La víctima es el titular del bien jurídico protegido (ejm: la vida, la integridad física, etc.); el perjudicado por el delito, en realidad es un concepto más amplio (puede o no coincidir con la víctima del delito) y se trataría de la persona que sufre algún perjuicio (económico/patrimonial/moral) con ocasión del delito.
En el caso de un delito de homicidio, la víctima es el muerto y el perjudicado serían los familiares del muerto. En otras ocasiones, víctima y perjudicado sí pueden coincidir (ejm. delito de lesiones: el que sufre la lesión en su cuerpo es víctima y además perjudicado) por el delito.
No sé si te lo he aclarado o te he liado más con el ejemplo. Mucha suerte a todos los compañeros de penurias a la espera de los resultados de los exámenes.