Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: rakytaky en 29 de Agosto de 2013, 13:30:15 pm
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Hace años ya que no doy Derecho Civil y ando bastante verde :o Juraría que estudié una cosa que ahora está pasando en el seno de mi familia y les he respondido bastante convencida hasta que han empezado a entrarme las dudas, y por más que busco, no encuentro el precepto legal que lo recoge.
En caso de que un anciano entre en una residencia estatal, sino puede cubrir el 100% del gasto de la misma con su pensión, es asumido por la administración, que irá generando una deuda. El caso es,¿ le pueden embargar la vivienda a su hijo, quien lleva con la casa de su madre a su nombre desde bastantes años antes de que entrara a dicha residencia? Yo le he respondido que si lleva 7 años con la casa a su nombre no pueden quitársela, pero que si lleva menos años si...Lo que dudo es si la cifra es, efectivamente, 7 años, o asciende a más.
Muchas gracias por adelantado :D
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No te he entendido, la propiedad de esa casa de quién es?, que parte tiene el padre?
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No te he entendido, la propiedad de esa casa de quién es?, que parte tiene el padre?
La propiedad es del hijo, pero era del padre, que antes de entrar a la residencia (8 años antes) decidió darle la casa a su hijo. La cosa es que se crearon una serie de leyes para que la gente que ingresara en residencias estatales no se librara de responder por las deudas que genera en ellas, y se puso el limite de 7 años (creo, aqui es donde tengo la duda) Para que (si tu padre se pone enfermo de un día para otro, tiene escasos recursos, y quieres ingresarle en una residencia estatal) no pueda dar todos sus bienes a sus hijos y asi evitar responder por la deuda, de forma que solo le embarguen su "minipensión".
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Hola rayitaki:
No entiendo bien la cuestión. Por lo que dices, el ingreso del anciano en la residencia que no puede pagar al 100% implica la generación de una deuda que tendrían que pagar los hijos con sus propios bienes.
No sabía que eso era Ley. ¿Sabes cuál es?
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Hola rayitaki:
No entiendo bien la cuestión. Por lo que dices, el ingreso del anciano en la residencia que no puede pagar al 100% implica la generación de una deuda que tendrían que pagar los hijos con sus propios bienes.
No sabía que eso era Ley. ¿Sabes cuál es?
Si, esa es la cuestión :). Sobre la Ley no lo encuentro, ahí está el problema, no se si es Ley...o si es otro tipo de norma. No lo recuerdo. Sólo recuerdo que el profesor lo comentó en clase, y de eso hace un par de años. Lo único que sé es que existe.
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Si, esa es la cuestión :); el tema es que hay una especie de ley que hace que la casa, si se dio antes de cierto tiempo, cuenta como si siguiera perteneciendo al padre. Sobre la Ley no lo encuentro, ahí está el problema, no se si es Ley...o si es otro tipo de norma. No lo recuerdo. Sólo recuerdo que el profesor lo comentó en clase, y de eso hace un par de años. Lo único que sé es que existe.
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En ese caso habría que ver el contrato o convenio por el cual fue ingresado el anciano. Con eso salimos de dudas.
Un saludo
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Creo que teneis que mirar en la famosa Ley de la Dependencia, mas que en ella en la normativa de desarrollo de cada comunidad autonoma. Me suena que para evitar el fraude y que los abuelos recibieran asistencia gratuita cuando habían tenido bienes suficientes para mantenerse en caso de que no hubieran traspasado sus bienes a sus herederos.
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Creo que teneis que mirar en la famosa Ley de la Dependencia, mas que en ella en la normativa de desarrollo de cada comunidad autonoma. Me suena que para evitar el fraude y que los abuelos recibieran asistencia gratuita cuando habían tenido bienes suficientes para mantenerse en caso de que no hubieran traspasado sus bienes a sus herederos.
Esto me cierra más.
Buen aporte migato.
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Ese caso lo tuve yo en la familia. Se generó una deuda de 28.000 Euros al fallecimiento del ingresado en la residencia, en este caso autonómica. No habia ninguna clase de herencia. Lo que hicieron los hijos y herederos forzosos claro, fue renunciar a la herencia. Sé que podian haber optado por el beneficio de inventario, pero bueno, comportaba una relación de bienes y desconocian si su padre tenia algun bien. Ante la duda y para quitarse problemas, la renuncia ante Notario. Teoricamente pueden intentar cobrarselo a sus herederos, por supuesto.
Y sí, habia un contrato firmado.