Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: Alex__ en 10 de Marzo de 2014, 20:45:43 pm
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Buenas noches,
Un demandado no recoge ninguno de los certificados del Juzgado para un proceso de modificación de medidas de un divorcio.
¿Cómo proceso el Juzgado ante esta situación?, ¿dicta sentencia a favor del demandante?
Gracias por vuestras respuesta.
Saludos
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A ver lo que te dicen mis gurús.
En mi opinión al no personarse en el proceso lo que se dicte en ellos le va a afectar.
Por ejemplo si no recoge una notificación de deuda se le exigirá esa deuda sin su oposición. Y luego si era incierta le costará mucho más recuperar las cantidades ante un embargo judicial.
En el caso de un divorcio también corre similares riesgos. Como sólo comparece y aporta pruebas una de las partes si la otra no la contradice......
A ver lo que dicen los compañeros.....
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Gracias Esgrimidor,
La duda que tengo es si el Juez puede conceder lo que pide el demandante al no poder comunicar con el demandado.
Saludos
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No habeis tenido en cuenta que se puede citar por edictos y de hecho así se hace cuando el demandado está en ignorado paradero...
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Es un proceso de modificación de medidas de un divorcio y el demandado reside en el domicilio conyugal que le fue asignado en el proceso del divorcio. Entiendo que debe residir en ese domicilio.
Después de intentar citarle por los medios que sean, si sigue responder, ¿que hace el Juez respecto a la demanda?
Gracias
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La nueva Ley de Enjuiciamiento Civil es más estricta a la hora de realizar las notificaciones por edictos. Si en este caso, el demandado sí reside ahí, pero simplemente no recoge los certificados, podrá practicar la diligencia de emplazamiento el Servicio Común de Notificaciones y Embargos (que existen ya en casi todos los partidos judiciales) o el funcionario del Juzgado de Paz (si no reside en la cabecera de partido). El funcionario que se persone a practicar la diligencia, si no lo localizara, tiene la posibilidad de entregarlo a una familiar, vecino, etc. Si después de agotadas todas estas posibilidades no hubiera sido posible emplazarle, sí podría pedirse el emplazamiento por edictos y el Secretario judicial acordarlo. Además, si personado el funcionario, encuentra al demandado y éste se niega a recogerlo, se dará por notificado, dejando a su disposición la documentación en el Juzgado
Un saludo
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Gracias