de esta.
Saludos,
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Segun me dice ella se niega a darle dato alguno a el sobre la empresa o prestamos y el banco tampoco al no aparecer por papel alguno del prestamo le da informacion...asi que no sabe nada de nada, ni importes, ni fechas ni nada...solo las amenazas por lo que ha decidido tomar cartas, he aqui la consulta, me dice que Martes tiene cita con el abogado y me contará, así tambien se va con algo de informacion clara, es bueno saber las opiniones y datos concretos...quien da mas?..hasta yo me estoy poniendo al dia que viendo esto es importante saberlo...
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Vuelvo a insistir otra vez en el tema, lo que responde de las deudas son los bienes comunes del matrimonio al no haberse disuelto la sociedad de gananciales ( es decir el piso que tenian en comun), no el marido, por lo tanto el sueldo del marido no lo pueden embargar por esa deuda.
Por decirlo de otra manera, si te casas con un empresario y te divorcias, no respondes toda la vida por las deudas que el empresario contrajo cuando estabais casados con tus bienes privativos. ( a no ser que el divorcio se produciera con la intención de alzar los bienes, que creo que no es el caso, pues hasta la fecha por lo que he entendido el prestamo se ha ido pagando).
De todas maneras has hecho lo correcto, ves a ver al abogado con toda la documentación y que estudie el caso a la vista de esta.
Saludos,
Frede en este supuesto esta claro que ella no era empresaria antes de contraer matrimonio, la empresa se constituyo estando aun casados, tiene razon alfmonti.
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