Hola:
Aquí hay unas cuantas cosas que puede hacerse:
1. Reclamar la posesión del piso. Esto es, en principio hay alguien en mi propiedad que no puede tener título para ello, ya que el copropietario indiviso no ha formulado contrato de arrendamiento alguno. El arrendatario tiene que saber a quién le arrienda un piso, si tiene potestad y capacidad para realizar el contrato. Por lo tanto se le reclamaría la posesión y que presente el título por el cual está en el piso.
2. Si nos interesa seguir con el arrendamiento, se puede hacer una novación, incluyendo al copropietario que falta y designando una cuenta, que podría ser el 50% en una cuenta y el otro 50% en otra.
3. Una vez tengamos el contrato del arrendatario (porque lo presentaría el arrendatario), Ya tenemos prueba para reclamar cantidad al copropietario desde la firma del contrato.
Porque en principio cómo reclama cantidad si no sabe qué cantidad tiene que reclamar y con fundamento a qué. Esta es mi primera reflexión, puede que esté equivocado.
Saludos,
jbr