Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: ochentero en 19 de Agosto de 2013, 16:55:20 pm
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Hola necesito que alguien me explique el razonamiento de estas preguntas para llegar a su solución:
¿a qué pena principal sele podría condenar a Juan Manuel como inductor de un delito de asesinato en grado de tentativa del art. 139 CP, castigado con una pena de 15 a 20 años de prisión si concurriese en su persona 3 circunstancias agravantes?
a) 8 años
b) 20 años
c) 25 años
d) ninguna de las anteriores es correcta
Por más cálculos que hago no me sale como correcta la "a"
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Otra.
¿ A qué penas principales se le podría condenar a Alicia como cooperadora necesaria de un delito consumado de apropiación indebida delart. 252 CP castigado con una pena de prisión de 1 a 6 años y multa de 6 a 12 meses, si concurriese en su persona una circunstancia agravante?
a) 5 años y multa de 10 meses a razón de una cuota diaria establecida en función de la capacidad económica de Alicia
b) 10 meses de prisión y multa de 5 meses.......
c) 4 años de priosión y multa de 8 meses.....
d) 7 años de prisión y multa de 13 meses..........
Da como correcta la "a" pero no se el razonamiento,
Como es cooperadora necesaria de un delito consumado no se rebaja nada la pena y al tener una circunstancia agravante calculo la pena en su mitad superior así obtengo: 3 años 6 meses y 1 día a 6 años
por lo tanto podría ser la a o la c , pero..... ¿como se calcula o que criterio se sigue para determinar la pena de multa?
NO LO ENTIENDO Y POR MAS QUE MIRO Y MIRO NO LO CONSIGO SACAR CON EL LIBRO.
¿alguien puede ayudarme?
Hábía mirado ya todo el libro de penal que lo tengo para sept. pero ahora no me acuerdo de nada y me temo que me volverá a quedar >:(
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La primera:
Inductor como autor
Tentativa: Rebaja de un grado obligatorio, dos potestativo.
Sólo agravantes y más de dos: Superior en grado en su mitad inferior.
Si sólo le rebajan un grado al volvérselo a subir se quedaría igual y en su mitad inferior: No vale ninguna respuesta.
Pero puede reducirlo potestativamente en dos, el primero quedaría de 7,5 a 15 años, el segundo no lo hago porque se lo tengo que subir por las agravantes o sea 7,5 a 15 en su mitad inferior. 8 años es posible.
El segundo con la multa tienes que hacer como con la prisión. Serían de 9 meses a 12 de multa, con lo cual la C tampoco es.
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ya se contesto mira este post
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=83653.655;wap2
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ya se contesto mira este post
http://www.uned-derecho.com/index.php?topic=83653.655;wap2
Muchas gracias Pravias, ya lo entiendo, totalmente aclarado.
Estoy tan harto de esta asignatura que cuanto más la miro menos se, a ver si en septi estoy mas inspirado.
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La primera:
Inductor como autor
Tentativa: Rebaja de un grado obligatorio, dos potestativo.
Sólo agravantes y más de dos: Superior en grado en su mitad inferior.
Si sólo le rebajan un grado al volvérselo a subir se quedaría igual y en su mitad inferior: No vale ninguna respuesta.
Pero puede reducirlo potestativamente en dos, el primero quedaría de 7,5 a 15 años, el segundo no lo hago porque se lo tengo que subir por las agravantes o sea 7,5 a 15 en su mitad inferior. 8 años es posible.
El segundo con la multa tienes que hacer como con la prisión. Serían de 9 meses a 12 de multa, con lo cual la C tampoco es.
Javiherr muchas gracias por contestarme, por fin veo la luz porque el segundo no sabía que la multa se calculaba como la prisión y me estaba volviendo loco mirando en el libro. Ya entiendo los dos , gracias a vosotros compañeros!!
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;) Ochentero es que hay muchas preguntas trampas, hay que andar con cuidado
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Javiherr muchas gracias por contestarme, por fin veo la luz porque el segundo no sabía que la multa se calculaba como la prisión y me estaba volviendo loco mirando en el libro. Ya entiendo los dos , gracias a vosotros compañeros!!
Creo que en ningún sitio pone que en la pena multa se actúe como en la de prisión, lo que pasa que en las reglas generales para la aplicación de las penas, tampoco pone que se refiera a las penas de prisión y el CP habla de penas. Sin especificar.
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Javiherr muchas gracias por contestarme, por fin veo la luz porque el segundo no sabía que la multa se calculaba como la prisión y me estaba volviendo loco mirando en el libro. Ya entiendo los dos , gracias a vosotros compañeros!!
;D, supongo que te estaba pasando como a mi, ¡pero yo me equivoqué al hacer las cuentas, no en cómo hallar la pena! :D
En septiembre voy a ir con mucho cuidadín, estoy siguiendo el consejo del compañero ¡me sé todas las preguntas! aunque ya la iba ca... eso, en una pregunta un poco tergiversada sobre la legítima defensa y el estado de necesidad, en fin, que me está haciendo dudar eso de que me sé todas las preguntas, :-\
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Yo la verdad que esta asignatura por más que la estudio no termino de tenerlas todas conmigo...intentare sacarla en Septiembre como sea,pero como sigan en el plan que hasta ahora con las preguntas de los test,apaga y vamonos...al final la veo sacada por compensación porque es infumable,me levanta hasta dolor de cabeza ya...nunca me habia pasado con ninguna salvo con esta,y es que no puedo más...Suerte para todos!
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Hola buenos días
:D¿el éxamen es el 3 a las 18:30h? no lo veo claro en las hojas de éxamen
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Efectivamente, día 3, 1ª parte a las 16:00 horas y 2ª parte a las 18:30 horas, mucha suerte.
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::)muchas gracias y suerte a todos.