Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Jsf en 22 de Enero de 2007, 11:35:29 am

Título: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: Jsf en 22 de Enero de 2007, 11:35:29 am
:D Bueno amigos para los compañeros de Mérida; El excmanen de Civil I, la primera semana es la siguiente;
1º jurisprudencia como fuente del ordenamiento Jurídico
2º El abuso del derecho
3º La vecindad civil, adquisiciónón de forma de residencia
4º capacidad de obrar; jurídica y obrar
5º practicas el caso 25 .
Bueno un saludo
espero ayudar para la siguiente convocatoria
un besote para todos animo.
Jsf.  ;)
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: MiLe_TzN en 22 de Enero de 2007, 14:46:48 pm
Pues fue bastante fácil,no?
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: uno más en Civil I en 22 de Enero de 2007, 15:24:41 pm
Me ha parecido más difícil de lo que se podía esperar.
Por otro lado, creo que las preguntas de abuso del derecho y la jurisprudencia son muy amplias para poder exponerlas adecuadamente en el examen. Y por otro lado, la pregunta del prácticum ¿no os parece muy cortita para todo lo que significa el esfuerzo del practicum?

Saludos, JL
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: MiLe_TzN en 22 de Enero de 2007, 16:08:37 pm
Lo de la jurisprudencia no me ha extrañado para nada que lo preguntaran. Si me ha llamado la atención lo del abuso de derecho.
Qué ponía sobre el caso del prácticum?
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: MiLe_TzN en 22 de Enero de 2007, 16:12:44 pm
La pregunta del prácticum era sobre autocontrato...
Yo creo que la gente que siguiera el curso virtual de Civil, lo tendría claro. Estuvimos estos días pasados hablando sobre ello, y la profesora Fernanda Moretón también estaba en ese hilo...
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: me rio por no llorar en 22 de Enero de 2007, 16:31:54 pm
¿Dónde está lo del autocontrato? Yo, por lo que recuerdo del foro virtual, entendí que tu ponías en un poder especial (en este caso) lo que quisieras como contrato y siempre y cuando no se vulnerase la ley (anulable a los efectos de representación voluntaria) lo firmado, firmado está. De todas maneras, me cogió mal porque me bloqueé con el abuso del derecho. Sé que jurisprudencia la puedo tener bien, no completa pero bien, la adquisición la tengo bien entera, la capacidad jurídica creo tenerla bien, el abuso escribí lo poco que recordaba (pero no estaba todo lo bien que debiera) y la del practicum (no tengo ni idea porque le hablé de las características del documento, el fin del documento y que en definitiva para mí era una escritura pública de lo que podía haber sido un simple aval bancario). Seguramente me habré equivocado en más de lo que debía, y puedo decir que el examen no refleja la cantidad de horas estudiadas y los conocimientos que afortunadamente sí he adquirido.

Saludos; JL
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: MiLe_TzN en 22 de Enero de 2007, 16:39:25 pm
La profesora Moretón dijo que el autocontrato en Derecho Español no vale... Entra en el Curso Virtual y mira, pero yo ayer leí eso...
Malo será. Si no dejaste ninguna en blanco... ¿El abuso de derecho no había caído ya otra vez?
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: de nuevo aquí... en 22 de Enero de 2007, 18:13:01 pm
Claro que el autocontrato no vale, pero entonces ¿por qué se permite la escritura? ¿no dice también en el manual que los poderes de representación voluntaria son anulables si no son conformes a derecho? Yo entiendo por anulable que si el poderdante quiere anularlo porque no es su voluntad, pues lo anula desde la fecha en que causó derecho el autocontrato, pero si está conforme con lo firmado y con lo realizado ¿es válido? en mi opinión, sí. Y eso era lo que había entendido en el foro virtual.
El abuso del derecho cayó en un examen de reserva de septiembre.
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: MiLe_TzN en 22 de Enero de 2007, 19:51:34 pm
¿Anulables o nulos?
Anulable significa que no vale pero se puede subsanar. Nulo es que no vale y no hay nada que hacerle (para entendernos lo digo así).
Si no vale, ¿cómo lo vas a escriturar? Sería nulo. Yo creo que si los poderes de representación son contrarios a derecho, son nulos.
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: ¿anulable o nulo? en 22 de Enero de 2007, 20:30:37 pm
Helena. EN el manual pone que la representación voluntaria si contradice la ley mientras no suceda es anulable (con lo cual dice que mientras no se denuncie se convalida o al menos lo entiendo así) y en la representación legal es nulo de pleno derecho. ¿Por qué? Pues porque el representante legal no tiene que consultar con su representado y decide basándose en su autonomía mientras que el apoderado tiene que seguir las instrucciones de su representado y carece de autonomía, se tiene que basar en lo escriturado en el poder.

Creo que es así. SI piensas que es diferente, seguimos comentándolo, aquí o en foro virtual.

Saludos, JL

P.s.: gracias por toda tu ayuda, tanto en Consti I como en Civil I. No sé si te lo había dicho pero quede aquí como reflejo de mi voluntad.
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: J en 22 de Enero de 2007, 20:54:24 pm
El autocontrato se suele restringir, pero se permite.

Sobre este punto la doctrina se encuentra conforme. El autocontrato es extremadamente peligroso, por lo que solo en casos muy excepcionales puede admitirse su validez.

En efecto, es imposible que el representante que contrata consigo mismo atienda los 2 intereses opuestos, el suyo propio y el de su representado.

La eficacia del autocontrato debe pues limitarse a los casos en que haya garantía de un resultado provechoso para ambas partes, y el ordenamiento debe prohibirlo en todos los demás supuestos.
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: MiLe_TzN en 22 de Enero de 2007, 21:12:50 pm
Me preguntaba porqué sabías mi nombre  ;D ;D ;D Aún encima con H  :D
¿Dónde te habías metido? Hace semanas o meses que no sé nada de ti. Ni un miserable e-mail me mandas 8) 8) 8)
Para que algo que sea anulable se pueda convalidar, hay que cambiarlo, no vale dejarlo pasar. Por ejemplo, en lo de las oposiciones, si te falta firmar, es anulable, y te dan no sé cuántos días para que lo subsanes. Si no, adiós muy buenas.
Pero el representante legal hay cosas que no puede hacer.
J, ¿de dónde sacas que el autocontrato vale? la profesora dejó claro que en derecho español no es válido.
Título: Re: El día "D" de Civil 1º
Publicado por: J. en 22 de Enero de 2007, 21:22:32 pm
Como ejemplo, y recuerdo que cuando estudié civil I hace ya unos años el Manual de Lasarte lo mencionaba, la ley de fundaciones lo permite.

Para que lo veas mejor:

http://civil.udg.es/Tossa/1996/Textos/verdera.htm

Sí se permite, está restringido, pero se permite