Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: diatomeax en 06 de Junio de 2014, 20:54:39 pm
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si alguien ha hecho el tipo C y me puede comentar que tal ha ido...no pongo mis respuestas por miedo al casi seguro suspenso..jo....
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Creo que nos quieren dar un escarmiento. Muchas no tenía ni idea y las que tenía ideas por la forma de preguntar no me enteraba lo que pedía. Espero tener al menos 10 preguntas bien . Suerte a todos
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yo tenía el D pero las preguntas son las mismas no sabía que me estaban preguntando espero por lo menos aprobar.
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Hola a to@s:
Mis respuestas: 1-a, 2-a, 3-a, 4-b, 5-a, 6-b, 7-c, 8-b, 9-a, 10-a, 11-b, 12-b, 13-c, 14-a, 15-c, 16-b, 17-b, 18-a, 19-c y 20-c
No me resisto a copiar la pregunta 7. ¿Es opinión común en la Doctrina, considerar incorrecto que publicidad ilícita, la publicidad engañosa, la publicidad desleal y la publicidad agresiva sea modalidades de aquélla?
a) En algunos casos
b) Si
c ) no
Básicamente espero que alguno compañero experto en lingüística me ilumine a entender la pregunta.
Pudiera ser que después de cuatro exámenes, en el día de hoy, esté obnubilado.
Saludos,
P-D.: Se ruega respuestas.
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es la opinion comun de la doctrina sobre pubkicidad ilicita engañosa y demas que derivan de aquella? he puesto que no...es que he devuelto el libro y no puedo comprobar, sabeis si esta correcta? y la de las normas de la union europea se integran en el derecho civil existente que habeis contestado? que horror!
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Perdonar mis respuestas corresponden al tipo D. Con las prisas ni había reparado en el tipo.
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yo tb he puesto q no en el de la doctrina...estara bien? me estoy muriendo sin el libro :'(
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Yo me he llevado una desagradable impresion al ver el examen.... en el Tipo C voy a solicitar la anulación de la 3 y de la 9
A ultima hora lo cuelgo y si quereis lo enviais tb.
la 3, la he corregido ya y está mal redactada. la A y la B no proceden para la prejucial, así q la C, tampoco
la 9 tengo que mirarla bien...hasta entonces nada.
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tipo C
1- se integra decho civil en cada EM-A
2-reglamentos apli.direc.-A
3-cuestion prejuicial-C( tengo dudas)
4-circulacion libre ciudadanos-B
5-apd-A
5-producto no conforme a contraro-A
6-accion para reclamar reparacion-B pero creo que es A
8-contratos electronicos se perfeccionan-C pero sera otra cualquiera
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si alguien ha hecho el tipo C y me puede comentar que tal ha ido...no pongo mis respuestas por miedo al casi seguro suspenso..jo....
estoy como tu, vaya forma de terminar la semana.....me ha quitado el buen sabor de boca que me habia dejado Tributario II... a ultima hora espero tener corregido todo.
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9- incorporacion de las condiciones generales contratacion cont. verbales-C pero mis grandes dudas
10-contradiccion condicionea generales y particulares-A
11- regulacion ventas a distancia-A pero debe ser C?
12-desistir libremente contrato-B pero debe ser A ufsss
13-oferta de venta a distancia-A
14-contrato negociado fuera establecimiento-A pssscontr
15-opinion de doctrina.....
16- contrato publicitario- es B o C cualquiera no?
17-operaciones venta inmuebles-
18-reembolso-
19-responsabilidad de organizador y detallista-C
20-prop intelect.-A
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9 tipo Corma verbal
Cuando el contrato tenga forma verbal (artículo 5.2) y el predisponente entregue un resguardo justificativo de la contraprestación recibida es suficiente para que se entiendan incorporadas las condiciones generales al contrato:
que el predisponente anuncie las condiciones generales en un lugar visible dentro del lugar en el que se celebra el negocio
o que las inserte en la documentación del contrato que acompaña a su celebración
o que, de cualquier forma, garantice al adherente una posibilidad efectiva de conocer su existencia y contenido en el momento de la celebración.
De las tres formas de anunciar las condiciones generales en los contratos no escritos, la fundamental es la última, en ella se exige que se garantice el conocimiento de las cláusulas al adherente.
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esta mal redactada la pregunta, al no tener libro sigo buscando por la red! quien me mandaria a mi devolverlo justo antes del examen para no cargae con el, ufsss.Entiendo entonces que segun su rocambolesca formulacion de pregunta tendria que darse por valida la c, por que la b es parte que sigue al enunciado del articulo y la a.
que nochecita de viernes
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la 7 tipo c ni es a ni b es c, eso parece.
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La 6 del tipo D, creo que es la c, tres años desde la entrega del producto. Art.123.4 TRLCU. La 8.yo creo que ninguna de las opciones es válida, creo que hay que impugnarla. La 7, directamente no la entiendo. Y la 13, creo que es la a. Podríais confirmarme algo de lo anterior? Gracias
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También creo que la 19.tipo D es la a. Alguien más opina lo mismo?
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He hecho el tipo C.
Opino como muchos de vosotros. Vaya forma de redactar las preguntas. Poco rigor.
Además hay una pregunta que tiene dos respuestas b).
Vamos, un desastre.
Creo que tengo 17 de las 20 bien. Comprobadas con el manual.
Eso si, dada la redacción de algunas, lo mismo no estoy en lo correcto.
La de la Doctrina es de traca. Esa pregunta reúne todos los artificios que se pueden introducir en un texto para que estés leyéndola hasta navidades y no sabes si sí, si no, o todo lo contrario.
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Comprobadas las Respuestas.
TIPO C
1 A
2 A
3 RECLAMADA
4 B
5 A
6 A
7 C
8 A
9 B
10 B
11 B
12 A
13 A
14 B
15 B
16 B
17 A
18 A
19 C
20 A
En cuanto a la pregunta reclamada, esta ha sido mi solicitud.... por si os animais a reclamarla tb.
3. La cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
procede cuando:
a) se está ante un acto claro (Teoría del acto claro)
b) sólo cuando sea materialmente idéntica a otra resuelta en vía
prejudicial
c) exclusivamente en los supuestos de ítems a) y b)
ARGUMENTACIÓN:
La pregunta no deja duda alguna, ¿Cuándo procede la cuestión prejudicial?
La respuesta A y B: (un acto claro) y (sólo cuando sea materialmente idéntica …).
En el TEMA 3, IV.4.IMPROCEDENCIA DE LA CUESTION PREJUDICIAL: dispone que no procede la cuestión prejudicial:
1.En caso de la Teoría del acto claro
2.Cuando la cuestión sea materialmente idéntica a otra resuelta en vía
prejudicial
Así pues que no procede ni en el caso A ni en el B.
La respuesta C: La palabra ITEMS Se usa para hacer distribución de artículos o capítulos en una escritura y también como señal de adición. Según esta respuesta, marcar la C, supone admitir que son correcta la A y la B, así pues que procedería la cuestión prejudicial. Estimo que para dar como correcta la C, debería poner que A y B no son correcta.
Es por todo ello, que solicito la ANULACIÓN de esta pregunta por estar mar redactada e inducir a error.
Un Cordial Saludo
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muchas gracias, suspenso tengo 8 bien :'( no quiero volver a hacer esta asignatura se puede coger otra para septiembre? :'( :'(
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Comprobadas las Respuestas.
TIPO C
1 A
2 A
3 RECLAMADA
4 B
5 A
6 A
7 C
8 A
9 B
10 B
11 B
12 A
13 A
14 B
15 B
16 B
17 A
18 A
19 C
20 A
En cuanto a la pregunta reclamada, esta ha sido mi solicitud.... por si os animais a reclamarla tb.
3. La cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
procede cuando:
a) se está ante un acto claro (Teoría del acto claro)
b) sólo cuando sea materialmente idéntica a otra resuelta en vía
prejudicial
c) exclusivamente en los supuestos de ítems a) y b)
ARGUMENTACIÓN:
La pregunta no deja duda alguna, ¿Cuándo procede la cuestión prejudicial?
La respuesta A y B: (un acto claro) y (sólo cuando sea materialmente idéntica …).
En el TEMA 3, IV.4.IMPROCEDENCIA DE LA CUESTION PREJUDICIAL: dispone que no procede la cuestión prejudicial:
1.En caso de la Teoría del acto claro
2.Cuando la cuestión sea materialmente idéntica a otra resuelta en vía
prejudicial
Así pues que no procede ni en el caso A ni en el B.
:La respuesta C: La palabra ITEMS Se usa para hacer distribución de artículos o capítulos en una escritura y también como señal de adición. Según esta respuesta, marcar la C, supone admitir que son correcta la A y la B, así pues que procedería la cuestión prejudicial. Estimo que para dar como correcta la C, debería poner que A y B no son correcta.
Es por todo ello, que solicito la ANULACIÓN de esta pregunta por estar mar redactada e inducir a error.
Un Cordial Saludo
Pero, ¿dónde y en qué estado redactan los exámenes? Parece que la preguntita se la curraron en un pub de Malasaña haciendo cola comprando la cerveza al chino de turno... Alucino :o
Expón la duda en el curso virtual, se darán cuenta de su error garrafal y anularán la pregunta de oficio sin que necesitéis impugnarla.
Yo lo hice la primera semana y tenía un error gramático en una pregunta. Un compañero tenía un examen que no tenía pregunta 16, pasaba de la 15 a la 17, o algo así. Por eso digo, que es mejor que se enteren a través del curso virtual y la anulen de oficio. Suerte!! ;)
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Tambien lo he puesto ahi y he enviado oficialmente un email...por si acaso
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La verdad es que tenéis razón, si quieren hacer un test complicado no es necesario hacer este tipo de preguntas, mal redactadas, con poco nivel lingústico ... con lo extenso de la materia es suficiente y seguro que nos "pillarían" en más de una.
Las respuestas entiendo que están confirmadas??
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Bueno, acaban de contestarme por email y en el curso virtual.
El Departamento toma nota y valorará como resolverlo.... yo creo q la darán por buena, en mi caso no dependo para aprobar pr me dió tanto coraje la redacción de la pregunta..... en fin... todos nos equivocamos, especialmente los estudiantes jajajajaja
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Yo flipé con el examen
En gral m ha parecido... confuso? :o
Salí con tal empanada que ni sabía a qué me acababa de presentar :-\
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Mira, visto el examen de esta segunda semana, yo lo que te recomiendo es el libro, pero sólo es mi opinión. Ha quedado patente que saben que nos fiamos de los exámenes de otros años, de las preguntas frecuentes, de los apuntes, y han querido ver tanto nuestros conocimientos sobre la materia, así como nuestra comprensión lectora.
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Yo he estudiado por el libro, y recomiendo el libro, ni con esas aprobaré. Debe ser cuestión de falta de comprensión por mi parte o por no se, pero es la primera que posiblemente suspenda-dependerá de la plantilla y anulaciones- asi que el mazazo es impresionante.
Mucho ánimo y suerte con las notas