Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: ILSE en 09 de Junio de 2014, 14:05:19 pm
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Todo lo relacionado con la asignatura para septiembre curso 2013/2014
Aquí no se piden ni ofrecen apuntes, todo post que lo haga será eliminado.
Zona de apuntes: http://www.uned-derecho.com/index.php?board=4.0
>:( a ver si hay más suerte.
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Arriba el hilo de Administrativo I, hay que empezar a estudiar ya señores, que luego pilla el toro y corre convocatoria. Por aquí estaremos para echar una mano en lo que se pueda y sepa. Mucha fuerza.
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yo no sé si estudiar por el libro o por los apuntes de iota, aprobé el II con sus apuntes, vienen con la ley...
mi libro no se ve ya jajja está más subrayado tachado esquematizado jaja
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Yo no se cómo sacar este adtvo.... tengo otros aprobados pero este.... de verdad que qué asco, casi prefiero volver a examinarme de teoria del derecho.... gracias a este me pasaron de la Lic al grado
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Mi opinión es que no se trata de estudiar mucho si no de tener unos esquemas claros por eso a pesar de no tener casi tiempo fui esquematizando los temas a mano (ayuda a fijar ideas) y luego le di una lectura al libro para tener una explicación más amplia. El resultado aunque no brillante suficiente. Creo que para cualquier asignatura en general pero para estos "huesos" en particular va muy bien hacer pequeños esquemas.
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yo no sé si estudiar por el libro o por los apuntes de iota, aprobé el II con sus apuntes, vienen con la ley...
mi libro no se ve ya jajja está más subrayado tachado esquematizado jaja
Yo el año pasado la suspendí en junio y septiembre estudiando por el libro. Un compañero de mi CA me pasó uno apuntes, no extensos y este año sí que he aprobado. Con esos apuntes aprobaron ellos el año pasado del tirón. No sé de quien son los apuntes. Si los quieres, te los puedo enviar por correo postal.
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Yo el año pasado la suspendí en junio y septiembre estudiando por el libro. Un compañero de mi CA me pasó uno apuntes, no extensos y este año sí que he aprobado. Con esos apuntes aprobaron ellos el año pasado del tirón. No sé de quien son los apuntes. Si los quieres, te los puedo enviar por correo postal.
Yo creo que el libro te pierde un poco, no sé, la estructura, yo siempre estudié los test por apuntes, incluso el II cuando lo aprobé, ahora me compro el libro y zass, así que relación estudia por el libro apruba estudiando no lo tengo muy claro...
Que va si tienes que mandarlos por correo postal, si no lo tienes en el pc, fuera de españa cuesta más el collar que el perro pero te lo agradezco igualmente, yo es la primera vez que la estudio aunque es mi segunda matrícula de admvo I, he estado muy cerca, seguro que en septiembre la apruebo.
Tengo los apuntes de matias, los de iota y el libro, empezaré a quemarlos en orden, hasta el color amarillo empiezo a no soportarlo jjj
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Os recomiendo mucho que despues de estudiar el temario veais todas las vidioclases colgadas en alf, los profesores ponen muchos ejemplos e inciden en algunos conceptos que yo sola por el libro no le di tanta importancia. Creo que gracias a ellas salvé 3 ó 4 preguntas del examen ;)
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Os recomiendo mucho que despues de estudiar el temario veais todas las vidioclases colgadas en alf, los profesores ponen muchos ejemplos e inciden en algunos conceptos que yo sola por el libro no le di tanta importancia. Creo que gracias a ellas salvé 3 ó 4 preguntas del examen ;)
Gracias es bueno saberlo, haber si hay más suerte en Septiembre, aun no me creo que haya suspendido con 4,5 ¡qué cagada!
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Bueno, yo ya sé que me espera septiembre, nos vamos leyendo, nnada más que decir de este departamento, estudiar a tope e intentar aprobarla, no queda otra, al emnos espero que en septiembre no haya problemas con las preguntas.
ánimo.
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Pues yo también para septiembre, he estado cerca, pero la anulación de la pregunta de la segunda semana me ha rematado...
He estudiado por el libro, pero os voy a hacer caso y a intentar preparar unos buenos esquemas.
Ánimo a todos.
Laura
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Otra que se apunta.. ;)
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yo voy a seguir con el libro creo que me lo estoy estudiando de memoria, ya casi la estoy terminando "otra vez", le daré otro repaso en julio, otro en agosto y si con esto no apruebo dejo que me piséis la cabeza...
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;D ;D ;D ;D ;D .... ;D ;D ;D ;D ;D
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En mi humilde opinión es un asignatura que no se puede estudiar de memoria. Pienso que lo mejor es coger unos buenos apuntes, de ellos sacar unos esquemas de lo básico para centrarse mejor y fijar ideas importantes y si se puede darle una lectura al libro en aquellos temas que no se tengan muy claros por eso de tener una explicación más amplia pero no para memorizar.
Eso es lo que yo he hecho sobre todo pq no tengo mucho tiempo y me da buen resultado.
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Cojo asiento en este hilo por si el equipo docente me asesta la cornada. :D
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Lo que no se es por que en el foro de administrativo I solo se puede ver hasta la página 90, y las siguientes que había las han borrado?
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VS , mira de nuevo y verás cómo el compañero pedroto nos da el enlace donde están. Es que las han trasladado...
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VS , mira de nuevo y verás cómo el compañero pedroto nos da el enlace donde están. Es que las han trasladado...
Ok, gracias unedero,es que le he pedido los resúmenes a benitezroca y no sabía como estaba el asunto, lo dicho gracias y un saludo
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Qué fácil hacéis las cosas Drop jo*** ... >:(
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No te enfades pedroto que ya sabes que somos alumnos de la UNED, todas las dificultades las afrontamos con naturalidad. Como Anibal y sus elefantes, los Tercios de Flandes, la Legión en Afganistán, en fin, nada del otro mundo, ya sabes. jejeje.
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Aunque he hecho este examen en 4º era la primera vez que me presentaba y la he aprobado a la primera, con 5,1 eso sí, pero no pude estudiar muchísimo, aunque si lo suficiente para aprobar
A mi lo que me sirvió fue hacer esquemas de cada punto, es decir, leía el punto y lo esquematizaba. Es un poco lento, pero sin darte cuenta te lo has casi aprendido intentando hacer el esquema.
Los hacia a lápiz, así podía borrar y retocarlos tantas veces como quería hasta que me quedaban perfectos
Yo con todos los exámenes tipo test me hago esquemas, pienso que es la mejor manera para aprobar
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Cojo sitio.
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Aunque he hecho este examen en 4º era la primera vez que me presentaba y la he aprobado a la primera, con 5,1 eso sí, pero no pude estudiar muchísimo, aunque si lo suficiente para aprobar
A mi lo que me sirvió fue hacer esquemas de cada punto, es decir, leía el punto y lo esquematizaba. Es un poco lento, pero sin darte cuenta te lo has casi aprendido intentando hacer el esquema.
Los hacia a lápiz, así podía borrar y retocarlos tantas veces como quería hasta que me quedaban perfectos
Yo con todos los exámenes tipo test me hago esquemas, pienso que es la mejor manera para aprobar
Te ha faltado y me queda filosofía para terminar el grado, como no lo has diiiiichooooooo todavíiiiiiiiiaaaaa
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Te ha faltado y me queda filosofía para terminar el grado, como no lo has diiiiichooooooo todavíiiiiiiiiaaaaa
¿No lo he dicho? Perdona se me paso!
ME QUEDA SÓLO FILOSOFÍA PARA TERMINAR EL GRADO!
¿Estas contento ahora?
Madre mía Raúl, que vida más triste tienes que siempre tienes que estar criticando lo que decimos y lo que no decimos.
Menos mal que si Dios quiere te pierdo de vista! Porque SÓLO ME QUEDA FILOSOFÍA PARA TERMINAR EL GRADO!
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aayy.... otra más, que aburrida me tiene este departamento... son los únicos que he suspendido en la UNED, no puedo con los tipo test, no estoy hecha para ellos!!!!! :'( :'( :'( :'( :'( :'(
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Hola,
¿Alguien sabe qué temas eran los que no entraban este año? En el hilo de Administrativo I estaba explicado pero parece que ha desaparecido ese hilo. Y, ¿cuáles creéis que son los mejores apuntes para esta asignatura?
Gracias y agradezco vuestras respuestas.
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Venga, pues uno más que se sube al carro del querido septiembre... :)
Saludos
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Hola a tod@s
Y una mas al hilo , esa asignatura es dificil de aprobar . Animo y estudiar mucho.
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El examen ¿es el sábado no? a las 16 horas.
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Si Unedero, el sabado a las 4 de la tarde... no dejan ni echar la siesta!!!
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como lo vais llevando?? yo me quede en un 4,8 por la anulación de la pregunta esa, que si no, hubiera aprobado!!
Yo la verdad es que no veo la asignatura tan difícil, el problema es la manera de examinar, que pueden hacer un examen para que apruebes o uno para que suspendas. Lo de poner 5 preguntas sobre quien nombra a quien en junio me parecio de broma y a putear, pero bueno.
Y ya encima el horario... eso es para dar por saco, señores!! seguro que han pedido ellos ponerlo a esa hora! jejeje.
Bueno, a quien le pueda servir copio lo que puso un compañero en el foro, las respuestas de este año:
PLANTILLA DE CORRECCIÓN: 1º semana
1)-C. 2)-D. 3)-B. 4)-A. 5)-C. 6)-D. 7)-C. -C. 9)-C. 10)-A. 11)-B. 12)-A. 13)-B. 14)-D. 15)-C. 16)-C. 17)-A. 18)-D. 19)-D. 20)-C. [21)-A; 22)-D].
PLANTILLA DE CORRECCIÓN:
1)-A. 2)-B. 3)-D. 4)-B. 5)-C. 6)-A. 7)-C. -A. 9)-B. 10)-B. 11)-A. 12)-B. 13)-A. 14)-A. 15)-D. 16)-A. 17)-D. 18)-B. 19)-A. 20)-B. [21)-D. 22)-B].
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Cuantas preguntas hay que tener bien para aprobar el examen???
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Tú misma a 0,50 las acertadas 0,25 las falladas... de verdad que algunos tenéis unas preguntas de peón caminero
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;) lo siento ISLE...
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No lo sientas cada uno es como es, lo que me extraña es que a pocos días del examen no sepas como puntúan y no te hayas molestado en buscarlo en la guía, es más cómodo que te lo den hecho, verdad? Lo que se llama vago por naturaleza.
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Tú misma a 0,50 las acertadas 0,25 las falladas... de verdad que algunos tenéis unas preguntas de peón caminero
Pues tú tampoco lo habrás mirado mucho, porque las falladas son 0,2 y encima das información erronea.
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Pues tú tampoco lo habrás mirado mucho, porque las falladas son 0,2 y encima das información erronea.
eso es un zassss en to la boca jejeje :)
no sé en qué estaba pensando, cómo no lo voy a mirar si llevo ya dos años con ella.
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Si que me he leido la guia y se como puntuan! Pero he preguntado eso como si pregunto si dejan llevar el programa al examen... de esas preguntas que dices en la ultima estresante semana antes del examen, pero vamos, es la primera vez q pregunto algo si, sin mas ya que siempre leo bien todo y no pregunto algo si no es necesario... fallo mio el de hoy ;-)
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asi rápidamente os digo:
Tienes que tener 10 aciertos para tener un 5. Como es muy difícil contestar solo a 10 preguntas y que encima las 10 estén bien, tienes que tirar un poco de estadística. Cuando lo hice en biología hicimos las cuentas y lo mejor es contestar 13 (asi con 11 aciertos aprobamos). Nunca contestar a una pregunta en la que pienses que pueden ser mas de 2 posibilidades.
Básicamente el procedimiento adecuado seria:
-1º te lees cada pregunta poniendo al margen una marquita en la/s que creas correcta/s. Tomate tu tiempo, es el punto mas importante del examen.
-2º cuentas las que tengas claras la respuesta. Si son 12 o mas, no contestes a ninguna otra pregunta. Si no, sigue leyendo.
-3º Lo normal es tener unas 7 preguntas claras sobre 20. Asi que tenemos que jugárnosla un poco. Miramos las marquitas de las preguntas y nos vamos a aquellas que tengamos que escoger entre 2 posibilidades y decidimos. Deberíamos estar en torno a 12-13 preguntas contestadas. Si no es asi, tendréis que jugárosla y lo mas probable es que estéis pensando "por que no estudie mas??" :-[ los responsables y los demás "por que serán tan cabrones?" >:(
Obviamente podeis jugárosla mas, pero pensad en esto: cada pregunta acertada os permite 2 fallos. una pequeña tabla para que os hagáis a la idea:
11 contestaciones - 11 bien 0 mal = 5.5
12 contestaciones - 11 bien 1 mal = 5.3
13 contestaciones - 11 bien 2 mal = 5.1
14 contestaciones - 11 bien 3 mal = 4.9 SUSPENSO
15 contestaciones - 12 bien 3 mal = 5.4
16 contestaciones - 12 bien 4 mal = 5.2
17 contestaciones - 12 bien 5 mal = 5.0
18 contestaciones - 12 bien 6 mal = 4.8 SUSPENSO
18 contestaciones - 13 bien 5 mal = 5.5
19 contestaciones - 13 bien 6 mal = 5.3
20 contestaciones - 13 bien 7 mal = 5.1
En otras palabras, con 13 bien, apruebas seguro! Si no te la juegas mucho, con 12 bien también apruebas (te permite contestar 5 fallos) y con 11 te la juegas lo menos posible
Espero que os haya ayudado! Pensad que cada pregunta que os la "jugáis" teneis entre un 25% y un 50% de acertar...
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Muchas gracias Freddyblanco! Asi da gusto, ya me ha quedado super claro. A ver si el sabado tenemos suerte :-)
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A ver si entre todos confeccionamos las preguntas del examen que a mi al terminar me pierden los nervios de no saber las respuestas ni lo que opináis de las preguntas !!!
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A ver si entre todos confeccionamos las preguntas del examen que a mi al terminar me pierden los nervios de no saber las respuestas ni lo que opináis de las preguntas !!!
el examen te lo puedes llevar, el de las preguntas.
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Hola a todos, ¿Alguien podría colgar el examen de la segunda semana tipo test de administrativo I? En el depósito de exámenes sale el test de la primera semana pero en la segunda semana salen preguntas cortas.
Muchas gracias.
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Pero hasta que se sepan las respuestas pasa tiempo y es desesperante , pones rápido vuestra opinión
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Yo le temo más que a una vara verde, a ver por dónde salen, el año pasado septiembre fue más complicado...
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Pues viendo como están poniendo los exámenes de otras asignaturas ya nos podemos ir preparando el Sábado para lo peor y si pensamos que van a tener un poco de clemencia por la cagada de Junio la llevamos clara, por cierto "chapó" para el departamento de Civil I, que ha admitido su error en el examen de septiembre y notifica a los perjudicados que sus notas no se verán afectadas por su error.
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yo creo que los profesores tendrian que ser conscientes de la dificultad que supone estudiar a distancia y tenerlo en cuenta a la hora de confeccionar los examenes y corregirlos , a veces parece que son nuestros enemigos y que van a lo rebuscado , a pillar por sorpresa , y de esta manera que tengamos que pasar por caja ¡¡¡ :-\
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Mañana preveo una masacre ;D
Septiembre, Sábado y administrativo? Aún me escuecen los dos 4,9 que tengo... me llevare el traductor de arameo antiguo
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La batalla de la Termópilas se va a quedar en un juego de niños comparada con la masacre de mañana de Adm I.
Estaba pensando en llevarme lanza y escudo, pero mejor me llevo un boli. :D
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Mucha suerte para todos , en especial para los sufridores de Administrativo I. Ánimoooooooo!!!
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¿Tan dura es la asignatura?.
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¿Tan dura es la asignatura?.
:'( :'(
non ne ho parole
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Non parlare italianini, ¿qué significa?. ::)
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:'( :'(
non ne ho parole
Raúl, po chiaro non vi dico il vostro partner, perché è difficile I Diritto amministrativo I? ... ;D
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http://www.youtube.com/watch?v=eH7-M0dN-o4
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Podemos poner las respuestas entre todos lo antes posible !!! :D
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Creo que nos van a dar bien, visto cómo se están portando en septiembre y que administrativo no se puede quedar atrás, así que llevaros para untaros vaselina y apretad los dientes...
Alguien tiene alguna intuición? reglamentos, decretos, los precedentes? :'(
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joer ILSE ;D ;D ;D esperemos que no sea para tanto, porque yo ya estoy de administrativo..... que me voy a quedar así :D :D :D :D :D :D :D to loco.
saludos
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Yo también, no sé cuántas vueltas le he dado al libro amarillo, y algunos apuntes que tengo por ahí, estoy hasta la p.... de admvo I.
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ILSE, yo me miraría bien: El municipio, las provincias, Las CCAA, el consejo de Estado, los organismos públicos, las administración institucional... en fin es tan extenso el manual... pero los años anteriores han ido por ahí los tiros. Al ser tipo test te puede aparecer de todo. Ánimo!
saludos
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Esta asignatura es larga y dura ::)
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Yo llevo preparada a la asignatura, pero ya veremos como plantean las preguntas... ¡Miedo me da!
¡Mucha suerte!
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Yo también creo que la llevo bien, pero aquí no es cuestión de estudio, es más del plano semántico morfosintáctico y lexicosemántico, el resto no importa.
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como habeis visto el examen???
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¿Ya habeis hecho el examen de Administrativo I?
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¿Ya habeis hecho el examen de Administrativo I?
no, at 4:00 pm o clock
reza por nosotros...
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pues mucha suerte a todos los de administrativo I... ANIMO!!!
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He leído que el equipo docente en el foro explicó que las preguntas del examen tienen distinto nivel de dificultad. Supongo que la estrategia está ahí y no conviene arriesgarse demasiado.
Mucha suerte y mucha justicia para todos los que vais, contadnos esta tarde como os ha ido y recordad que el Subsecretario es el jefe de los servicios comunes de un Ministerio y que
En los Ministerios pueden existir Secretarías de Estado, y excepcionalmente Secretarías Generales, para la gestión de un sector de actividad administrativa. De ellas dependerán jerárquicamente los órganos directivos que se les adscriban.
2. Los Ministerios contarán, en todo caso, con una Subsecretaría, y dependiendo de ella una Secretaría General Técnica (que los técnicos siempre están jejeje)
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Mucha suerte a todos!!!!!!!!
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suerte y quitaros este muerto ya, suerte a todossssss
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esta asignatura es muy dificil , hagamos entre todos las respuestas lo antes posible , que tardan mucho en poner la plantilla oficial ,¡¡¡¡ :D
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ya no queda na,,,MUCHISIMA BUENA SUUERTE A TO@S,, y a ver si nada más salir comenzamos a colgar respuestas,,porque valla tela de asignatura y los nervios que estamos pasando...saludosss....
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Creo que será mi primer examen de la UNED con nota negativa....
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Creo que será mi primer examen de la UNED con nota negativa....
Ha sido difícil? te ha salido mal? qué han puesto? ANIMO!!!
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He contestado 17 por lo que purdo tener 5 mal...
Estas estan byscadas
1A
2 c
3 b
4a
7d
9a
11a
12a
13 c
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Así va, las he buscado, a ver si hay alguna que no esté bien decidme.
1A
2 c
3 b
4a
7d
9a
11a
12a
13 c
14b
15D
17 A
19A
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La 8 no la encuentro.
La convocatoria y posterior sesión del pleno municipal, debe cumplir, de acuerdo con la LRBL, los siguintes requisitos generales:
a) hacerse con al menos, dos días hábiles de antelación( salvo las extraordinarias convocadas como urgentes): y la sesión será pública de manera general.
b) Pueden convocarse en cualquier momento por el Alcalde, señalando el orden del día de acuerdo con el resto de concejales, siendo públicas en todo caso.
c) salvo en el caso de las urgentes, deben convocarse con, al menos, una semana de antelación: el orden del día es potestativo de la propia sesión, que puede alterarlo o modificarlo con libertad plena.
d)no puede convocarse una sesión sin acuerdo previo en la sesión anterior: la cual también fija el orden del día(salvo para el caso de las extraordinarias.
yo he puesto la a.
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La respuesta debe de estar aquí:
Régimen de funcionamiento
Artículo 46.
1. Los órganos colegiados de las Entidades locales funcionan en régimen de sesiones ordinarias de periodicidad preestablecida y extraordinarias, que pueden ser, además, urgentes.
2. En todo caso, el funcionamiento del Pleno de las Corporaciones Locales se ajusta a las siguientes reglas:
a) El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y en las Diputaciones Provinciales; cada dos meses en los Ayuntamientos de los municipios de una población entre 5.001 habitantes y 20.000 habitantes; y cada tres en los municipios de hasta 5.000 habitantes. Asimismo, el Pleno celebra sesión extraordinaria cuando así lo decida el Presidente o lo solicite la cuarta parte, al menos, del número legal de miembros de la Corporación, sin que ningún concejal pueda solicitar más de tres anualmente. En este último caso, la celebración del mismo no podrá demorarse por más de quince días hábiles desde que fuera solicitada, no pudiendo incorporarse el asunto al orden del día de un Pleno ordinario o de otro extraordinario con más asuntos si no lo autorizan expresamente los solicitantes de la convocatoria.
Si el Presidente no convocase el Pleno extraordinario solicitado por el número de concejales indicado dentro del plazo señalado, quedará automáticamente convocado para el décimo día hábil siguiente al de la finalización de dicho plazo, a las doce horas, lo que será notificado por el Secretario de la Corporación a todos los miembros de la misma al día siguiente de la finalización del plazo citado anteriormente. En ausencia del Presidente o de quien legalmente haya de sustituirle, el Pleno quedará válidamente constituido siempre que concurra el quórum requerido en la letra c) de este precepto, en cuyo caso será presidido por el miembro de la Corporación de mayor edad entre los presentes.
b) Las sesiones plenarias han de convocarse, al menos, con dos días hábiles de antelación, salvo las extraordinarias que lo hayan sido con carácter urgente, cuya convocatoria con este carácter deberá ser ratificada por el Pleno. La documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, que deba servir de base al debate y, en su caso, votación, deberá figurar a disposición de los Concejales o Diputados, desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría de la Corporación.
c) El Pleno se constituye válidamente con la asistencia de un tercio del mínimo legal de miembros del mismo, que nunca podrá ser inferior a tres. En los municipios de hasta 100 residentes, que no funcionen en régimen de Concejo Abierto, el Pleno se constituirá válidamente con la asistencia del número legal de miembros del mismo, que nunca deberá ser inferior a dos. Estos quórums deberán mantenerse durante toda la sesión.
En todo caso, se requiere la asistencia del Presidente y del Secretario de la Corporación o de quienes legalmente les sustituyan.
d) La adopción de acuerdos se produce mediante votación ordinaria, salvo que el propio Pleno acuerde, para un caso concreto, la votación nominal. El voto puede emitirse en sentido afirmativo o negativo, pudiendo los miembros de las Corporaciones abstenerse de votar.
La ausencia de uno o varios Concejales o Diputados, una vez iniciada la deliberación de un asunto, equivale, a efectos de la votación correspondiente, a la abstención.
En el caso de votaciones con resultado de empate, se efectuará una nueva votación, y si persistiera el empate, decidirá el voto de calidad del Presidente.
e) En los plenos ordinarios la parte dedicada al control de los demás órganos de la Corporación deberá presentar sustantividad propia y diferenciada de la parte resolutiva, debiéndose garantizar de forma efectiva en su funcionamiento y, en su caso, en su regulación, la participación de todos los grupos municipales en la formulación de ruegos, preguntas y mociones.
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yo la 8 también puse la A...... ¿están bien seguro las que has puesto hasta ahora? porque como sea así he suspendido
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yo la 8 también puse la A...... ¿están bien seguro las que has puesto hasta ahora? porque como sea así he suspendido
dime en cual no estás de acuerdo, las he ido buscando pero me he podido equivocar...
voy a colgar el examen para que marta nos pueda ayuda. estoy comprimiéndolo y quitando mi nombre.
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la 5 es la A, lo he comprobado
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lo tenéis en la pgn 281 libro
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La del recurso indirecto he puesto la d pero no la tengo todas conmigo, o es la b o la d
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Edito que ya he podido subirlo:
https://www.dropbox.com/s/31opaikyouidok0/Nueva%20carpeta.rar?dl=0
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Pongo las mias
1)a 11)a
2)c 12)a
4)a 13)c
5)b 14)b
6)a 15)c
7)d 17)a
8)a 19)a
9)a 20)c
10)b 21)b 22)a
Espero haber aprobado.... :-[ :-[
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Buscadas:
1A
2 c
3 b
4a
5D
7d
8A
9a
11a
12a
13 c
14b
15D
17 A
19A
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18 d página 95
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la 5 es la B pag 226
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Buscadas:
1A
2 c
3 b
4a
5B
7d
8A
9a
11a
12a
13 c
14b
15D
17 A
18D
19A
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Tengo que ausentarme un ratillo, luego os leo y si puedo, echo una mano.
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la 5 es la B pag 226
Amel si alguna que he puesto no la ves clara dime cuál es y busco la página...
la 6 es la que me tiene ahí, yo creo que es la d, porque el sujeto no puede presentar recurso directo, indirecto sí, y después a través de éste la cuestió de ilegalidad...
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la 10 es la b) delegado y subdelegado...pgn144 libro
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1A
2 c
3 b
4a
5B
7d
8A
9a
10B
11a
12a
13 c
14b
15D
17 A
18D
19A
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Yo también creo que es la D en la 6
-
la 16 es la A pag 310
-
yo también creo que la 16 es la a) pero no estoy segura
-
BUSCADAS:
1A
2 c
3 b
4a
5B
6D se duda
7d
8A
9a
10B
11a
12a
13 c
14b
15D
16A
17 A
18D
19A
21 B
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la 20 la he buscado pero no la encuentro, no os puedo ayudar...espero que con las que tenéis resueltas os llegue para aprobar...mucha suerte!!!
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la 20 por descarte es la C ........... he suspendido :'( :'( :'(
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Yo tengo así 15 bien 2 mal, al segundo año por fin he podido, contando de que esas sean las correctas...
ánimo Amel, todavía tiene que salir la plantilla oficial, puede haber sorpresas.
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Comparando vuestras contestaciones con las mías tengo un 5.4. O eso espero...
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Yo igual que tu ILSE al segundo año >:( >:( por fin he podido con ella ;) ;) QUE GUERRA ME HA DAOOOOO
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Amel espera igual impugnan alguna y apruebas ;) con este departamento nunca se sabe ;)
Mucha suerte
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Sí puede haber recursos directos contra reglamentos...
Contra estos reglamentos viciados de nulidad, se puede utilizar el recurso directo o el
indirecto.
Directo: Impugnar directamente el reglamento. Se realiza ante la jurisdicción contencioso-dministrativa, no ante la Administración. No cabe un recurso administrativo contra un reglamento.
•
Indirecto: Va contra un acto de aplicación del reglamento. Hay que recurrir en vía
administrativa y luego por vía jurisdiccional.
Los tribunales pueden inaplicar en un caso concreto el reglamento si estiman que es nulo.
Puedo estar confundida, pero yo hubiera puesto la B) en la pregunta 6.
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Gracias por subir las respuestas.
11 bien y 6 mal... como no anulen alguna de las que tengo mal o no contestadas y pasen a las de reserva, que las tengo bien, me doy de cabezazos, está claro que los adtvos no son lo mio...
Un saludo y una vez más, gracias
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Sí puede haber recursos directos contra reglamentos...
Contra estos reglamentos viciados de nulidad, se puede utilizar el recurso directo o el
indirecto.
Directo: Impugnar directamente el reglamento. Se realiza ante la jurisdicción contencioso-dministrativa, no ante la Administración. No cabe un recurso administrativo contra un reglamento.
•
Indirecto: Va contra un acto de aplicación del reglamento. Hay que recurrir en vía
administrativa y luego por vía jurisdiccional.
Los tribunales pueden inaplicar en un caso concreto el reglamento si estiman que es nulo.
Puedo estar confundida, pero yo hubiera puesto la B) en la pregunta 6.
S´´e que hay recursos directos contra reglamentos, pero lo sujetos solo pueden hacerlo a través de un indirecto para poder anular el reglamento y que sea a través del acto y después ilegalidad para anular el reglamento.
Pero dice que el sujeto puede hacerlo mediante recurso indirecto y después recurso directo, no puede hacerlo mediante recurso directo, no se le da tal potestad, no? sino indirecto y después cuestión de ilegalidad...
El resto que habéis puesto.
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Si vuestras respuestas son correctas tengo un 6,6. Ojala que así sea porque madre mía... Sabéis cuando suben la plantilla??
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Yo puse la 6 b tb :-\
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S´´e que hay recursos directos contra reglamentos, pero lo sujetos solo pueden hacerlo a través de un indirecto para poder anular el reglamento y que sea a través del acto y después ilegalidad para anular el reglamento.
Pero dice que el sujeto puede hacerlo mediante recurso indirecto y después recurso directo, no puede hacerlo mediante recurso directo, no se le da tal potestad, no? sino indirecto y después cuestión de ilegalidad...
El resto que habéis puesto.
Yo en la 6 la C, en la B me despistó lo de "aún está en plazo"...
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Puede que sea la b... pero como dice que interpone uno directo fespués me ha parecido extraño...
Pensé wueel particular solo podia indirecto contra el acto y a partir de ahí anular reglamento. :-\
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Si hablamos de la jurisdicción contencioso-administrativa yo entiendo que sí puede; en vía administrativa no.
Artículo 26.
1. Además de la impugnación directa de las disposiciones de carácter general, también es admisible la de los actos que se produzcan en aplicación de las mismas, fundada en que tales disposiciones no son conformes a Derecho.
2. La falta de impugnación directa de una disposición general o la desestimación del recurso que frente a ella se hubiera interpuesto no impiden la impugnación de los actos de aplicación con fundamento en lo dispuesto en el apartado anterior.
Lo que no me cuadra de la respuesta D) es eso de que como ya está publicado no cabe recurso directo. Yo me pregunto, ¿como voy a saber el contenido de un reglamento si no lo publican? o estoy entendiendo algo mal....además la pregunta no habla de recursos administrativos en particular, habla de recursos e impugnaciones pero no particulariza en que sean administrativos o contencioso-administrativos. Además en la pregunta especifica que el Reglamento está publicado...un poco liosa la pregunta.
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si esta plantilla es correcta... tengo un 4,8. en junio me quede con un 4,9 :'( que pesadilla de asignatura! !!
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El particular no puede interponer el directo contrael reglamento... sí el indirecto contra el acto y a través de éste es cuando se anula el reglamento.
En la b dice interpone indirecto contra el acto y directo cobtra el reglamento después.
A mí me hizo dudar y aún no lo veo
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El particular no puede interponer el directo contrael reglamento... sí el indirecto contra el acto y a través de éste es cuando se anula el reglamento.
En la b dice interpone indirecto contra el acto y directo cobtra el reglamento después.
A mí me hizo dudar y aún no lo veo
¿donde lees la palabra "despues"?
¿y que me dices del articulo 26 de la ley del contencioso administrativo? ¿no puede un particular presentar un contencioso contra una disposición de caracter general osease un reglamento?
Por cierto, ya que tienes el libro miralo anda por favor...
Artículo 26.
1. Además de la impugnación directa de las disposiciones de carácter general, también es admisible la de los actos que se produzcan en aplicación de las mismas, fundada en que tales disposiciones no son conformes a Derecho.
2. La falta de impugnación directa de una disposición general o la desestimación del recurso que frente a ella se hubiera interpuesto no impiden la impugnación de los actos de aplicación con fundamento en lo dispuesto en el apartado anterior.
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Dice también...
puede interponer recurso directo indirecto contra el acto y puede también presentar recurso directo contra el reglamento... puede los dos?
en el libro dice que el indirecto puede utilizarla cualquier persona que sea titutal de un derecho o interés, en el directo no dice nada de que cualquier persona pueda hacerlo.
Ahhh además dice que al estar aún en plazo, para el indirecto no hay plazo.
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Yo creo que la 6 es la B. Pone que para interponer recurso directo tiene que ser antes del plazo de 2 meses desde la pub. Por ello lo de la fecha del enunciado
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La 6 es la b) segurísimo 8)
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En la 6: La d) no es, porque una vez publicado, si cabe recurso; la c) tampoco, porque un ciudadano si puede impugnar un reglamento; y la a) impugnarlo directamente via rec. de amparo al TC o mediante C-Admin. .... mmmmmm no. Así que tiene que ser la b).
Suerteeeeee! :)
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Bueno, senador 2000, menos mal jajajaja gracias por hacer piñón...
Un recurso indirecto tiene sus plazos, como es en via administrativa pues puede ser el recurso potestativo de reposicion, el de alzada...y según te llegue la notificación del acto administrativo pues tienes un mes para interponerlo....eso de que no hay plazo, pues estariamos buenos si pudieramos interponer un recurso administrativo hoy de un acto que nos notificaron hace años....
Esta pregunta 6 es de Administrativo II puro y duro...
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Hola!! Quiero dar las gracias a Marta por sus estupendos apuntes, gracias a los que creo que me he quitado administrativo I y II... Muchas gracias Marta por tu trabajo y creo que muchos te debemos el aprobado
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Hola!! Quiero dar las gracias a Marta por sus estupendos apuntes, gracias a los que creo que me he quitado administrativo I y II... Muchas gracias Marta por tu trabajo y creo que muchos te debemos el aprobado
De nada y me alegro un montón que lo hayas logrado, y que ha sido por lo que has estudiado. ;) ;) ;)
Y que sepais todos que he pasado un rato muy divertido con esta discusión, que me hace mantener las neuronas en funcionamiento y que me encanta...jajajaja...vamos, que hay gente pa tóóóó
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Bueeeeeeno Matias1, yo te digo que es la b). Cuando salgan las respuestas oficiales, lo poderemos ver con verdadera objetividad.
Saludossss :)
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Ufff esta es como la `regunta de marras avocación revocación, pero bueno ahora no dependo de esa pregunta, así que ni medio debate más porque he acabado asqueado de la puta asignatura.
El resto están bien?
PD en mi libre dice que n está sujeto a plazo, literal... ya no digo más.
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Tengo el libro, lo voy a buscar.
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Matias1, por cierto, el recurso indirecto no está sujeto a plazo alguno, y puede ser interpuesto por cualquier ciudadano o colectivo. ;)
Saludos 8)
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Ya se lo he dicho antes pero...
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Nada segunda vez y al paredón de nuevo ni calculando las buenas y dejando las dudosas ni contestando las que sabes que son buenas ni un método ni otro, esto requiere más estudio, por lo que se ve
En fin ya la sacaré un día u otro, de todas formas se me dan mejor los de desarrollo si lo cambian nos harían un favor a muchos por lo menos cambiaríamos de método pero parece ser que es más bien al contrario el año que viene algunas de desarrollo pasan a test así que asumamos lo que nos venga y a estudiar para el año que viene, solo me queda historia, teoría y administrativo para acabar con las de primero, esto es la uned compañer@s a veces se hace cuesta arriba pero todo lo que sube debe bajar solo es cuestión de tiempo.
Perdón por el rollo pero necesitaba soltar lastre. :P
Un saludo y a por lo que nos echen (que no es poco)
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Matias1, por cierto, el recurso indirecto no está sujeto a plazo alguno, y puede ser interpuesto por cualquier ciudadano o colectivo. ;)
Saludos 8)
Lemos todo el párrafo en su conjunto:
Recurso indirecto
En quinto lugar, es posible reaccionar contra un reglamento inválido a través del recurso indirecto. Este consiste en la impugnación de un acto administrativo dictado al amparo del reglamento ilegal, fundando dicha impugnación, precisamente, en la ilegalidad del reglamento en que se apoya el acto recurrido.
La viabilidad del recurso indirecto exige, por tanto, que se produzca un acto de aplicación del reglamento ilegal o bien provocarlo mediante la oportuna petición. Esta vía impugnativa puede utilizarla cualquier persona que sea titular de un derecho o de un interés. A diferencia del recurso directo,el indirecto no está sujeto a plazo, en el sentido de que cualquiera que sea el tiempo que el reglamento haya estado vigente, siempre podrá ser atacado en los plazos ordinarios, a partir de la notificación de cualquier acto de aplicación. El recurso indirecto se interpone ante el órgano que lo ha dictado.
Los efectos del recurso indirecto, según tenía establecido una reiterada jurisprudencia, no eran tan completos y contundentes como los del recurso directo: sólo quedaba anulado el acto, pero no el reglamento ilegal, por lo cual éste podía seguir produciendo efectos contrarios a la legalidad.
En los plazos ordinarios a partir de la notificacion de cualquier acto de aplicación...lo que quiere decir es que da igual que el reglamento lleve años en vigor, hay plazos para atacarlo a partir de que te notifiquen la resolucion de tu acto administrativo particular...,
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Lemos todo el párrafo en su conjunto:
Recurso indirecto
En quinto lugar, es posible reaccionar contra un reglamento inválido a través del recurso indirecto. Este consiste en la impugnación de un acto administrativo dictado al amparo del reglamento ilegal, fundando dicha impugnación, precisamente, en la ilegalidad del reglamento en que se apoya el acto recurrido.
La viabilidad del recurso indirecto exige, por tanto, que se produzca un acto de aplicación del reglamento ilegal o bien provocarlo mediante la oportuna petición. Esta vía impugnativa puede utilizarla cualquier persona que sea titular de un derecho o de un interés. A diferencia del recurso directo,el indirecto no está sujeto a plazo, en el sentido de que cualquiera que sea el tiempo que el reglamento haya estado vigente, siempre podrá ser atacado en los plazos ordinarios, a partir de la notificación de cualquier acto de aplicación. El recurso indirecto se interpone ante el órgano que lo ha dictado.
Los efectos del recurso indirecto, según tenía establecido una reiterada jurisprudencia, no eran tan completos y contundentes como los del recurso directo: sólo quedaba anulado el acto, pero no el reglamento ilegal, por lo cual éste podía seguir produciendo efectos contrarios a la legalidad.
En los plazos ordinarios a partir de la notificacion de cualquier acto de aplicación...lo que quiere decir es que da igual que el reglamento lleve años en vigor, hay plazos para atacarlo a partir de que te notifiquen la resolucion de tu acto administrativo particular...,
Tú mismo me das la razón, el recurso indirecto no está sujeto a plazo alguno, y puede ser interpuesto por cualquier ciudadano o colectivo, ¿Sigues pensando que no? Hasta Ilse lo ha dicho antes... 8)
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Tú mismo me das la razón, el recurso indirecto no está sujeto a plazo alguno, y puede ser interpuesto por cualquier ciudadano o colectivo, ¿Sigues pensando que no? Hasta Ilse lo ha dicho antes...
Pero ¿has leido la negrilla? hay que leer el conjunto...¿tú crees que si te llega una multa con un pie de recurso (ese es el indirecto), no tienes plazos para recurrir? El reglamento de trafico puede llevar años pulicado y en vigor, y aplicandose y de ahi provienen los actos administrativos de aplicacion contra los que puedes presentar recursos indirectos...
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Pero ¿has leido la negrilla? hay que leer el conjunto...¿tú crees que si te llega una multa con un pie de recurso (ese es el indirecto), no tienes plazos para recurrir? El reglamento de trafico puede llevar años pulicado y en vigor, y aplicandose y de ahi provienen los actos administrativos de aplicacion contra los que puedes presentar recursos indirectos...
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Es lógico que si ya no está vigente se acaba el plazo, quiero decir hasta que se anule habrá plazo...
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Bueeeeeno, no entremos en discordia, la 6 es la b), tú mismo Matias lo estás diciendo... ;)
Saludos
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Yo digo que es la b) , lo que no estoy de acuerdo, ante la lectura del libro, es que un recurso indirecto porque el reglamento sea ilegal se pueda interponer aunque pasen años....como se te pase el plazo de recurrir el acto administrativo de aplicación de ese reglamento ya verás que dice la Administración....
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Bueno, senador 2000, menos mal jajajaja gracias por hacer piñón...
Un recurso indirecto tiene sus plazos, como es en via administrativa pues puede ser el recurso potestativo de reposicion, el de alzada...y según te llegue la notificación del acto administrativo pues tienes un mes para interponerlo....eso de que no hay plazo, pues estariamos buenos si pudieramos interponer un recurso administrativo hoy de un acto que nos notificaron hace años....
Esta pregunta 6 es de Administrativo II puro y duro...
No digo más... ;) ay con la memoria selectiva...
Saludos
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el delegadoy subdelegado del gobierno no son organos directivos son perifericos...
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Si que és la b la 10
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no,no la pregunta pone directivos...
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3. En la organización territorial de la Administración General del Estado son órganos directivos tanto los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas, que tendrán rango de Subsecretario, como los Subdelegados del Gobierno en las provincias, los cuales tendrán nivel de Subdirector general.
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La 20: A
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Otra cosa, por aqui había quien preguntaba cuando se cuelgan las plantillas. Según dicen en el mismo examen la próxima semana.
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dicen 20:c
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La 20: A
La 20 no puede ser la A:
LBRL
Artículo 66
Los actos o acuerdos de las Entidades locales que menoscaben competencias del Estado o de las Comunidades Autónomas, interfieran su ejercicio o excedan de la competencia de dichas Entidades, podrán ser impugnados por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo anterior.
Artículo 65
3. La Administración del Estado o, en su caso, la de la Comunidad Autónoma, podrá impugnar el acto o acuerdo ante la jurisdicción contencioso-administrativa...
Yo creo que es la 20c... si es esa tengo un 5 justito...
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Yo sigo dudando de la 6... :-\
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Yo sigo dudando de la 6... :-\
Yo tengo claro que la 6 es la b... aunque sea por descarte... mi razonamiento en el examen fue:
- la a seguro que no
- la c tampoco porque un ciudadano normal sí puede impugnar un reglamento
- la d no puede ser porque una vez publicado el reglamento sí que cabe un recurso directo
-
Una menos y con nota... Un saludo.
¡¡¡ánimo a todos!!!
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Yo tengo claro que la 6 es la b... aunque sea por descarte... mi razonamiento en el examen fue:
- la a seguro que no
- la c tampoco porque un ciudadano normal sí puede impugnar un reglamento
- la d no puede ser porque una vez publicado el reglamento sí que cabe un recurso directo
La 6 tiene que ser la "b" porque el recurso directo es imprescriptible, pag. 72
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Comprobadas por el manual recomendado:
1 A
2 C
3 B
4 A
5 B
6 B
7 D
8 A
9 A
10 B
11 A
12 A
13 C
14 B
15 D
16 A
17 A
18 D
19 A
20 C
21 B
22 --
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Ha sido el examen de reserva de hoy también tipo test, no ha sido las cinco preguntas de desarrollo, uuuufffff qué bien cuando lo he visto!!. :D
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Me alegro mucho por los que habéis aprobado, os lo habéis currado, de eso no me cabe duda porque yo me he dejado los cuernos y no he conseguido aprobar. Para mí que han cribado de lo lindo y este departamento se tiene merecida la fama. Ha sido un examen difícil aunque muchos de vosotros digáis lo contrario porque lo superasteis. En esta asignatura hay que sudar sangre. Yo suspendí en junio con un 4,9 y sé lo que digo. No quiero polémicas con nadie, es sólo mi opinión y puedo estar equivocado... Esto no es más que un pataleo... Que me disculpe el que se sienta ofendido.
Saludos
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Has mirado con la 6 que al final no es la d sino la b, no te da para aprobar? yo creo que el resto está bien, únicamente esa es la que no lo estaba...
sé como te puedes sentir, yo me quedé también a nada de aprobar en junio con un 4,6 por una mísera pregunta.
entiendo como te sientes, ánimo y suerte la próxima vez.
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Me alegro mucho por los que habéis aprobado, os lo habéis currado, de eso no me cabe duda porque yo me he dejado los cuernos y no he conseguido aprobar. Para mí que han cribado de lo lindo y este departamento se tiene merecida la fama. Ha sido un examen difícil aunque muchos de vosotros digáis lo contrario porque lo superasteis. En esta asignatura hay que sudar sangre. Yo suspendí en junio con un 4,9 y sé lo que digo. No quiero polémicas con nadie, es sólo mi opinión y puedo estar equivocado... Esto no es más que un pataleo... Que me disculpe el que se sienta ofendido.
Saludos
Ánimo Amel estoy contigo, yo he aprobado pero no ha sido un examen fácil, la linea entre aprobar y suspender este examen es muy fina.
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Gracias ILSE.
Sí, lo he mirado de todas formas y nada. No tuve un buen día. Otra vez será.
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Tienes toda la razón Amel, el examen ha sido difícil, rebuscado, parece que el que lo ha puesto llevaba estreñido una semana.... yo cuando lo vi no me lo podía creer y aunque he aprobado no las tenía todas conmigo.
Esta asignatura es un hueso, llevo 12 aprobadas en dos años de estudios y es la única que he suspendido... menos mal que me la he quitado.
Animo a todos
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Estoy en un sin vivir !!!! Plantilla oficial ya!!!
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Se sabe si anulan muchas preguntas ? A mi me vendría muy bien
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jajaja han abierto un subforo para el examen de septiembre, el profesor ha dicho aquí está el examen, y el examen no aparece por ningún lado con la plantilla, y la gente preguntando dóndeeeeeeeeeeeeeeeee
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Ya han clgado la plantilla
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Han colgado el examen pero sin respuestas,ja ja tan difícil es...
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Han colgado el examen pero sin respuestas,ja ja tan difícil es...
no, yo las veo subrayadas
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En mi móvil no aprecio el subrayado, si alguien puede colgarla
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1A
2 c
3 b
4a
5B
6B
7d
8A
9a
10B
11a
12a
13 c
14b
15D
16A
17 A
18D
19A
20C
21 B
22A
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Buenas tardes.
Aquí está plantilla del examen corregida para los que no la veis.
https://www.dropbox.com/s/rcbghyh1dmdnee3/54902772-DA%2BI%2Bspt%2B2014%2BO%2Bcorregido.doc?dl=0
Saludos !!
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Enhorabuena a los aprobados. En mi caso he sacado 5,9, pero lo he pasado mal, ya que le he dedicado tiempo en verano ( que se dice muy pronto). Ánimo a los que se han quedado atrás, y sobre todo que no desesperen con esta asignatura. Saludos a todos
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La plantilla del examen reserva puede verse en algún sitio???
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Es la primera vez que me presentaba al examen, aunq la segunda en cogerme la asignatura y he aprobadoooooo!!!!!!
Ánimo a los q no lo habeis conseguido. Seguro q a l proxima va la vencida... ;)
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No han colgado la plantilla del examen de reserva?.
Gracias.
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Pero las preguntas 21 y 22 entran en juego en algún momento ?
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Hola, alguien sería tan amable de decirme en que pag. o tema viene la respuesta a la pregunta 4? la de los principios que rigen la organizacion y funcionamiento del Gobierno, en la LOFAGE no lo encuentro. gracias
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Pero las preguntas 21 y 22 entran en juego en algún momento ?
Esas se cuentan cuando hay alguna pregunta anulada... en este caso no hay no?
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Pasenjo, tema VI
2.4 El funcionamiento del gobierno
Según la ley del Gobierno de 1997, tres son los principios que configuran el funcionamiento del Gobierno:
1) el principio de dirección presidencial que otorga al Presidente del Gobierno la competencia para determinar las directrices políticas que deberá seguir el Gobierno y cada uno de los Departamentos.
2) La colegialidad y consecuente responsabilidad solidaria de sus miembros.
3) El principio departamental, que otorga al titular de cada Departamento una amplia autonomía y responsabilidad en el ámbito de su respectiva gestión.
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gracias , pero la pregunta no era segun la LOFAGE?, es que no son capaces de referenciar bien la ley?, crees q sería impugnable?, segun la pregunta ninguna respuesta es correcta, o es que ellos si se pueden equivocar y nosotros no? gracias de todas formas
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No os hagais ilusiones con las impugnaciones, en Junio solo se impugnó una que clamaba al cielo el error, y otra con mucho mas peso y argumento que las que estais ilustrando no fue impugnada, yo lo pasé bastante mal despues del examen y me agarraba a un clavo ardiendo para aprobar pero ... la realidad es la realidad y me hubiera venido muy bien un mensaje como este de claro.
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Hola, alguien sería tan amable de decirme en que pag. o tema viene la respuesta a la pregunta 4? la de los principios que rigen la organizacion y funcionamiento del Gobierno, en la LOFAGE no lo encuentro. gracias
En la LOFAGE, salvo que esté en el preambulo que no me lo he leido, pues no están esos principios, ni entre los de organización ni entre los de funcionamiento ni en ningun otro lugar que yo sepa.
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la pregunta es clara (según LOFAGE) no hay interpretación posible. Las respuestas, ninguna. Otra cosa es que se impugne y que ellos asuman su error, pero ninguna respuesta es buena.
Esto es Administrativo, todas las convocarias igual.
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Pasenjo yo me he leido la LOFAGE enterita en busca de los citados principios y nada, tan solo menciona los principios de organicación de la administración del estado en su art. 3, que por supuesto no son los enumerados en las respuestas de esa pregunta, y una referencia al principio de división funcional en Departamentos ministeriales en el art. 6 que transcribo.
Artículo 6. Órganos superiores y órganos directivos.
1. La organización de la Administración General del Estado responde a los principios de división funcional en Departamentos ministeriales y de gestión territorial integrada en Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, salvo las excepciones previstas por esta Ley.
2. En la organización central son órganos superiores y órganos directivos:
A) Órganos superiores:
a) Los Ministros.
b) Los Secretarios de Estado.
B) Órganos directivos:
a) Los Subsecretarios y Secretarios generales.
b) Los Secretarios generales técnicos y Directores generales.
c) Los Subdirectores generales
Voy a pedir a Marta que con su buen criterio y conocimiento nos de su opinión al respecto.
Me parece un error demasiado evidente confundir en el enunciado de la pregunta la ley 50/1997 del gobierno con la 6/1997 LOFAGE.
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Además con respecto a esta pregunta hay otra cuestión. Preguntan por los principios del funcionamiento del GOBIERNO y la respuesta que dan por válida,son principios de la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, que no es lo mismo.
Si yo dependiera de esta pregunta iría a impugnarla a saco, no se pueden permitir estos errores en un examen de 20 preguntas a todo un Departamento de Derecho Administrativo de una Universidad. Qué menos que repasar la transcripción del examen, si es que se lo transcribe alguien
A ver, el enunciado de la pregunta hace referencia a la LOFAGE y sí, eso está bien si se refieren al articulo 6 (aunque me faltaría en el articulo 6 la colegialidad) pero no son principios del Gobierno, sino de la Administración General del Estado.
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La colegialidad supongo que se refieren al Consejo de Ministros.
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Tres principios configuran el funcionamiento del Gobierno: el principio de dirección presidencial, que otorga al Presidente del Gobierno la competencia para determinar las directrices políticas que deberá seguir el Gobierno y cada uno de los Departamentos; la colegialidad y consecuente responsabilidad solidaria de sus miembros; y, por último, el principio departamental que otorga al titular de cada Departamento una amplia autonomía y responsabilidad en el ámbito de su respectiva gestión.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1997-25336
Tal cual la respuesta al test están en la Ley del Gobierno, en la exposición de motivos.
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Gracias Matias1 por tu aportación, en junio me quedé con un 4,9 por la anulación de la polémica pregunta de la 2ª semana, no estoy dispuesta a quedarme con otro 4,9 porque la redacción de las preguntas son incorrectas por parte del departamento. Podríais decirme como se impugna una pregunta? , será la primera vez que lo haga y no se como hacerlo.
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Hola:
Han colgado la plantilla corregida del examen reserva de septiembre, en Alf.
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Gracias Matias1 por tu aportación, en junio me quedé con un 4,9 por la anulación de la polémica pregunta de la 2ª semana, no estoy dispuesta a quedarme con otro 4,9 porque la redacción de las preguntas son incorrectas por parte del departamento. Podríais decirme como se impugna una pregunta? , será la primera vez que lo haga y no se como hacerlo.
Pues yo no estoy matriculada, hice esta asignatura hace tres años, pero leete la guia de la asignatura y todos los iconos de ALF, ahi tiene que estar, generalmente es un correo electronico pero tienes que ver plazos y desde cuando se puede reclamar; otra cosa, creo que en los foros de ALF los profesores abren hilos para las diversas preguntas, eso comentaban los alumnos matriculados que se examinaron en Junio. A ver si ahora tambien lo hacen...de todas formas la Guia de la asignatura, leela.
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Hay algunas preguntas cambiadas de orden, fijaros al corregir
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Pues nada, está claro que es imposible que saque un adtvo...
Mis más sinceras felicitaciones a todos los que han logrado sacar este hueso.
Un saludo
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yo tampoco soy capaz...llevo 2 años con ella y nada,ando ahi ahi,pero 4,6,4,7,4,3...y encima me comentan que en la tercera convocatoria tengo que pagar 210 euros por ella,se la pueden meter por donde les quepa
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Por favor, podría alguien colgar la plantilla del examen reserva porque tengo problemas para verlo en Alf. Gracias de antemano!!
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Gracias Matías. ; ;D
Esta vez sí he aprobado, tengo un 6,6. Aún así voy a solicitar impugnación de la pregunta 4, además como dije antes creo que pueda estar a cosa hecha, me resulta muy extraño ese error.
Pasenjo en la guía de la asignatura indican como realizar la impugnación, tan sólo es enviar un email fundamentado, eso sí, la solicitud.
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Ah!! Y si que se puede aprobar, ánimo a los compañeros que no la han sacado.
Para mí era la asignatura que más tirria le tenía y al final me ha acabado gustando.
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Yo un 5,8 aprobado x fin me he kitado este toston
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Encontré como impugnar, aun asi lo he puesto el Alf, espero que digan algo los profesores al respecto. Gracias
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ALUCINANTE, respuesta del dpto a la pregunta 4:
Estimados alumnos,
La legislación -LOFAGE y también Ley del Gobierno- y los manuales al uso recogen estos principios como elementos básicos en el funcionamiento del gobierno. Es, en efecto, la Ley del Gobierno la que los recoge expresamente en su Exposición de motivos.
Pero no nos parece que ello -dado que además, aparece en el libro- invalide esta pregunta en modo alguno, pues su enunciado principal y contestaciones son totalmente correctas, no quedando invalidadas por la aparición, en el enunciado, de una ley que también trata sobre el funcinoamiento de la Administracion pública.
Este defecto -casi puramente formal- tampoco impedía, en modo alguno, responderla bien en el examen (y no era una trampa; pues no había solución entre las opciones del tipo "ninguna de las anteriores es correcta"..., que podría ser dada por válida).
Por todo lo cual esta pregunta no va a ser anulada. No sé que pasaría en unas oposiciones. Pero esto NO son unas oposiciones y no resulta válido, ni aceptable, acometer una argumentación impugnatoria ex post facto sobre la base de datos traídos, con pinzas, con posterioridad al examen y que no invalidan sustancialmente el contenido de la pregunta en su enunciado y respuestas. Tampoco vamos a discutir más sobre este tema.
Atentamente,
JCA
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Yo tengo un 4.9, sabéis si con esa nota hacen la vista gorda? Ojala impugnasen alguna pregunta y entrase la 21 que la respondí bien.
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No existe una forma más clara y elegante de decirnos que hagamos lo que hagamos, digamos lo que digamos, razonandolo como lo razonemos se los van a pasar TODO por el forro de los cojones, ellos pueden equivocarse en los que les salga de la punta del pepino y nosotros tendremos que suponer lo que ellos querian decir, vamos como si confundieran la constitución con el código civil, vamos no existe un departamento tan despota como el de administrativo.
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Yo tengo un 4.9, sabéis si con esa nota hacen la vista gorda? Ojala impugnasen alguna pregunta y entrase la 21 que la respondí bien.
Yo estoy en la misma situación que tú... Y por lo que he leído de las experiencias de otros compañeros/as, me parece que nos van a suspender.
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Me he quedado ... :o... sin palabras con la respuesta del profesor.
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Y no hay por encima del departamento a nadie a quien se pueda recurrir? Porque si una pregunta está mal redactada por muchas explicaciones que quieran dar supongo que la tendrán que quitar.
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Se puede acudir al Decano, pero con firmas recogidas y con la representación de los estudiantes, ósea delegación de alumnos de por medio.
Se me hace una cosa curiosa el hecho de que a una errata o a un gazapo lo llamen eufemísticamente “defecto formal” , ok de acuerdo, en civil I familia el examen tipo test para discapacitados también hubo un gazapo, un defecto formal …en la redacción de una de las preguntas y desde una llamada de Madrid durante el examen el Tribunal anunció como era el enunciado correcto, para que veáis el diferente rasero del dep. de Derecho Civil que haciendo uso de sus responsabilidades durante el mismo examen comunica el enunciado correcto, y el Dep. de Derecho Administrativo a por uvas, a salto de mata y dedicándose al dolce far niente, eso si luego con no llamar a las cosas por su nombre y no admitir prepotentemente ninguna discusión más sobre el asunto cést fini, asunto zanjado y nos deja claro una vez más que en España al final nadie admite su culpa ni su responsabilidad en lo que a él le concierne y así nos va.
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ALUCINANTE, respuesta del dpto a la pregunta 4:
Estimados alumnos,
La legislación -LOFAGE y también Ley del Gobierno- y los manuales al uso recogen estos principios como elementos básicos en el funcionamiento del gobierno. Es, en efecto, la Ley del Gobierno la que los recoge expresamente en su Exposición de motivos.
Pero no nos parece que ello -dado que además, aparece en el libro- invalide esta pregunta en modo alguno, pues su enunciado principal y contestaciones son totalmente correctas, no quedando invalidadas por la aparición, en el enunciado, de una ley que también trata sobre el funcinoamiento de la Administracion pública.
Este defecto -casi puramente formal- tampoco impedía, en modo alguno, responderla bien en el examen (y no era una trampa; pues no había solución entre las opciones del tipo "ninguna de las anteriores es correcta"..., que podría ser dada por válida).
Por todo lo cual esta pregunta no va a ser anulada. No sé que pasaría en unas oposiciones. Pero esto NO son unas oposiciones y no resulta válido, ni aceptable, acometer una argumentación impugnatoria ex post facto sobre la base de datos traídos, con pinzas, con posterioridad al examen y que no invalidan sustancialmente el contenido de la pregunta en su enunciado y respuestas. Tampoco vamos a discutir más sobre este tema.
Atentamente,
JCA
Ha confirmado, este señor, que la respuesta "ninguna de las anteriores es correcta"..., podría ser dada por válida, o solo me lo parece a mi. :o
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jooe la tengo bien no se donde lo mire horas antes del examen pero la he acertado, es mas es unas de las que menos dude, pero aun asi creo q voy a suspender
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bueno no lo se no he comparado ni plantilla ni respuestas ni nada pero tengo la corazonada de que si
respondi 14 y de esas 8 estaba seguro , 4 creo dudaba un poco y 2 fui a arriegarme
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Ojo, siguen dando caña los alumnos en ALF con la pregunta 4, haber que pasa al final.
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ALUCINANTE, respuesta del dpto a la pregunta 4:
Estimados alumnos,
La legislación -LOFAGE y también Ley del Gobierno- y los manuales al uso recogen estos principios como elementos básicos en el funcionamiento del gobierno. Es, en efecto, la Ley del Gobierno la que los recoge expresamente en su Exposición de motivos.
Pero no nos parece que ello -dado que además, aparece en el libro- invalide esta pregunta en modo alguno, pues su enunciado principal y contestaciones son totalmente correctas, no quedando invalidadas por la aparición, en el enunciado, de una ley que también trata sobre el funcinoamiento de la Administracion pública.
Este defecto -casi puramente formal- tampoco impedía, en modo alguno, responderla bien en el examen (y no era una trampa; pues no había solución entre las opciones del tipo "ninguna de las anteriores es correcta"..., que podría ser dada por válida).
Por todo lo cual esta pregunta no va a ser anulada. No sé que pasaría en unas oposiciones. Pero esto NO son unas oposiciones y no resulta válido, ni aceptable, acometer una argumentación impugnatoria ex post facto sobre la base de datos traídos, con pinzas, con posterioridad al examen y que no invalidan sustancialmente el contenido de la pregunta en su enunciado y respuestas. Tampoco vamos a discutir más sobre este tema.
Atentamente,
JCA
ojú.... no es "naide" ese JCA .... me acuerdo cuando cursaba esta asignatura de como imponia Orden y Disciplina Manu Militari en los foros de ALF ...... por intentar impugnar una pregunta pues sí que se puede hacer pero hay que argumentar y fundamentar muy muy muy pero que muy bien .... para que haya una minima esperanza que dé su brazo a torcer ........;
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La verdad es que en esta pregunta no tiene ni pies ni cabeza "se han confundido de Ley en el enunciado" ese error es gravísimo, en cualquier acto de la Administración te puede llevar a recurso o anulación, je je je, lo que se aprende en Administrativo...
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y por cierto para recurrir o impugnar o lo que sea , no es cosa de Decano o firmas o cosa de esas que no sirven de nada, solo para hacer ruido pero al final nada de resultados . Hay que seguir el procedimiento por lo cual , solicitud formal de revision , si no la acepta, solicitud formal de comisión de revisión que se reunen sin el profesor que hizo la correccion y primera revision , y si no va bien, pues recurso de alzada al Rector . La alzada al rector en general no sirve para cambiar el merito de la pregunta PERO sí que sirve para las cuestiones de procedimiento y formales Y AHI SÍ que se podria entrar a saco precisamente utilizando como se debe esa declaracion del profesor que admite "defectos formales " y que esa respuesta podria ser "ninguna correcta" . Ahi sí hay resquicio para atacar con ciertas posibilidades de exito.
Si alguien de verdad se juega el aprobado por esa pregunta , deberia intentarlo a por todas por ahi; Se puede argumentar precisamente todo eso de arriba y añadir que esto conllevaria tambien un importante perjuicio economico para los alumnos afectados por tener que pagar una segunda matricula al tratarse del examen de septiembre .
Hala, a por ello
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ostia puuuuta pedrin 14 de 14 madre mia jooooder no me lo puedo creer la acabo de comprobar
ni me lo creo
mitad chora mitad suerte creo :D :D :D :D :D :D :D :D :D
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ostia puuuuta pedrin 14 de 14 madre mia jooooder no me lo puedo creer la acabo de comprobar
ni me lo creo
mitad chora mitad suerte creo :D :D :D :D :D :D :D :D :D
¿Y en la 4 que pusiste?
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no respondi: la 3 , 7 , 14,15,18,19
resto todas bien lo que me quitao de encima
la daba por perdidisima pero entre el examen de idp a las 11h y este a las 16h me lie como un loco a repasar y hacer examnes anteriores
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puse la A, eera de la que mas seguro estaba creo que venia en los apuntes esquema de e bravo y benitez roca, en uno de los 2 que me estudie el examen
por cierto gracias gracias a estas personas
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comprobado de nuevo menos mal , despues de tanta horas de estudiar y comprender algo en la medida de lo posible,( vengo de la rama sanitaria , desconozcia por completo todo este tema y es dificil el entramado de la age) me la he quitado yo la daba por perdida y dejajda para final de la carrera.
enhorabuena al resto y mucha suerte a los aspirantes, porque creo q hace falta mas suerte q estudio
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ALUCINANTE, respuesta del dpto a la pregunta 4:
Estimados alumnos,
La legislación -LOFAGE y también Ley del Gobierno- y los manuales al uso recogen estos principios como elementos básicos en el funcionamiento del gobierno. Es, en efecto, la Ley del Gobierno la que los recoge expresamente en su Exposición de motivos.
Pero no nos parece que ello -dado que además, aparece en el libro- invalide esta pregunta en modo alguno, pues su enunciado principal y contestaciones son totalmente correctas, no quedando invalidadas por la aparición, en el enunciado, de una ley que también trata sobre el funcinoamiento de la Administracion pública.
Este defecto -casi puramente formal- tampoco impedía, en modo alguno, responderla bien en el examen (y no era una trampa; pues no había solución entre las opciones del tipo "ninguna de las anteriores es correcta"..., que podría ser dada por válida).
Por todo lo cual esta pregunta no va a ser anulada. No sé que pasaría en unas oposiciones. Pero esto NO son unas oposiciones y no resulta válido, ni aceptable, acometer una argumentación impugnatoria ex post facto sobre la base de datos traídos, con pinzas, con posterioridad al examen y que no invalidan sustancialmente el contenido de la pregunta en su enunciado y respuestas. Tampoco vamos a discutir más sobre este tema.
Atentamente,
JCA
DE verdad que flipo.... qué elegancia...
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pero bueno , pero no van a impugnar ninguna pregunta ni nada , menudo desproposito , como se impugna esto ???
si alguien sabel el porcedimiento para impugnar alguna pregunta que me lo diga , o las impugnan directamente los profesores ????
pero como se hace , si han puesto dos preguntas de mas sera para algo ,¡¡¡
que tengo un 4,6 ¡¡¡ :'(
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podian impugnar alguna de la 14 a la 20 ¡¡¡
si impugnan alguna pregunta decidmelo plis ¡¡¡¡¡
que estoy en un sin vivir...
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y si impugnan alguna pregunta , en donde lo dicen ???
o no lo dicen , alguna vez han impugnado alguna ???
impugnacion ya ¡¡¡¡
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Hay que esperar a que nos digan las notas para poder impugnar formalmente una pregunta o ya, al haber salido las respuestas oficiales, se puede reclamar ya.
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Enhorabuena!! Vaya suerte Zubijaen!!
Por favor, sabe alguién como se realiza la impuganción de una pregunta ?? En la guia y el el BICI indican el procedimiento de revisión de nota pero no veo el de impugnación.
Gracias.
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¿Alguien sabe cuándo dan las notas de administrativo 1?.
Que larga se hace la espera!!
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En ALF hay un apartado donde puedes descargarte las fechas que tienen para entregar notas y actas, pero de todas formas te informo que es hasta el 1 de y 9 de octubre respectivamente ;-)
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pero cada alumno a modo particular puede impugnar alguna pregunta en concreto o se impugna alguna pregunta de forma general para la totalidad de los alumnos y entonces entraria a contar la 21 o la 22?
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impugnacion ya ¡¡¡¡¡¡ :'(
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Lamentable, última respuesta del departamento a la pregunta 4, ya no es la anulación o no, son los argumentos y las formas.
Estimados alumnos,
ESto no es una oposición al cuerpo administrativo que sea; se dijo desde un principio y se reitera. La utilización del término "impugnar" una pregunta es improcedente. También se dijo que esto no era un foro de discusión. Y algunos lo han convertido en ello incumpliendo nuestro ruego de manera reiterada. Además en muchos casos si no con malas formas, sí al menos con un grado de informalidad que es impropio de un foro serio.
En un aula de Universidad hay que guardar las formas. Y no les quepa duda, en mi aula no tendría lugar para quien no preguntará las cosas de modo adecuado y con argumentos serios diferentes a una mera opinión subjetiva basada en conveniencia y sin las fórmulas adecuadas, como aquí ha ocurrido. Lo dijimos y lo reiteramos.
La aparición de la LOFAGE en vez de la Ley del Gobierno se trata de un error totalmente circunstancial. El enunciado DEJA MERIDIANAMENTE CLARO qué se pregunta y las respuestas, las cuatro, también dejan claro a qué principios se está refiriendo. No hay en las respuestas ninguna posibilidad de confundirse con alguún supuesto principio otro que estos que aparezca en la LOFAGE.
No hay motivo suficiente para anular esta pregunta y, con ello, perjudicar a quienes, en toda lógica, la respondieron bien. Quien tuvo dudas, también tuvo varias opciones:
1) Preguntar al tribunal, para que nos llamara y nos lo preguntaran. Esto NO se produjo; y estábamos, como siempre, disponibles durante tal momento para recibir llamadas con posibles dudas.
2) Dar por supuesto que la pregunta era correcta y la ley un error; leídas las respuestas esto parecía claro. Y responderla.
3) En la duda -y con un posible desconocimiento- no responder, de tal manera que no cuenta negativo.
Reiteramos que nos parece un error no substancial que en modo alguno puede anular la pregunta o convertir esta pregunta en objeto litigioso. Por lo tanto, consideramos que debe quedarse donde esta.
Atentamente,
JCA
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Me parece increíble que el departamento pueda responder de esa manera a un error que es suyo. Me mató directamente lo de que no respondiéramos.....
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No os hagais ilusiones con las impugnaciones, en Junio solo se impugnó una que clamaba al cielo el error, y otra con mucho mas peso y argumento que las que estais ilustrando no fue impugnada, yo lo pasé bastante mal despues del examen y me agarraba a un clavo ardiendo para aprobar pero ... la realidad es la realidad y me hubiera venido muy bien un mensaje como este de claro.
Ya os lo dije ... y la palabra no es impugnar es "anular".
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Bueno , pero no anulan ninguna pregunta , entonces pa que ponen 22??? Menudo tongo!!
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Si ponen más empeño en administrar las culpas o en exculparse de ellas, que en gestionar el problema, es que no quieren solucionarlo y punto.
Así que ya sabeís el proximo examen, enunciado que se vea mal escrito, con erratas o defectos de forma, se lo decís a los miembros del tribunal y que llamen a Madrid, que le pongan un sello a vuestro examen y la cuestión suscitada.
Eso o interpretaís vosotros el error de lo que querían preguntar y lo contestaís.
Con esa respuesta se han quitado de encima un 99% de las futuras impugnaciones.
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Jo , que chasco!!!
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Acabo de recibir este correo del Equipo Docente:
"Estimados alumnos,
A lo largo de la tarde aparecerán colgadas las calificaciones de septiembre.
La plantilla del examen original y de la reserva se han mantenido íntegramente, no anulándose ninguna cuestión (y por lo tanto no han tenido que entrar en juego las preguntas de reserva nº 21 y 22). No encontramos justificación objetiva suficiente para anular la única pregunta que han reclamado como tal -la 4ª- por las razones que se han expuesto.
A partir de mañana tienen un plazo de 7 días naturales para plantear una reclamación de nota UNICA Y EXCLUSIVAMENTE (derechoadministrativo1@der.uned.es) en el correo habilitado al efecto y con todos los elementos necesarios para que sea admitida.
No se valorarán las reclamaciones presentadas fuera de plazo ni las manifiestamente improcedentes por carecer de justificación. Deben comprobar la plantilla y no pedir revisiones de cómputo que no tengan como justificación un fallo objetivo.
Asimismo rogamos no envíen solicitudes basadas en apreciaciones subjetivas y carentes de base jurídica objetiva.
Atentamente,
ED"
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Ya está la nota colgada, una vez mas por la ineptitud de unos profesores que son incapaces de redactar bien un examen, me quedo otra vez con 4,9.
Plazo abierto a partir de mañana para impugnar.
suerte a todos
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Ese correo de crisdiego es el quede puede utilizar para reclamar? :-\