Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: LOBOND en 22 de Diciembre de 2013, 13:03:55 pm
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hola,
Tengo una duda :
Puedo hacer una exedencia de 1 o 2 años, ahora que me acavan de acer un contrato indefinido, y poder recuperar mi puesto de trabajo con garantia?
saludos y ,muchas gracias
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Hola Lobond.
Antes que nada, deberás acudir a tu convenio colectivo, donde probablemente tengas las condiciones de la excedencia.
Un saludo
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gracias liberto!!
tu crees que la puedo hacer con garantia de recuperar mi puesto de trabajo??
saludos!!
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Permitirme que opine ; pienso que solo recuperarías tu puesto en estos tres casos:
1º .- Si tu "enchufe" es de tal potencia que sobrepasa a los de aquellos candidatos que durante ese tiempo puedan ocupar tu puesto .
2º .- Si tu valía es tan destacada y fundamental que todo aquel que te sustituya no consiga por mucho que haga que se olviden de ti .
3º .- Si tienes el puesto que solo puedes desempeñar tú o ese otro (puesto) que no querría nadie salvo tú .
Es de estas tres maneras en las que creo que tu excedencia podría ser efectiva . Si no ; te aconsejo que compatibilices el trabajo con "eso otro" para evitar males mayores .
Ni convenio ni... Conveniencia ; eso es lo que impera .
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Si es una empresa privada, recuperar un puesto de trabajo en excedencia con garantía...¿y si la empresa quiebra durante esos 2 años? ¿y si hacen un ERE durante esos 2 años? lo único seguro en la vida son la muerte y los impuestos... suerte con tu decisión....
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las excedencias tienen que ser causales , hay que ir al convenio colectivo ( texto jdco que su futuro es papel mojado , por que la reforma se ha cargado la ultractividad y el tema sería si hay derechos que que se respetan) y se asemeja a la función pública que hay excedencia por interés privado o no , caso de nacimiento o adopción de hijo , cuidado de familiar , etc )
Hay que ver la causa .
?
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Permitirme que opine ; pienso que solo recuperarías tu puesto en estos tres casos:
1º .- Si tu "enchufe" es de tal potencia que sobrepasa a los de aquellos candidatos que durante ese tiempo puedan ocupar tu puesto .
2º .- Si tu valía es tan destacada y fundamental que todo aquel que te sustituya no consiga por mucho que haga que se olviden de ti .
3º .- Si tienes el puesto que solo puedes desempeñar tú o ese otro (puesto) que no querría nadie salvo tú .
Es de estas tres maneras en las que creo que tu excedencia podría ser efectiva . Si no ; te aconsejo que compatibilices el trabajo con "eso otro" para evitar males mayores .
Ni convenio ni... Conveniencia ; eso es lo que impera .
Estamos en un subforo jurídico así que por favor tus delirios debes de dejarlos para otros temas, este subforo es para intentar resolver temas jurídicos.
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Estamos en un subforo jurídico así que por favor tus delirios debes de dejarlos para otros temas, este subforo es para intentar resolver temas jurídicos.
Si a tu opinión oportuna , censuradora y por qué no excluyente la hubieses acompañado de una brillante explicación jurídica sobre el tema de la excedencia y de las posibilidades de que el compañero LOBOND retomara su trabajo ; te hubieras salido... En vista de tu comentario te diré que te excedes conmigo ; no sé por qué...
¿Que mal puede ocasionar una humilde opinión? . ¿Delirios míos? . ¿Solo míos?...
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Hola a todos,
Aunque El Macias no fundamente su opinión juridicamente no le falta razón, teniendo en cuenta que las excendias están reguladas en el art. 46 del E.T., que la mayoría de los convenios cuando las tratan son un corta y pega del citado artículo, y la situación económica actual.
Lo que quieres solicitar es una excedencia voluntaria y esta solo da derecho a:
art. 46.5. del E.T. "El trabajador excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya que hubiera o se produjeran en la empresa."
Saludos,