El problema que planteas, Marian, es uno de los que intentábamos plantear algunos en el hilo "igualdad efectiva", en el área política. Ha sido señalado por los y las juristas.
La verdad, si ese hombre es culpable, pues no me parece mal la pena de destierro. Ni otras penas.
El problema es la presunción de inocencia. Una medida que es cautelar puede causar perjuicios gravísimos: es muy distinta una medida de alejamiento en una ciudad que en un pueblo, pues, como dices, debe abandonar su trabajo y su casa de inmediato, y trasladarse a otro lugar. La medida de alejamiento, en este caso, debería ser hecha de tal modo que, cumpliendo sus fines, no interfiriera en su vida normal.
Hay, por otro lado, otro serio problema. Bueno, dos. Los casos de (supuesto) maltrato, si no son graves, se están viendo en juicios rápidos, lo cual supone la posibilidad de acogerse a la conformidad con la pena, de modo que el inculpado no culpable se verá sometido a la decisión de elegir entre una menor pena, e inmediata, y una (posible) pena mayor, y a más largo plazo.
El otro problema está en que la LEC y el CP no obligan a la mujer a declarar ante su cónyuge; pero tras una sentencia del Supremo se está admitiendo que la declaración inicial en atestado tenga valor probatorio, lo cual impediría una contradicción ulterior.
Tengo que investigar más sobre este tema, te invito a que visites el hilo indicado.