Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: ALPHA ECO en 22 de Septiembre de 2013, 00:28:23 am
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Hola a todos,
Con la reforma del codigo penal que estan anunciando en prensa, que pasa ahora con los apuntes, y el libro saldra una nueva edicion?
Saludos
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en que curso estás?? sabés que las normas deben ser aprobadas y entrar en vigor?? que yo sepa el "nuevo" CP no fue aprobado ni en vigor, si es así que alguien me corrija, entonces no estudiaras normas que no están incorporados al ordenamiento jurídico...
lo siento pero me duelen los ojos, leer este post espero que estes en primero o que no hayas estudiado introducción al derecho procesal...
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Te has pasado un poco.
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Hola a todos,
Con la reforma del codigo penal que estan anunciando en prensa, que pasa ahora con los apuntes, y el libro saldra una nueva edicion?
Saludos
Falta mucho todavía para que alguien necesite cambiar el manual o los apuntes. Primero todo el proceso de aprobación de una Ley Orgánica y después con toda probabilidad un largo periodo de "vacatio legis", probablemente unos 6 meses.
La última reforma del Código Penal, mediante la LO 5/2010, tiene fecha de 22 de junio, pero entró en vigor el 23 de diciembre de 2010, si mal no recuerdo.
Así que tranquilo, probablemente no entre en vigor durante este nuevo curso.
Un saludo
Pedro
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lo que hay que pensar es que hay que aprobarla si o si, xq sino el año que viene igual toca cambiar de libro/apuntes... asi que a darle duro y aprovechar que nos valen las referencias que tenemos, que igual el año que viene nos tocaria la "novatada". :)
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pues yo no veo nada práctico estudiar algo que va a quedar obsoleto.
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Uf, a ver si os queda claro..., los libros se publican en verano, en este caso verano del 2013, así que todo lo que cambie a partir de esa fecha SOLO entrará para el curso 2014-15.
Así que esas modificaciones no os van a afectar, podéis estudiar tranquilos, a no ser que el departamento emita alguna addenda con los cambios, cosa rara.
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Es mi primer post, no he visto el subforo de bienvenida. Nuestro legislador penal inconstante nos tiene acostumbrados a reformar el texto punitivo casi todos los años, la situación no es nueva. Los libros están en máquinas ya, por lo que aún cuando entrara en vigor la reforma durante el curso, las modificaciones no serían exigibles o lo que es más razonable no preguntarían nada de lo reformado.
Por cierto, la vacatio legis de la norma penal, en las últimas acaecidas, no existe, suele entrar en vigor al día siguiente de la publicación.
Un saludo.
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pues yo no veo nada práctico estudiar algo que va a quedar obsoleto.
Asi es el derecho compañero, continua evolucion.
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Es mi primer post, no he visto el subforo de bienvenida. Nuestro legislador penal inconstante nos tiene acostumbrados a reformar el texto punitivo casi todos los años, la situación no es nueva. Los libros están en máquinas ya, por lo que aún cuando entrara en vigor la reforma durante el curso, las modificaciones no serían exigibles o lo que es más razonable no preguntarían nada de lo reformado.
Por cierto, la vacatio legis de la norma penal, en las últimas acaecidas, no existe, suele entrar en vigor al día siguiente de la publicación.
Un saludo.
Te invito a leer la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 5/2010
Disposición final séptima. Entrada en vigor.
La presente Ley Orgánica entrará en vigor a los seis meses de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Madrid, 22 de junio de 2010.
Un saludo
Pedro
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Asi es el derecho compañero, continua evolucion.
por supuesto, pero en casos de reformas importantes, debería haber un añadido publicado en internet para tratar los cambios, aunque sea fuera de materia de examen, pero para que el alumno lo tenga, aunque si fuera materia de examen tampoco pasaría nada, especialmente en el segundo semestre.
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en que curso estás?? sabés que las normas deben ser aprobadas y entrar en vigor?? que yo sepa el "nuevo" CP no fue aprobado ni en vigor, si es así que alguien me corrija, entonces no estudiaras normas que no están incorporados al ordenamiento jurídico...
lo siento pero me duelen los ojos, leer este post espero que estes en primero o que no hayas estudiado introducción al derecho procesal...
Que sepa yo este foro es para platear dudas y ayudarnos entre todos. No creo que la respuesta que has dado al compañero sea adecuada.Todos merecemos respeto.
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por supuesto, pero en casos de reformas importantes, debería haber un añadido publicado en internet para tratar los cambios, aunque sea fuera de materia de examen, pero para que el alumno lo tenga, aunque si fuera materia de examen tampoco pasaría nada, especialmente en el segundo semestre.
Yo creo que debemos estudiar lo legislado, aprobado y publicado en Boe, en cuanto sea derecho aplicable, no creo que sea adecuado para el estudiante estudiar futuras reformas, anteproyectos o proyectos de ley, que aun no han sido aprobado. Si ya de por si con lo que hay tenemos la materia extensa, imaginemos aquello que aun no ha sido aprobado. No se lo veo un poco absurdo. Aun asi, como dices cuando existe una reforma, modificacion o derogacion que ha sido aprobada y aun no ha sido publicada en los manuales UNED, los departamentos suelen publicar en Alf, notas aclaratorias de los puntos a los que se refieren dicha ley respecto a lo que debemos estudiar.
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Y considerar aparte, las meras expectativas electorales del Gobierno. Me refiero a que algo que es anunciado a bombo y platillo en prensa, no es ni por asomo lo que despues se concretara en la ley. Por tanto no te creas ni la mitad de lo que anuncia y si lo que dice la Ley, en cuanto sea preceptivo aplicarla la leere, estudiare e interpretare, por eso te dije continua evolucion, lo que hoy es blanco o negro mañana puede no serlo.Mientras tanto que los perros voceros del parlamento discutan o intenten poner a la opinion publica a su favor, sea endureciendo el Codigo penal u otra ley, que a mi no me incumbe.
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Te invito a leer la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 5/2010
Disposición final séptima. Entrada en vigor.
La presente Ley Orgánica entrará en vigor a los seis meses de su completa publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Madrid, 22 de junio de 2010.
Un saludo
Pedro
Pedro, desde 1996 se ha modificado el Código Penal en veinticinco ocasiones, siendo dos de ellas (las operadas por LO 15/2003 y 5/2010, a la que refieres y me invitas a ver) reformas de enorme calado, en las que la vacatio legis era la misma que la establecida en 1995 para su entrada en vigor. El resto, la mayoría y la que se avecina no parece extensa en cuanto al número de preceptos a modificar, se han establecido periodos de veinte días, al día siguiente y en ocasiones algo más. A modo de ejemplo y la última de todas,o, la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, mediante la cual se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal, en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social, entró en vigor a los veinte días.
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La verdad es que es mi primera matricula, soy economista y estoy un poco verde en derecho. Pero para eso estamos aqui.
Gracias, saludos