Me pasó lo mismo que a Navarro. El modelo D me resultó más difícil que el examen del primer cuatrimestre y eso que la materia parecía un poco más asequible.
Sigo pensando que la dificultad ha sido la conjunción del manual de RR, a veces se pierde entre sus reflexiones y es poco didáctico, y la formulación de las preguntas por un "equipo contrario".
Los que redactan los tests se desentienden de la manera en que se expresó RR en su manual. Ni comprenden por qué nos hemos confundido. Si les citamos párrafos del manual lo miran y lo ven claro porque tienen una base infinitamente más amplia de la materia. Ellos conocen todas las teorías y doctrinas desde Jelschek y Metzger hasta MIR, Cerezo etc. han investigado, han asistido a tantos seminarios y llevan quince años con los mismos temas. Si en el manual RR se enreda en consideraciones saben distinguir lo importante.... nosotros no. No tenemos comparación, no hemos tenido tiempo de dedicarnos a otro tipo de bibliografía, con el CP teníamos más que suficiente.
Yolanda, yo no voy a impugnar la pregunta 25 del Modelo D sobre el art. 25.2 . No me hace falta para aprobar y pienso que lo tendría que impugnar el que lo necesita, le apoyaría, eso sí.
Sobre la teoría de la pena en nuestro ordenamiento jurídico según la CE.
he estado defendiendo mi postura en el curso virtual, hay un intercambio de unos 10 mensajes entre nosotros y el profesor que atiende el curso.
No hay ninguna respuesta acertada que no sea la C.
Ahora bien, la redacción del enunciado de la 25 está poco clara y la que parecía que se ajustaba para los que han seguido el manual ha sido la respuesta B.
En las páginas 219 a 228 RR nos explica las teorías absoluta, relativa y unitaria. Bajo la última nos menciona la CE, nos nombra los artículos que plasman la concepción de la pena, luego nos dice en la página 221 que " la CE no recoge de forma expresa cuáles hayan de ser las consecuencias de la traición al ordenamiento jurídico... y que el legislador ordinario habrá de determinar que consecuencias le corresponden al ...." ( no lo tenía ni subrayado), para luego volver a la CE, que marca los límites estableciendo los principios de legalidad penal, etc., y.........de proporcionalidad, de la reinserción, de la humanización....
Por cierto el curso virtual muy útil: entras en la página de la UNED accedes con tu usuario y contraseña a cursos virtuales y te aparecen todos los que tienes matriculados.