Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: taniap en 17 de Octubre de 2013, 23:17:56 pm
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Buenas tardes, a la hora de tramitar una herencia, puedo ir directamente al notario con toda la documentación y el arreglará todo, o antes debo pasar por un abogado? Gracias
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Buenas tardes, a la hora de tramitar una herencia, puedo ir directamente al notario con toda la documentación y el arreglará todo, o antes debo pasar por un abogado? Gracias
Como siempre, todo depende, básicamente:
1. Sales en el testamento ? si es afirmativo puedes ir directamente al notario.
2. Es mucho dinero/propiedades ? si es afirmativo te recomiendo un abogado, mejor un especialista en herencias...
Saludos.
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Muchas gracias, hay testamento pero no hay ningun problema entre los herederos y tampoco es ninguna fortuna. Solo tenemos alguna duda a la hora de hacer los arreglos que cosa nos saldría mejor a la hora de pagar. Es por esto que preguntaba si un notario nos puede asesorar o mejor ir a un abogado. Gracias
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Muchas gracias, hay testamento pero no hay ningun problema entre los herederos y tampoco es ninguna fortuna. Solo tenemos alguna duda a la hora de hacer los arreglos que cosa nos saldría mejor a la hora de pagar. Es por esto que preguntaba si un notario nos puede asesorar o mejor ir a un abogado. Gracias
Hombre creo que antes, o sea a la hora de testar, se pueden buscar fórmulas (donar, etc.), ahora ya no creo que se pueda hacer mucho si todos sois herederos a partes iguales y tal. En fin a ver si alguien en el foro nos aporta luz.
Por un lado, el notario sabrá "latín" del tema, y por otro lado por no consultar un abogado muchas veces perdemos más que lo que supone sus honorarios...
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Pues hombre, para que se te pueda ayudar deberías dar algún detalle sobre qué se pretende. Primera cuestión: ¿Se ha producido ya el fallecimiento? Segunda cuestión: ¿De qué Comunidad Autónoma estamos hablando? Y así un largo etcétera.
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Muchas gracias. En respuesta al ultimo mensaje, la comunidad es Cataluña. Os cuento el caso y la duda que tenemos. Mis padres en sus testamentos se lo dejaban todo el uno al otro a parte de la legitima. Mis padres poseen dos pisos que ya sabemos que será un piso para cada hermano (de hecho uno ya esta ocupado por uno de los hermanos y en el otro ahora vive mi madre). LO que no sabemos es si renunciar a la legitima y que sea todo para mi madre o la parte del piso que sería legitima ponerlo ya a nuestro nombre. No sabemos si vale la pena tener ya una parte del piso o ya hacerlo todo de una vez cuando ya sea nuestro del todo. No se si me he explicado. Saludos
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Muchas gracias. En respuesta al ultimo mensaje, la comunidad es Cataluña. Os cuento el caso y la duda que tenemos. Mis padres en sus testamentos se lo dejaban todo el uno al otro a parte de la legitima. Mis padres poseen dos pisos que ya sabemos que será un piso para cada hermano (de hecho uno ya esta ocupado por uno de los hermanos y en el otro ahora vive mi madre). LO que no sabemos es si renunciar a la legitima y que sea todo para mi madre o la parte del piso que sería legitima ponerlo ya a nuestro nombre. No sabemos si vale la pena tener ya una parte del piso o ya hacerlo todo de una vez cuando ya sea nuestro del todo. No se si me he explicado. Saludos
Creo que en principio si sois familia bien avenida y no os hace falta dinero (p.ej. de vender alguno de los pisos), no tenéis que hacer nada en ninguno de los pisos, con cero gastos, y cuando falte vuestra madre arreglarlo todo.
En fin, a ver otras opiniones.