Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Crispr25 en 13 de Febrero de 2007, 13:43:07 pm
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EN LA PAGINA DEL DEPARTAMENTO Y EN LOS CURSOS VIRTUALES HAN COLGADO LAS RESPUESTAS A LOS TEST (A TODOS) DE LOS EXAMENES DE PENAL.
MUCHA SUERTE :D
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26, 26, 26, JI JI JI!!!! ;D
AHORA QUE NO ME HAYA EQUIVOCADO AL PASARLAS A LA HOJA....
GRACIAS A DIOS! ;)
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Yo tengo 25 ;D ;D ;D
si se han equivocado en alguna, que sea para ponernos una bien más.
Viva viva!
He entrado como una loca buscando el mensaje en donde podían estar las respuestas. Se me salía el corazón por la boca. Espero que no cambien nada. Ya me da igual el resto, jajajajaja
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Felicidades a las dos :-*. Yo he conseguido 32 y estoy muy contenta :D
un saludo.
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enhorabuena chicas...yo tambien he tenido suerte :)
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Enhorabuena a todos. Parece que a pesar de tanto despropósito, al final, nos vamos librando.
Yo hice el tipo B, a ver si alguien me sorprende con 40 aciertos en ese examen.
Un saludo a todos y felicitaciones :)
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Yo de momento al que vi que tenía más aciertos es Juanjo, que tiene 35. E hizo el A o el B.
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Casi me da algo, pero 28!!! :D que alegria :)
Enhorabuena
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Casi me da algo, pero 28!!! :D que alegria :)
Enhorabuena
enhorabuena bonito....me alegro mucho!!!!
:)
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Enhorabuena a tod@s!!
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Hola, soy Mª José, necesito ayuda para encontrar las soluciones al tipo test de Derecho Penal I, modelo D. Como indicas, entro en cursos virtuales de la página de la UNED y no encuentro nada.
Gracias.
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En el foro de debate, un post que pone RESPUESTAS de la profesora Alicia Gil en el foro del equipo docente, que tengas suerte!
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HOLA MARIA JOSE,
ADJUNTO ENVIO LAS RESPUESTAS A LOS TEST, POR SI OS RESULTA MAS FACIL ACCEDER DESDE AQUI.
UN SALUDO Y BUENA SUERTE
Modelo A
1 b 11 d 21 a 31 a
2 b 12 b 22 b 32 b
3 b 13 d 23 a 33 b
4 a 14 b 24 b 34 b
5 a 15 b 25 b 35 c
6 d 16 c 26 c 36 a
7 c 17 c 27 c 37 c
8 c 18 b 28 b 38 d
9 b 19 c 29 b 39 d
10 d 20 d 30 b 40 c
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UPS! PERDON
AHORA VAN LOS DEMAS
Modelo B
1 b 11 a 21 a 31 a
2 b 12 c 22 d 32 c
3 d 13 d 23 d 33 a
4 a 14 b 24 a 34 b
5 b 15 d 25 d 35 a
6 a 16 d 26 a 36 a
7 b 17 a 27 b 37 b
8 a 18 c 28 b 38 d
9 a 19 c 29 d 39 b
10 a 20 d 30 b 40 a
Soluciones al Examen de Derecho Penal I. 2ª Semana (Modelo C)
1. A
2. A
3. D
4. C
5. D
6. D
7. B
8. D
9. D
10. C
11. B
12. B
13. B
14. C
15. A
16. D
17. A
18. A
19. A
20. A
21. C
22. C
23. B
24. C
25. C
26. A
27. A
28. D
29. D
30. D
31. A
32. D
33. D
34. C
35. C
36. A
37. C
38. B
39. D
40. D
Soluciones al Examen de Derecho Penal I. 2ª Semana (Modelo D)
1. C
2. B
3. C
4. A
5. C
6. C
7. C
8. B
9. B
10. B
11. C
12. A
13. B
14. A
15. C
16. A
17. A
18. C
19. D
20. B
21. C
22. B
23. C
24. B
25. A
26. A
27. C
28. C
29. A
30. D
31. A
32. A
33. D
34. C
35. B
36. A
37. A
38. C
39. A
40. A
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Muchas gracias por responder, no he tenido suerte, la verdad es que por motivos que no bienen a cuento no pude prepararme la asignatura como hubiera querido. GRACIAS de nuevo y felicidades a los que superasteis este parcial.
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Modelo C y 38 aciertos, j...r y las dos que fallé es para matarme... >:(
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Pues ya tenemos nuevo récord! ;D
De momento el sobresaliente está en 38. No te preocupes, que de momento el sobresaliente lo tienes ;D
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No, tiene la matricula!
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jijiji!!! casi m muero de los nervios...no atinaba ni a leer... pero tengo 29!!!!! :D :D
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No dijeron nada de las matrículas de honor... Igual es que no las dan ;D
Enhorabuena saganary :)
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Mile, ¿no harán distinciones entre exámenes a la hora de calcular las notas con los aciertos?
Porque no tiene nada que ver un examen con otro. Al menos los dos del mismo día, con los dos de la siguiente semana. Ya que el sistema es rocambolesco, por lo menos que sea "menos injusto". ¿No?
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Conocéis la correspondencia que existe entre número de aciertos y nota del examen?
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Navarro, ya estuvieron comentando aquí los compañeros, que según parece, ante tanta queja con algunas preguntas, pensaban poner sobresaliente al que más aciertos tuviera, y luego ir bajando hasta 25.
Por eso preguntaba si lo iban a calcular "a bulto" o separando exámenes, que a mí me parece "menos injusto".
Un saludo.
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Yo he sacado 24 en el C. Espero que por 1 no me dejen esta parte para septiembre. Me entran sudores de pensarlo. :-[
Suerte al todos y a ver si impugnamos una que tengamos todos mal. 8) !!!
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Yo 28,podía haber sido peor,así que no me quejo.A los que lo conseguísteis...enhorabuena,a los que no...muchísimo ánimo.Y a todo esto,según el genuino sistema de calificaciones "made in UNED",¿con 28 aciertos como quedaría mi nota final contando con que se mantenga el record en 38?
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Yo pienso que igual que conseguimos que se publicaran los resultados, los que hemos aprobado no podemos olvidarnos tan pronto que con todos los lios hay gente que se ha quedado a las puertas y entre todos podíamos pedir que se bajara un poco el rasero en una o dos preguntas, pero si solo lo hacen los que han suspendido......no les harán caso, yo por mi parte estoy dispuesta a intentarlo.
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Totalmente de acuerdo lourdes 06
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Yo si lo pedimos todos, me apunto. Pero si vamos a ser cuatro gatos, paso. Tengo una compañera que tiene 24. Andamos mirando a ver cuál podemos impugnar...
Se lo comentamos al tutor. Yo le dije que impugnara una que tuviera mal yo ;D Y él dijo que había dos opciones: o que bajaran el aprobado a 24 o que nos la dieran a todos por buena. No sé qué escogerían. Es que además no había preguntas de reserva ni nada...
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Buenas, yo he conseguido 32 aciertos , que creo que equivaldrá entre 7 y 7.50, la verdad es que estoy bastante contento ;D, porque el examen de la segunda semana se las traia. Suerte a todos
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Buenas , la correspondencia de la nota, siguiendo un sistema proporcional , puede ser el siguiente( ojo que esto es una conjetura mía, ya que los amiguetes del departamento, seguirán el criterio que les venga en gana) , aunque creo que puede ser bastante orientativo de lo que van a ser las calificaciones:
ACIERTOS CALIFICACIÓN
40,39 10 MATRICULA HONOR
38 9.64 SOBRESALIENTE
37 9.28 SOBRESALIENTE
36 8.92 SOBRESALIENTE
35 8.56 NOTABLE
34 8.20 NOTABLE
33 7.84 NOTABLE
32 7.48 NOTABLE
31 7.12 NOTABLE
30 6.76 NOTABLE
29 6.40 APROBADO
28 6.04 APROBADO
27 5.72 APROBADO
26 5.36 APROBADO
25 5 APROBADO
p.d. : Otra opinión muy personal , que creo que compartimos bastantes compañeros , es que el aprobado deberían bajarlo a 23 aciertos mínimo.
Suerte a todos.
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Peperr, no suele ser así, sino mira Mercantil, por ejemplo, donde 40 es un 10, 39 y 9.5, 38 y 9, 37 un 7.5 y 36 un 7, a partir de ahí y hasta 27 (donde está el aprobado) sí es más proporcional.
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Yo, aunque solo sea un gato, intentaré que a los compañeros que no han aprobado, les bajen un poco el rasero, me preocupa más que el saber que me dan por 31
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Teniendo en cuenta otras asignaturas, con la misma o mayor dificultad, que hacer test, hasta 25 es un regalo. Otras exigen como mínimo 28, caso de Mercantil I, otras piden 15 sobre 20, otras 11 sobre 15, etc...
Teniendo en cuenta que no restan, si lo bajan más, casi no hará falta estudiar, te estudias sólo una pequeña parte en profundidad y el resto a suerte.
Realmente, quien falle más de 15 y, si me apuráis, más de 10, aún en el caso de que el examen tenga preguntas complejas, es que quizás no ha entendido bien los conceptos.
Quizás deberían bajar a 20, pero entonces, tendrían que restar las erróneas, aunque sea menos que lo que te dan por acertar, por ejemplo, de cada 3 fallos, te restan una acertada.
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Pedrofut, estas en penal I?????? Te has examinado?
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pedrouft con el debido respeto creo que te estas equivocando, puesto que el examen penal era confuso y algunas de las preguntas ni con el libro delante se hacen bien. Por eso opino que deberían bajar un poco el baremo.
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En los mercantiles suelen ser más confusas y piden más acertadas.
Menos de 25 sería regalar el aprobado a muchos que no han estudiado.
Aquí no vale eso de otros exámenes donde ponen 3 preguntas y en una han ido a pillar, aquí tendrían que pillarte en 15 por lo menos eso si no aciertas alguna por suerte, entonces tendrían que pillarte en 17-18 y eso es mucho para quien estudia.
Si se trata de que aprueben lo más posibles, pues adelante, que lo bajen más, pero si se trata de que aprueben quienes realmente han estudiado, pues hasta 25 me parecen pocas.
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YO he suspendido.
Otra vez será.
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Yo he estado en penal I, Lourdes.
Es verdad que hay preguntas confusas, pero creo que, a lo sumo y como mucho, 3. Pues bien, partiendo de esa base y dado que el razonamiento de s121180 me parece correcto, significa que, por lo menos, tendrías que fallar 13 más, dando por hecho que esas confusas no se acertaran, algo que es posible (con 15 se aprueba, con 16 se suspende) para suspender y alguien que realmente estudia y comprende, no falla 13, creo que no fallaría ni 10 y ya serían muchas.
Quien haya fallado 16 y diga que ha estudiado, o es que no entendió bien la materia (en eso sí deberíamos culpar a la Cátedra) o es que no estudió realmente y lo hizo por encima.
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Buenas compañeros!
Bueno solo entraba para apoyar la decision de pedir que se baje la nota requerida para el aprobado a los suspendidos de Derecho Penal, espero que asi sea, pues yo al menos que he hecho el modelo D habia cada preguntita que ni con el libro delante las habria sacado vamos.
Si no que cojan como referencia la nota maxima, creo que 38 preguntas correctas eran no? y a partir de alli fijen el aprobado.
Hay mucha gente con 24 aciertos que se ha quedado "a las puertas" tras estudiar simplemente porque ha respondido "a su parecer" a preguntas que con el debido respeto "incluso tutores pensarian en distintas respuestas".
Bueno lo dicho! un saludo a todos! espero que os hayan ido bien las notas! ahora a por el segundo cuatrimestre...
por cierto alguien tiene activado ya el curso virtual de la asignatura "Sociologia del Derecho"?
un beso!
Daphne
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A mi,personalmente,lo que haga cada departamento como que me da igual,porque, entre otras cosas, no son comparables unas asignaturas con otras.A mi me van mas los exámenes de desarrollo porque,precisamente de muestra sirve un botón y lo ocurrido con Penal I lo demuestra,los test siempre van con mala uva,a confundir y a enredar.
Por todo lo dicho,y como aquí no tenemos que ver con Mercantil ni con nadie mas que RR y Cía.,me sumo a la petición de que a los compañeros que se han quedado a un punto los aprueben y,mejor aun,que rebajen el aprobado a 20 aciertos,y a quien le pese que beba agua.
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Buenos dias, me uno a la propuesta creo que me quedo fuera con 24 respuestas en el examen A de la primera semana. :'(
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Y vamos bajando!!!!!!!!!!!!!!!!! ya sólo 20 ;D
Mejor aún: que lo bajen a 15 pero ya!!!!!!!!!!!! y que lo mantengan para el segundo parcial y a vivir sin dar chapa
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A mi me dijo mi tutor (por fin tenemos!) que esas preguntas estaban hechas con mala leche y que daban lugar a mucha interpretación. Nos va a ayudar a reclamar.
Me uno a la petición del aprobado con 20.
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aprobado con 20? lo veo un poco fuerte. yo creo que si rebajan 1 o 2 nos podemos dar pro satisfechos. Tal y como han sido...
Tambien creo que el camino puede ser impugnar..pero no sé si eso afecta a quien esté en el límite de 25 y tenga justo la impugnada bien.
No sé como va la cosa cuando se impugna.
Seria injusto que subieran unos y bajaran otros.
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Lo cierto es que viendo las respuestas que han dado algunos tutores de diferentes centros asociados, incluso algún magistrado, y contando sus fallos, uno se puede hacer una idea, de la mala redacción o excesiva ambigüedad de algunas preguntas. Si un magistrado no es capaz de tener 40 aciertos, tampoco se nos puede exigir a ninguno de nosotros que los tengamos. Porque más que por conocimientos, sería por pura casualidad.
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La única solución es impugnar las preguntas dudosas, lo de bajar el baremo de buenas a primeras no sería ni serio.
Si hay preguntas con múltiples posibles respuestas, pues se hace un escrito y que razonen porqué sólo hay una respuesta.
Bajar el baremo sólo generaría agravio comparativo para otros compañeros a los que no se les aplique.
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En primer lugar quisiera compartir mi alegría con todos los que han aprobado, he visto muchas buenas notas entre "caras" conocidas y me alegro mucho. Tengo mas aciertos de los esperados ( 33) pero ya no me preocupa la nota que me van a dar por ellos.
"Yo, aunque solo sea un gato, intentaré que a los compañeros que no han aprobado, les bajen un poco el rasero, me preocupa más que el saber que me dan por 31"
A mi también me preocupa más el hecho de que alguien con 24 aciertos no aprueba.
Resulta que no se puede comparar este tipo test con otros. No se trata del sistema de puntuación. La dificultad del examen reside en sus diferentes fuentes, manuales con diferentes planteamientos. En concreto, el manual de RR que tiene párrafos bastante incomprensibles. Yo lo dije en otra ocasión; es un manual muy irregular, hay partes que están bien explicadas y otras no. Al resumir la materia de esta manera no facilitaba la comprensión suficiente para resolver correctamente algunas preguntas del examen.
Comprendo perfectamente que para el equipo docente ha sido difícil confeccionar estos modelos de exámenes. Pero igual o más difícil ha sido para nosotros resolverlos. Cuando la materia a estudiar queda claramente expuesta se pueden hacer este tipo de preguntas, buscando lo que el alumno no sabe, pero cuando estamos ante esta diversidad de planteamientos no se debería hacer.
En fin, si algún compañero se queda atrás por una o dos de las preguntas ambiguas que vaya a revisión, nos lo dice y le apoyamos. Otra solución es pedir que se tenga en cuenta para el resultado final, es decir en la valoración del examen de la segunda parte. Me lo hicieron en Romano pero tenía aprobado la primera parte. No sé, inténtenlo y en ningún caso dejen de estudiar ahora para el próximo examen que va ser muy diferente. ¿Por cierto alguien sabe algo?
Hasta luego
Lili
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Si anulan las preguntas que son ambiguas, los que las tengan bien se quedarían igual y los que no, sería como si las tuvieran bien. En ningún caso y bajo ningún concepto los que aprueben perderán la nota que les corresponda. Se pueden cambiar las cosas para bien en general; no para bien de unos y mal de otros.
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Voy a dar mi opinión, creo que lo "mas justo" y repito que es mi opinión, seria dejar pendiente a los que tengan 24(si me apurais 23) condicionando el aprobado al resultado del 2 parcial; es decir, compensar con el 2 parcial, pero claro que el 2 parcial lo aprobase con 26-27.
Un saludo, y ánimo a todos los que estais en esa situación que seguro que algo haran. ;)
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Tampoco es mala idea!!!!!!!!!!!!!! solución salomónica donde las haya, la verdad prometes como conciliador y te lo digo de verdad
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bien felix!!! buena idea!!!
por que no la comentas en el virtual?
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Lo acabo de pegar en un hilo;)
De todos modos lo de bajar el corte en un o dos preguntas lo veo dificil, muy dificil, tal y como se esta poniendo el foro del curso virtual con disparidad de criterios, y si no se ponen de acuerdo... no se va a ganar nada. Hablo por experiencia en la universidad presencial, pero aun llevo la "L" de nobel
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esa propuesta es muy pero que muy buena
hasta ahora el unico que ha metido la pata es el chico que ha desviado el pedido a los de la primera semana. Cada uno sabe a lo que se enfrenta y es de poco compañero tratar de favorecerse particularmente. Aunque tal vez no supo explicarse, eso nos pasa mucho.
:)
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Con todos mis respetos, no me parece la solución más equitativa.
De todas formas los que estén suspensos creo que lo seguirán estando aun impugnando.
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Yo veo bien que se baje a 23 el aprobado, pero a 20 lo veo un pasote, de todas formas la profesora Alicia ya ha dicho que de eso nada de nada, se queda con 25 el aprobado. Yo creo que la única forma es impugnar las preguntas, eso si puede dar resultado.
Un saludo y ánimo :-*
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Acabo de hacer la prueba con los exámenes A y D de penal y he acertado 31 y 33 respectivamente.
A todo esto tengo que decir que yo estudié penal I ya hace un par de cursos.
Nos lo veo tan complicados, es verdad que hay preguntas que no he sabido ni que poner, ni aunque pidiera comodines, pero no sé si no las sé porque no las recuerdo o porque no he estudiado este año con el libro nuevo.
Si creeis que deben bajar el nivel, solicitarlo, aunque creo que sería mejor que intentarais impugnar preguntas, aquellas que veais más dudosas, ya que es mucho más eficaz que pedir que bajen el baremo, ya que a eso no accederan.
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No se si decir que he acertado 20 o he fallado 20, el hecho es que solamente 20 de mis respuestas coinciden con las que la catedra dicen ser las correctas.
¿Que si he estudiado? : Mucho.
Esto que ha ocurrido yo me lo temia.
En cualquier caso, en mi opinion, de poco va a servir marear la perdiz, nos han enseñado el camino y las formas y ahora sabemos como enfocar la asignatura de cara a junio y a septiembre.
Es una pena, pero alguien ha de ser el primero en enfrentarse a las novedades. Dentro de tres o cuatro años (Si siguen así), la gente se mirará las 300 ó 400 preguntas de test que hayan salido y con eso y poquito mas superarán la asignatura.
Lo unico que me queda por esperar es no tener que ser yo una de esas personas.
Pues nada, animo a los suspensos como yo y centremonos en el cuatrimestre que empieza para no agrandar los problemas que podamos arrastras de este.
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;D ;D
Ánimo, no te desmoralices, que a mi mesuspendieron el curso 2003/2004, estudiando los manuales de Cerezo, injustamente; el c urso 2005/2006 aprobé penal II y el curso pasado volví a intentarlo con Penal I, y aprobé con 5/50. Era dificil aprobar esta asignatura pùes exigían mucho manual, mucho Cerezo y ni una sóla equivocación. Cuando yo lo conseguí sin test, lo conseguireís CON TEST, pues con el test te ciñes a 4 respuestas y si has estudiado te suenan, pero antes tenias que desarrollar los temas de 4 tochos y encima que le gustara a Cerezo y a sus dsicípulos, si no suspenso.
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Iesus, tu no has analizado el manual y los tests de penal de este curso. No es más fácil resolver una pregunta con propuesta de cuatro soluciones entre las cuales dos son similares y casi posibles. Te hacen caer en la trampa y eso en el desarrollo de temas no pasa. No es que te suenan o no te suenan es que esas preguntas te enredan todo lo que tenías estudiado y aclarado.
Por ejemplo la famosa pregunta del Rey. No se trata de saber si tiene o no iviolabilidad. No tienes que responder esa sí, esa no..... Hay una afirmación y tienes que decir cuál de las cuatro propuestas que son otras afirmaciones se ajustan más a la primera.
Todavía hay discusiones entre tutores y estudiantes que no admiten este tipo " preguntas".
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Como pupilos muy famosos del señor Cerezo Mir tenemos:
Al señor Javier Saavedra, y al señor Marcos García Montes. Ambos son abogados de famosos, y de casos sonados.
Ahora que cada cual saque sus propias conclusiones.
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No se a que te refieres, perdona, explicate un poco mejor que no caigo!
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Ni García Marcos ni Javier Saavedra estudiaron en universidades donde Cerezo dió clases ni tampoco sin discipulos de discípulos de Cerezo.
Por otra parte, tampoco entiendo qué tiene que ver eso con todo esto.
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a lo mejor belona quiere decir que "las criaturas han superado al creador" ;)
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Ni García Marcos ni Javier Saavedra estudiaron en universidades donde Cerezo dió clases ni tampoco sin discipulos de discípulos de Cerezo.
Por otra parte, tampoco entiendo qué tiene que ver eso con todo esto.
Perdona, pero o no estás bien informada o mi padre tiene un grave problema de memoria y no estudió con ellos en Madrid.
No se si Cerezo era o no el catedrático por aquel entonces, pero si les dió clase en la
Complutense. También hace unos 10 años más o menos dió clases a una compañera mia de trabajo, en Zaragoza. Este señor se ha movido lo suyo.
a lo mejor belona quiere decir que "las criaturas han superado al creador" ;)
No creo que hayan superado al creador.
Sólo digo que fueron pupilos y que ahora son abogados penalistas.
Todo depende de lo que opinéis vosotros sobre el trabajo de estos señores.
Mucha gente dice que Cerezo Mir es una eminencia.
No se si es mejor malo conocido que bueno por conocer, pero yo me quedo con Cerezo antes que con RR en cuanto a sus manuales.
Es mi opinión.
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Perdona pero no te entendía, pero no puedo estar más de acuerdo contigo, yo el libro de RR lo tuve que dejar porque me costaba entender una pagina demasiado tiempo y luego no me quedaba claro. De todos modos os diré que fueron nuestros anteriores representantes de alumnos los que consiguieron que se cambiara el examen y el catedrático........ plegarias atendidas......... antes era una asignatura dificil, pero no iban a pillar en los examenes y se aprendía, ahora terminaremos aprendiendo a fuerza de rompernos los cuernos.
Y los test son a veces muy injustos, tengo una compañera que ha estudiado el doble que yo (que he estudiado mucho) y que sabe también el doble y se ha quedado en 23
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Este señor, Cerezo, no se ha movido lo suyo, fue Catedrático en Zaragoza desde antes de los años 70, estuvo más de 26 años allí y después pasó a la Uned. Antes de Zaragoza estuvo en Valladolid, que es donde se licenció y doctoró.
Desde luego nunca ha creado escuela en la Complutense y como mucho habrá dado clases como profesor colaborador en algún momento, pero es raro, muy raro (de hecho antes no era posible, fíjate si es raro) y más si me hablas de hace ya algunos lustros.
Lo de tu amiga sí es posible, pues hace 10 años estaba allí, pero nunca ha estado en la Complutense como profesor titular o catedrático.
García Marcos tiene otro "maestro" y desde luego no es Cerezo.
Estás metiendo la pata, entra en la página de García Marcos...
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yo he acertado 31...la verdad es que he tenido suerte...a ver lo que pasa con el segundo parcial..
un saludo a todos y mucho animo a los que no han pasado..que ya veran como en junio hay mas suerte...
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A veces soy poco clara, y otras me equivoco. Esta vez he pecado de ambas.
Puede que fuera en Zaragoza. Porque mi padre también estudió alli.
En eso me he podido confundir. Pero en que fueron alumnos suyos no creo.
Pido mil disculpas. Así para la próxima vez que se me ocurra poner algo que me han contado a nivel subjetivo..., simplemente no habrá próxima. O por lo menos lo intentaré. ;)
De todas formas felicito a los que habéis aprobado y animo a los que han suspendido.
Penal puede que resulte complicadilla, pero no es imposible.
A por el 2º cuatrimestre!
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Lili, todos los test tienden a confundir, Constitucional III, Mercantil I y ahora PenalI, ese es el quid del test....... Pero en el tes al leerlo, si lo ahs estudiado, siempre te suena, en la pregunta a desarrollar o lo sabes y lo pones bien o nada, pero si no te suena no lo puedes poner como en el test.
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Varias cosillas:
- Me gusta el manual de RR. Después de las dos primeras lecturas, lo he visto entretenido, práctico, con capacidad de síntesis sin perder claridad... Estamos acostumbrados a tochos infumables con demasiada ganga, y cuando conseguimos por fin un verdadero manual de estudio, no un ensayo doctrinario; nos ponemos a protestar. Es verdad que hay múltiples errores de edición, pero que son subsanables cuando te sumerges en el contexto. El compañero Ramade a colgado unos apuntes que resumen el manual a la mitad y están bastante bien, sin los errores gramaticales del libro.
- No he visto el examen difícil de aprobar, si jodidillo para sacar nota. Exceptuando 6 o 7 preguntas, las demás, con los conceptos claros, no eran difíciles de acertar. Lo único que ocurre es que Penal I es una asignatura en la que hay que mover el coco, no es suficiente con haberte empoyado la letra del manual, sino que debes de haber comprendido muy bien los conceptos.
- Siempre prefíero los exámenes test a los de desarrollo. El desarrollo o te lo sabes o no, se hace imprescindible memorizar; mientras que en los exámenes test la memoria no es tan necesaria, sino la comprensión y la relación entre conceptos. Creo que Penal I es una asignatura que se adecúa bien al examen tipo test.
- Mi opinión es que la polémica sobre bajar el listón del aprobado es equivocada, ya que no parece muy seria. Distinto es que quien considere que hay alguna pregunta mal planteada o con varias soluciones correctas, la impugne; porque no va a ser ni el primer ni el último examen test en el que tienen que anular preguntas.
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MUCHAS FELICIDADES A TODOS ;D
Yo me he quedado en 20, pero reconozco que no lo había preparado.
A darle fuerte para junio, yo no se se prepararmela o dejarlo todo para septiembre, pues tengo una opo y dos asignaturas más para junio. Un saludo.
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Navarro, suscribo al 100% por 100% tu comentario.
Un saludo.
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Esperemos que los que están juzgando a los del 11-M, no se hallan aprendido el penal tipo test y memorizaran un poquito, porque sería muy chocante que al abogado defensor le dijera el Sr. Juez, qué atenuante según Vd. le podemos aplicar al asesino:
a- islamismo
b- idioted
c- delincuencia comun
d: error de prohibición vencible
ect. a ver cual le sonaba al abogado, no se porque ahora está tan mal visto memorizar un poquito, de verdad no hace daño, me parece muy importante aprender a desarollar argumentos en el papel no marcar apartados, y si os dijera que, ya se que es inviable, pero no me perecería mal que siguieran con los examenes orales...... me desconecto porque ya siento los abucheos virtuales...........
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Lourdes, cuando me refiero a que prefiero los tests a los exámenes de desarrollo, lo digo porque para mi suponen menos esfuerzo los primeros que los segundos (segúramente otros opinarán de manera distinta). LLevo bastantes asignaturas y no puedo dedicarle a todas el tiempo deseado, para mi los test suponen un descanso porque no memorizo la materia, encambio en los de desarrollo tengo que hacerlo para poder tener un mínimo de posibilidades. Pongo un ejemplo, Civil I y II, que son asignaturas asequibles, para mí han supuesto muchas más horas de estudio que Penal I. Dicho esto, también es verdad que pienso que por lo general en los exámenes de desarrollo se aprende más, aunque todo depende mucho de la materia, por ejemplo creo que para el caso de Penal I se demuestra más el conocimiento mediante el test que mediante un desarrollo. Para mí, que vengo del mundo inhóspito de las oposiciones y que he hecho muchos test, creo que el exámen ha sido ajustado a la materia, lo que pasa es que estamos muy mal acostumbrados con los test de las asignaturas del departamento de derecho Constitucional; en los que es más difícil errar que acertar.
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Pues yo le he dedicado mucho más tiempo a penal I que a civil III, y la diferencia va a ser abismal, creo que me quedo a las puertas de penal I
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POR FIN SE HA RECONOCIDO QUE..................................EL REY COMO JEFE DEL ESTADO...... en fin ya sabeis a lo que me refiero y a lo mejor eso supone que muchos compañeros que estaban a punto de aprobar.... me gustan los debates, esto no se nos olvidará nunca.
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Hola Lourdes, si lees el siguiente mensaje del tutor de pamplna(no vinculado al equipo docente, ni como funciones de TAR) pone:
Mensaje nº. 2096
Autor: JUAN JOSE LOZANO MATUTE
Fecha: Viernes, Febrero 16, 2007 1:31pm
PARA TODOS: 8 David..)
NO ES LA POSICION OFICIAL DEL DEPARTAMENTO, PORQUE NO
PERTENEZCO AL MISMO, Y ADEMAS PORQUE DESCONOZCO LA PREGUNTA Y
RESPUESTAS LITERALES Y NO ME CORRESPONDE A MI ESE COMETIDO, PERO SI QUE
VUELVO A REPETIR "QUE NINGUN ORGANO JUDICIAL PUEDE EXIGIR RESPONSABILIDAD
JURIDICA ALGUNA AL REY,ENTRETANTO SEA JEFE DE ESTADO", E INCLUSO LA CORTE
PENAL INTERNACIONAL ( ART. 27) SE CONSIDERA INCOMPATIBLE O CON EL ART.
56.3º YA QUE EN ESTE APARTADO SE RECOGE LA "INVIOLABILIDAD DEL REY".-
Saludos.
Fdº.-JUAN JOSE LOZANO.TUTOR PAMPLONA.
Como veras mas que aclarar, vuelven a liar mas la situación, un saludo
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acabo de leer el virtual...y creo que le profesor Matute acaba de soltar la liebre..y. que los lobos del departamento le caerán encima.
Como va adecir , despues de afirmar lo que ha afirmado , en mayúscula además, que no sabe la respuesta oficial?
La respuesta, oficial o no, es una....y si él tiene claro esa respuesta- como el resto de compañeros que asi lo defienden- pues la respuesta del departamento está clara que tiene que cambiar, o impugnarla por falta de coherencia.
Esta telenovela está sólo comenzando :D
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Lo que no veo "logico", es abrir un hilo para poner ACLARACION Y RECTIFICACION en mayusculas y sin advertir en su primer mensaje que es su posicion como "tutor" de un centro asociado y que desde luego sigo sin saber que respuesta es la correcta ya que el mismo no la indica por no saber ni la pregunta ni las respuestas; y digo yo... si no sabe la pregunta ni las posibles respuestas como puede plantear una solucion "idonea"???, ademas lo podia haber puesto perfectamente en el hilo en el que puso lo otro, asi solo creara confusion y confrontacion sobre esa pregunta, si es que cabe...
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Creo que el tutor está en lo cierto. Puedo entender la defensa a ultranza que hace Alicia Gil de dar por válidas las preguntas que ellos mismos han desarrolladol, pero en esta ocasión deben hacer un pequeño ejercicio de humildad y reconocer que se les ha ido la mano afinando con ciertas preguntas. Ésta es impugnable claramente.
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Si, yo estoy tambien en que esa pregunta es confusa totalmente; pero como puede a estas alturas despues de todos los argumentos dados decir:
[Y ADEMAS PORQUE DESCONOZCO LA PREGUNTA Y
RESPUESTAS LITERALES Y NO ME CORRESPONDE A MI ESE COMETIDO, PERO SI QUE
VUELVO A REPETIR "QUE NINGUN ORGANO JUDICIAL PUEDE EXIGIR RESPONSABILIDAD
JURIDICA ALGUNA AL REY,ENTRETANTO SEA JEFE DE ESTADO"]
Por favor, si esta debatiendo una pregunta, que minimo que saber cual era!!!!!!!!!!!
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por que los de la segunda semana no se la copian? para que sepa de que se trata ???
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La pregunta y las respuestas están copiadas en los cursos virtuales en un par de mensajes distintos o tres.
Creo que es lógico que el profesor no diga tajantemente cual es la respuesta oficial a la pregunta del examen, puesto que él no forma parte del equipo docente y cualquier cosa que dijera podría contradecirse por RR o cualquier miembro de su equipo.
Esperemos ahora la voz de los "supertacañones"...
Saludos, Julia.
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Creo que aquí hay una gran confusión.
El tutor estaba explicando el tema de la responsabilidad penal del Rey según las dudas que se habían planteado, sin darse cuenta que realmente estabamos comentando la pregunta específica del examen de penal. Habría que ver cuál era el primer mensaje al que él contestó.
Por eso en su último mensaje dice que ni siquiera conoce la pregunta exacta ni la respuesta correcta.
La profesora del departamento de Penal sí tiene clarísimo el examen entero y contestó claramente. La pregunta está bien y la respuesta también.
Yo creo que lo único que se puede discutir es la manera de preguntar para confundir y la poco didáctica exposición del tema en el manual de RR.
Pregunta:
"EL REY COMO JEFE DEL ESTADO ES INVIOLABLE. ESTO SUPONE QUE:
"A) EN NINGÚN CASO INCURRIRÍA EN RESPONSABILIDAD PENAL
B) NO ESTARÍA SUJETO A RESPONSBILIDAD PENAL POR DELITOS MENOS GRAVES Y FALTAS, Y SÍ POR DELITOS GRAVES.
C) NO INCURRIRÍA EN RESPONSABILIDAD PENAL POR DELITOS COMETIDOS EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES
D) EL REY PUEDE HACER LO QUE QUIERA Y NO DEBE RENDIR CUENTAS A NADIE
Sólo puede ser C.
Tenemos por un lado la inviolabilidad del Rey como "Jefe de Estado".
Como tal no está sujeto a responsabilidad política ni penal.
El Rey , como Jefe del Estado, en cuyo nombre se administra la Justicia no puede estar sometido a un procedimiento penal.
En cuanto a sus actos políticos, los mismo requieren el refrendo del Presidente del Gobierno los ministros o el Presidente del Congreso y son ellos quienes asumen la responsabilidad política.
¿Significa esto que el Rey no es responsable por delitos comunes?
SI LO ES, como cualquier ciudadano, sólo que él incurriría en inhabilitación por indignidad primero y será destituido como Rey y como Jefe de Estado.
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Buenas, antes me puesto a ojear unas dudas que tenia del segundo cuatrimestre en otro manual que uso como "apoyo", y de paso he mirado la cuestión sobre el rey que solución daban los autores de dicho libro: D. Manuel Cobo Del Rosal y Tomás Salvador Vives Antón.
Estracto del Libro: "Derecho Penal Parte general: M.Cobo Del Rosal - T.S. Vives Antón
5 edición (tirant lo blanch libros)" Paginas 233, 234; *en referencia a que sale en el
resumen bibliografico del manual de RR. Y para aportar a este tema:
"Las inviolavilidades, cuyo fundamento radica en la especial posición que ocupan las
personas a las que se atribuyen, en razón de la función pública que desempeñan, puedan
dividirse en absolutas, que continúan operando después de que se ha cesado la función o
cargo, y relativas, que sólo impiden la exigencia de responsabilidades penales durante el
desempeño del cargo. Aunque en el seno de la doctrina gana adeptos la idea de
interpretar las inviolavilidades en sentido relativo(lo que las convierte, en definitiva, en
simples obstaculos procesales), lo cierto es que el ordenamiento español las configura de
modo tal que no son susceptibles de relativización, y operan de manera absoluta,
EXCLUYENDO LAS RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR LOS ACTOS REALIZADOS
DURANTE EL DESEMPEÑO DEL CARGO QUE LAS ORIGINA, aun despues hayan cesado en
él. Puesto que sus efectos , desde el punto de vista de la Ley española, son identicos,
podemos agrupar, para simplificar la exposición, inviolavilidades y exenciones,
estudiando separadamente las inmunidades.
Los supuestos concretos de inviolavilidad en la legislación española son:
a)Inviolavilidad del Jefe del Estado....
B)Inviolavilidad Parlamentaria...
c)Inviolavilidad de los Magistrados delTribunal Constitucional y del Defensor del Pueblo y
sus adjuntos...
"
Saludos.
P.D. Lo puse en el curso virtual, salu2
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Lili visitante lo ha expuesto clarísimo, cuando el Rey cometa un delito comun y lo juzguen, ya no sería Rey.
Ni Jefe del Estado, supongo. Como Jefe del Estado es inviolable, tienen que refrendarlo, si no es refrendo expreso es tácito, si no presunto. (contestacion de catedratico de penal de Santiago)
Otra cosa es el que tiene bien esa pregunta y quiere que a toda costa no rectifiquen, a mi me da igual, tengo cosas mejores que hacer, paso del rey, de la reina de los..............y del departamento de penal que no se quien será peor si RR, si Alicia, no se. Según las soluciones oficiales aprobé el primer parcial y con nota pero estoy tan harta que no me apetece seguir estudiando esta asignatura este año. A ver si los delegados el día 25 hacen algo.
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Lleva semanas leyendo las respuestas que dabais, pero no había visto la pregunta, pero después de verla, está claro, la respuesta sin lugar a dudas es la C, realmente si tenéis dudas en ésta, es que no habéis entendido el concepto.
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Por fin..............
Llevo tiempo haciendo hincapié en esto. Lourdes, lo que os he puesto viene literalmente en el tan criticado ( yo soy una de las criticonas) manual de RR. Yo estaba dudando mucho de esta pregunta, la tengo bien de milagro. pero cuando tengo que rectificar y decir estaba claro, no lo he entendido bien, lo hago.
Es que le hemos dado unas vueltas al asunto buscando tesis y doctrinas, constituciones y no sé que más.
Del manual hay que hacer una traducción palabra por palabra y luego darle una versión sintáctica particular para entenderlo pero todo cuadra.
Alicia no es tan mala como la pintamos. creo que no lo tiene nada fácil con nosotros
( borriquitos). 8)
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Lili, la "c" dependiendo cual sea tu examen, en el examen tipo c sigo diciendo y repitiendo que es la A, o sea, que el Rey es inviolable y punto. El año pasado estudié constitucional IV que es precisamente del 56 al 65 de la CE además de otras cosas pero no suelo ser tan cabezota cuando no estoy segura de algo. Es que me he ido a la facultad de Derecho que tengo amigos y les he preguntado uno por uno........... de todos modos no nos tenemos que preocupar mucho porque es más bien una pregunta de Derecho Constitucional y por lo que veo en los foros vas como una moto en el segundo parcial, ya me gustaría a mi pero no soy capaz de momento, tengo mis esperanzas puestas en el tutor que explica muy bien.
Por ultimo me gustaría que Alicia dijera algo de lo que ha puesto el Tutor Lozano porque de momento no se ha pronunciado el departamento. Tu sigue averiguando por tu parte y yo por la mia, y cuando terminemos hacemos una tesis a medias porque vamos a ser las que más sepamos del tema!!!!!!!!!!!!
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Me parece que os estáis liando.
El Rey es inviolable EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES porque no es responsable de sus actos al estar refrendados y la regla es que si no hay responsabilidad no puede haber ilícito, eso te lo indica cualquier constitucionalista y que, de incurrir en un ilícito penal fuera del ejercicio de sus funciones sí hay responsabilidad, no se lo podrá juzgar en tanto sea Rey, pero si deja de serlo (cosa que seguramente pasaría) responderá por esos actos, pero nunca por los actos en el ejercicio de sus funciones.
Por tanto, la A, es falsa puesto que sí respondería penalmente si comete un ilícito fuera de sus funciones y deja de ser Rey, fijaros que pone "en ningún caso" y esa afirmación, como he indicado, es falsa, pues hay casos en que sí incurre en responsabildad.
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Te agradezco la explicación porque quiero entender esto de una vez, pero si eres tan amable pon un ejemplo de los casos en que sí incurriría en responsabilidad penal. Y no me vale el del esesinato, mejor cuando va de vacaciones a Palma y conduce su coche para ir a navegar y sin querer atropella a un peatón que cruzaba indebidamente y que si hubiese sido yo saldría absuelta porque respetaba la velocidad y llevaba en cinturon y todo, la culpa del peatón, pero tendría que ir ante el juez, obvio, dime que pasaría , por favor que lo quiero entender, una cena en el Toñi Vicente a quien me lo explique. Os aseguro que no quiero tener razón, solo quiero tenerlo claro.
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Es que el del asesinato es el mejor ejemplo y mejor si en el ejemplo es un delito doloso, pues en los imprudentes no sería tan evidente.
Si el Rey mata a alguien, no se le puede juzgar mientras sea Rey, pero piensa, qué sucedería si eso llega a pasar? no abdicaría? pues seguramente sí y,entonces, podría ser juzgado por el asesinato que cometió cuando era Rey, pero pongamos que no lo haga, qué pasaría? pues que, en virtud del art. 59.2 de la CE sería inhabilitado y podría ser juzgado por el asesinato.
Por eso digo lo que sea un delito doloso, porque si fuera imprudente, no sé hasta qué punto adbicaría o sería inhabilitado, teóricamente debería suceder pero no sería tan claro el ejemplo.
Por eso, cuando en la pregunta pone "en ningún caso", no es cierto, porque de producirse lo que te he indicado, ya deja de ser cierta esa afirmación
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Si, estoy de acuerdo pero como en la pregunta pone "como jefe del estado".......... perdonar el coñazo que os estoy dando y gracias por responder
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Es que el del asesinato es el mejor ejemplo y mejor si en el ejemplo es un delito doloso, pues en los imprudentes no sería tan evidente.
Si el Rey mata a alguien, no se le puede juzgar mientras sea Rey, pero piensa, qué sucedería si eso llega a pasar? no abdicaría? pues seguramente sí y,entonces, podría ser juzgado por el asesinato que cometió cuando era Rey, pero pongamos que no lo haga, qué pasaría? pues que, en virtud del art. 59.2 de la CE sería inhabilitado y podría ser juzgado por el asesinato.
Por eso digo lo que sea un delito doloso, porque si fuera imprudente, no sé hasta qué punto adbicaría o sería inhabilitado, teóricamente debería suceder pero no sería tan claro el ejemplo.
Por eso, cuando en la pregunta pone "en ningún caso", no es cierto, porque de producirse lo que te he indicado, ya deja de ser cierta esa afirmación
Muy bien Tunonegro,
Si es lo que estaba diciendo y lo dice todo el departamento de penal. ???
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Lo que está claro que esa pregunta debe anularse, por lo tanto rebajar el límite. Si os dáis cuenta para contestar a favor de la no inviolabilidad absoluta del Rey se utilizan muchos condicionales "no abdicaría" "que pasaría" "sería inhabilitado". En ningún sitio se establece el procedimiento que se debería seguir, para qué tipo de delitos, ante qué tribunal. Está claro que si se diera el caso se articularía alguna solución ad-hoc, más de carácter político que de caracter jurídico. Los dictámenes del Consejo de Estado no tienen carácter vinculante por lo que han de ser considerados como una mera opinión, muy cualificada, eso sí. La postura del departamento de penal es una mera hipótesis de lo que ellos creen que podía pasar.
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En este caso, no.
Para contestar a un tipo test, hay que prestar atención a todas las palabras, sobre todo a expresiones como "Solamente","únicamente", "siempre", "nunca", etc...
En este caso se utiliza "en ningún caso" y como hay casos en que sí responde, la respuesta no es correcta.
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Exacto, el examen tipo test es muy diferente al examen con preguntas de desarrollo. Aquí no vale tener muchos conocimientos saberse toda las fuentes, toda la historia, fondo y primer plano.
A veces se trata de escoger simplemente la respuesta que más se ajusta o descartar las que no son aplicables de ninguna manera. Las afirmaciones y negaciones gramáticales y los adverbios son muy importantes.
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Yo sigo insistiendo: si para que el Rey sea juzgado tiene que abdicar ( y eso depende en exclusiva de él) es lo mismo que decir que el Rey en ningun caso es inviolable.
Además, en la CE no dice que lo sea en el ejercicio de sus funciones, como si lo dice de los senadores ....
Con lo del Tribunal Penal Internacional, y ha quedado muy bonito decir que es posible que se juzgue si abdica...pero en el papel...es inviolable.
:-X
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Yo sigo insistiendo: si para que el Rey sea juzgado tiene que abdicar ( y eso depende en exclusiva de él) es lo mismo que decir que el Rey en ningun caso es inviolable.
Además, en la CE no dice que lo sea en el ejercicio de sus funciones, como si lo dice de los senadores ....
Con lo del Tribunal Penal Internacional, y ha quedado muy bonito decir que es posible que se juzgue si abdica...pero en el papel...es inviolable.
:-X
con lo que esta en negrita quise decir: en todo caso es inviolable.
es el jetlag que hace estragos :D
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hoy me he encontrado esto en el virtual de Consti IV:
Estimado alumno:
En la página 274 del manual del Profesor Alzaga puede encontrar la respuesta. Tras
afirmar el sometimiento del Rey al ordenamiento jurídico y entenderlo compatible con
que la Constitución, con buen criterio, se niegue a prever la hipótesis de que el Rey
delinca, dispone: "Tal caso sería incompatible con los supuestos en que se apoya la
Corona y el Estado de Derecho. De llegar tan improbable supuesto a hacerse realidad
(...) nos encontraríamos, más que frente a la necesidad de instrumentar un proceso,
ante el desprestigio y, por ende, ante el ocaso de la institución monárquica. Puede
decirse que la pérdida del trono sería la pena que sufriría el hipotético rey delincuente".
Con un cordial saludo,
Fdo: Jorge Alguacil
esa es la "pena" ::) desde luego, una pena.
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Qué pesada y qué poco entendimiento!!!!!
Al Rey se le puede destituir y respondería por los actos penales si los hubiera, a partir de ahí, la pregunta está clara aunque algunas personas quieren entender sólo lo que les gustaría.
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Lisi ni es pesada ni ignorante, tu eres mal educado y prepotente, además de mal compañero, no te preocupes que esto está a punto de aclararse y veremos quien tiene razón. Si tu le preguntas a una profesora de Constitucional de la uned, Profesora, soy una ex-alumna suya y me pasa esto: en un examen ponen esta pregunta(no hace falta que la ponga) y ponen estas respuestas: (tampoco hará falta) y la respuesta que me dijo: EN NINGUN CASO RESPONDERIA EN RESPONSABILIDAD PENAL
Y como parece que la gente no se convence se lo preguntas a tu tutor de cons. IV del año pasado del centro de Pontevedra, la misma cantinela y te responde: EN NINGUN CASO INCURRIRIA EN RESPONSABILIDAD PENAL
Entonces, porque tengo que hacer caso a un departamento que esta, en esta, cuestión metido debajo de una piedra plana????? o depende de que te examines tienes que contestar una cosa u otra???? Ahora me explico porqué hay monarquía en este país, porque es un país lleno de cortesanos. Que ya somos mayorcitos para tanta estulticia hombre!!!!!!!
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PARA LISI: si sería una pena que le quitaran en trono y sus dinerillos anuales pero no es una verdadera pena porque no está tipificada en ningún articulo del CP, es como si tu niño suspende y tu lo dejas sin paga mensual, no está tipificado y es un castigo y me parece penoso que algunos se pasen a Oscar Alzaga y a Pilar Mellado por el forro por una pregunta que se les ha "escapao" a los de penal y es por no dejar mal a RR porque en su libro lo pone así....aunque también pone "con el proposito de meterla".
Saludos y que se te pase pronto el jetlag
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En mi respuesta 84 de este hilo, creo que se entiende que la respuesta que da el departamento es la correcta, y lo dice un prestigioso jurista Cobo del Rosal y el que fuera ( no si si ahora es) vicepresidente del TC Vives Anton, a ellos tamb se les escapo?
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En mi respuesta 84 de este hilo, creo que se entiende que la respuesta que da el departamento es la correcta, y lo dice un prestigioso jurista Cobo del Rosal y el que fuera ( no si si ahora es) vicepresidente del TC Vives Anton, a ellos tamb se les escapo?
felix, lo que yo entiendo es que AHORA se está dando una nueva interpretación al asunto,por conveniencia politica, pero lo que dice la letra de la CE es otra cosa bien distinta.
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Es que la pregunta dice COMO JEFE DEL ESTADO, no cuando f. con la reina ni cuando esquia, es como jefe del estado