Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: Iota en 10 de Junio de 2014, 17:12:24 pm
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Estando ya en tercero-cuarto me ha surgido una duda de las de primero, referida a la derogación de normas por normas posteriores. Suponiendo que se deroga una ley o reglamento
1.- ¿se derogan automáticamente todas sus disposiciones adicionales y transitorias?
2.- ¿Y si éstas no tienen que ver con el objeto de la norma derogada?
Si sabéis responder os lo agradezco. Si podéis darme una referencia de dónde encontrar esto en una ley o libro de texto también os lo agradeceré.
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Hola, a ver si puedo aportar algo:
Las disposiciones adicionales, en general, añaden preceptos que están fuera del ámbito general y las transitorias adecuan el ritmo de aplicación de la norma, sus tiempos, ya que muchas leyes se aplican de modo gradual, para evitar el brusco cambio de una norma a otra.
Dicho esto, para derogar una ley o un reglamento habrá de observarse el principio de jerarquía normativa (un reglamento nunca va a derogar un ley por ejemplo). Cada nueva ley puede indicar lo que deroga o si no se dispone expresamente pues se extenderá a todo aquello que en la ley nueva sobre la misma materia, sea incompatible con la anterior. (Articulo 2.2 Codigo civil)
Yo creo que Código civil para las leyes y para los reglamentos ¿Ley 30/92 ?...es muy general la pregunta, a lo mejor particularizando el caso podríamos opinar.