Un particular compra su vivienda, para que sea la habitual, en régimen de Autopromoción, para ello constituyen un Comunidad de Bienes entre los distintos propietarios para llevar a cabo la obra de construcción.
- necesita vender la vivienda que se encuentra en proceso de construcción, fecha prevista para terminación de la obra 10/2015.
- Que la vivienda esta escriturada y constituida hipoteca a nombre de cada comunero.
- Que para poder llegar a este punto los arriba solicitantes tuvieron que abonar el 20% del importe de la compra con el I.V.A. correspondiente de este 20%, por lo que se hipoteco el 80% restante y que queda pendiente de pago el I.V.A. de ese 80% ,que debería ser abonado a la entrega de llaves o concesión de la cedula de habitabilidad.
- Que la vivienda se encuentra en proceso de transformación, pues esta en ejecución de obra, terminadas estructuras de hormigón y con fase de cerramiento de ladrillo.
EXPOSICION DE MOTIVOS.- Que por motivos personales tenemos que vender la vivienda, que no planteamos ningún beneficio en la operación de transmisión/venta/cesión, no se muy bien como calificarla, que el objetivo es que el adquirente se subrogue a las condiciones ya pactadas y nos libere del compromiso adquirido.
Por todo lo cual :
¿Que impuesto o impuestos son los que se deberían aplicar a dicha operación y de que importe?
¿Si esta sujeta a I.V.A. y de que tipo, o transmisiones, o a otro impuesto que yo desconozca?, ya que por parte del nuevo adquirente es algo importante, saber que fiscalidad tributaria se le va a aplicar.
Así como ¿si se aplicaría algún otro impuesto a los arriba vendedores a demás del I.V.A. ya pagado del 20% anteriormente citado?.
Gracias por la atención prestada.