Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Cholo_1987 en 25 de Julio de 2013, 16:55:37 pm

Título: Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Cholo_1987 en 25 de Julio de 2013, 16:55:37 pm
Seguro que habrá algún hilo abierto solicitando las soluciones, pero si por favor alguien podría decirme donde puedo encontrar soluciones a los examenes de la 1ª PP de Tributario II, estaría muy agradecido.

Un saludo
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Pravias en 25 de Julio de 2013, 17:15:23 pm
F13 DFT II, 1.ª pp - SOLUCIONES
Primera.- Indique la trascendencia en el IRPF de los siguientes actos, hechos o negocios jurídicos:
1) El directivo de una Sociedad Anónima ha sido despedido con una indemnización de 90.000 €.
2) Una persona física ha vendido en bolsa unas acciones de una Sociedad Anónima con una pérdida de 50.000 €. A los tres días ha vuelto a adquirir acciones de la misma Sociedad Anónima por importe de 100.000 €.
¿Qué trascendencia tienen estos datos en el IRPF?
1) De acuerdo con el primer párrafo de la letra e) del artículo 7 LIRPF, están exentas en el IRPF «Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, en su normativa de desarrollo o, en su caso, en la normativa reguladora de la ejecución de sentencias, sin que pueda considerarse como tal la establecida en virtud de convenio, pacto o contrato».
De acuerdo con ese precepto, si el empleado de la Sociedad Anónima tuviera derecho a una indemnización por despido de acuerdo con la normativa laboral, la cantidad percibida estaría exenta hasta el importe establecido con carácter obligatorio en esta normativa. Si los 90.000 € percibidos superan este importe, el exceso será gravado como rendimiento del trabajo (art. 17 LIRPF). Si la relación laboral se ha extendido durante un período superior a dos años, podría resultar aplicable sobre el rendimiento íntegro no exento una reducción del 40 por 100 por razón del período de generación en los términos previstos en los artículos 18.2 LIRPF y 11.2 RIRPF .
Si, como parece deducirse del enunciado, la relación laboral era especial de alta dirección, se entiende por lo general que la cantidad percibida está sujeta al IRPF sin exención, toda vez que la normativa laboral aplicable (Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección) no establece una indemnización máxima ni mínima para el supuesto de cese en la relación, esto es, no establece una cuantía de indemnización «con carácter obligatorio» . Ahora bien, no faltan opiniones en contra. Así, el Profesor MARTÍN QUERALT, autor del capítulo del manual recomendado relativo al IRPF, señala que «hay supuestos en los que la cantidad abonada está prevista en un contrato y, pese a ello, cabe entender que debe considerarse exenta porque la cantidad convenida pasa a integrarse en el propio ordenamiento jurídico, al existir en el mismo una remisión expresa a la cantidad pactada para el caso de rescisión contractual» y cita como uno de estos supuestos el de la relación laboral de alta dirección (Manual de Derecho Tributario. Parte especial, 9.ª edición, Aranzadi, 2012, pág.71).
2) De acuerdo con el artículo 33.5.f) LIRPF, no se computarán como pérdidas patrimoniales las «derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones». Como en nuestro caso, el contribuyente ha adquirido valores homogéneos (acciones de la misma Sociedad Anónima) dentro del plazo de los dos meses (a los tres días, en concreto), no podrá computar la pérdida de valor que se ha puesto de manifiesto con la venta.
El último párrafo del artículo 33.5 LIRPF añade que «En los casos previstos en los párrafos f) y g) anteriores, las pérdidas patrimoniales se integrarán a medida que se transmitan los valores o participaciones que permanezcan en el patrimonio del contribuyente».
Segunda.- Precise el régimen tributario en el IRPF de los siguientes hechos, actos o negocios jurídicos:
1) A y B, pareja de hecho, conviven con un hijo de A y un hijo de B. Ambos hijos son menores de edad.
2) Un grupo musical ha sido contratado para dar un concierto en un festival celebrado en Madrid. Cada uno de los miembros del grupo ha percibido 100.000 € por la actuación.
1) De acuerdo con el artículo 82.1 LIRPF, en los casos en que no existe un vínculo matrimonial, pueden tributar conjuntamente las personas que formen parte de la unidad familiar integrada por el padre o la madre y todos los hijos menores de edad que convivan con uno u otro. Las parejas de hecho, pero sin vínculo matrimonial, no configuran unidad familiar a los efectos de la tributación conjunta en el IRPF. A esos efectos sólo un miembro de la pareja podrá formar unidad familiar con sus hijos. En el caso planteado, por lo tanto, podrán tributar conjuntamente A y su hijo, por un lado, y B y su hijo, por otro.
En lo que se refiere al mínimo por descendientes, su aplicación procede por los descendientes que convivan con el contribuyente y que reúnan las demás condiciones previstas en el artículo 58 y en la norma 2.ª del artículo 61 LIRPF. En nuestro caso, si se dan estas condiciones, A y B aplicarán íntegramente el mínimo por descendientes correspondiente a sus hijos respectivos. Esto es, A aplicará el mínimo por descendientes por su hijo, y B aplicará el mínimo por descendientes por el suyo .

2) La relación establecida entre el organizador del festival y el grupo musical será calificable a buen seguro como una relación laboral especial de artistas en espectáculos públicos . De acuerdo con el artículo 17.2.j) LIRPF tienen la consideración de rendimientos del trabajo «Las retribuciones derivadas de relaciones laborales de carácter especial». Ahora bien, el artículo 17.3 LIRPF añade que cuando los rendimientos derivados de la relación laboral de los artistas en espectáculos públicos, entre otros, «supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios» se calificarán como rendimientos de actividades económicas.
En el caso planteado debería analizarse, por lo tanto, si se ha procedido por el grupo a la «ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios», en particular, con la finalidad de actuar en el festival. Si se entiende que ha sido así, el rendimiento percibido será calificable como rendimiento de actividades económicas. En caso contrario, será calificable como rendimiento del trabajo.
Tercera.- Una Sociedad Anónima presenta en 2012, entre otros, los siguientes datos:
1) Ha incluido en su resultado contable el importe total de unas ventas que, sin embargo, cobrará en cinco plazos anuales.
2) Ha obtenido una plusvalía por la venta de unas participaciones en el capital de una sociedad belga.
¿Qué trascendencia tienen estos datos en el Impuesto sobre sociedades?
1) Los dos primeros párrafos del artículo 19.4 TRLIS señalan en relación con la imputación temporal de operaciones a plazos lo siguiente:
«En el caso de operaciones a plazos o con precio aplazado, las rentas se entenderán obtenidas proporcionalmente a medida que se efectúen los correspondientes cobros, excepto que la entidad decida aplicar el criterio del devengo.
Se considerarán operaciones a plazos o con precio aplazado, las ventas y ejecuciones de obra cuyo precio se perciba, total o parcialmente, mediante pagos sucesivos o mediante un solo pago, siempre que el período transcurrido entre la entrega y el vencimiento del último o único plazo sea superior al año».
Como en el caso planteado el precio de las ventas se cobrará en cinco años resulta aplicable este artículo 19.4 TRLIS. De acuerdo con lo en él dispuesto, la renta se imputará durante esos cinco años en proporción al importe de los cobros. Sólo resultaría aplicable el criterio del devengo (que provocaría la imputación total de la renta en el ejercicio en que tiene lugar la venta) si la sociedad opta expresamente por él.
2) La renta percibida por la transmisión de las participaciones en el capital de la sociedad belga estará exenta de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 21 TRLIS si se cumplen los requisitos establecidos en este artículo. Entre estos requisitos cabe destacar los siguientes:
−   Que el porcentaje de participación haya sido, al menos, del 5%, y que la participación correspondiente se haya poseído durante el año anterior a la transmisión [apartado 2 y letra a) del apartado 1].
−   Que la entidad participada haya estado gravada por un impuesto extranjero de naturaleza idéntica o análoga al Impuesto sobre Sociedades. Se considerará cumplido este requisito, cuando la entidad participada sea residente en un país con el que España tenga suscrito un convenio para evitar la doble imposición internacional, que le sea de aplicación y que contenga cláusula de intercambio de información, circunstancia que concurre en el caso de Bélgica [apartado 2 y letra b) del apartado 1].
−   Que la sociedad belga haya realizado actividades empresariales en el extranjero [apartado 2 y letra c) del apartado 1].
Si no se cumpliera el primer requisito mencionado o en la medida en que no se cumpliera el tercer requisito, la plusvalía estaría sujeta al Impuesto sobre sociedades, pero la Sociedad Anónima podría deducir en cuota el impuesto (retención) que haya podido satisfacer en Bélgica. Esta deducción tendrá como límite el importe de la cuota que correspondería pagar por la renta de haberse obtenido en España (art. 31 TRLIS).
La aplicación de la exención es incompatible con la aplicación de la deducción en cuota prevista en el artículo 31 TRLIS [art. 21.3.c) TRLIS].
No procede en ningún caso la aplicación de la deducción en cuota prevista por el artículo 32 TRLIS, pues éste se refiere exclusivamente a los dividendos o participaciones en beneficios satisfechos por la sociedad filial, y no a las plusvalías que se pueden poner de manifiesto con ocasión de la transmisión de las participaciones.
Cuarta.- Indique el tratamiento tributario en la imposición directa de los siguientes hechos, actos o negocios jurídicos:
1) Una persona física tiene unas cuentas bancarias y una cartera de valores en un banco residente en Suiza. Los intereses que ha percibido de las cuentas bancarias han soportado una retención del 35% en Suiza.
2) Una persona ha fallecido, dejando en su testamento una cantidad de dinero a un Ayuntamiento.
1) Supondremos que la persona física es residente en territorio español porque, de no ser así, la posesión de cuentas y valores en un banco suizo y la obtención de intereses por esas cuentas carecerían de relevancia a efectos fiscales en España.
Siendo la persona física residente en España, estará obligada a tributar por la totalidad de su patrimonio neto «con independencia del lugar donde se encuentren situados los bienes o puedan ejercitarse los derechos» en el Impuesto sobre el Patrimonio [art. 5.1.a) LIP], y por su renta “mundial” en el IRPF (art. 2 LIRPF).
Para evitar la doble imposición, tanto en lo que refiere al Impuesto sobre el Patrimonio como en lo que se refiere al IRPF, debería tenerse en cuenta el Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio entre el Estado Español y la Confederación Suiza . En las líneas que siguen prescindiremos del contenido de este Convenio y nos limitaremos a aplicar la normativa doméstica.
En lo que se refiere al Impuesto sobre el Patrimonio, podrá practicar, por razón de los bienes que radiquen y derechos que pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse fuera de España, la deducción en cuota a que se refiere el artículo 32 LIP. De acuerdo con este precepto podrá deducir la menor de las dos cantidades siguientes
−   El importe efectivo de lo satisfecho en el extranjero, por razón de gravamen de carácter personal que afecte a los elementos patrimoniales computados en el Impuesto.
−   El resultado de aplicar el tipo medio efectivo del Impuesto a la parte de base liquidable gravada en el extranjero.
En lo que se refiere al IRPF, los intereses percibidos serán calificables como rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios (art. 25.2 LIRPF) que se integrarán en la renta del ahorro [art. 46.a) LIRPF]. Por otro lado, resultará aplicable la deducción por doble imposición internacional prevista en el artículo 80 LIRPF. De acuerdo con este precepto, el contribuyente podrá deducir en cuota el impuesto efectivo de lo satisfecho en el extranjero, con el límite del resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de base liquidable gravada en el extranjero.
2) La percepción de un legado por el Ayuntamiento no está sometida al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pues este impuesto sólo grava a los adquirentes que sean personas físicas (art. 5 LISD). Como señala artículo 3.2 LISD, «Los incrementos de patrimonio a que se refiere el número anterior, obtenidos por personas jurídicas, no están sujetos a este impuesto y se someterán al Impuesto sobre Sociedades».
Siendo el Ayuntamiento una persona jurídica y, por lo tanto, sujeto pasivo del Impuesto sobre sociedades [art. 7.1.a) TRLIS], la percepción de la cantidad a la que se refiere el caso estará en efecto sujeta a este impuesto. Ahora bien, debe tenerse en cuenta que, según el artículo 9.1.a) TRLIS, las entidades locales están totalmente exentas del Impuesto sobre Sociedades.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Cholo_1987 en 25 de Julio de 2013, 18:37:46 pm
Muchas gracias Pravias, pero no se si hay disponibles soluciones de examenes de años anteriores (de los examenes colgados en el depósito de Calatayud).

Un saludo
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Pravias en 25 de Julio de 2013, 18:40:42 pm
Cholo yo he ido recopilando información de Financiero II para el próximo año y si hay soluciones, si dejas tu correo te envio lo que tengo
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Cholo_1987 en 25 de Julio de 2013, 19:34:49 pm
Muchisimas gracias Pravias de nuevo, aquí te lo dejo: jorge_sancho@hotmail.es


Un saludo
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: paz664 en 25 de Julio de 2013, 20:04:57 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Cholo yo he ido recopilando información de Financiero II para el próximo año y si hay soluciones, si dejas tu correo te envio lo que tengo

¿Me lo puedes enviar a mí también? Muchas gracias

mgil664@alumno.uned.es
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: espe_2021 en 26 de Julio de 2013, 09:56:18 am
Buenos días, me uno a la petición de resolución de exámenes de la 1ªpp de Financiero y Tributario, gracias anticipadas!
Ánimo y mucha suerte!
p.gmateo@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: maricarmen25 en 26 de Julio de 2013, 10:28:53 am
Me uno a la petición, si puede ser Financiero II entero y Financiero I el 1º parcial.
Es que es para morirse menudo verano.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: paz664 en 26 de Julio de 2013, 13:58:03 pm
Muchas gracias.

Esta tarde, desde casa, lo descargaré.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Cholo_1987 en 26 de Julio de 2013, 14:41:38 pm
Muchisimas gracias pravias, seguro que me son de grandisima utilidad.

Un saludo
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: sluna9 en 26 de Julio de 2013, 19:42:18 pm
Hola me lo podeis mandar a mi también, muchas gracias de antemano sluna999@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: jesy35 en 29 de Julio de 2013, 11:17:35 am
me lo puedes enviar a mi tambien??
jesy_j35@hotmail.com
gracias de antemano
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: silvestre en 29 de Julio de 2013, 15:36:46 pm
pravias, me los puedes mandar también a mí??
adgatri@gmail.com
Gracias de antemano
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: marijogi en 29 de Julio de 2013, 15:54:07 pm
Si me lo pudieras enviar a mi??
marijogi@hotmail.com
Muchas gracias.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: lidia15378 en 29 de Julio de 2013, 23:04:21 pm
Y a mí porfi! lidia15378@yahoo.es
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: anarosa en 01 de Agosto de 2013, 12:55:34 pm
si alguien puede enviarmelos ;)

Mil gracias

Mi correo es anarosa_piti@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Rocio89 en 01 de Agosto de 2013, 19:53:01 pm
Me lo puedes enviar a mi también?Muchas gracias de antemano!Mi correo es:

dew_383@hotmail.com

Gracias! :)
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Camba en 01 de Agosto de 2013, 20:19:26 pm
Hola

Yo la tendré para el año. Si puedes enviarme esos exámenes con las soluciones me serán de ayuda
Mi correo es isabeldieguez@ono.com
 Un saludo
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Kune en 01 de Agosto de 2013, 20:20:35 pm
Alguien me los podria enviar a mi tambien?
Mil gracias
felixkune@gmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: bordinas en 01 de Agosto de 2013, 20:49:54 pm
Hola,

Me lo puedes enviar a mi también?

Muchas gracias

Mi correo es: bordinas@yahoo.es
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: calema en 02 de Agosto de 2013, 11:29:56 am
Por favor me los puedes enviar a:  calema1812@gmail.com

Muchas gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Pravias en 02 de Agosto de 2013, 11:33:43 am
** Enviados
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: bordinas en 03 de Agosto de 2013, 12:27:40 pm
Hola,

Me lospuedes enviar a mí también por favor
Mi e-mail es:  bordinas@yahoo.es

Gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: joserrvmon en 10 de Agosto de 2013, 15:58:45 pm
Hola, alguien me podría enviar las soluciones de derecho financiero y tributario II a las que  hacen referencia aquí?
Gracias y suerte a todos
 ;)

joserrvmon@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: jjcigc en 11 de Agosto de 2013, 16:41:33 pm
Vaya, viendo como se las gasta este departamento y lo que he tenido que preparar financiero-trib I estaría interesado en las soluciones a los casos de financiero II, si alguien me lo pudiera mandar le estaré agradecido, mi correo es: jjcigc@yahoo.es
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: galop en 12 de Agosto de 2013, 20:37:24 pm
Hola, me podéis mandar las respuestas. Mi correo es  galo71@mixmail.com
Muchas gracias y un saludo.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: jjcigc en 13 de Agosto de 2013, 11:09:20 am
Galop, a mi todavía nadie me ha contestado, si recibes alguna respuesta dímelo y yo lo mismo, si recibo algo te aviso.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Pravias en 13 de Agosto de 2013, 11:22:23 am
lo he enviado.., JJcigc te lo vuelvo a enviar
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: mariasaez en 13 de Agosto de 2013, 11:24:32 am
Yo tambien me uno, si no es mucha molestia. Mi correo es: maria__saez@hotmail.es Muchas gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: jjcigc en 13 de Agosto de 2013, 20:31:05 pm
Galop, una compañera nuestra me ha enviado los apuntes, si no los tienes todavía te los envío.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: jmontoro27 en 13 de Agosto de 2013, 21:24:18 pm
Me podrías enviar a mi por favor!!
Te estaría muy agradecido!
Muchísimas gracias de antemano.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: jmontoro27 en 13 de Agosto de 2013, 21:30:37 pm
Ahhh Perdón!! jmontoro27@gmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: galop en 13 de Agosto de 2013, 21:52:03 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Galop, una compañera nuestra me ha enviado los apuntes, si no los tienes todavía te los envío.
Envíamelos por favor, aun no los tengo.
Un saludo.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Ppito en 14 de Agosto de 2013, 11:56:08 am
Hola a todos

Pravias, me lo puedes enviar a mi tambien? La verdad es que no me vendrian nada mal.

Gracias!

artetengo@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: juanffg en 14 de Agosto de 2013, 12:29:31 pm
Si me los pudierais enviar a mi tambien, os lo agradecería eternamente. Gracias y saludos
kiko_fer_gon@yahoo.es
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: terreta en 15 de Agosto de 2013, 13:48:29 pm
Hola compis!! me uno a la petición!!! algún alma caritativa que me lo pueda mandar? plis?
chemalacant@hotmail.com
graciaaaas!!!
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: kryx59 en 19 de Agosto de 2013, 00:14:46 am
Por favor si fuera posible mandarmelos a mi también...dependo de este examen para licenciarme...os podeis imaginar, aunque supongo que como mucho de vosotros.
Ánimo compañeros!!!! ya queda menos
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: kryx59 en 19 de Agosto de 2013, 00:16:22 am
upss mi email: kryx_59@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: quelrra en 19 de Agosto de 2013, 06:40:00 am


hola, !! me uno a la petición.

rakelalonso@gmail.com

Muchas gracias!
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: canoceja en 19 de Agosto de 2013, 11:19:11 am
Yo me uno igualmente a esa petición. Todo es poco para poder optar a aprobar en esta asignatura.

canoceja@hotmail.com


Gracias.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: galop en 19 de Agosto de 2013, 12:29:44 pm

Hola, me podéis mandar las respuestas. Mi correo es  galo71@mixmail.com. Me los intentado enviar algún compañero pero no puedo descargarlos, si alguien los tiene me los puede enviar directamente en PDF o en otra clase de documento.
Muchas gracias y un saludo.




Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: gabitomas en 19 de Agosto de 2013, 17:24:05 pm
Hola compis, espero que hayais pasado un buen verano! si alguien me puede enviar estas respuestas me haria un gran favor. gabitomas@hotmail.com. un abrazo y ánimo!
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: betibu en 22 de Agosto de 2013, 11:39:22 am
Pravias ¿me las puedes enviar a mi también?
toda ayuda es poca con esta asignatura  :'(
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: betibu en 22 de Agosto de 2013, 11:45:36 am
Perdon, que me dejo el mail! bsolagu@hotmail.com

gracias!
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: IMARTIN en 22 de Agosto de 2013, 12:39:23 pm
Me uno a la petición. Alguien me los puede enviar? GRACIAS!
inma.martinescudero@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: gsousa3 en 22 de Agosto de 2013, 14:24:39 pm
Hola. Yo también me uno a la petición de esta gran asignatura.
guillermo.sousa@seap.minhap.es
Gracias de antemano
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: marijogi en 01 de Octubre de 2013, 21:28:35 pm
me uno a la petición. Pavías por fa mira si me lo puedes enviar que este año me matriculé de esta asignatura.
mi correo marijogi@hotmail.com
muchas gracias.
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Interlaken en 02 de Octubre de 2013, 08:52:51 am
Hola Pravias, yo también te agradecería muchísimo que me enviaras esos exámenes. Me parece fundamental para preparar la asignatura. fueronfelicescomieronperdices@gmail.com

Lo dicho, muchas gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: aihlena07 en 02 de Octubre de 2013, 10:05:03 am
Hola Pravias, te agradeceria mucho me enviaras las respuestas que tienes de esta asignatura, la voy a cursar este año y me serían de gran ayuda.
aihlena2012@gmail.com

Muchas gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: abogaaadooo en 02 de Octubre de 2013, 11:02:40 am
Si alguien me los envía, se lo agradezco enormemente...

pelliquero@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: coledac en 02 de Octubre de 2013, 11:28:35 am
Si alguien que los haya recibido me los envia me hará un gran favor. mi email: coledac@hotmail.com

mil gracias,
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: pacog en 04 de Octubre de 2013, 14:00:59 pm
Me gustaría tener las soluciones a los exámenes de otros años de F y T. II ¿alguien me las puede remitir?. email :  franciscogamuci@yahoo.es Muchas Gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: pastor77 en 04 de Octubre de 2013, 14:16:30 pm
si alguien me los puede remitir a mi tambien se lo agradecería : ruizpastor@hotmail.com

muchas gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: dianamcor en 10 de Octubre de 2013, 21:01:25 pm
Por favor, si algún compi pudiera enviarme las soluciones de los exámenes de Financiero II le estaría muy agradecida.

Mi correo es : dianamcor@gmail.com

Un saludo a tod@s. ;)
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: Winnie en 11 de Octubre de 2013, 11:32:31 am

si pravias o alguien que los haya recibido me los puede enviar a mí también lexfutura@gmail.com
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Cholo yo he ido recopilando información de Financiero II para el próximo año y si hay soluciones, si dejas tu correo te envio lo que tengo
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: emigradapresencial en 11 de Octubre de 2013, 15:59:03 pm
Hola !! estoy muy muy asustada con esta asignatura !! he ido a meterme en la base de examenes de calatayud y sólo hay 6 examenes con soluciones de todos estos años atrás  :-\

Por favor, sabeis si alguien tiene las soluciones de esos años que ellos no tienen ?? si algún alma caritativa me puede ayudar, le dejo mi email para que me las pueda mandar, muchas gracias  ;)

alejandrina90_ofu@hotmail.com
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: bordinas en 11 de Octubre de 2013, 16:59:46 pm
Hola,

Me gustaría que también me los enviárais a bordinas@yahoo.es

Gracias
Título: Re:Soluciones Examenes Tributario II
Publicado por: emigradapresencial en 04 de Febrero de 2014, 15:09:53 pm
después de meses, nadie me ha enviado nada :( :( :(

por favor que alguien me mande esas soluciones alejandrina90_ofu@hotmail.com