Buenas tardes compañer@s, esta mañana me contestó el profesor. Me dijo que podía plantearle a través del mismo email cualquier duda que tuviera sobre las preguntas del examen. Yo le indiqué que mi intención era impugnar una pregunta. No me pareció que fuera una persona desagradable. Lo que ocurre, es que he cogido el código de nuevo con más tranquilidad y veo que en el art.81.1 de la LMESC no aparece la definición tal como yo la planteaba (pregunta 16 examen B). Por lo tanto no puedo argumentarlo como yo creía. Como ellos han planteado la pregunta, no tiene que ver nada con la literalidad de dicho artículo, por lo tanto no me queda más remedio que aguantarme. Sigo manteniendo que era un examen durísimo, pero eso no lo puedo impugnar. Si vosotros tenéis más argumentos para fundamentar vuestras dudas, hacedlo. Yo hace años impugné mi nota de un examen y me subieron de 3,5 a 5. Muchos veces un examen se hace muy rápido y uno no es consciente de las ambigüedades que puede plantear hasta que es resuelto por los alumnos. Creo que no tendrán ningún problema en rectificar si hay suficiente argumentación. En mi caso no podré hacerlo pues aunque la pregunta iba con mala leche no tengo dónde asirme. A ver si vosotros los véis más claro.