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Autor Tema: Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)  (Leído 73769 veces)

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Desconectado jarg53

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #640 en: 11 de Febrero de 2016, 20:17:10 pm »
Estimados compañeros,
tras ver todas las aportaciones que habeos realizado, creo que al final se ha realizado unas respuestas extraoficiales (que tendremos que esperar al lunes para ver las oficiales) que no habrá muchas modificaciones. La niña que que sufre el accidente y muere nos ha traído a muchos de cabeza, y tras ver un montón de cosas creo que la respuesta correcta es la D, aunque nuestro criterio no es ese. Pero nos preguntan con la aplicación del sine quo nun, y aunque nos parezca absurda esta teoría era la que nos preguntaban. Con el resto de preguntas igual. Yo lo único que veo que con respecto al monedero de la pregunta cinco del tipo de examen C . Esta es la única que se podría utilizar para la impugnación. El motivo no es otro que la propia pregunta y sus respuestas. Las preguntas hablan de monedero y la respuesta es un bolso que no aparece en el enunciado. Hay un error en la redacción del caso, la respuesta C tendría que haber sido monedero en vez de bolso. Lo que le quitaron no fue el bolso, fue un monedero. Yo creo que esa si es impugnable por esa incongruencia. El resto del examen, aunque nos pese a todos, es totalmente adecuado a lo que todos sabíamos. El infanticidio nos ha parecido un horror de pregunta pero era una posibilidad entre mil cosas que había. Los exámenes no los hacen fáciles, eso yo ya lo sabía y contaba con ello. Pero es lo que tiene esta asignatura. Ánimo compañeros, hay muchos compañeros que aprueban, nosotros también lo conseguiremos algún año. Un gran abrazo a todos y os deseo que tengas suerte en la nota final.


Desconectado vitilines

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #641 en: 11 de Febrero de 2016, 21:51:03 pm »
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hola, porque poneis 10-c en el tipo c.  yo no tengo el texto basico recomendado pero el articulo 21 del codigo penal dice:
 4. El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:
Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.
Segundo.Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
por tanto entiendo que la c SI un requisito esencial..

ese es el problema que no tienes el manual recomendado.
se dijo q preguntaban muchas cosas que se sacaban del libro, y en el libro se indica que no todos los requisitos son esenciales, algunos son tenidos en cuanta como no esenciales y se aprecian como eximentes incompletas

Desconectado acv2910

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #642 en: 11 de Febrero de 2016, 22:42:42 pm »
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ese es el problema que no tienes el manual recomendado.
se dijo q preguntaban muchas cosas que se sacaban del libro, y en el libro se indica que no todos los requisitos son esenciales, algunos son tenidos en cuanta como no esenciales y se aprecian como eximentes incompletas

me lo imaginaa.. jaja muchas gracias

Desconectado elen78

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #643 en: 11 de Febrero de 2016, 23:45:15 pm »
Buenas noches compañeros
Respecto al examen tipo C, coincido con vosotros en la mayoría, pero hay una preguntita que me trae de cabeza y es la 24:

- Si un sujeto actúa en estado de necesidad pero fue él mismo quien provocó la situación de necesidad de forma intencionada, concurriendo los demás requisitos de esta eximente:
a) no se le podrá aplicar el estado de necesidad como eximente completa ni incompleta.
b) se le podrá aplicar la eximente incompleta de estado de necesidad.
c) se le podrá aplicar la eximemte completa de estado de necesidad pero con naturaleza exculpante.
d) se le podrá aplicar la eximente completa de estado de necesidad pero con naturaleza justificante.

Por lo que leo coincidís todos en que la correcta es la "b", pero a mí me surgen dudas, he contestado la "a" porque, bajo mi punto de vista, y aunque es verdad, que en el manual dice que " Se le aplica la eximente de situación de necesidad aunque el sujeto haya puesto intencionadamente en peligro el bien jurídico". También el manual dice que "No se aplica eximente si además de provocar el peligro, haya sido con la intención de provocar la situación de necesidad", esta situación de necesidad ha de ser voluntaria.
Por eso estoy tan liada, la veo incompleta, y la verdad me juego el aprobado con esta, por eso le he dado tantas vueltas, el examen lo ví una pasada y me limité a contestar las que pensaba que iba a tener segura, pero bueno dicen que nada es seguro en esta vida  :-\...
Respecto a la pregunta 5 del famoso bolso/monedero estoy convencida que la anularán, se trata de un error formal y esa es una de las posibles causas de impugnación en los examenes tipo test.
Os agradecería vuestras opiniones sobre la 24 y así aclararla por si me vuelve a caer en Septiembre jeje...
Gracias y mucha suerte a todos.




El agua penetra la roca, no por su fuerza, sino por su constancia.

Desconectado migueman

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #644 en: 12 de Febrero de 2016, 00:17:23 am »
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Buenas noches compañeros
Respecto al examen tipo C, coincido con vosotros en la mayoría, pero hay una preguntita que me trae de cabeza y es la 24:

- Si un sujeto actúa en estado de necesidad pero fue él mismo quien provocó la situación de necesidad de forma intencionada, concurriendo los demás requisitos de esta eximente:
a) no se le podrá aplicar el estado de necesidad como eximente completa ni incompleta.
b) se le podrá aplicar la eximente incompleta de estado de necesidad.
c) se le podrá aplicar la eximemte completa de estado de necesidad pero con naturaleza exculpante.
d) se le podrá aplicar la eximente completa de estado de necesidad pero con naturaleza justificante.

Respondí lo mismo que tú, por los mismos motivos

Yo respondí lo mismo que tú, por el mismo motivo

Por lo que leo coincidís todos en que la correcta es la "b", pero a mí me surgen dudas, he contestado la "a" porque, bajo mi punto de vista, y aunque es verdad, que en el manual dice que " Se le aplica la eximente de situación de necesidad aunque el sujeto haya puesto intencionadamente en peligro el bien jurídico". También el manual dice que "No se aplica eximente si además de provocar el peligro, haya sido con la intención de provocar la situación de necesidad", esta situación de necesidad ha de ser voluntaria.
Por eso estoy tan liada, la veo incompleta, y la verdad me juego el aprobado con esta, por eso le he dado tantas vueltas, el examen lo ví una pasada y me limité a contestar las que pensaba que iba a tener segura, pero bueno dicen que nada es seguro en esta vida  :-\...
Respecto a la pregunta 5 del famoso bolso/monedero estoy convencida que la anularán, se trata de un error formal y esa es una de las posibles causas de impugnación en los examenes tipo test.
Os agradecería vuestras opiniones sobre la 24 y así aclararla por si me vuelve a caer en Septiembre jeje...
Gracias y mucha suerte a todos.

Desconectado migueman

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #645 en: 12 de Febrero de 2016, 00:19:33 am »
No cabe o no sé qué ha hecho el foro...lo que decía, en esa respuesta respondí lo mismo que tú por el mismo motivo

Desconectado Malamente

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #646 en: 12 de Febrero de 2016, 10:19:43 am »
Dice el Código penal vigente: "Son responsables criminalmente de los delitos los autores y los cómplices." ARt. 27

Según mi razonamiento, un inductor no es autor sino, que se le aplica la pena del autor. Lo cual nos lleva a concluir que un inductor no un un partícipe cualquiera en el delito, sino uno de los que puede ser responsable penalmente. Lo que por lógica deducción, "es un cómplice en sentido estricto" ya que no es autor.

Un inductor no es un mero participe, es un "participe cualificado" por lo que en estricto sentido, es un cómplice. Hay que tener en cuenta que puede haber partícipes que no sean cómplices puesto que no serán responsables criminalmente.

Ahí lo dejo.....mas debate jajaj

Desconectado Suuss

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #647 en: 12 de Febrero de 2016, 15:13:43 pm »
Artículo 28

Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.

Art. 28 CP
También serán considerados autores:

a) Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo.
b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.

Desconectado Suuss

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #648 en: 12 de Febrero de 2016, 16:42:09 pm »
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Yo también tengo duda con esta pregunta, pero en la página 454 del manual, debajo del párrafo que tu indicas, pone:" de nuevo estamos ante un requisito no esencial de la eximente por lo que en el caso de que no concurra se podrá acudir a la aplicación de las reglas del art. 21. 1CP  sobre la concurrencia de eximentes incompletas"

Creo q será mejor esperar a las plantillas porque creo que estamos liando las preguntas más de la cuenta

Desconectado Suuss

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #649 en: 12 de Febrero de 2016, 16:58:47 pm »
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Yo también tengo duda con esta pregunta, pero en la página 454 del manual, debajo del párrafo que tu indicas, pone:" de nuevo estamos ante un requisito no esencial de la eximente por lo que en el caso de que no concurra se podrá acudir a la aplicación de las reglas del art. 21. 1CP  sobre la concurrencia de eximentes incompletas"

Creo q será mejor esperar a las plantillas porque creo que estamos liando las preguntas más de la cuenta

Buscando más he visto en la página 509 del manual recomendado lo siguiente:
"La eximente incompleta del estado de necesidad""por lo tanto, la aplicación de la atenuante ex art.21.1CP podrá derivar de que el mal causado sea mayor que el que se trataba de evitar, de que la situación de necesidad haya sido provocada intencionadamente por el sujeto o de que el necesitado tenga obligación de sacrificarse por su oficio o cargo.

Después de leer esto ya se me han despejado todas las dudas, en el examen había contestando la opción b y viendo esto sigo pensando lo mismo

Desconectado marinateacher

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #650 en: 12 de Febrero de 2016, 19:36:40 pm »

Hola a todos, en el tipo C, la respuesta a la pregunta 20 es la A.

El enunciado pregunta que qué afirmación es INCORRECTA.

La única incorrecta es la A, el resto B, C, D son correctas.

Desconectado Ever

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #651 en: 12 de Febrero de 2016, 19:41:15 pm »
Página 376 último párrafo antes del ejemplo, 1a línea. " sin embargo, la opinión dominante en nuestro país si admite la coautoría en delitos imprudentes"

Es la B

Desconectado Malamente

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #652 en: 13 de Febrero de 2016, 00:37:07 am »
Pero si el acuerdo entre coautores puede ser previo o simultáneo, (pagina 373 ultimo parrafo) y la respuesta pone en todo caso.... Eso no seria correcto. Aunque lo que dices también es cierto. Esa pregunta tiene dos respuestas válidas en mi opinión. Un saludo.

Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Penal I primer parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #653 en: 15 de Febrero de 2016, 17:44:36 pm »
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tipo c segun libro y recopilado por aquí hasta el momento

1 a
2 b
3 c
4 b
5 c
6 d
7 d
8 a
9 c
10 c
11 b
12 b
13 a
14 a
15 a
16 b
17 a
18 a
19 a
20 c
21 b
22 c
23 c
24 b
25 c
26 c
27 a

alea iacta est suerte

ya salieron las plantillas y sin sorpresas  :D