Si no recuerdo mal en el programa dice "En el examen se podrá consultar el programa oficial del curso académico 2009/2010, así como las Leyes Procesales que consideren oportunas, siempre y cuando no estén comentadas y se trate de textos originales; no se admiten fotocopias". De esto yo deduzco dos cosas:
1º Que la Ley tiene que ser original: OK
2º Que no se admiten comentarios, pero ¿desde cuando subrayar un artículo es comentarlo? A mí no me aporta ningún conocimiento nuevo el tener una página de la Ley pintada con subrayador, sino que al contrario, significa que me la he estado estudiando antes!!! Cosa distinta es que alguien llenase la ley de anotaciones, referencias... etc.