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LoginSeis asociaciones de jueces y fiscales han hecho público este jueves un comunicado conjunto en el que piden la suspensión de la entrada en vigor de la Ley de Enjuiciamiento Criminal por considerarla una "ley de punto final". La norma entra en vigor el 5 de diciembre y establece límites máximos de seis o 18 meses para la instrucción de sumarios.
Nunca antes tantas asociaciones de jueces y fiscales habían firmado un comunicado así. Al mismo tiempo, ya han firmado una carta similar más de 900 fiscales de un total de 2.500.
El comunicado lo firman Jueces para la Democracia, Asociación de Fiscales, Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, Foro Judicial Independiente Asociación Profesional e Independiente de Fiscales y Unión Progresista de Fiscales.
Los firmantes proceden de todos los espectros ideológicos. Solo se ha descolgado en el último momento la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura, que, no obstante, hizo público ayer su propio comunicado en el que critica que siendo un juez el que dirige la investigación la posibilidad de prórroga "se condicione a lo que pida el Ministerio Fiscal y solo el Ministerio Fiscal" y pide que se modifique la reforma, algo que ya no será posible en esta legislatura.
Aseguran que se trata de una objeción "esencial y profunda" a la reforma, que no se solventa con la entrada en vigor retrasada que piden las demás asociaciones, "sino con su revisión y cambio".
El comunicado conjunto asegura que "la Ley 41/2015 de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, publicada en el BOE el pasado día 6 de octubre, introduce para la finalización de la instrucción lo que en su Preámbulo denomina "plazos máximos realistas cuyo transcurso sí provoca consecuencias procesales" en sustitución del "exiguo e inoperante plazo de un mes del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal", asegura el texto.
Añade el comunicado que "dichos plazos son de seis y dieciocho meses, "según se trate de un asunto sencillo o complejo". La nueva redacción del artículo atribuye, además, al Ministerio Fiscal el impulso procesal para la solicitud de la prórroga de los anteriores plazos cuando en los mismos no pueda completarse la instrucción. Establecer un plazo límite sujeto a control en nuestro modelo procesal —en el que la investigación está en manos del juez instructor— puede resultar absurdo, pues es el propio juez quien ha de controlar la realización efectiva en plazo de sus propias diligencias procesales, como es también absurdo otorgar al Ministerio Fiscal, en régimen de monopolio, la facultad de pedir prórrogas a quien está dirigiendo y controlando la investigación cuando puede haber desacuerdos en la misma o, incluso, desconocer el contenido o la existencia de dicha investigación".
Explica que "ello coloca a los miembros del Ministerio Fiscal en una irresoluble tesitura, al resultar de imposible cumplimiento el mandato legal con los medios personales y materiales con que se cuenta en la actualidad, y a los jueces de instrucción en un delicado papel en el que, dirigiendo ellos la instrucción, carecen de la capacidad para prolongarla en el tiempo, si no es tras la petición del fiscal. En definitiva, el legislador ha confundido tanto el modelo procesal como el papel de los actores, lo que lleva a su último extremo la falta de coherencia de la reforma".
"Por si esto fuera poco, su entrada en vigor está prevista en el plazo de dos meses desde su publicación. Así, el 5 de diciembre se aplicará a todos los procedimientos vigentes, es decir, habrá que revisar todas las causas penales que se encuentran en fase de instrucción en todos los juzgados de España, teniendo estos que atender la carga de trabajo ordinaria, y todo ello —como dice la propia ley— sin necesidad de habilitación presupuestaria alguna", se quejan las asociaciones.
"Es por lo tanto, una auténtica ley de punto final de la que va a resultar la impunidad de hechos delictivos que debieran ser castigados y, por ello, las asociaciones firmantes, solicitan la suspensión de la entrada en vigor de la reforma hasta que, al menos, no se cuente en todo el territorio nacional con los medios personales, materiales e informáticos que posibiliten el cumplimiento de la norma", concluye el texto.
La ley fue aprobada solo con los votos del PP. El ministro de Justicia, Rafael Catalá, irá el día 20 al Consejo Fiscal a explicar su posición y la propia ley. Según el Ejecutivo, el fin de los plazos no supone el archivo de las causas y hay ocho meses para la aplicación retroactiva.