Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: foto031 en 06 de Febrero de 2014, 15:15:14 pm
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Mañana ya es viernes, ¿alquien va a Civil III? :-\
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Yo voy, en coruña.
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Y yo, miedo me da no acordarme de nada, los tipo test a veces son " chungos ".
Suerte
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Yo también....
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Yo también voy y revisando el de la primera semana me parece complicado... Además por la mañana tengo Practicum Constitucional, que no es muy complicado, pero me molesta tenerlo ahí...
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Hola, no puedo acceder a la página oficial UNED, podría alguien confirmarme que el examen es mañana a las 16 horas, en Península, 15 horas en Canarias?
Muchas gracias y mucha suerte a tod@s.
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Te confirmo que el exámen es a las 16:00 h en península. ¡suerte a todos!
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Mañana ya es viernes, ¿alquien va a Civil III? :-\
suerte y seguro que irá bien, mucho ánimo.
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Último repaso niñossss
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Yo también e ;D ;Dn A Coruña, mucha suerte a todos. Compi a ver si nos deja el temporal hacer el examen ;D
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¿Cómo os ha ido? Yo lo he encontrado factible para aprobar. No era fácil, pero creo que el de la primera semana era más rebuscado.
No me han dejado llevarme la hoja de preguntas del examen, así que no las puedo colgar.
He dudado mucho con una que hacía referencia a la entrega de llaves como traditio simbólica. Si la misma estaba establecida en el Codigo Civil, Ley Hipotecaria (creo) o en la doctrina. Yo he puesto, por eliminación, en la doctrina, pero, dudo mucho... He buscado y tampoco encuentro nada...
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yo tb en la pregunta 19, es puesto que era según la doctrina, poque me sonaba de algo.
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Buenas
¿Qué habéis puesto en la siguiente pregunta?
"Es obligación del usufructuario respecto de la conservación de la cosa usufructuada:
a)pagar los gastos derivados de las reparaciones extraordinarias
b)pagar al propietario los intereses que hubiere pagado de las contribuciones que durante el usufructo se impongan directamente sobre el capital
c)pagar los gastos derivados de la cosa cuando ésta sea deteriorable"
Llevo un rato con los ojos de un camaleón leyendo el art. 505, el 504 y los apuntes :o
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Nadie más se ha presentado?
Necesito saber algo de la dichosa entrega de llaves!
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Yo no tenía ni idea y he arriesgado demasiado, me da. En esa puse Código Civil.
Tengo dudas con la 11, 13, 14, 15, entre otras. Me refiero examen tipo C.
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11: derecho de utilización de los elementos comunes: he puesto la C. Por su naturaleza, no influye cuota ni acuerdos (la he revisado de los apuntes y sólo puede ser esa...).
13: la cuota de participación en la Ley de Propiedad Horizontal: he puesto la B. Modificable por acuerdo unánime (los apuntes también van ese sentido).
14: personas con derecho a usufructo simultáneo: la B. Es el llamado usufructo simultáneo.
15: Oligación del usufructuario: la A. El CC indica que debe formar inventario y prestar fianza.
Yo dudo con:
2: el poseedor de mala responde en caso de deterioro/pérdida? He puesto la C (en todo caso y aún más en fuerza mayor). Me huele que está mal.
8: puede adquirirse posesión por tercero sin mandato: he puesto la B (si lo ratifica el tercero).
19: la entrega de llaves como traditio... Ya lo hemos hablado y ni idea.
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En la 2 yo también he puesto la C.
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Hola a todos! Yo creo que suspendo por una, así que a rezar para que ocurra el milagro y anulen alguna.
La de las llaves, para mi desgracia, es la del código civil: art. 1463 y epígrafe 5.3 del tema 7 del compendio.
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Hola, mis respuestas son:
1.b
2.c
3.a
4.a
5.c
6.c
7.c
8.c
9.c
10.c
11.b
12.c
13.b
14.b
15.a
16.b
17.b
18.c
19.a
20.c
A ver si coincidimos
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Qué tipo de examen es?
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Hola, mis respuestas son:
1.b
2.c
3.a
4.a
5.c
6.c
7.c -- He puesto la A "se presume iure et de iure que el poseedor actual que demuestre su posesión en época anterior, también lo ha sido en la intermedia (lo he buscado y es así, lo que pasa es que esto de iure et de iure me hace dudar".
8.c -- He puesto la B "si lo ratifica el tercero".
9.c
10.c
11.b -- He puesto la C, he buscado y no he encontrado que se puedan limitar los derechos de utilización de los elementos comunes según la cuota.
12.c -- He puesto la B y según el 352 se entiende por tesoro oculto, el deposito oculto e ignorado de dinero, alhajas, etc...
13.b
14.b
15.a
16.b --He puesto la C. Art.500 CC: obligación de pagar los gastos de deterioro.
17.b
18.c
19.a --He puesto la B. Imagino que es la A, como alguien ha apuntado.
20.c
A ver si coincidimos
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Añado, que la 7 la la tengo mal: es una presunción iuris tantum, no iure et de iure... Cagada enorme!
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Añado, que la 7 la la tengo mal: es una presunción iuris tantum, no iure et de iure... Cagada enorme!
Sí, iuris tantum, me he vuelto loca buscando pero ... Pero tampoco es la C, porque pone "se le puede obligar a exhibir el justo título" y no es cierto. Es la B.
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Sí, iuris tantum, me he vuelto loca buscando pero ...
En la 8 tú que has puesto? Me ha parecido confusa, pero he puesto la B (si lo ratifica el tercero).
He salido muy alegre y si no voy a septiembre será un milagro...
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Es el momento para mí de preguntar lo siguiente: ¿hacen media con un 4 en algún parcial? :'( :'(
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Hola de nuevo, no se si os estareis liando, mi examen es el tipo D, y tampoco lo repase aún, ya que estoy en el trabajo, no alarmeis y SUEERTEE1!!!!!
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No lo sé... y yo me veo suspendido con un 4,9... :-[ :-[ :-[ :-[
En el campus virtual de la asignatura un compañero ha colgado el examen y varias reflexiones. Por lo que cuenta hay mucho campo de impugnación...
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La de las llaves, para mi desgracia, es la del código civil: art. 1463 y epígrafe 5.3 del tema 7 del compendio.
Me ha pasado lo mismo
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Respuestas tipo D por favor??
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Hola, yo tengo el examen tipo c. He revisado algunas...
- la posesión como hecho... Es la B, cabe reconocerse en dos personalidades distintas si es un caso de indivisión.
- la segunda, el poseedor de mala fe responde del deterioro o perdida de la cosa: es la C, en todo caso y aun en los casos ocasionados por fuerza mayor. De todas formas se las traía y dudaba mucho con la B.
Saludos
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Sigo, que estoy con un móvil. La adquisición de servidumbres continuas y no aparentes y las discontinuas..... Es la A, el virtud de titulo.
La de los gastos suntuosos, es la C, no son abonables ni al poseedor de buena ni al de mala fe.
La de la formación de la isla, es la C, ambos requisitos son necesarios.
El pagador del canon en el censo reservativo.... Es la B, el nuevo titular del fundo.
La de las presunciones.. Ya lo habéis dicho antes, es la B, que la posesión de una cosa raíz...
La de las llaves, es segun el codigo civil, es decir, la A
La cuota de participación en el régimen de propiedad horizontal, es la A. Es in modificable una vez fijada en el titulo constitutivo de la propiedad horizontal.
No se... A mi me ha parecido bastante mas difícil y rebuscado que el de la primera semana, sobre todo la de las llaves, la de la cuota de participación, la de las presunciones y el iure et de iure...
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Hay que esperar a que cuelguen las plantillas.
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Las que he puesto están comprobadas con el libro.
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Yo también e puesto en la 16 la c).
según lo establecido en el art. 481. CC, tu aplicas el
500 CC, pero ese habla de restituir la cosa deteriorable a su propietario que se hará tal
como se encuentre, pero la pregunta habla de la conservación de la cosa, y por eso creo
que es más de aplicación el art. 481..
¿Qué opináis al respecto?
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Yo también he puesto la C en la 16. Tengo dudas en la 3, he puesto la C. Vamos a ver si llego a las 13 acertadas, lo dudo.
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Por cierto, ¿alguien sabe cuando colgarán las plantillas?
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TIPO D, He puesto:
1-B 2-C 3-A 4/ 5-C 6-A 7-C 8-B 9-B 10/ 11-C 12-A 13-B 14-B 15-A 16-B 17/ 18-C 19/ 20/.
He contestado 15, espero muchas coincidencias.
suerte.