Cómo alguien con dos dedos de frente me puede llegar a decir a mi que me deje de "mantras" y no le dice al ¿lex? que pare ya de hacer el...
La iniciativa de rodear el Congreso ha sido un fracaso y punto . Y si te lo tomas mal , pues que te den .
Claro que tambien está la versión de algunos diarios perroflautas rojeras comeniños, en los mismos se hace eco de situación policial digna de estados policiales.
Aquí algunas expresiones:
La Policía Nacional blindaba la zona antes de que los ciudadanos hicieran acto de presencia. La zona se llenaba de agentes apostados en las vallas que cortaban el paso a las Cortes, decenas de furgones a lo largo del paseo del Prado y una unidad de policía a caballo patrullando la zona.
O como aquí se dice que la policia no quería ni informadores ni manifestantes
... Los agentes no tardaron en interponerse entre protestantes e informadores y obligaron a la prensa a retroceder y alejarse del foco de los concentrados
un par de policías comenzó a arrastrar hacia la pared, cogido por la parte trasera del cuello, al fotorreportero Jaime Alekos, que estaba tomando fotografías a las personas que habían quedado rezagadas tras el avance del cordón policial.
En ese momento un policía se lanzó sobre una chica que grababa la actuación con su teléfono móvil, la agarró por el brazo y tras un forcejeo y un intento de huida, acabó siendo apartada del grupo e identificada.
“la Audiencia Nacional ya ha sentado jurisprudencia con dos sentencias que dicen que el derecho a manifestación está por encima de la obligación de comunicarlas, por lo que esto que nos están haciendo es ilegal“
http://www.lamarea.com/2014/06/11/la-policia-impide-el-rodea-el-congreso-y-amedrenta-la-prensa/
Esto donde ha sido en Cuba, en Corea del Norte? Que va, en España en la dictadura, del PP.
Donde las dan las toman
Parece que le escuece a la progresía la falta de adeptos a la causa.Que raros estos del Poder Judicial mira que llamar a esto jurisprudencia solo para joderte tus 15 minutos de gloria.
Oye, ¡qué cosa!, cuando son los monárquicos los que fracasan en las manifas es porque son una ridícula minoría, ahora bien, si el batacazo es de los republicanos la cosa es culpa de la represión y la dictadura y tal y tal.
Macho, te repites más que el ajo, siempre con lo mismo, y a ver si te vas enterando que la AN no crea jurisprudencia, dicta sentencias y punto, técnicamente solo el TS sienta jurisprudencia, a la cual se le otorga valor de fuente del ordenamiento, lo demás son pamplinas tuyas.
Y al respecto la CE lo dice muy clarito en su art. 21.2 para cuando se hayan de celebrar en lugares de tránsito público, ese mandato constitucional lo recoge la ley, por lo tanto lo que se hace es PERFECTAMENTE LEGAL, a ver si te enteras, que pareces no aprovechar eficientemente el estudio, si es que estudias Derecho, claro, que si lo hicieras también habrías de saber que el CP tipifica el delito de manifestación delante de las cámaras legislativas con un fin concreto, de ahí la presencia policial, ¿lo pillas?
Parece que le escuece a la progresía la falta de adeptos a la causa.
Oye, ¡qué cosa!, cuando son los monárquicos los que fracasan en las manifas es porque son una ridícula minoría, ahora bien, si el batacazo es de los republicanos la cosa es culpa de la represión y la dictadura y tal y tal.
Macho, te repites más que el ajo, siempre con lo mismo, y a ver si te vas enterando que la AN no crea jurisprudencia, dicta sentencias y punto, técnicamente solo el TS sienta jurisprudencia, a la cual se le otorga valor de fuente del ordenamiento, lo demás son pamplinas tuyas.
Y al respecto la CE lo dice muy clarito en su art. 21.2 para cuando se hayan de celebrar en lugares de tránsito público, ese mandato constitucional lo recoge la ley, por lo tanto lo que se hace es PERFECTAMENTE LEGAL, a ver si te enteras, que pareces no aprovechar eficientemente el estudio, si es que estudias Derecho, claro, que si lo hicieras también habrías de saber que el CP tipifica el delito de manifestación delante de las cámaras legislativas con un fin concreto, de ahí la presencia policial, ¿lo pillas?
Que raros estos del Poder Judicial mira que llamar a esto jurisprudencia solo para joderte tus 15 minutos de gloria.
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Audiencia_Nacional/Jurisprudencia/Jurisprudencia_de_la_AN
Que el CP tipifica qué, una manifestación con un fin concreto? Existen manifestaciones sin fines concretos, manifestarse por manifestarse. No te habras confundido y lo que tu querias decir es eso de "manifestarse delante del Congreso cuando éste está celebrando sesión".
Sigo, que se ha publicado el mensaje sin acabar:A ver si nos centramos, la noticia dice así:
A efectos práctico-legales el CC deja bien clarito que solo la emanada del TS tiene la capacidad de vincular a órganos judiciales inferiores, los cuales habrán de sujetarse a los criterios establecidos por este alto tribunal en su labor de interpretar y aplicar el ordenamiento jurídico. En otras palabras, si un tribunal mañana dicta una resolución contraria a las que hipotéticamente ha dictado la AN sería perfectamente válida y no traería consecuencia alguna más que las propias derivadas de la ejecución de la sentencia en ella contenida. Si contraviene la del TS hay una base magnífica para plantear el recurso correspondiente.
Y hayas o no entendido lo anterior bien podrías poner enlace a esas sentencias en vez de hacer lo de siempre, que no es más que tirar la piedra y esconder la mano.
¿Ves, ya he tenido otros quince minutos de gloria?
Lo del art. 494 CP, pa qué te lo voy a explicar, si a ti lo que no te interesa te lo pasas por el forro.
A ver si nos centramos, la noticia dice así:
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“la Audiencia Nacional ya ha sentado jurisprudencia con dos sentencias que dicen que el derecho a manifestación está por encima de la obligación de comunicarlas, por lo que esto que nos están haciendo es ilegal“
Para este caso concreto no dice que existan más sentencias que las de la AN, de ahí que al ser de forma reiterada, al haber de momento esas dos sentencias se consideren jurisprudencia en la AN.
Que aquí no habla de ningún otro órgano jurisdiccional, habla de la AN.
La AN no crea jurisprudencia, solo el tribunal supremo con 2 o mas sentencias en firme, y el tribunal constitucional sobre la constitucionalidad de las leyes son los que la crean
A ver, "jurisprudencia" de la AN sería algo así como su "costumbre jurídica" en su interpretación de "casos tipo" y praxis general... Pero jurisprudencia como tal, como indican otros, es la del Código Civil.
Reconocidas jurídicamente y que vinculan a los poderes públicos sólo existe jurisprudencia del TS (que vincula al poder judicial) y las sentencias del TC, como supremo intérprete de la Conjtituzión Ejpañistaniola que es.
Que lo de la AN lo quieran llamar jurisprudencia, me da que es por una cuestión semántica, más que algo material.
Es que si no, habría que admitir Google como fuente del Derecho... :D
Si, Es un libro sobre las sentencias de la AN, te lo esta diciendo todo el mundo, puedes llamar jurisprudencia a las sentencias dictadas por cualquier órgano, pero eso no quiere decir que tengan validez para tomar una decisión sobre un asunto, Son simplemente consultivas
;DPero si esta por escrito, que es lo bueno del foro, desde la respuesta 5 digo que el CGPJ LO LLAMA, LO LLAMA, LO LLAMA JURISPRUDENCIA, que sostengo lo mismo todo el rato, que hablo del termino no del fin.
Donde dije digo, digo... que te han pillao y te han desmontado de una manera que no sabes ni por dónde te han venido... impresionante vapuleo... juajuajua
Es que os habéis ido al TS sin motivo. La noticia habla de que en la AN se considera jurisprudencia.
Si la AN resuelve que el derecho a manifestarse está por encima de la obligación de comunicar.
Si la AN vuelve a resolver para el mismo caso de la misma forma.
Creeis que de haber una tercera vez la AN no consultaría la doctrina ya sentada por ella misma para este caso? Es a eso a lo que se refiere, que en la AN de forma reiterada ha fallado de una forma determinada. Por eso la AN lo llama jurisprudencia, porque de forma reiterada ella ha sentado la misma doctrina.
Si el caso llegase el TS, entonces debatiremos sobre el TS, pero es que solo existen esas dos sentencias y son de la AN. Que aquí el TS no se ha pronunciado aun y por eso no podemos hablar de jurisprudencia del TS
Pilio, nos puedes decir si el TS no se ha pronunciado aún, como podemos hablar de jurisprudencia del TS, si no hay sentencias.
La AN lo llamara jurisprudencia, doctrina o como quiera.
lex te has quedado sin argumentos...
Si reconoces que no me comprendes ; como quieres convencer a los demás que comprendes cosas mucho más complejas y verdaderamente complicadas?Que sí, que sí