Hola Ignacia, es que en el manual, en ningún lado pone que las fuentes del derecho administrativo sean: "La Teoría General del Derecho, La Parte General del Derecho Civil, y el Derecho Constitucional". Como he puesto arriba, el autor en la página 32 nos remite a esas disciplinas jurídicas (que no fuentes) si queremos profundizar en el estudio del tema. Y en la página 33 ennumera las fuentes, y luego hace su crítica.
Por otra parte, yo he manejado los apuntes de Iota y de Alqui, y en ninguno pone lo que vosotras decís. Las preguntas de Algui no las he visto, porque las tengo en otro ordenador, pero recuerdo que ella misma dijo que no estaban corregidas. Y arriba Palangana, que ya es licenciado, nos ha dicho cuales son las auténticas fuentes.
Por otra parte, no sé si eres consciente de que si respondes que "La Teoría General del Derecho, La Parte General del Derecho Civil, y el Derecho Constitucional" son las fuentes del derecho, estás, en realidad, diciendo que señores como los catedráticos Parada, García de Enterría o Lasarte Alvarez, por poner unos ejemplos, son los que hacen el derecho, y que la CE, las leyes y los principios generales del Derecho, además de los Tratados Internacionales y el Derecho de UE no valen nada.
Bueno, creo que ya somos mayorcitas, y que cada cual haga lo que quiera.
Solo espero que tú no tomes mi respuesta como prepotencia, porque no hay tal, sólo quiero evitar que otros cometan ese error, si es que la pregunta cayera en el examen.
Saludos y suerte