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Autor Tema: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador  (Leído 4329 veces)

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Desconectado luichi

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duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« en: 12 de Septiembre de 2007, 21:47:13 pm »
Hola a todos.
Ya se que no son momentos para estas cosas, pues estamos esperando las notas de los exámenes, pero tengo que preparar un recurso a una multa de tráfico y tengo una duda.
Este es el supuesto. Denuncia por la Policía Municipal por aparcamiento en zona prohibido aparcar. No se entrega la denuncia al conductor por estar ausente. Posteriormente se notifica la denuncia por correo certificado. Mi duda es si el procedimiento sancionador comienza en el momento de la infracción, denuncia, o si comienza en el momento de incoación del expediente.
Es importante, puesto que si consideramos que el procedimiento sancionador a comenzado en el momento de la infracción, por así certificarlo el Agente de la autoridad, se dispone de un plazo de 2 meses para notificarlo al interesado.
Si por el contrario se considera que el procedimiento comienza desde la fecha de la incoación del expediente, se contarían los dos meses desde ese momento.
Sin perjuicio de la prescripción de las sanciones.
Si alguien me pudiese aclarar este tema, le estaría muy agradecido, puesto que además de la matrícula, y los libros, si tengo que pagar la multa, me hace polvo.
Gracias a todos.

SUERTE

LUICHI.


Desconectado IESUS

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #1 en: 12 de Septiembre de 2007, 22:11:16 pm »
Mi consejo es que pagues la multa; de momento si lam pagas te ahorras unos euros, pues pagándola tienes unos desnuentos, me imagino. Al no estar el conductor, te envian por correio certificado la denuncia y en el momento en el que firmas el acuse de recibo empiezan a contar losd plazos... Pero te aconsejo que la pagues, son el descuento , que me imagino te lo pondrá en la comunicación.
DA MIHI FACTUM, TIBI DABO IUS

Desconectado luichi

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #2 en: 12 de Septiembre de 2007, 23:05:35 pm »
Gracias IESUS.
El problema es que según el Reglamento del Procedimiento Sancionador, debe notificarse al interesado en el plazo de dos meses, desde el inicio del procedimiento. Si considero que el inicio de procedimiento es la denuncia (es lo que yo deduzco del Reglamento), ya habrían pasado los dos meses, y el procedimiento habría caducado. Si se considera que el inicio del procedimiento es la incoación del expediente, entonces no.
Esa es mi duda.

SALUDOS
LUICHI

Desconectado scotland

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #3 en: 13 de Septiembre de 2007, 09:28:02 am »
El plazo comienza desde que se formula la denuncia, es decir desde el momento en que se produce la infracción.

Saludos.

Desconectado luichi

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #4 en: 13 de Septiembre de 2007, 10:27:38 am »
Entonces Scotland, si han pasado mas de 2 meses desde la infracción, hasta que me la han notificado en mi domicilio, según el Reglamento del Procedimiento Sancionador, ¿He de considerar que está caducado dicho procedimiento?. Es la única forma que tengo de recurrirla. Os agradecería ayuda.

SALUDOS.

LUICHI

Desconectado Soffia

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #5 en: 13 de Septiembre de 2007, 11:07:25 am »
Tienes suerte luichi.

Yo creo que puedes recurrirla y ganarla por prescripción. Si el plazo para notificar es de dos meses desde que se cometió la infracción y aún no has recibido la noticación (verifica primero que no estabas en casa en ninguna de las dos veces que tiene obligación el cartero de ir, que no te haya dejado aviso de ninguna clase) esa infracción ha prescrito.
Cualquiera puede ser malo, pero es más complicado ser bueno. nbspnbsp Agua para todos

Desconectado scotland

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #6 en: 13 de Septiembre de 2007, 11:41:49 am »
Pues entonces enhorabuena, te vas a librar de pagar.   :D  :D  :D
Pero lo que no te vas a librar es de presentar la correspondiente alegación al respecto, puesto que de no hacerlo el procedimiento seguiría su cauce y terminarían por "clavarla".
Siempre que se nos comunique una infracción o una sanción hay que alegar prescripción (aunque no se produzca), puesto que deberán contestar a esa alegación y a veces (muchas) se les olvida y con ello se invalida las resoluciones que nos envíen (es una de las mil posibilidades de poder librarse de una sanción administrativa).  ;)

Saludos.

Desconectado luichi

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #7 en: 13 de Septiembre de 2007, 21:17:01 pm »
Hola.
No es que haya prescrito la sanción (al ser falta leve, la prescripción son 3 meses), pero lo que dice el reglamento es que el procedimiento sancionador CADUCA, si no se ha notificado al interesado en los dos meses siguientes al inicio del procedimiento sancionador.
Por tanto, si hago una interpretación, considerando que el procedimiento se inicia con la denuncia (20 de junio), y me la han notificado el 30 de agosto, ha pasado el plazo y caduca el procedimiento.
En eso es en lo que voy a basar mi recurso.
Hablo del art 6.2 del RD 1398/1993, que se aplica en lo no previsto en el RD 320/1994 (PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRAFICO).
¿Pensais entonces que tengo posibilidades?
SALUDOS
LUICHI

Desconectado azote

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #8 en: 13 de Septiembre de 2007, 22:11:08 pm »
atención a los efectos de la caducidad del procedimiento

Desconectado luichi

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Re: duda procedimiento ADMINISTRATIVO sancionador
« Respuesta #9 en: 15 de Septiembre de 2007, 10:24:37 am »
¿Podrías concretar los efectos de la caducidad del procedimiento?

GRACIAS

LUICHI