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Autor Tema: Cuenta Nómina Banesto  (Leído 3643 veces)

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Desconectado alqui

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Cuenta Nómina Banesto
« en: 20 de Junio de 2009, 10:43:44 am »

Buenos días, tengo una duda sobre dicha promoción que me tienen indignada; posiblemente sea mi ignorancia sobre el tema la que me hace ver la situación como abusiva y poco ética.

Todos habéis visto la tarjeta regalo de Banesto al domiciliar la nómina: te regalan 500 ó 1000 euros según tu nómina a ingresar sea por importe de menos de 2500 euros o de más.

Pues bien, hago la domiciliación y ya me cobraron el día 9 de junio la retención de 90 euros de hacienda sobre el supuesto regalo (500 euros) que a día de ayer no había llegado aún al banco (donde lo tengo que recoger).

Escribo un correo y me contestan esta mañana diciendo que las condiciones (que vendrán en letrita pequeña, porque de palabra no te la explican) eran haber cobrado la primera nómina, haber domiciliado los recibos y haber retenido los 90 euros, una vez cumplido todo esto del 18 a 25 del mes me avisarían que podría pasar a recoger el regalo.

Mi pregunta es: ¿es lícito cobrar la retención con tanta anticipación sobre un dinero que aún no tienes?

Os escribo porque tengo respondido el correo para "darles las gracias" y quiero ser educada.

Mucha gracias !!!

Gracias...

Desconectado alqui

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #1 en: 20 de Junio de 2009, 10:53:06 am »

Se me ha puesto la piel de gallina al pensar....¿y si el regalo hubiese sido de 600.000 euros?

De la que me librado, ayssss de la que me he librado !!!!!!

Hubiese tenido que vender el piso para pagar la retención y poder acceder a cobrar el regalo.

Dios nos libre de los regalos de los bancos   ;)
Gracias...

Desconectado santoss

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #2 en: 20 de Junio de 2009, 10:56:43 am »
Hay gente que a va a un concurso le toca un pedazo de coche y lo tienen que vender porque una cosa es comprarlo o que te lo regalen y otra mantenerlo.
Si el banco te lo ha hecho es porque puede, como tu dices, debiste de firmen un contrato en el que conforme a la letra pequeña te comprometerias a eso. Nadie da duros a 4 pesetas. Un beso encarna

Desconectado alqui

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #3 en: 20 de Junio de 2009, 11:02:58 am »
 Si yo sabía el importe de la retención, claro que lo sabía, es lo normal, con lo que me he quedado atónita al comprobar que te lo hacen tan anticipadamente !!!

Es como si entro a trabajar en un sitio y a principios de mes te hacen la retención del IRPF y a final de mes te pagan el sueldo.

¿o es diferente?

No, claro que nadie da duros a real, ya se encargan ellos de ir cobrándotelo durante todo el año, al igual que en el banco en que estaba.
Gracias...

Desconectado santoss

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #4 en: 20 de Junio de 2009, 11:04:07 am »
Este problema a que asigantura correspondería??

Desconectado Mariabeca

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #5 en: 20 de Junio de 2009, 11:45:03 am »
¿Es correcto que un contrato bancario incluya condiciones más perjudiciales para el cliente que las recogidas en la oferta que en un principio se realizó (folletos, publicidad...)?

La publicidad es parte contractual de la operación, por lo que una actuación en este sentido sería contraria a la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y a la Ley General de la Publicidad.


Desconectado santoss

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #6 en: 20 de Junio de 2009, 11:49:32 am »
Pues eso, ya sabes a poner una queja en la OCU(que no servira para nada) o a partirte la cara en los tribunales por tu derecho a que te cobren despues(solo el abogado ya hara que no te compense con creces)

Desconectado Ius-Uned

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #7 en: 23 de Junio de 2009, 11:29:00 am »
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Este problema a que asigantura correspondería??

Derecho Civil, véase Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (Contratos de adhesión).

Saludos,

Desconectado privaterb

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #8 en: 24 de Junio de 2009, 08:41:07 am »
Hola a todos,
Con carácter general, las retenciones por rendimientos del capital mobiliario son exigibles,  en el momento de producirse el pago o entrega de los rendimientos dinerarios o en especie, artículo 94 RD 439/2007, de 30 de marzo. Sin embargo para los rendimientos del capital mobiliario se establece también una regla particular.
Se entenderán exigibles los intereses en las fechas de vencimiento señaladas en la escritura o contrato para su liquidación o cobro, o cuando de otra forma se reconozcan en cuenta, aun cuando el perceptor no reclame su cobro o los rendimientos se acumulen al principal de la operación, y los dividendos en la fecha establecida en el acuerdo de distribución o a partir del día siguiente al de su adopción a falta de la determinación de la citada fecha.
Es decir, habrá que ver lo que establece el contrato en cuestión, que posiblemente fije el plazo máximo para cumplir las condiciones exigidas que o estén recogidas en algún artículo de las condiciones generales de contratación por remisión. Aunque si se puede decir que si no cumples las condiciones exigidas en la promoción para obtener ese rendimiento, te deberían devolver la retención practicada por no dar lugar.

Desconectado reshu

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #9 en: 24 de Junio de 2009, 11:39:47 am »
Si me hubieses preguntado antes... Por Banesto, ni de cerca. Tuve la idea peregrina de pedirles una hipoteca y, tras dos años de verdadera pesadilla (cobros "fantasma", cantidades equivocadas o no incluidas, etc...) decidimos cambiarla a otra entidad. Hablamos de unos 9000 euros (aproximadamente) de gastos de cancelación y formalización, pero fíjate que te puedo decir que hasta nos ha merecido la pena pagarlos. Ahora, que te llegue la cartita del banco ya no es un sin vivir... Otro día y en persona te contamos la odisea, porque necesitas un buen rato. Besos.

Desconectado Drop

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Re: Cuenta Nómina Banesto
« Respuesta #10 en: 24 de Junio de 2009, 21:13:51 pm »
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Este problema a que asigantura correspondería??

Derecho Civil, véase Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (Contratos de adhesión).

Saludos,

También se relaciona con Derecho Mercantil y con Financiero y Tributario.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)