Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: dangoro en 10 de Septiembre de 2013, 10:56:02 am
-
Te recordamos que en hilos post no se piden ni se ofrecen apuntes, para eso está el foro adecuado de Libros apuntes necesito ofrezco. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0) y para subir apuntes está el subforo de Zona de descarga de apuntes temporales. (http://www.uned-derecho.com/index.php?board=13.0)Igualmente, rogamos que, por el bien de los compañeros, se utilicen para las cuestiones necesarias y no para poner mensajes sin contenido de la asignatura puesto que se crean hojas y hojas y es más difícil encontrar lo necesario.Cualquier post fuera de su lugar será eliminado.
-
En esta como no ha cambiado el libro supongo que nos valdrán los apuntes de años anteriores. Habrá que comprobar si el programa sigue siendo el mismo.
-
En esta asignatura por un lado la guia pone que el manual es el tomo III edicion 12 (el del año pasado) y por otro en la libreria pone que está pendiente de publicar.
-
Los administrativos siempre sacan edición nueva aunque no haya cambios, si os parece voy a preguntar a los compañeros de la licenciatura si mientras ellos miraban la edición del año pasado encontraron erratas en el libro.
En principio sabemos que había una seguro, la del catálogo de especies amenazadas, es más la han puesto 2 veces este año en el examen y es legislación desfasada, así que imagino que esto lo cambiarán.
-
Administrativo especial tiene el problema de que la normativa cambia con bastante frecuencia, aunque no sé hasta qué punto las modificaciones puntuales tiene trascendencia de cara al examen. ???
-
Bueno me uno al hilo...la llevo para el año que viene...yuhu :o
-
Yo también me uno.
-
Otro más que se une al grupo ;D
-
Otra que se une, a ver si ya damos carpetazo a los administrativos...
-
En esta asignatura por un lado la guia pone que el manual es el tomo III edicion 12 (el del año pasado) y por otro en la libreria pone que está pendiente de publicar.
También me uno al grupo de los administrativos. Por cierto, el libro que ponen en la guia, ha cambiado, al principio era el de siempre editorial marcial pons, pero ahora aparece editorial open ediciones universitarias 14 ed.
-
Buenas, tal y como han dicho antes la guía ya la han cambiado en la web del grado, actualizando la edición del libro que hay que estudiar este año. Es la 14ª edición, nueva de 2013, y esa es la que he pedido en la librería.
-
En el manual nuevo con repecto al anterior cambian los temas 4,5, 11 y 12. En el resto de temas no he visto cambios.
Especialmente el 5.
-
En el manual nuevo con repecto al anterior cambian los temas 4,5, 11 y 12. En el resto de temas no he visto cambios.
Especialmente el 5.
Me acaba de llegar el sms de la entrega de los manuales; éste se encuentra entre ellos, si dado los cambios realizáis algún grupo de trabajo, aquí estaré.
-
Dangoro, ¿puedes confirmarnos si coincide cada tema del libro con el título del tema expuesto en la Guía de la Asignatura?
Si es así, supongo que cambian los siguientes temas, ¿no?:
4. Aguas
5. Demanio marítimo (dices que especialmente éste, supongo que será por lo de la Ley de Costas)
Ahora, los temas 11 y 12 no aparecen en la guía de la asignatura, pues ésta sólo llega hasta el tema X. ¿Podrías indicarnos en que consisten esos dos temas y si los anteriores que he citado también se corresponden?
Muchas gracias. Un saludo.
-
He comparado los manuales no el programa. El manual tiene 15 temas.
El tema 4 se titula: Las aguas terrestres.
El tema 5 el demanio marítimo: Costas y puertos.
El tema 11: Las bases estatales del derecho urbanistico:
El tema 12: El planeamiento urbánistico.
-
He comparado los manuales no el programa. El manual tiene 15 temas.
El tema 4 se titula: Las aguas terrestres.
El tema 5 el demanio marítimo: Costas y puertos.
El tema 11: Las bases estatales del derecho urbanistico:
El tema 12: El planeamiento urbánistico.
Ok muchas gracias Dangoro por las molestias que te tomas en comparar tanto este manual como el de Procesal Penal. Un abrazo.
-
He comparado los manuales no el programa. El manual tiene 15 temas.
El tema 4 se titula: Las aguas terrestres.
El tema 5 el demanio marítimo: Costas y puertos.
El tema 11: Las bases estatales del derecho urbanistico:
El tema 12: El planeamiento urbánistico.
Dangoro, como siempre muy atento a las novedades GRACIAS.
Este fin de semana, tengo pensado mirar el libro y el programa...y los apuntes del compañero Vivero, que como siempre están genial...a ver si nos sirven de base (los actualizó a 1 de agosto)... :)
Ya te cuento y como dice mnieves, me uno si hacemos un grupo de trabajo ;)
-
Para cualquier trabajo que pueda realizarse en grupo, me presento voluntario! :)
Tanto para ésta, como para cualquier otra asignatura de 4º. 100% disponible!
-
He visto la guía y habla de 10 temas, los apuntes de licenciatura también y "calcan" los epígrafes. No sé cuánto de cambiados están. ¿Qué opináis?
-
He comparado los manuales no el programa. El manual tiene 15 temas.
El tema 4 se titula: Las aguas terrestres.
El tema 5 el demanio marítimo: Costas y puertos.
El tema 11: Las bases estatales del derecho urbanistico:
El tema 12: El planeamiento urbánistico.
A falta de una nueva vuelta a los epígrafes puestos en la guía (Tema I, II, III...) y al manual (Capítulo I, II, III...)...
Dangoro :), ¿crees que podría quedar así la correspondencia entre la guía y el manual?...Tengo dudas con el tema VII.
PRIMERA PARTE: LOS BIENES DE LA ADMINISTRACIÓN: RÉGIMEN BÁSICO Y DOMINIO PÚBLICO.
Tema I. Los bienes de la administración.
Capítulo I. Los bienes de la Administración: régimen básico. Página 19 a 36
Tema II. El dominio público.
Capítulo II. El Dominio Público. Página 37 a 55
Tema III. Utilización y protección del dominio público.
Capítulo III. Utilización y protección del dominio público. Página 57 a 75
SEGUNDA PARTE: LOS BIENES PÚBLICOS EN PARTICULAR.
Tema IV. Aguas.
Capítulo IV. Las aguas terrestres. Página 79 a 128
Tema V. Demanio marítimo.
Capítulo V. El Demanio marítimo. Costas y Puertos. Página 129 a 159
Tema VI. Montes.
Capítulo VI. Los Montes y la protección de la naturaleza. Página 161 a 195
TERCERA PARTE: URBANISMO.
Tema VII: Régimen del suelo y derecho a urbanizar.
Capítulo XI: Las bases estatales del derecho urbanístico. El texto articulado de la ley del Suelo de 2008. Página 307 a 343
Tema VIII: El Planeamiento urbanístico.
Capítulo XII: El planeamiento urbanístico. Página 345 a 370.
Tema IX: Formación y eficacia de los planes.
Capítulo XIII Formación y eficacia de los planes. pág. 373 a 387
Tema X: Ejecución del planeamiento.
Capítulo XIV. Ejecución del planeamiento. Página 389 a 410.
-
Pues seguramente sea así parecido. Pero la semana que viene tendremos el programa y salimos de dudas.
-
Pues seguramente sea así parecido. Pero la semana que viene tendremos el programa y salimos de dudas.
Muchas gracias! Esperaremos al programa! Un saludo!
-
Otro al saco!! A por el IV!!
-
Yo me ofrezo a resumir. A por el último!
-
Parece que los apuntes de la licenciatura valen para este año. Mismos temas, materia similar, coinciden epígrafes... ¿Cómo lo véis?
Un abrazo. Gracias.
-
Hay cambios, en el tema 4, 5, 11 y 12. Especialmente en el tema 5 del dominio marítimo.
-
Hola me uno a esta asignatura, veis factible sacar la asignatura tan solo con apuntes, sin comprar ningún libro? Gracias
-
Hay cambios, en el tema 4, 5, 11 y 12. Especialmente en el tema 5 del dominio marítimo.
Si sólo hay cambios en esos temas... sería factible trabajar sobre apuntes del año pasado y modificarlos, como ya se ha hecho en mercantil II o en procesal II...?
Si es así, entre un "puñao" de nosotros podríamos tenerlo listo en cuestión de pocos días.
Cómo lo veis?
Un saludo.
-
Lo estoy haciendo ya sobre la base de apuntes de ninha das coletas. Hoy espero terminarlos.
-
Vaya...!
Pues muchas gracias! Es que he estado echando cuentas, y creo que ésta era la única en la que no teníamos nada de nada avanzado...
Si necesitases ayuda con cualquier cosa, ya sabes por donde ando.
Un saludo!
-
Gracias.
-
Ya han puesto el programa, en la guía II.
-
Yo tengo los apuntes del año pasado. alguien esta haciendo apuntes nuevos?
-
yo tambien me cojo esta asignatura, si necesitais ayuda para elaborar apuntes contad conmigo
-
siguiendo para el siguiente
-
He colgado en apuntes temporales actualización de los apuntes de Ninha das coletas.
-
He colgado en apuntes temporales actualización de los apuntes de Ninha das coletas.
Dangoro, eres un crack! :) Muchas gracias!!
-
Dangoro, eres un crack! :) Muchas gracias!!
+1
-
He colgado en apuntes temporales actualización de los apuntes de Ninha das coletas.
Qué rapidez, estás con el turbo puesto, jeje! Mil gracias!! :)
-
Dangoro, eres un crack! :) Muchas gracias!!
+ 10000000
;)
-
He colgado en apuntes temporales actualización de los apuntes de Ninha das coletas.
Querido dangoro, Si cuando acabes Derecho sigues así de cumplidor vas a ser un fuera de serie como abogado. Mil abrazos compañero.
-
Eres el mejor. Compañero te mereces lo mejor del mundo.
-
sí, un gran compañero, lo suscribo
-
Eres el mejor. Compañero te mereces lo mejor del mundo.
Muchas gracias!!
Alguien sabe cuanto vale la pec?? Será como en el III que creo que eran 2 puntos? No lo pone la guía o no lo encuentro ... Es por valorar si merece la pena antes de empezar ::)
-
Ya me sorprendería que mereciese la pena hacer la pec de un administrativo.
-
Muchas gracias dangoro por compartir tu trabajoq
-
Ya me sorprendería que mereciese la pena hacer la pec de un administrativo.
Como sea igual que la de Advo III que la pusieron para que no la hiciese nadie.....para mi fue sorprendente esa PEC tan compleja, como irrealizable por su poca ponderación.
De esta espero tres cuartos de lo mismo...
-
Como sea igual que la de Advo III que la pusieron para que no la hiciese nadie.....para mi fue sorprendente esa PEC tan compleja, como irrealizable por su poca ponderación.
De esta espero tres cuartos de lo mismo...
Con las indicaciones compleja no se sabe si es o no ... Vamos que no se sabe nada, ni lo que puntúa, ni lo que valoran, ni casi casi lo que quieren ... Eso sí hasta nochevieja fun fun fun
-
En el último tema de los apuntes actualizados por Dangoro, los epígrafes 8 e, f, g, y 3,4,5,6,7,8, no se encuentran. No son objeto de examen? animo a todos con esta asignatura, a ver si acabamos ya con los administrativos...
-
Yo la PEC... vamos, ya hice la de Administrativo I, como una pardilla. No vuelvo a repetirlo.
-
En el último tema de los apuntes actualizados por Dangoro, los epígrafes 8 e, f, g, y 3,4,5,6,7,8, no se encuentran. No son objeto de examen? animo a todos con esta asignatura, a ver si acabamos ya con los administrativos...
Pues no se, lo ha preguntado alguien en Alf. A ver si contestan. Vaya chapuza de programa que han colgado.
-
No me esperaba menos de este departamento...
-
Les falta poner un tema ...
Seguro que por eso salta de la 410 a la 423 y ni cuenta se han dado.
Y más seguro que nos lo meten. :'( (Al menos me parece uno interesante comparado con algún otro)
-
Buenas tardes!
He puesto tb en la parte de apuntes temporales si alguien me puede pasar la actualización hecha por dangoro, no se que pasa con dropbox que no puedo abrirlo
Si fuerais tan amable. ..
Mi correo es leticia25bm@gmail.com
Gracias ;) ;)
-
Buenas tardes!
He puesto tb en la parte de apuntes temporales si alguien me puede pasar la actualización hecha por dangoro, no se que pasa con dropbox que no puedo abrirlo
Si fuerais tan amable. ..
Mi correo es leticia25bm@gmail.com
Gracias ;) ;)
Enviados. Como consejo instala el programa winrar o otro parecido.
-
Vamos a subir este post... Que no se nos pierda¡! ;)
-
Pues yo lo tengo muy claro, me pienso estudiar solo los apuntes del querido compañero Dangoro y que sea lo que dios quiera...
:D
-
Seguimos sin saber sí entra el último tema del libro? Edificación y disciplina urbanística, página 413 en adelante,
-
Buenas tardes... Duda al canto!
Qué habría que responder a esta pregunta de examen? (Os oriento, es del tema 2).
"¿Qué diferencias o similitudes hay entre el Patrimonio Real y el ahora denominado Patrimonio Nacional?"
Gracias, un saludo!
-
Buenas tardes... Duda al canto!
Qué habría que responder a esta pregunta de examen? (Os oriento, es del tema 2).
"¿Qué diferencias o similitudes hay entre el Patrimonio Real y el ahora denominado Patrimonio Nacional?"
Gracias, un saludo!
Supongo que habría que responder con todo el apartado C, porque en realidad no hay diferencia alguna según los apuntes. O que alguien aporte otra idea... yo no se más.
-
Buenas tardes... Duda al canto!
Qué habría que responder a esta pregunta de examen? (Os oriento, es del tema 2).
"¿Qué diferencias o similitudes hay entre el Patrimonio Real y el ahora denominado Patrimonio Nacional?"
Gracias, un saludo!
En realidad es lo mismo, es decir, el manual recoge que "El Patrimonio Nacional se denominaba en el Código Civil Patrimonio Real", en consecuencia, ¿dónde está la diferencia entre una y otra denominación? En su actual regulación jurídica.
El art. 342 CE establece que "Los bienes del Patrimonio Real se rigen por su ley especial y, en lo que en ella no se halle previsto, por las disposiciones generales que sobre la propiedad particular se establecen en este Código".
Por otro lado, el Patrimonio Nacional se encuentra actualmente regulado en la Ley 23/1982, de 16 de junio, Reguladora del Patrimonio Nacional, y el Reglamento para su aplicación, normativa que no se remite de forma subsidiaria a los dispuesto en el CC sobre la propiedad particular, sino a lo establecido en la Ley del Patrimonio del Estado de 1964 -qué pequeña era yo- a la que ha sucedido la actual LPAP.
Conclusión: a diferencia de los bienes del Patrimonio Real en los que subsidiariamente se aplicaba el CC, en lo no contemplado en la Ley especial, respecto de los bienes del Patrimonio Nacional se aplica subsidiariamente, las normas de la LPAP en lo no contemplado en su Ley especial y su reglamento de aplicación.
;)
-
Clarísimo, mil gracias!
-
En realidad es lo mismo, es decir, el manual recoge que "El Patrimonio Nacional se denominaba en el Código Civil Patrimonio Real", en consecuencia, ¿dónde está la diferencia entre una y otra denominación? En su actual regulación jurídica.
El art. 342 CE establece que "Los bienes del Patrimonio Real se rigen por su ley especial y, en lo que en ella no se halle previsto, por las disposiciones generales que sobre la propiedad particular se establecen en este Código".
Por otro lado, el Patrimonio Nacional se encuentra actualmente regulado en la Ley 23/1982, de 16 de junio, Reguladora del Patrimonio Nacional, y el Reglamento para su aplicación, normativa que no se remite de forma subsidiaria a los dispuesto en el CC sobre la propiedad particular, sino a lo establecido en la Ley del Patrimonio del Estado de 1964 -qué pequeña era yo- a la que ha sucedido la actual LPAP.
Conclusión: a diferencia de los bienes del Patrimonio Real en los que subsidiariamente se aplicaba el CC, en lo no contemplado en la Ley especial, respecto de los bienes del Patrimonio Nacional se aplica subsidiariamente, las normas de la LPAP en lo no contemplado en su Ley especial y su reglamento de aplicación.
;)
Ohhhhh yeahhh !!!! de 10 !!!
;)
-
alguien está haciendo la PEC?
-
alguien está haciendo la PEC?
Ni me lo planteo, hay ciertas asignaturas que el sobreesfuerzo no se ve de ninguna manera recompensado...y esta asignatura es una de ellas :-\
-
alguien está haciendo la PEC?
Perdón, qué es la PEC? :-\
-
Perdón, qué es la PEC? :-\
Es un trabajo o prueba voluntaria que te da algún tipo de ventaja, como subir nota o contestar a una pregunta menos en el examen.
-
Es un trabajo o prueba voluntaria que te da algún tipo de ventaja, como subir nota o contestar a una pregunta menos en el examen.
Gracias. Entiendo que es solo para Grado, no para Licenciatura no?...
-
Hola chicos:
Veo que las dudas siguen con respecto a dos cosas, con respecto al programa el tema VII que está duplicado pone el Dpto. (no materi ade examen), pero no se sabe si es correcto y 2º con respecto a si entran las páginas 423 y ss del libro.
Lo peor de todo no hay ninguna actividad de los tutores y tampoco responden a ninguna duda. Trataré de llamar el lunes al Dpto.
-
hola compañeros:
respecto a la duda de las últimas paginas del manual, mi tutor del centro asociado, me ha recomendado que estudie del último capítulo del manual lo referido a las licencias, y no hemos hablado nada de lo que respecta a infracciones o sanciones urbanísticas...
no se si servirá la información que yo tengo como respuesta a vuestras dudas...
-
Hola chicos. Esta mañana he comentado en el tema de la PEC y siguen sin responder... es como un foro fantasma! ???
Total, que por lo que leo aquí, no merece la pena hacer la PEC, así que ni me lo planteo, gracias por avisar ;)
-
Pues buscando una cosa encontré otra, este archivo es Ley 2/2013 de 29 de mayo , de protección y uso sostenible del
litoral y de modificación de la ley 22/1988 de 28 de julio de Costas, hecho por la profesora Tamayo de Admvo IV, por lo que imagino que un momento dado, puede aclararnos alguna idea del tema 5:
https://extension.uned.es/archivos_publicos/webex_actividades/5275/mltleycostas5329.pdf
;)
-
Oye yo debo ser muy tonta pero no entiendo una parte de los apuntes, me parecen un auténtico trabalenguas.
Tema 7 respecto a la valoracion del suelo (pagina 86 de los apuntes de Ninha) lo copio:
Suelo urbanizado no edificado, de edificación existente o en curso de ejecución ilegal, o en situación de ruina física El valor radica en la plusvalía urbanística que los Planes atribuyen a los terrenos.
A este efecto se considerarán como uso y edificabilidad de referencia los atribuidos a la parcela por la ordenación urbanística, incluido en su caso el de vivienda sujeta a algún régimen de protección que permita tasar su precio máx. en venta o alquiler.
Terrenos que no tienen asignada edificabilidad o uso privado por la ordenación urbanística Se les atribuirá la edificabilidad media y el uso mayoritario en el ámbito espacial homogéneo en que por usos y tipologías la ordenación urbanística los haya incluido. Una vez determinada la edificabilidad se aplicará, para obtener el valor del suelo, el método residual estático a cuyo efecto se parte del precio de la vivienda construida y lista para su uso, al que se descuentan todos los costes conocidos que intervienen en su elaboración, como los de urbanización, construcción de la vivienda y beneficios del promotor. Lo que resta será el precio del terreno.
Suelo edificado o en curso de edificación El valor de la tasación será 1el superior entre el determinado por la tasación conjunta del suelo y de la edificación existente, por el método de comparación (=precio de mercado de fincas análogas), o bien 2el determinado por el método residual aplicado exclusivamente al suelo.
Suelo urbanizado sometido a actuaciones de reforma o renovación de la urbanización El método residual considerará los usos y edificabilidades atribuidos por la ordenación en su situación de origen.[/center][/size][/size][/left]
-
Sara estoy con esta materia, iba a ponerme con los Mercantiles, pero quiero dejar esta finiquitada, solo para el repaso el jueves después del examen de Mercantil II,
¿Me puedes concretar algo más tu duda? no entiendo eso que has escrito, te refieres a cómo se efectúa la valoración de los tipos de suelos, ???
-
Lo estoy intentando memorizar, así que me da igual escribirlo; así lo puedes leer después.
Valoración del suelo urbanizado
1. Valoración de suelo urbanizado no edificado, o con edificación existente o en curso de ejecución ilegal o en situación de ruina
Para su tasación se procede como sigue:
- Se considerarán como uso y edificabilidad de referencia los atribuidos a la parcela por la ordenación urbanística, incluido en su caso, el de vivienda sujeta a algún régimen de protección que permite tasar su precio máximo en venta o alquiler.
- Si los terrenos no tienen asignada edificabilidad o uso privado por la ordenación urbanística, se les atribuirá la edificabilidad media y el uso mayoritario en el ámbito espacial homogéneo en que por usos y tipologías la ordenación urbanística los haya incluido
- Una vez determinada la edificabilidad se aplicará, para obtener el valor del suelo, el método residual estático.
¿Cómo se procede con la aplicación del método residual estático?
Se parte del precio de mercado del producto inmobiliario finalizado, es decir, el precio de la vivienda construida y lista para su uso, de ese precio se van descontando los costes conocidos que intervienen en su elaboración, como los de urbanización, construcción de la vivienda y beneficio del promotor, con lo cual lo que resta será el precio del terreno, de ahí que se le llame al método residual "estático".
Esto último es lo que recoge en los apuntes como "plusvalía urbanística que los Planes atribuyen a los terrenos" (en un simil, yo tengo una vivienda, y la vendo al cabo de 20 años, yo pago esa plusvalía al ayuntamiento, pero estamos en el impuesto en sí, con lo cual se toman en consideración los baremos de escalones de años de edificabildidad de la vivienda, de lo que saldrá el importe por el porcentaje aplicado que yo tengo que pagar); en los Planes urbanísticos ese valor ya se incluye respecto al terreno.
Suelo edificado o en curso de edificación
La Ley determina que el valor de la tasación será el superior entre los dos siguientes:
- El determinado por la tasación conjunta del suelo y de la edificación existente, por el "método de comparación", es decir, el precio de mercado de fincas análogas.
- El determinado por el "método residual" aplicado exclusivamente al suelo, sin consideración de la edificación existente o la construcción ya realizada.
Suelo urbanizado sometido a actuaciones de reforma o renovación de la urbanización
En este supuesto, el método residual considerará los usos y edificabilidades atribuidos por la ordenación en su situación de origen (el simil de antes de la venta de mi piso, es aplicable a esta reforma o renovación de una urbanización, es decir, se va al origen de cuando ese suelo urbanizado se contempló en el Plan de urbanización de origen)
-
Me acabo de acordar de algo que quizás te haga entender lo anterior.
Está bien hecha la mención a la plusvalía en los apuntes de Ninha, es decir, al fin y al cabo es un impuesto que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana cuando estos son objeto de transmisión o constitución de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio sobre esos terrenos.
Es por ello que si la valoración se realiza sobre un suelo de esas características en función de los tres supuestos que se dan, el valor, la plusvalía del terreno se efectúa de diferente forma.
-
EL TEMA 7 DE ESTA ASIGNATURA NO ES MATERIA DE EXAMEN? ES QUE ME HA SORPRENDIDO LEER EN EL PROGRAMA QUE NO ES MATERIA DE EXAMEN.
-
No hace falta que me respondais....ya he resuelto mi duda. un saludo y animo
-
EL TEMA 7 DE ESTA ASIGNATURA NO ES MATERIA DE EXAMEN? ES QUE ME HA SORPRENDIDO LEER EN EL PROGRAMA QUE NO ES MATERIA DE EXAMEN.
???, yo lo tengo anotado como que entra, es decir, le he dado a las unidades didácticas de ALF, y el Tema 7. Las bases estatales del derecho urbanístico se corresponde con los puntos del Programa:
No pongo los epígrafes -me extraña que no entre eso, son cosas básicas del derecho urbanístico-,
Puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6 A, B, C, D, E-, 7, 8, 9, 10 y 11. Legislación relacionada: Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo (esto no lo han cambiado, añado, modificada por el Texto Refundido de 2008)
Voy a mirar el Programa.
No hace falta que me respondais....ya he resuelto mi duda. un saludo y animo
¡Ah! qué susto me habías dado, :)
-
Muchas gracias. Al final leyendolo varias veces lo entendí y conseguí avanzar XDDD
-
Cada vez que veo un post de esta asignatura me pongo a temblar !!!
Por qué no clarifica el trabajo el equipo de Admvo.?, me va a dar bastantes quebraderos de cabeza los montes, el agua, los edificios y la madre que los parió !!!
;D
-
Vaya tostón de asignatura que no hay por donde agarrarla, yo me voy a inmolar el viernes y que sea lo que Dios quiera :'( :'( :-\
-
Yo también iré el viernes porque vaya asignatura fea, fea...se lleva el premio limón de toda la carrera y cuanto antes quitarse el examen mejor ;)
-
Yo tambien este viernes a probar suerte con alguna quiniela.
-
Vaya tostón de asignatura que no hay por donde agarrarla, yo me voy a inmolar el viernes y que sea lo que Dios quiera :'( :'( :-\
;D ;D ;D
;)
-
alguien tiene preguntas de examenes anteriores?
-
premio limón total! ;D ;D ;D
-
Vaya tostón de asignatura que no hay por donde agarrarla, yo me voy a inmolar el viernes y que sea lo que Dios quiera :'( :'( :-\
premio limón total! ;D ;D ;D
+1 ;D
-
permiten llevar el programa al examen?
-
Vaya tostón de asignatura que no hay por donde agarrarla, yo me voy a inmolar el viernes y que sea lo que Dios quiera :'( :'( :-\
Inmolarse es poco, habría que organizar una protesta como la de Gamonal pero a lo grande. Te deseo lo mejor en el examen. Yo iré la siguente semana.
Este libro deberia estar más resumido, eso es lo que pasa.
-
Inmolarse es poco, habría que organizar una protesta como la de Gamonal pero a lo grande. Te deseo lo mejor en el examen. Yo iré la siguente semana.
Este libro deberia estar más resumido, eso es lo que pasa.
Sí, yo creo que debería tener 10 u 11 páginas... ;D
y aún así... ???
-
Yo tambien este viernes a probar suerte con alguna quiniela.
También me presento esta semana, podíamos hacer una lista entre todos de lo que puede caer, vamos nuestra propia quiniela, igual así nos animamos más porque menudo rollo de asignatura.
las mias son:
- ¿quién o quienes pueden utilizar los bienes afectados a los servicios públicos?.
-Embargabilidad/inembargabiliadad de los bienes patrimoniales.
-Valoración del suelo urbanizado.
-Diferencias entre compensación y de cooperación.
-
una pregunta en la guia aparece como que el examen es en Junio pero en los examenes aparece este viernes alguine puede aclararme algo
-
Que haya suerte porque coincido con los compañeros en que es un rollo tremendo de asignatura. Suerte!.
-
una pregunta en la guia aparece como que el examen es en Junio pero en los examenes aparece este viernes alguine puede aclararme algo
En Grado en derecho esta asignatura está en el 1º cuatrimestre (enero/febrero), en la Licenciatura está en el 2º cuatrimestre (mayo/junio).
-
muchas gracias pero yo lo he mirado desde el programa de Grado. Puede ser que se hayan equivocado cuando lo publicaron.
-
Es el hilo oficial de asignatura más triste que he visto ;D ;D , a un día del examen 5 páginas... Tremendo coñazo!
-
Coñazo?? Si existe el infierno tiene que ser algo parecido a estudiar esta asignatura >:(
Una duda que tengo... El examen es de 5 preguntas a desarrollar y dos de ellas pueden estar formuladas como caso práctico, pero no se puede utilizar el código en el examen verdad? Es obvio, pero por si acaso yo pregunto :P
-
Coñazo?? Si existe el infierno tiene que ser algo parecido a estudiar esta asignatura >:(
Una duda que tengo... El examen es de 5 preguntas a desarrollar y dos de ellas pueden estar formuladas como caso práctico, pero no se puede utilizar el código en el examen verdad? Es obvio, pero por si acaso yo pregunto :P
Lo más que te dejan es el programa de la asignatura y creo que de poco sirve en esta asignatura y en cuanto a las preguntas a desarrollar tienes espacio tasado, ya nos contarán mañana los que vayan el espacio que te dan, si es un folio por las dos caras... Qué imagino que si :(
-
yo llevo 2 temas y medio... esperemos que me cunda de 3am a 11:00 jejejej lo del código no creo... en mi clase han dicho que el tema 1, el 3 de utilización de dominio público, las bases estatales del derecho urbanistico, la ley de costas muy probablemente y al ejecución del planeamiento... pero vamos lo q me han dicho los compis yo no fui..
-
Sólo un folio por las dos caras para 5 preguntas? :o Pues quien tenga la letra un poco grande mal lo tiene....
Quien tenga la valentía de presentarse mañana que nos cuente, por favor!
-
yo llevo 2 temas y medio... esperemos que me cunda de 3am a 11:00 jejejej lo del código no creo... en mi clase han dicho que el tema 1, el 3 de utilización de dominio público, las bases estatales del derecho urbanistico, la ley de costas muy probablemente y al ejecución del planeamiento... pero vamos lo q me han dicho los compis yo no fui..
Espero que te cunda! Ánimo! ;)
-
yo llevo 2 temas y medio... esperemos que me cunda de 3am a 11:00 jejejej lo del código no creo... en mi clase han dicho que el tema 1, el 3 de utilización de dominio público, las bases estatales del derecho urbanistico, la ley de costas muy probablemente y al ejecución del planeamiento... pero vamos lo q me han dicho los compis yo no fui..
Muchas gracias, la verdad que el que vaya mañana valiente es ;D.
Yo los tres admvos anteriores siempre he esperado a la segunda semana y no me ha ido mal, por lo menos a mí me orienta bastante.
Yo no he asistido a clases, pero por ejemplo el tema de la Ley de Costas al haberse reformado recientemente es candidata segura. Igualmente el tema de urbanismo, pues es lo único que se ha colgado en el foro oficial, los vídeos referentes a la Ley del Suelo de Lora-Tamayo....
También ayuda controlar el 1 y 3 porque puedes utilizar en el 4-5-6 cosas para aplicar, como es el plus de protección, los usos de dominio: autorización y concesión....
Pero vamos que es materia extensa y fea donde las haya. Lo tenía casi claro, pero ahora lo afirmo con rotundidad: Admvo IV el peor de todos... >:(
Ánimo a los de mañana, contadnos qué tal ;)
-
GRACIAS POR EL APOYO! no creo que apruebe pero bueno habrá que intentarlo... os imagináis que acabamos todos los administrativos??? después del examen ponemos preguntas... iría ala segunda pero tengo civil 4 y procesal I y tengo que prepararmelas bien bien...
mucho ánimo a todos!
-
alguien sabe que ha pasado con los ultimos epigrafes que aparecian en el programa? entran o no entran al final? yo voy a la segunda semana, suerte mañana a los que se presentan!!!!!
-
Venga vamos q esto está tirao :o ;D ;D ;D voy mañana...no iría, pero para segunda llevo fyt 2 DIPriv y Procesal 2, no me queda otra :'(
-
Venga vamos q esto está tirao :o ;D ;D ;D voy mañana...no iría, pero para segunda llevo fyt 2 DIPriv y Procesal 2, no me queda otra :'(
Yo también voy mañana, que la semana que viene me quedan Civil IV y Financiero y Tributario II
-
Pues nada compañero, venderemos caro nuestro pellejo, suerte y al toro!
-
Otro que se raja y no va mañana. Mi cabeza es incapaz de memorizar tantos puntos en cada epígrafe. A ver si para la segunda semana estoy de mejor ánimo.
-
Yo voy mañana, que en administrativo III me rajé en una situación parecida a la de hoy(3/4 partes del temario relativamente bien estudiado) pero me rajé, y recuerdo que el examen de la primera semana fue un "regalito" comparado con la segunda, quemando todos los cartuchos de preguntas rápidas y directas al grano. Me dije que nunca más me "cagaría" la noche antes si tenía planteado presentarme "ab initio". Que el programa de la asignatura me acompañe ;D
-
Hoy he tenido Trabajo y mañana Adm IV. Ganas de estudiar al 0% pero vamos que se puede!!! café y unas horas de estudio por delante.
Muchiiiisima suerte a todos, a ver si mañana nos quitamos este Limón podrido ( que mania la tengo... uff). Lo dicho, suerteee!
-
Bufff, me cascan una de funciones de puerto y me dejan frito... Malditos administrativos siempre epígrafes con tantas cosas importantes :-[
-
Mucha suerte mañana valientes!
Dangoro no te preocupes.... el 7 lo bordamos! jajajaja
-
Para los valientes que nos presentamos mañana, consejo rápido si no te quedan uñas y miras el reloj pensando que la noche pasa rápido:
Caen SIEMPRE dos preguntas(a veces 3) del tercer bloque. Del bloque 1,2,3 otra y por ser este año probablemente alguna de Costas. Si os veis muy apurados esta noche, suprimiría Montes, Puertos, etc.
-
Qué miedo me dais!! Yo que pensaba ampliar matricula para ir en Septiembre!! No sé...
-
Para los valientes que nos presentamos mañana, consejo rápido si no te quedan uñas y miras el reloj pensando que la noche pasa rápido:
Caen SIEMPRE dos preguntas(a veces 3) del tercer bloque. Del bloque 1,2,3 otra y por ser este año probablemente alguna de Costas. Si os veis muy apurados esta noche, suprimiría Montes, Puertos, etc.
¿También para los de la segunda semana? A mi me da igual una que otra, no sé, pero con el III -el primero en la UNED para mi- se aprobó, no con nota, pero ¡zas! finiquitado, eso sí, no sé nunca qué descartar, :-\
Lo más gracioso es que me he inscrito hoy en un curso -0,5 ects para la optativa- que precisamente trata de la materia de esta parte de administrativo; le vendrán bien a los de licenciatura y es un crédito LC para ellos; si el viernes de la segunda semana me quedo bloqueada, me vendrá bien para septiembre, ::)
Mucha suerte a todos/as los/as que se presentan máñana. ¡Ánimo! yo voy con FT II, aquí estoy, ya he gastado el recambio del pilot, en fin, tengo la siguiente cubierta, Penal II e DIpr, aparte de ésta, ¡casi ná!
-
Otro que se raja y no va mañana. Mi cabeza es incapaz de memorizar tantos puntos en cada epígrafe. A ver si para la segunda semana estoy de mejor ánimo.
No Dangoro, tú no, !!! no nos hagas esto... eres fuente de inspiración con tus apuntes y salvador de horas infinitas perdidas haciendo resúmenes.
Mucha suerte compañero te mereces aprobar el primero !!!
;)
-
1. La inembargabilidad de los bienes demaniales y comunales.
2. Utilización privativa de los bienes de dominio público. La concesión demanial.
3. Principales novedades de la Ley de Costas 2/2013.
4. Régimen estatutario de la propiedad del suelo. Derechos.
5. El suelo rural. Clases.
-
en un folio y con mi letra no me dio espacio para una de las respuestas creen que aprobare?? yo creo que si ! pero...
-
No me ha parecido difícil, para lo que me esperaba. Eso sí, letra hormiga.
-
1. La inembargabilidad de los bienes demaniales y comunales.
2. Utilización privativa de los bienes de dominio público. La concesión demanial.
3. Principales novedades de la Ley de Costas 2/2013.
4. Régimen estatutario de la propiedad del suelo. Derechos.
5. El suelo rural. Clases.
Gracias por las preguntas.
-
Menos mal que no me raje. "Caramelito" de examen para lo que podrían habernos metido. Creo que se llega al 5 con facilidad
-
Madre mía, confirmado que me equivoqué de semanas. Tenía que haberme presentado a Trabajo, mercantil y Administrativo esta semana y a Privado, Procesal y Civil en la próxima.
O sea, no lo veo un examen fácil porque es mucho tocho lo que hay que soltar y por lo tanto te puedes olvidar de cosas, pero por lo menos no han ido a pillar.
-
Hay que reconocer que el examen no fue complicado.
Me gusta lo del espacio tasado para poner lo más importante de forma clara y concisa, pero un folio para cinco preguntas es demasiado poco.
-
Efectivamente asequible ;) espero q los q habeis ido hoy os haya salido muy bien. Y confiemos q no difiera mucho el tipo de examen para los q vamos a la segunda.
como bien comento una compañera en el hilo: dominando los temas 1-3-5-7-9... lo tenemos hecho :)
-
Una duda compañeros.as
Alguien me podría decir cual es la respuesta a la pregunta ¿En que categorías deberán ser clasificadas las especies,subespecies o poblaciones incluidas en los catalógos autonómicos de especies amenazadas? encuentro el nacional pero no autonómico
-
A mi me ha salido bien, he tenido un par de errores pero al 5 espero llegar porque las he contestado todas bien, con esos dos errores claro.
A mi me ha sobrado espacio de la letra tan pequeñita que he hecho por miedo a no tener espacio
-
Efectivamente asequible ;) espero q los q habeis ido hoy os haya salido muy bien. Y confiemos q no difiera mucho el tipo de examen para los q vamos a la segunda.
como bien comento una compañera en el hilo: dominando los temas 1-3-5-7-9... lo tenemos hecho :)
Confiemos en que sea así...
Gracias por las preguntas ;)
-
Efectivamente asequible ;) espero q los q habeis ido hoy os haya salido muy bien. Y confiemos q no difiera mucho el tipo de examen para los q vamos a la segunda.
como bien comento una compañera en el hilo: dominando los temas 1-3-5-7-9... lo tenemos hecho :)
Buenas!! Espero.que os hayan salido de lujo.el.examen...lo.que.no.nos.hemos.presentado.ha sifo porque creiamos que iba a ser muy.chungo y mas con tanto.temario.que.pensais.que.pfeguntas pueden caer? Muchas gracias chicos y mucha suerte.
Una.pregunta.clve.creo que va a ser el demario maritimo terrestre.un saludo y suerte
-
He contestado bien 4 y la de la ley de costas ha sido improvisada, es posible aprobar con 4 bien! Gracias y suerte a todos
-
Con 4 bien es posible aprobar aunque una este mal???
-
No ha sido difícil lo peor ha sido contestar en tan poco espacio (cara y media)
-
Con 4 bien es posible aprobar aunque una este mal???
yo la de los suelos rurales nidea... no entraba en mi quiniela inventada!! espero que por tener una mal levanten un poco la mano... no??? las demás no las tengo eprfectas ni mucho menos pero bueno... sobre todo la inebargabilidad que he puesto lo de la constitución y poco más... no creo q me aprueben la verdad!
para los de la segunda semana:
inembargabilidad de bienes demaniales
novedad de la ley de costas
UTILIZACIÓN PRIVATIVA. LA CONCESIÓN DEMANIAL
RÉGIMEN ESTATUTARIO DE LA PROPIEDAD DEL SUELO. derechos
y la 5... que tipos de suelo tiene las dos categorias de suelo rural (o algo asi)
-
Que bien me fue el examen, ojala todos fueran así..... :)
Suerte a todos....
-
tengo que aprender como escriben en un grano de arroz la biblia, porque en la uned se esta poniendo de moda, xd me falta sitio hasta para poner el nombre
-
Esto es lo que pone en la guía en evaluación:
El criterio general de evaluación es la respuesta correcta a las cinco preguntas, pues todas tienen idéntico valor. Se tendrá
en cuenta el rigor conceptual, la claridad en la redacción y la precisión léxica. Se ruega encarecidamente cuidar la legibilidad
y la presentación del ejercicio, pues ello facilita la corrección por dejar clara la respuesta a la cuestión planteada. No
obstante la valoración global que se hace, la falta de respuesta o una respuesta muy deficiente a dos de las
preguntas no permitirá alcanzar la calificación de “apto” en la prueba.
-
No Dangoro, tú no, !!! no nos hagas esto... eres fuente de inspiración con tus apuntes y salvador de horas infinitas perdidas haciendo resúmenes.
Mucha suerte compañero te mereces aprobar el primero !!!
;)
jajajajaj gracias, espero que te haya salido bien y que en la segunda semana se porten bien con nosotros.
El jueves tuve bajon y no tenía ganas ningunas de estudiar, ni siquiera para hacer quinielas. :'(
-
en un folio y con mi letra no me dio espacio para una de las respuestas creen que aprobare?? yo creo que si ! pero...
En absoluto. Los de Administrativo IV solo conceden su aprobado a quienes desarrollan punto por punto todas las ideas contenidas en los epígrafes requeridos en el examen. Y con buena letra de caligrafía, puntuación y sintaxis. Además de claridad expositiva, ausencia de tachaduras, y perfecta legilibilidad. En resumen: date por suspendido hasta el Día del Juicio Final si no has entregado un examen como te digo.
-
jajajajaj gracias, espero que te haya salido bien y que en la segunda semana se porten bien con nosotros.
El jueves tuve bajon y no tenía ganas ningunas de estudiar, ni siquiera para hacer quinielas. :'(
Yo me he animado ya. Espero que en aras a la igualdad el Dpto nos presente un examen ni más fácil ni más difícil que el de esta semana. Similar. No corrigen mal. A lo que temo es a que se les hayan acabados las ideas y nos pongan preguntas esotéricas.
-
Gracias por las preguntas.
Tengo entendido que de las 5 hay que elegir 4, ¿correcto?
-
no, hay que contestarlas todas.
-
He contestado bien 4 y la de la ley de costas ha sido improvisada, es posible aprobar con 4 bien! Gracias y suerte a todos
Hija mía...
¿Cómo es posible que no hayas estudiado la ley de Costas de 2/2013 de 29 de mayo? ¿Te das cuenta de lo que ello supone?...
Unos diputados han trabajado laboriosamente para elaborarla. Estudios, Anteproyecto, alegaciones, debate, Proyecto, votaciones. Aprobación.
Seguidamente, el Señor catedrático Ramón Parada la ha incluído en su libro con todo el amor a la actualidad de su asignagtura. Quiere que no se nos escape una ley que puede sernos de mucha utilidad el resto de nuestra vida. ¿Quien no tiene un bungalow, un chalet, un piso, una hamaca reservada en la playa?¿Quién no va algún dia a tomar el sol en los 4000 kms de Costas que tenemos en España?
¿Y tú que has hecho? tú has pensado, ¡bah! es una ley recentísima, no caerá... ¿A quién la puede importar la ley de Costas? nadie sabe nada de la ley de Costas, y viven estupendamente, a nadie le da vergüenza no conocer el articulado de la ley dichosa esa, y ni siquiera saben que existe siquiera. Espero que no caiga...pero, cayó. Y todo por no haber pensado en que en el libro del señor Ramón Parada todo tiene su razón de ser. Nada sobra. No se puede ser un buen graduado en leyes si no se conocen las leyes administrativas. Todas.
Solo puedo decirte, hija mía, que no lo vuelvas a hacer. Ve y repasa con cuidado dicha ley y todas las demás. Apruebes o no, no puedes ir por ahí presumiendo de título si no sabes dónde se prohibe edificar, o cuales son las prórrogas a las concesiones otorgadas. Ve y lee en voz alta la ley de Costas 10 veces.
Amén.
-
:( :(
me cago en todo, me he tragado la ley de bosques, la del agua, el plan hidrográfico, la super preguntosa ley del suelo, la maldita ley de costaS DEL 88 la del 92, pero no, mira por donde, no me he mirado las cuatro chorradas del 2013.
por intuición femenina y porque vivo en una localidad de costa, sabia que ya no iban a demoler las construccione ilegales, que se extienden a lo largo y ancho de mi provincia, y que les habian dado más tiempo en una reforma de la ley de costas, asi que les he puesto eso, y he acertado en parte.
espero que no me cargen pòr ello, todos han salido temblando,
-
:o :o :o
y como predijo la gran nicanama, unas preguntas de los temas del 1 al 3, otras de la reciente ley de costas de 2013 otra del suelo, porque están los videos en alf y otra del último tema, por estar en alf.
has acertado de pleno, me presento a penal 2 la semana que viene, algúna intución?
-
Con 4 se puede aprobar de hecho en la guía pone que se suspende con 2 en blanco o mal contestadas.
-
Bueno, veo q dentro de lo q es esta asignatura hay buenas sensaciones, yo creo q para un 5 dará, menudo suplicio, espero q nos la quitemos muchos de encima y finiquitar los advos forever and ever.
-
donde viene la ley de costas?
-
donde viene la ley de costas?
En el bloque II, tema V del programa:
La Ley 2/2013 realiza una “brutal” crítica de la Ley 22/1988 en su redacción original: la acusa de desconexión con la realidad, de generar una elevada conflictividad, de no proteger adecuadamente el litoral y de arruinar e impedir actividades económicas generadoras de riqueza y empleo que son plenamente compatibles con la protección de la costa.
La modificación que realiza la Ley 2/2013 de la Ley 22/1988:
Prohíbe nuevas edificaciones pero permite las obras de mejora en los edificios existentes siempre que no supongan aumento de volumen, altura o superficie
Faculta al Delegado del Gobierno a suspender aquellas actuaciones urbanísticas ilegales
Diferencia las playas urbanas de las playas naturales e incrementa la protección de las segundas
Clarifica el concepto de dominio marítimo terrestre:
-en su límite hacia la tierra: los mayores temporales conocidos se determinarán mediante criterios técnicos
-no se incluirán en el dominio público los terrenos privados inundados artificialmente, salvo las marismas
-se excluyen del dominio público ciertos núcleos de población históricamente consolidados y determinadas salinas y cultivos marinos (El Palo y Pedregalejo en Málaga, por ejemplo)
Garantiza la información a los ciudadanos sobre su propiedad para evitar que nadie pueda adquirir una vivienda en la costa y descubra posteriormente su condición demanial
-Obliga a inscribir los bienes de la zona marítimo terrestre en el registro de la propiedad
-Asegura información a los interesados desde el inicio del deslinde
-Obliga a ofrecer información gratuita a todos los ciudadanos via internet sobre las líneas de deslinde
Mejora la situación jurídica de quienes se vieron despojados de sus bienes inscritos con la Ley del 88 ampliando el plazo máximo de las concesiones de 30 a 75 años y se concede derecho a acceder a una concesión a los titulares de derechos inscritos en el registro
Como medidas de estímulo económico-Prorroga las concesiones otorgadas hasta un plazo máximo de 75 años. NO es una prórroga automática: las actividades industriales potencialmente contaminantes requerirán un informe ambiental autonómico específico
-Las nuevas concesiones tendrán un plazo de 75 años y las autorizaciones de 4 años
-Permite la transmisión de derechos (concesiones y autorizaciones) mortis causa e inter vivos (en este caso sometida a autorización)
-Dispone que los bienes de interés cultural (BIC) se regirán por su legislación propia
-Regula mejor la zona de servidumbre de protección previendo la reducción de 100 metros a 20 en casos espaciales como ciertos núcleos de población (gallegos y canarios)
-Permite obras de reparación y modernización de las instalaciones siempre que no impliquen aumento en altura ni volumen
Espero que esto te sirva, un saludo
-
Para los valientes que nos presentamos mañana, consejo rápido si no te quedan uñas y miras el reloj pensando que la noche pasa rápido:
Caen SIEMPRE dos preguntas(a veces 3) del tercer bloque. Del bloque 1,2,3 otra y por ser este año probablemente alguna de Costas. Si os veis muy apurados esta noche, suprimiría Montes, Puertos, etc.
Muchiiiiisimas gracias. Hice esto, es mas de costas casi que me sabia esa pregunta, no me daba tiempo a repasar nada y hice una quiniela del 15. Y de costas me estudie la pregunta que ha entado y poco mas.
El examen no ha sido difícil para lo que podían haber puesto, yo tuve problemas con la de el Estatuto, pero porque no me venia a la cabeza, me venían las obligaciones pero no los Derechos. Yo visualizaba la hoja de los apuntes en mi cabeza pero nada.... que no me venia a la cabeza...(mala suerte).
Espero sacar por lo menos un 5, aunque siempre me ha parecido el departamento de Adm bastante exigente.
-
En el bloque II, tema V del programa:
La Ley 2/2013 realiza una “brutal” crítica de la Ley 22/1988 en su redacción original: la acusa de desconexión con la realidad, de generar una elevada conflictividad, de no proteger adecuadamente el litoral y de arruinar e impedir actividades económicas generadoras de riqueza y empleo que son plenamente compatibles con la protección de la costa.
La modificación que realiza la Ley 2/2013 de la Ley 22/1988:
Prohíbe nuevas edificaciones pero permite las obras de mejora en los edificios existentes siempre que no supongan aumento de volumen, altura o superficie
Faculta al Delegado del Gobierno a suspender aquellas actuaciones urbanísticas ilegales
Diferencia las playas urbanas de las playas naturales e incrementa la protección de las segundas
Clarifica el concepto de dominio marítimo terrestre:
-en su límite hacia la tierra: los mayores temporales conocidos se determinarán mediante criterios técnicos
-no se incluirán en el dominio público los terrenos privados inundados artificialmente, salvo las marismas
-se excluyen del dominio público ciertos núcleos de población históricamente consolidados y determinadas salinas y cultivos marinos (El Palo y Pedregalejo en Málaga, por ejemplo)
Garantiza la información a los ciudadanos sobre su propiedad para evitar que nadie pueda adquirir una vivienda en la costa y descubra posteriormente su condición demanial
-Obliga a inscribir los bienes de la zona marítimo terrestre en el registro de la propiedad
-Asegura información a los interesados desde el inicio del deslinde
-Obliga a ofrecer información gratuita a todos los ciudadanos via internet sobre las líneas de deslinde
Mejora la situación jurídica de quienes se vieron despojados de sus bienes inscritos con la Ley del 88 ampliando el plazo máximo de las concesiones de 30 a 75 años y se concede derecho a acceder a una concesión a los titulares de derechos inscritos en el registro
Como medidas de estímulo económico-Prorroga las concesiones otorgadas hasta un plazo máximo de 75 años. NO es una prórroga automática: las actividades industriales potencialmente contaminantes requerirán un informe ambiental autonómico específico
-Las nuevas concesiones tendrán un plazo de 75 años y las autorizaciones de 4 años
-Permite la transmisión de derechos (concesiones y autorizaciones) mortis causa e inter vivos (en este caso sometida a autorización)
-Dispone que los bienes de interés cultural (BIC) se regirán por su legislación propia
-Regula mejor la zona de servidumbre de protección previendo la reducción de 100 metros a 20 en casos espaciales como ciertos núcleos de población (gallegos y canarios)
-Permite obras de reparación y modernización de las instalaciones siempre que no impliquen aumento en altura ni volumen
Espero que esto te sirva, un saludo
¿Posees acaso unos resúmenes análogos a este del resto de temas?
Seria útil al conjunto de naúfragos que estamos asidos al libro de Amdvo IV...
-
Un favor, ¿cómo puedo acceder a las conferencias de la profesora? por ALF no, ¿por Canal Uned? ???
-
Un favor, ¿cómo puedo acceder a las conferencias de la profesora? por ALF no, ¿por Canal Uned? ???
ok, ya sé, joooo, ni me acordaba que cuando intenté verlas no tenía velocidad, y después se me olvidó, mañana a primera hora me pongo con ellas.
Suerte a los de la segunda semana
-
¡Sigo sin poder acceder a las videoconferencias! me da como que he completado la ayuda didáctica al 100 por 100, pero no pude acceder y sigo sin poder hacerlo. :'(
ELIANA, mira el correo, por favor, y responde, ¿sí o no? ???
-
¡Sigo sin poder acceder a las videoconferencias! me da como que he completado la ayuda didáctica al 100 por 100, pero no pude acceder y sigo sin poder hacerlo. :'(
ELIANA, mira el correo, por favor, y responde, ¿sí o no? ???
puffffffffffffffffffff, lo siento, LECARDILLA, creo que no voy a tener buen día en concentración mental :(
-
puffffffffffffffffffff, lo siento, LECARDILLA, creo que no voy a tener buen día en concentración mental :(
Pues yo algunas las he visto dos veces y tengo que 0% de 100%...vamos como si no las hubiera visto.
Estoy intentado descargar los vídeos si puedo te los envío por correo.
En cuanto a las transparencias que muestra en el vídeo, se ven fatal...en el foro oficial puse la semana pasada que si había alguna posibilidad de que la profesora las subiese a documentos, pero me da a mí....que a lo mejor ven el mensaje en septiembre porque contestar, no creo ni que lo hagan...
-
EL MUNDO DEL DERECHO - DERECHO ADMINISTRATIVO IV
CANAL UNED TV:
http://unedpro.teltek.es/serial/index/id/122
Si esto que acabo de encontrar funcionase, nos vendría imagino que muy bien...pero me da un error y no puedo acceder a ninguno...probad a ver si podéis... :P
-
EL MUNDO DEL DERECHO - DERECHO ADMINISTRATIVO IV
CANAL UNED TV:
http://unedpro.teltek.es/serial/index/id/122
Si esto que acabo de encontrar funcionase, nos vendría imagino que muy bien...pero me da un error y no puedo acceder a ninguno...probad a ver si podéis... :P
¡no funciona! hay que instalar un programa y es "oneroso", así que me iré mañana con apuntes y manual y listo.
Gracias de todas formas preciosa. :)
-
Hola a todos:
Cuando hice el examen el viernes al rellenar los datos personales aparecía como dato solicitado el número de expediente ¿sabéis vosotros ese dato de memoria? :o
-
Hola a todos:
Cuando hice el examen el viernes al rellenar los datos personales aparecía como dato solicitado el número de expediente ¿sabéis vosotros ese dato de memoria? :o
Debajo de Nº Exp., no te ponía DNI?
Supongo que a eso se refiere.
No he hecho todavía el examen, pero el que habéis realizado ya lo han colgado y parece que se refiere al DNI.
-
El dni está, este era otro campo no lo rellené porque ni idea!!
-
¿No lo pusiste? Entonces suspensa ;D
-
;D ;D ;D
-
El dni está, este era otro campo no lo rellené porque ni idea!!
Pues entonces no creo que tengas que preocuparte de nada. :)
-
¿No lo pusiste? Entonces suspensa ;D
;D ;D mira que no saberse el nº de expediente... ;D ;D ;D
-
Yo, a veces dudo hasta de lo que tengo que responder donde pone "nombre". ;D
-
El examen fue accesible, teniendo en cuenta que si hubieran querido pillarnos hubieran podido. Sin embargo el espacio tasado es en mi opinión excesivamente escaso.
Suerte.
-
Una duda, por favor, que me está entrando el agobio.
Respecto al punto 2 de la lección 5, Las dependencias del demanio marítimo, ante una posible pregunta de examen, se debería de responder tanto del art. 3 como del 4 de la Ley de Costas (sé que tiene pequeños cambios producidos por la Ley de 2013), pero ¡no me entra por mucho que quiera, me pillaría casi página y media, y sólo tengo dos -hay que quitar el espacio de las preguntas-,
¿Cómo lo hago? creéis que si preguntan eso harán referencia a uno u otro art. de la Ley, aún así el 3 se pueden "exprimir", pero el 4, ¿cómo? ???
alguien que me oriente, por favor, :'(
-
responded alguien, dangoro o iker014, ambos la lleváis, no sé si examinados o no, pero la lleváis, ¿pueden preguntar para un espacio tan tasado algo parecido? ???
de veras, no creo estar pidiendo tanto, un consejillo, o mejor dejadlo, ya me las arreglaré al igual que lo hice con PUE.
Gracias por nada
-
Pues habrá que ser concretos y decir pues lo del mar territorial, la zona economica, la plataforma y la otra. No se lo que preguntarán pero sea lo que sea habrá que adaptarlo. Hay dos caras para 5 preguntas. Esta claro que no puedes usar cara y media para una.
Manoli yo no leo todo el foro para que te enfades si no contesto y menos esta que seguramente no me presente. Además hay decenas de miles de usuarios.
-
responded alguien, dangoro o iker014, ambos la lleváis, no sé si examinados o no, pero la lleváis, ¿pueden preguntar para un espacio tan tasado algo parecido? ???
de veras, no creo estar pidiendo tanto, un consejillo, o mejor dejadlo, ya me las arreglaré al igual que lo hice con PUE.
Gracias por nada
Mari nieves, tu crees que si alguien no te responde a las 2:30 de la mañana te debes enfadar?
Te respondo ahora, porque yo a la hora que tu has preguntado, duermo, como imagino la mayoría. La del demanio maritimo yo la tengo muy cortita porque voy a lo principal, no me meto a detallar cada bien del demanio, sólo lo justito. Claro que si lo quieres explicar todo no te cabe, pero eso con ninguna.
-
Mari nieves, tu crees que si alguien no te responde a las 2:30 de la mañana te debes enfadar?
Te respondo ahora, porque yo a la hora que tu has preguntado, duermo, como imagino la mayoría. La del demanio maritimo yo la tengo muy cortita porque voy a lo principal, no me meto a detallar cada bien del demanio, sólo lo justito. Claro que si lo quieres explicar todo no te cabe, pero eso con ninguna.
Hola tocaya ;), pues yo igual que tú, respuesta escueta, menciono eso sí q la reforma redefine el concepto de DPMT, en conceptos como "mayores temporales"... pero es más bien una enumeración de las dependencias...
-
Hola tocaya ;), pues yo igual que tú, respuesta escueta, menciono eso sí q la reforma redefine el concepto de DPMT, en conceptos como "mayores temporales"... pero es más bien una enumeración de las dependencias...
Yo gracias a Dios ya lo he hecho, aunque no tengo todas conmigo de aprobar, yo lo considero como tú, que quieren que sepas cuales son las dependencias del demanio, si quieren ver si te sabes alguna, pues preguntarán una dependencia en concreto.
Por cierto cómo vas?
-
Pues habrá que ser concretos y decir pues lo del mar territorial, la zona economica, la plataforma y la otra. No se lo que preguntarán pero sea lo que sea habrá que adaptarlo. Hay dos caras para 5 preguntas. Esta claro que no puedes usar cara y media para una.
Manoli yo no leo todo el foro para que te enfades si no contesto y menos esta que seguramente no me presente. Además hay decenas de miles de usuarios.
Pues lo siento, creí que estabas porque se te veía conectado, pero ¡ojo! que yo no enfado con nadie, ;) :-*
Mari nieves, tu crees que si alguien no te responde a las 2:30 de la mañana te debes enfadar?
Te respondo ahora, porque yo a la hora que tu has preguntado, duermo, como imagino la mayoría. La del demanio maritimo yo la tengo muy cortita porque voy a lo principal, no me meto a detallar cada bien del demanio, sólo lo justito. Claro que si lo quieres explicar todo no te cabe, pero eso con ninguna.
¿Quién dijo que me había enfadado? Sólo vi quiénes estaban conectados que yo conocía, pero si no respondieron, pues su razón tendría, como ha indicado dangoro.
Por cierto Lidia15378, recuerda, la m no es de Mari, es de Manoli, ;) :-*
Te he hecho caso "tocaya", ;), ya he conseguido argumentar esas dependencias, con algo tan simple, como sintetizar el 3 y del 4 respecto de otros bienes recogidos como pertenecientes al demanio marítimo, indicar el art. y "entre otros", ta, ta, ta, :D
-
Buenas tardes-noches...me ha surgido una pequeña duda ;D, tonta pero duda...
Qué responderíais ante la pregunta que se hizo en un examen oficial (11 JUNIO 1ª SEMANA):
¿Cuáles son las dos características esenciales de los bienes de dominio público?
A mí se ve viene a la cabeza:
*la afectación como elemento definidor del bien demanial y
*la protección especial (plus de protección) que tienen, la "trilogía básica": inembargabilidad, imprescriptibilidad e inalienabilidad...
A estas horas del día, ya dudo hasta de lo más básico :D
Gracias!! Ya nos queda menos...
-
Yo ahí le diría...
- la afectación al uso público, fomento de la riqueza, servicio público...etecé etecé.
- no pueden ser objeto de propiedad privada, por el plus de protección: III, acción reivindicatoria, potestad sancionadora,... y el resto de instrumentos de que dispone la Administración.
No sé, así a bote pronto creo que es lo que respondería...
Un saludo!
-
Yo ahí le diría...
- la afectación al uso público, fomento de la riqueza, servicio público...etecé etecé.
- no pueden ser objeto de propiedad privada, por el plus de protección: III, acción reivindicatoria, potestad sancionadora,... y el resto de instrumentos de que dispone la Administración.
No sé, así a bote pronto creo que es lo que respondería...
Un saludo!
Muchas gracias!! Si es eso, mas o menos maquillado pero eso ;)
pero haciendo hoy repaso del primer bloque con las preguntas de examenes, me quede :o...
qué ganas de que llegue el viernes, no veo...
A seguir un rato más. Un saludo y suerte para toda la semana!
-
:P :P :P
debo de terner abnesia, no recuerdo ni número de expediente
-
me puede alguien decir la diferencia entre recuperación de oficio y recuperación posesoria? yo pensando que era lo mismo, pero se ve que no pero no encuentro la diferencia...
-
me puede alguien decir la diferencia entre recuperación de oficio y recuperación posesoria? yo pensando que era lo mismo, pero se ve que no pero no encuentro la diferencia...
Hola pedro73.
La verdad es que se utilizan diversas denominaciones para hablar de "recuperación posesoria (art. 55 LPAP)", así,
- Recuperación posesoria
- Reintegro posesorio
- Interdictum posesorio
- Recuperación de oficio
- Reivindicación de oficio
Estos términos los puedes encontrar tanto en la doctrina, como en la leyes en sí mismas. Es verdad que nuestro manual reserva unas denominaciones para la recuperación de los bienes demaniales y otras para la recuperación de los bienes patrimoniales; en realidad la recuperación de oficio es la potestad de la administración para que per se, ella misma, mediante la incoación de un procedimiento de oficio puede recuperar sus bienes, según el manual, demaniales, pero no dice que no sean los patrimoniales, con algún requisito diferente, pero afecta tanto a unos como a otros.
Si te das cuenta, el art. 41.1.c) LPAP dice, "Para la defensa de su "patrimonio" las Administraciones públicas tendrán las siguientes facultades y prerrogativas (...) c) Recuperar de oficio la posesión indebidamente perdida sobre sus bienes y derechos".
Conclusión: es lo mismo, es la potestad (dentro de ese amplio abanico de poderes exorbitantes) que tiene la Administración pública para lo que indica el art. 41.1.c), o el 55, LPAP, para la recuperación de sus bienes y derechos, de sus "posesiones". ;)
-
gracias nieves por la explicación, pero sé bien a lo que se refiere el tema de la recuperación de los bienes por parte de la administracion
mi duda es con respecto a éste párrafo "la recuperación de oficio de bienes de dominio publico, frente a la recuperación posesoria, no está condicionada al plazo de un año, de forma que en cualquier momento podrá rescatar la dependencia demanial sustraída..."
haber si lo entiendo, según el manual le llama recuperación de oficio para los bienes demaniales o de dominio publico y recuperación posesoria para los patrimoniales?
-
gracias nieves por la explicación, pero sé bien a lo que se refiere el tema de la recuperación de los bienes por parte de la administracion
mi duda es con respecto a éste párrafo "la recuperación de oficio de bienes de dominio publico, frente a la recuperación posesoria, no está condicionada al plazo de un año, de forma que en cualquier momento podrá rescatar la dependencia demanial sustraída..."
haber si lo entiendo, según el manual le llama recuperación de oficio para los bienes demaniales o de dominio publico y recuperación posesoria para los patrimoniales?
Supongo que te refieres al final de la página 72 de la edición del manual de este curso; en ese sentido sí; el autor del manual parece querer indicar que el transcurso de 1 año para poder recuperar de oficio los bienes demaniales o de dominio público, la hacen diferenciar de la recuperación posesoria de los bienes patrimoniales, que también se realiza de oficio, pero que la acción de la recuperación posesoria está sujeta a prescripción, mientras la de los demaniales no, recuerda que estos últimos tienen una autotutela más, "la imprescriptibilidad".
No sé si habré interpretado mal al autor del manual, pero creo que ahí estriba la diferencia que él realiza de la usurpación que se pueda producir en un bien de la Administración pública, pero la diferencia es ésa, que no está condicionada al límite de 1 año para poder ejercerla, cosa que sí sucede en los patrimoniales y en el reintegro posesorio de ambas clases de bienes.
Para mi, hablar de recuperación de oficio en cualquier tiempo de los bienes demaniales, es hablar de la imprescriptibilidad.
Suerte
-
gracias nieves por la explicación, pero sé bien a lo que se refiere el tema de la recuperación de los bienes por parte de la administracion
mi duda es con respecto a éste párrafo "la recuperación de oficio de bienes de dominio publico, frente a la recuperación posesoria, no está condicionada al plazo de un año, de forma que en cualquier momento podrá rescatar la dependencia demanial sustraída..."
haber si lo entiendo, según el manual le llama recuperación de oficio para los bienes demaniales o de dominio publico y recuperación posesoria para los patrimoniales?
Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
SECCIÓN 4
DE LA RECUPERACIÓN DE LA POSESIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS DEL PATRIMONIO
Artículo 55 Potestad de recuperación posesoria
1. Las Administraciones públicas podrán recuperar por sí mismas la posesión indebidamente perdida sobre los bienes y derechos de su patrimonio.
2. Si los bienes y derechos cuya posesión se trata de recuperar tienen la condición de demaniales, la potestad de recuperación podrá ejercitarse en cualquier tiempo.
3. Si se trata de bienes y derechos patrimoniales la recuperación de la posesión en vía administrativa requiere que la iniciación del procedimiento haya sido notificada antes de que transcurra el plazo de un año, contado desde el día siguiente al de la usurpación. Pasado dicho plazo, para recuperar la posesión de estos bienes deberán ejercitarse las acciones correspondientes ante los órganos del orden jurisdiccional civil.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l33-2003.t2.html#c5s4
-
¡Cuidado! Nuestro amigo Parada no alude a la LPAP, de hecho cree que la recuperación posesoria sobre los bienes patrimoniales es dar, por decirlo de forma más común, demasiada "ala ancha" a la Administración, de ahí que la diferencie en los demaniales y la llame "recuperación de oficio", no como consta en el art. 55 LPAP que ya le he comentado antes al compañero. ;)
-
gracias a las dos, yo me quedo con la definición de siempre de la ley de procedimiento administrativo y la de patrimonio,(que ámbas estudié muchas veces, como buena funcionaria) y luego a mayores tendré en cuenta la definición particular que el autor del libro le pone y listo, no le doy mas vueltas que tengo mucho temario por delante...mucho monte y mucho urbanismo, gracias de nuevo
-
por cierto marta, encantada de saber de nuevo de ti, hacía tiempo que no entrabas?! o igual no coincidimos este año en asignaturas
suerte en los exámenes y también a ti nieves que siempre estás atenta a echar un mano siempre que puedes!!
-
hola!! al ver el programa y debido a que en alf no contestan , de la pagina 195 del manual a la 307 no entra nada en el examen? y de la 410 a la 423? muchas gracias
-
En fin, suerte para los que vayamos esta tarde! Qué ganas de ir ya y que se pase por fin esta fecha :D
-
En fin, suerte para los que vayamos esta tarde! Qué ganas de ir ya y que se pase por fin esta fecha :D
Cuanto tiempo!!! ;)
Pues si, necesitaremos un poco de suerte...confio en que se porten igual de bien q en la primera semana!!!
Esto esta casi hecho!!!
:-*
-
Ahora sí que se acabó el tiempo de estudio :o vamos a intentar quitarnos este tostón del medio!! Suerte a todos!!
-
Parece que voy a entrar al :-X matadero... :D
Dangoro...con lo que me gustaba admvo...este año se me han quitado las ganas...sueño con aguaaaa: costas, mares, puertos, playas...buques...
Si estuviera en el un, dos, tres...ganaria un monton de chinchirrines....
Venga suerteeeeee!!!! :-*
-
Exámen con preguntas repetidas:
1. Control judicial de los actos de autotutela.
2.Bienes afectados a servicio público.
3. Novedades nueva Ley de Costas.
4.Regimen estatutario de la propiedad del suelo. Deberes y cargas del propitario.
5. Ambito de aplicación de suelo urbanizado.
-
Exámen con preguntas repetidas:
1. Control judicial de los actos de autotutela.
2.Bienes afectados a servicio público.
3. Novedades nueva Ley de Costas.
4.Regimen estatutario de la propiedad del suelo. Deberes y cargas del propitario.
5. Ambito de aplicación de suelo urbanizado.
Pero por qué tenéis que recalcar siempre si son o no repetidas? Después vienen los lloros cuando los departamentos no repiten.
-
Me ha salido genial!!!!
Por fin viernes!!!!
Nunca descartes preguntas y menos cuando son reformas novedosas de ley..
Yo no descarto nada en admvo :-*
Feliz fin de semana!!!
-
Me ha salido genial!!!!
Por fin viernes!!!!
Nunca descartes preguntas y menos cuando son reformas novedosas de ley..
Yo no descarto nada en admvo :-*
Feliz fin de semana!!!
Cariño cuanto me alegro!!!!!! Ahora descansa! Una menos!
-
¿Que tal tú? Espero que mejor :-*
-
Cual es el ámbito de aplicación de la valoración del suelo urbanizado.?
-
Cual es el ámbito de aplicación de la valoración del suelo urbanizado.?
Juer conteste las dos ultimas en 3 cm de folio....
-
Juer conteste las dos ultimas en 3 cm de folio....
Je, je. je, por ahí he andado yo, algo más, pero en la última uffffffffff, sólo tres líneas, no me daba para más; supongo que se refieren al ámbito para valorar el suelo, si es así, el TRLS marca las directrices, si bien, no es imperativa, es decir, la legislación autonómica también tiene velas en el asunto, y por último será el POU del ente local el que lo recoja, pero sin ir contra la ley autonómica y en lo no recogido por ella, actúa supletoriamente el TRLS, creo que es algo así, más o menos, ¡no me daba para mucho, mejor dicho, para casi nada, me extendí demasiado en la primera! :-\
-
Pues yo me fui por otros lares, pensaba que se refería al tema expropiatorio ,de equidistribucion de beneficios y cargas y de responsabilidad patrimonial de las AAPP.
-
¿Había que contestar a las 5 o se eliminaba una?
-
¿Que tal tú? Espero que mejor :-*
LECARDILLA, dime algo de esa última pregunta, porque no entendí que pidiesen la valoración en sí,
aissssssssss, que es la única en la que tengo dudas, :-\
jejjeje, ¡yo tampoco descarto nada! ;), aunque eso sí, hay que resumir mucho las novedades, o las principales novedades, por cierto, se me olvidó el volumen en la renovación de las construcciones ya edificadas, puse altura y superficie, pero se me olvidó el volumen, ¡cachis! si es que no puede ser, siete exámenes, ¡soy una mendrugaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa! :D
-
Pero por qué tenéis que recalcar siempre si son o no repetidas? Después vienen los lloros cuando los departamentos no repiten.
Repetidas de la primera semana. Eso es a lo que me refería.
Si además son repetidas de otros años ni lo sé ni me importa porque yo lo estudio todo
-
Pues yo me fui por otros lares, pensaba que se refería al tema expropiatorio ,de equidistribucion de beneficios y cargas y de responsabilidad patrimonial de las AAPP.
Yo también he contestado eso, y es correcto
-
Yo también he contestado eso, y es correcto
repito mi pregunta, ¿habia que contestar a las 5?
-
Si las 5
-
A mi me han fundido ...en fin presentarse a seis en una convocatoria es lo que tiene pero estoy contento he aprobado cuatro y suspendido dos
-
Si las 5
¿Qué os ha parecido?
Quizás inesperado. Yo estuve a punto de entrar, me lo habia estudiado todo menos los montes y por eso no quise hacerlo. Ya ves.
-
Yo también he contestado eso, y es correcto
Pues genial pues
-
Inesperado, la verdad. Lo de la ley de costas lo tenía casi sin mirar porque salió la primera semana. Salvo esa creo que el resto está bien (aunque la del control de la autotutela la podría haber respondido con una sola línea). A ver si hay suerte.
-
Yo me he emocionado con la ley de costas en la parte de abajo de las preguntas, a letra normal y he dicho "coño! No me van a caber las demás! O_o" así que en la parte de atràs he hecho letra mini para las otras 4 ajjajajjaaa veràs que risa el que corrija XD
Mnieves he hecho como tu el otro dìa, se me ha olvidao esto de la pregunta 3 y t lo pongo aquì al final :p
La de costas la tengo bien seguro, las demàs he tirado ce resumen y lo que acordaba..... veremos que pasa
-
Yo también he contestado eso, y es correcto
Puffffffffffffffff, por lo visto llegué todavía embotada, y ahora que estoy aburrida, supongo que por la costumbre, ¡no lo vi!; es decir, lo pensé en un par de segundos, pero me dije, no, sólo hace referencia al suelo urbanizado, y ése ámbito de aplicación contempla cualquier clase de suelo, es decir, era cuestión de indicar las reglas del TRLS de 2008 sobre valoraciones del suelo, instalaciones construcciones y edificaciones, y los derechos constituidos sobre o en relación con ellos, y relatar las cuatro reglas, ¡vaya gambazo! desde luego no me hubiese cabido de ninguna de las maneras, pero me hubiese ahorrado el "moruno", :(
-
Yo me he emocionado con la ley de costas en la parte de abajo de las preguntas, a letra normal y he dicho "coño! No me van a caber las demás! O_o" así que en la parte de atràs he hecho letra mini para las otras 4 ajjajajjaaa veràs que risa el que corrija XD
Mnieves he hecho como tu el otro dìa, se me ha olvidao esto de la pregunta 3 y t lo pongo aquì al final :p
La de costas la tengo bien seguro, las demàs he tirado ce resumen y lo que acordaba..... veremos que pasa
jajjaja, ¡pues ojalá no te hubiese pasado! no me fío de eso que dicen, ¡no pasa nada! pero después la presentación es la presentación, en fin, esperemos notas,
el otro Departamento no sé cómo puntuará, pero en Administrativo III no se podía tener ninguna mal del todo, y yo aquí mucha alusión al Texto Refundido del Suelo, pero nada de nada del resto, ¿con una pregunta mal, aunque sean 5? :-\ creo que va a ser dedo abajo.
¡Suerte men! y al resto, por supuesto. :)
-
Ponìa en la guìa algo asì como que si contestas 2 preguntas de forma insuficiente se considera no apto.... aissss señor, esperemos que tengan buen dìa aquél que pongan las notas ::)
Tampoco es una chapucilla, he preferido ponerlo...si no les gusta pues que den màs folios, copón!
Suerte a todos!
-
Creo que me puedo anticipar a la nota. Me he ido a la Guía y pone:
El criterio general de evaluación es la respuesta correcta a las cinco preguntas, pues todas tienen idéntico valor (2, esto lo pongo yo) Se tendrá en cuenta el rigor conceptual, la claridad en la redacción y la precisión léxica (...) No obstante la valoración global que se hace, la falta de respuesta o una respuesta muy deficiente a dos de las preguntas no permitirá alcanzar la calificación de "apto" en la prueba.
No ha falta de respuesta, pero la que he dado está mal, la entendí referida al régimen normativo de valoración del suelo, no a las reglas generales de valoración, aunque creo que es igual, al fin y al cabo, el régimen normativo recoge las reglas generales de valoración.
:(
-
Yo ni me acuerdo de lo que he puesto y ni lo quiero mirar! Se acabó, para hacer mala sangre me espero a la nota :P
Bueno, solo es una! Ten fe mujer, las demás seguro que las has hecho punto de cruz jijijiji Hasta que no se vea la nota no todo está perdido ;)
-
Yo ni me acuerdo de lo que he puesto y ni lo quiero mirar! Se acabó, para hacer mala sangre me espero a la nota :P
Bueno, solo es una! Ten fe mujer, las demás seguro que las has hecho punto de cruz jijijiji Hasta que no se vea la nota no todo está perdido ;)
Siiiiiiiiiiiiiiiiiiii, jajjaja, desde que me pasó lo de HP en septiembre, ahora siempre espero hasta que están los exámenes en la valija, y los de desarrollo a que llegue el sms,
pero te digo una cosa, ¡cómo apruebe los siete exámenes, amplío Civil IV para el verano! :D
-
¡Ya desapareció el turno de noche! :(
Así que a partir de mañana, cuando ordene el estudio -de todas formas hay que dejar ordenado lo del primer parcial- para empezar con lo siguiente, sólo podemos entrar a plantear dudas o a resolver, quien pueda y en las asignaturas que pueda.
Un saludo, suerte y que tengáis buen comienzo con la nueva materia. :)
-
Jajajajaaja esa es la actitud!!!!! :)
Ya, parece que me falta algo....y ahora cómo hablo con vosotros? Joooo
Eso, feliz fin de semana a todos! A descansar y a hacer vida social!! Y tomar el aire, que después de tanto estudio casi nos tenemos que poner el antipolil....
-
Bueno, como soy una doña erre que erre, creo que la pregunta 5 ser refería al art. 27 TRLS, es decir, no podemos contemplar las cuatro reglas generales, que ya de por sí con la LEF casi no son aplicables, sino que nos hemos de ir al régimen de valoración del suelo urbanizado, y si es así, primero lo que diga la Legislación autonómica, y si ésta permite la iniciativa urbanizadora a los propietarios, es cuestión de llegar a acuerdos entre los que pueden participar y cómo se valora para a aquéllos que no lo pueden hacer, los beneficios y las cargas; creo que si hubiesen querido que contestásemos las reglas generales para cualquier tipo de suelo, en casos de expropiación, por ejemplo, no habría incluido lo de "urbanizado".
No la contesté completa, es más, fueron cuatro líneas apenas, pero desde luego lo de que la legislación autonómica respecto a la ejecución lo ha de permitir, y habrá que estar a las aportaciones del promotor o de la Administración.
Ya lo dejo, voy a recoger el estudio, así que ¡suerte! :)
-
Parece que voy a entrar al :-X matadero... :D
Dangoro...con lo que me gustaba admvo...este año se me han quitado las ganas...sueño con aguaaaa: costas, mares, puertos, playas...buques...
Si estuviera en el un, dos, tres...ganaria un monton de chinchirrines....
Venga suerteeeeee!!!! :-*
jajaja habrás sacado MH no? jajaja
-
jajaja habrás sacado MH no? jajaja
A partir del 7 ;D lo que me pongan, lo acepto gustosa, aunque leyendo a mnieves creo que en la cinco me he columpiado un poco, eso si sobre lo que les he hablado está genial :D..
Al final te presentaste ayer? Espero que sì, y que fuese genial... ;)
-
Presentar me presenté pero porque había pedido libre en el trabajo. Entregué en blanco. Otro verano con Parada y aun tengo el III este cuatrimestre. Que hartura los administrativos. Y luego tu me animas a que me apunte a tu carrera jajajajaaj.
-
Lecardilla enhorabuena, porque me da que te salió un examen de escándalo!! Lo mereces!!! :-*
Dangoro :o, con Parada, sí, te haré compañía también :-\ qué desastre!!! ::) Eso sí, en septiembre la sacamos sobraos... 8) 8)
:)
-
Lecardilla enhorabuena, porque me da que te salió un examen de escándalo!! Lo mereces!!! :-*
Dangoro :o , con Parada, sí, te haré compañía también :-\ qué desastre!!! ::) Eso sí, en septiembre la sacamos sobraos... 8) 8)
:)
Mientras no te den las notas no pienso en hacerte compañía en ninguna en verano. Espero que el pupitre de mi compañera esté vacío. :-*
-
A partir del 7 ;D lo que me pongan, lo acepto gustosa, aunque leyendo a mnieves creo que en la cinco me he columpiado un poco, eso si sobre lo que les he hablado está genial :D..
Al final te presentaste ayer? Espero que sì, y que fuese genial... ;)
No creas que lo que yo he escrito pueda ser, ¡no tengo ni idea! aún así esa respuesta está muy escasita de contenido; así que a esperar notas, puedes conseguir la MH, yo me conformo con mi "san cinco bendito", :D
-
¿Qué os ha parecido?
Quizás inesperado. Yo estuve a punto de entrar, me lo habia estudiado todo menos los montes y por eso no quise hacerlo. Ya ves.
y que perdías por presentarte?
yo me presenté habiendo estudiado solo ayer por la mañana y por la tarde hasta las 6. Evidentemente suspendo, pero por presentarme no perdía nada.
-
y que perdías por presentarte?
yo me presenté habiendo estudiado solo ayer por la mañana y por la tarde hasta las 6. Evidentemente suspendo, pero por presentarme no perdía nada.
Ahora que estoy a punto de terminar el Grado me viene a la cabeza mi propósito inicial al comenzar los estudios de Derecho hace ya 6 años.
Yo tengo 6 títulos universitarios y un trabajo fijo en la función pública en donde ya no puedo ascender. GRUPO A.
Me planteé estos estudios como una forma de aprender y aumentar conocimientos en un campo que veo muy práctico. Quería ante todo difrutar y terminar sabiendo bastante de derecho, sin más, pues no lo necesito.
Mi sorpresa vino al comprobar que el seguindo año me comportaba como los demás. Solo queria aprobar (notable, sobresaliente o aprobado). Cuando me sacaba una, pensaba para mí. "una menos".
No era eso lo que yo pretendía al empezar.
Ni estoy disfrutando ni me siento a gusto en esta carrera contrarreloj por terminarlo todo ya y sin mirar más. Por eso ayer decidí que ya era suficiente. Decidí no presentarme al examen de Admivo IV.
Quizás lo hubiera aprobado, quizás no. Casi seguro que no. Llevo muchas y no me dio tiempo a preparar bien esta. Así que ni siquiera lo intenté. ¿Para qué aprobar una asignatura en la que yo considero que mi preparación era escasa? No quiero eso.
En la presencial, al comenzar esta carrera, me negue a presentarme a economía política. La razón es que era tan endeble la preparación que se daba que me negué a aprobarla sabiendo 4 folios. Así que me matriculé en la UNED y me aprendí el libro en cuestión y la saqué.
Creo que el planteamiento debería ser el que yo tengo, pero entiendo el contrario. Lo he seguido en buena parte durante la carrera.
En septiembre llevaré bien estudiada la asignatura y la aprobaré. Quizás saque sobresaliente. Eso no importa. Lo que cuenta es tener la satisfacción de saber que uno o una sabe de eso que tenia delante y que ha adquirido unos conocimientos que en un momento u otro de la vida le pueden servir para algo (aunque solo sea para rellenar el rosco de pasapalabra...).
A punto de terminar, por tanto, quiero volver a los orígenes. Estudiar con gusto y aprobar con la satisfacción de que sabía y no corrí ni temí nada el día del examen.
-
No puedo estar más de acuerdo contigo.Suerte en ese examen de septiembre.
-
No puedo estar más de acuerdo contigo.Suerte en ese examen de septiembre.
Pues sí, teniendo en consideración esos 6 títulos ya conseguidos, su trabajo si problemas y en límite máximo al que puede llegar, estudiar es por hacer algo que te llena, así que siendo así, haces bien en plantearlo como comenzaste. :)
Al resto que no sea su situación, y a pesar de la mucha prisa que corra, el consejo es el mismo, ¡no ir a un examen a ve que es lo que puede salir y si hay suerte! quien hace eso terminar un Título sin base alguna, después cuándo se comenta algo no tienen ni idea de qué va la "cosa".
Ese es mi pensamiento, a pesar de la falta, de la prisa que corra, etc., hay que ir a un examen habiendo estudiado, después puede venir alguna circunstancia "sobrevenida", un embotamiento por los nervios que queramos o no todos llevamos dentro, alguna circunstancia de presión exterior que presiona tu mente y no deja que salga nada, etc., pero ir por ir, ¿para qué? ???
prefiero ir al trabajo, aunque ahora no esté en mi mejor momento en él, que ir al examen a pillar el justificante, ¡ojo! no es reproche alguno a nadie, sólo es mi forma de pensar. ;)
-
No sé, pero yo creo que si has aprobado el examen es porque al menos algo sí sabes. En ningún sitio regalan nada y en UNED menos aún. Lamento no compartir el comentario de la compañera. :-\
-
Por cierto, ¿las notas las sacarán algún año?
-
Por cierto, ¿las notas las sacarán algún año?
Administrativo, el departamento, siempre apura hasta el último día, por lo que imagino que las notas saldrán para entonces, cuando no quede más remedio que subir actas, al límite o después de la fecha... Sobre todo al ser a desarrollar.
-
A alguien más le sale la nota? No entiendo lo de subprueba.... qué significa eso? No es definitiva?
-
A alguien más le sale la nota? No entiendo lo de subprueba.... qué significa eso? No es definitiva?
jejje, si que es definitiva men; sale subprueba porque es la presencial, podrías tener también la nota de la PEC, pero si te das cuenta, en las cuatrimestrales no pone APTO o NO APTO, se incida APROBADO o SUSPENSO
-
cachis, cachis, cachis, dichoso teclado y dichoso dedo
se "indica" lo que te he escrito antes porque ésa va al expediente cuando se cuelguen las Actas, las anuales no, pero las cuatrimestrales sí.
Dentro de poco la tendremos y podremos decir, ahí te quedas que esta no se modifica, ;)
-
Ay que alegría mnieves!!! :D Ya me estaban entrando los males... :P
-
sin nota aun :(
-
sin nota aun :(
jo, pues a mi me sale... igual me estoy haciendo ilusiones y pasa algo raro :-\
-
A quien le falta la nota de Derecho Administrativo IV? :-\
-
He aprobado administrativo IV, el que me quedaba para quitarmelos de encima. Suerte a quien se presente en septiembre.