Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: JJCORES en 26 de Agosto de 2013, 20:02:49 pm
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Alguien me podría razonar la respuesta correcta a esta pregunta ??
La respuesta correcta es la b) "ontológico, previo a cualquier valoración jurídica",
14. Según la teoría final, el concepto de acción tiene carácter:
a) Normativo, sujeto a la existencia de una prohibición.
b) Ontológico, previo a cualquier valoración jurídica.
c) Objetivo, carente de elementos internos.
d) No existe un concepto propiamente final de acción.
Gracias de antemano.
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Lo intento, hablamos de la teoría finalista de la acción, es decir, una acción encaminada a un fin. Y el concepto de acción, es la acción física, por tanto, la acción es o no es por sí misma, previamente a cualquier valoración jurídica. Por ejemplo, la acción de disparar es una acción que consiste en apretar un gatillo. Luego será delictiva o no, depende a qué le dispares, pero la acción tiene un carácter ontológico, es decir, de la esencia del ser. disparar, como toser, o como miccionar es una acción en sí misma, previo a cualquier valoración jurídica.
No sé si te he ayudado o te he liado más. Yo creo que lo he entendido, pero me temo que no sé explicarlo muy bien.