Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: lemar en 10 de Septiembre de 2014, 19:21:47 pm
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la pregunta 23 examen tipo c Segundo parcial da por correcta la b en la página 509 del libro último párrafo da a entender que la a) es válida. :-[
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Quieres decir que la formación de la sección de calificación ha de hacerse siempre ? Es esa ?
la pregunta 23 examen tipo c Segundo parcial da por correcta la b en la página 509 del libro último párrafo da a entender que la a) es válida. :-[
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yo tb puse la respuesta a)...yo creo que el truco de la pregunta esta en el principio...puede fundar o tiene que demostrar
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Quieres decir que la formación de la sección de calificación ha de hacerse siempre ? Es esa ?
Ah, perdón, me fui al examen de 2013. Ya decía yo que no me cuadraba :-[
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la pregunta numero 11 tipo c para ser el aceptante tendrá que haber aceptado la letra y la pregunta no dice nada de la aceptación, preguntas incompletas y confusas, otra pregunta la numero 20 la regla general del pago del cheque falso es correcta la a y la b, el artículo es todo completo no hasta la coma, que pasa que aplicamos la mitad de lo legislado cuando nos interesa, en fin que aun no he asimilo el suspenso, todo el verano estudiando que no he pisado la arenaaaaaaaaa, ya no me cabe una raya en el libro o una anotación pero hay que seguir adelante. :D SUERTE con las que faltan.
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lo que no puede ser es que se utilicen palabras para dar confunción, no es justo más cuando nos estamos jugando muchos años de sacrificio. :(
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la pregunta 23 examen tipo c Segundo parcial da por correcta la b en la página 509 del libro último párrafo da a entender que la a) es válida. :-[
Son un poco pillos, pero la diferencia del tiene o puede es lo que hace que una sea correcta y la otra no, cuando dice tiene significa que por narices está obligado a demostrar, si o si, y no es el caso. Puesto que al existir diferentes motivos por los que puede solicitarlo, si te coges al tiene es que es requisito indispensable.
Yo de estas cosillas me di cuenta al repasar mucho preguntas de exámenes anteriores, una sola palabra y te la endiñan.
En cuanto a la 11, exacto, porque el librado no está obligado a aceptarla, y si no la acepta el obligado es el librador.
Se gastan un poco de mala leche.
Yo llevo dos años con esta dichosa asignatura y por fin la he aprobado, eso si, me he tenido que revisar preguntas y libro al dedillo y así es como he conseguido quitármela de encima.
Suerte compis!!!
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gracias Calicer 1 seguiré tu consejo y a por ella la próxima vez, a mi lo que me molesta un poco es que los de licenciatura no tenemos tutorìas al menos yo estamos solos ante el peligro ;D y nos están metiendo en grado y eso no es nada justo. hay que procurar no perjudicar yo no quiero que me regalen nada que para eso me paso todo el tiempo que puedo estudiando, lo que no me gusta es que me pongan trampas más cuando voy con una venda en los ojos.
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esta claro para aprobar esta asignatura la tienes que llevar para un 10...porque luego en el examen siempre te terminan pillando....yo la llevaba preparada de lujo...y al final falle 7 preguntas
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Totalmente de acuerdo con el compañer@ nudde, sobre todo en el segundo parcial
Mucho ánimo a los que han suspendido
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La 11 del tipo C la buena es el aceptante, razón muy simple el librado no está obligado hasta que acepta en ese momento es aceptante y pasa a ser obligado principal y tiene acción el deudor aunque no se haya levantado protesto. En la pregunta a parte de librador, librado dice aceptante, lo que que significa que ya ha firmado su aceptación y ya no es un librado vulgar es el aceptante y es por esa condición el obligado principal.
Comparto lo dicho en cuanto al examen, nada nuevo en el departamento siempre van al límite, de hecho hay veces que se anulan las preguntas.
Suerte a tosos y ánimo.
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Habeis visto el esamen de reserva de l parcial de mercantll II, mucho más asequible que el normal de septiembre
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la pregunta numero 11 tipo c para ser el aceptante tendrá que haber aceptado la letra y la pregunta no dice nada de la aceptación, preguntas incompletas y confusas, otra pregunta la numero 20 la regla general del pago del cheque falso es correcta la a y la b, el artículo es todo completo no hasta la coma, que pasa que aplicamos la mitad de lo legislado cuando nos interesa, en fin que aun no he asimilo el suspenso, todo el verano estudiando que no he pisado la arenaaaaaaaaa, ya no me cabe una raya en el libro o una anotación pero hay que seguir adelante. :D SUERTE con las que faltan.
Esta pregunta está clarísima. Si una de las tres posibles respuestas que te ofrece la pregunta es "el aceptante" quiere decir que "el aceptante" ya "ha aceptado" la letra, razón por la que se llama "aceptante", porque si no la acepta entonces no se llama "aceptante".
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Estimados compañeros,
en relación a la pregunta 23 del tipo C, os ruego que miréis este enlace http://www.laley.es/mk/libroslegal/PaginasdeGuialegislativadelaLeyConcursal.pdf
según el cual tanto la respuesta a como la respuesta b serian buenas, no? entonces por qué se ha dado por buena la respuesta b? en la pregunta no se nos indica que se trata de un acreedor habitual o por el contrario que se tratase de SegSocial o Hacienda, es decir, Seguridad Social va a saber cuando hay retraso en los pagos y lo puede demostrar, pero un acreedor corriente no tiene de donde saber eso con certeza y le va a costar conseguir prueba de impagos que no sean hacia él, no? en cambio, el acreedor normal teniendo un título ejecutivo y que no resulten bienes para ello, lo veo como prueba más que suficiente para solicitar el concurso.
Dicho esto, mirar a ver si os sirve para impugnar la pregunta.
Adjunto el recorte, si alguien entiende otra cosa, porfi me lo explique
"4. Si la solicitud de declaración de concurso la presenta un acreedor, deberá
fundarla en título por el cual se haya despachado ejecución o apremio sin que
del embargo resultasen bienes libres bastantes para el pago, o en la existencia
de alguno de los siguientes hechos:
1.º El sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones
del deudor.
2.º La existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten
de una manera general al patrimonio del deudor.
3.º El alzamiento o la liquidación apresurada o ruinosa de sus bienes
por el deudor.
4.º El incumplimiento generalizado de obligaciones de alguna de
las clases siguientes: las de pago de obligaciones tributarias exigibles
durante los tres meses anteriores a la solicitud de concurso; las de pago
de cuotas de la Seguridad Social, y demás conceptos de recaudación
conjunta durante el mismo período; las de pago de salarios e indemnizaciones
y demás retribuciones derivadas de las relaciones de trabajo
correspondientes a las tres últimas mensualidades."
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Yo me uno a lemar para impugnar la primera pregunta a la que he hecho referencia ... y a todos los que gusten ...