Dolo eventual da lugar a homicidio doloso, pero esos elementos que implican (de conocimiento y voluntad) se han de demostrar, como ya he indicado.
El dolo eventual supone ninguna planificación, pero al sujeto activo se le presentó la ocasión y persistió en la acción aceptando el resultado no querido por el OJ, como ya he indicado.
Y si no se demuestra ese dolo eventual por quienes acusan, pues in dubio pro reo, como ya he indicado.
Bueno, no es que indique yo, lo indica la ley , el TC , la CE, el derecho de defensa y de presunción de inocencia.....y otros compañeros también lo han indicado (vamos, que no es un invento mío o idea mía exclusiva).
Un saludo.