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Autor Tema: pregunta civil 4  (Leído 1272 veces)

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azul30

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pregunta civil 4
« en: 20 de Mayo de 2007, 19:02:38 pm »
alguien podria decirme la diferencia entre legatario y heredero


Desconectado scotland

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Re: pregunta civil 4
« Respuesta #1 en: 22 de Mayo de 2007, 10:56:58 am »
Legatario, en términos generales es el sucesor a título particular o singular (el testador dispone normalmente bienes concretos para él (también puede ser legatario alícuota), pero en principio no le afectan las deudas que pueda haber en el caudal relicto. A él se le lega algo determinado que siempre debe ser mediante testamento y que no deberá afectar a la cuota legitimaria. Los bienes que le son legados le pertenecen desde el momento de la muerte del causante ipso iure, y por tanto no precisa de aceptación, pero debe solicitar la entrega al heredero o al albacea.

Heredero, es el que hereda a título universal, normalmente, debe correr con las deudas y cargas de la sucesión (salvo que solicite el beneficio de inventario). Hereda la parte que indique el testador pero, en general, tiende a heredar todo (por acrecimiento o por derecho a acrecer), podrá suceder testamentariamente o abintestato. La posesión civilisima de los bienes heredados le pertenecerán desde la muerte del causante una vez que acepte la herencia.

Es resumidamente lo que puedo decirte.... (posiblemente alguien pueda completarlo)
Saludos.