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Autor Tema: Derecho Eclasiástico?  (Leído 698 veces)

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Desconectado tato33

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Derecho Eclasiástico?
« en: 19 de Octubre de 2010, 17:55:54 pm »
Hola. Estoy estudiando la asignatura de Derecho Eclesiástico, y no es que no sea interesante, sino que no entiendo por qué existe aún toda una asignatura cuatrimestral de esta materia, para tratar sólo el artículo 16 de la Constitución, cuando la antigua asignatura de Derecho canónico ha perdido la relevancia en el Derecho que tenía antes de la Constitución.

He mirado el libro (que es bastante gordo) y la parte histórica de la Iglesia en Europa es interesante y aporta algo nuevo que no se vio en Historia del Derecho Español. El resto del libro es superreiterativo, repitiendo mil veces el contenido de las libertades públicas (derecho de asociación, de reunión, de libertad de expresión...), y derechos fundamentales y Derechos Humanos (vistos en Constitucional III), y dando mil vueltas en todo momento a los cuatro Acuerdos de 1979 firmados con la Santa Sede y con otras confesiones.

De Derecho puramente canónico (esperaba que la asignatura iba a ser estudiar la estructura de la Iglesia) no se da nada.

Os comento. Como un tercio del temario trata de Historia de las comunidades religiosas y la Iglesia en Europa. El resto es repetir en gran parte lo visto en Constitucional III, aunque adaptado a lo religioso, y las últimas lecciones tratan del fenómeno de la asistencia religiosa en centros públicos (hispitales, ejército, prisiones...), el extinguido servicio militar para sacerdotes (en total unos 6 ó 7 artículos de unas leyes que hoy ni siquiera están en vigor), así como el tratamiento de la asignatura de religión y centros docentes de la Iglesia en el sistema educativo (en torno a al artículo 27 de la Constitución), el cupo del IRPF que va a para a la Iglesia (unos artíuclos de unas leyes de presupuestos)...

En conclusión, sólo los últimos capítulos tratan realmente del derecho canónico que queda con efectos en la sociedad civil (como los efectos civiles del matrimonio canónico). El resto del libro es o Historia, o todo es reiterativo con lo visto en Constitucional III. He visto los exámenes y las pregutas parece que suelen abundar mcuho en la parte de Historia...

¿Hace falta realmente en los planes de estudio tener una asignatura obligatoria cuatrimestral para tratar sólo el artículo 16 de la Constitución, cuando el contenido puede perfectamente incluirse en Constitucional III y una pequeña parte (los acuerdos con la Santa, Derecho Internacional? ¿No sería mejor sacar una asignatura obligatoria de Derecho Humanos, libertades públicas y libertad de conciencia, y quitar Derecho Eclesiástico de los planes de Estudio? ¿Existe esta asignatura sólo para que los antiguos Departamentos de Derecho Canónico no desaparezcan?

Luego el libro tiene tiene incoherencias. Dice por un lado que los acuerdos con la Santa Sede repetan la Constitución porque se firman el 3 de enero de 1979 (a los pocos días de entrar en vigor la Constitución), pero no explica el por qué dichos acuerdos con constitucionales. Si estaba en vigor la Constitución, dicho tratado se firmó por el Gobierno sin someterse a aprobación de las Cortes, como exigía el artículo 94.1 de la misma Constitución vigente.

Es decir, que la asignatura encima me crea confisión para estudiar Derecho Internacional Público.

¿Alguien tiene alguna respuesta?

¿Sabéis si al menos no son muy duros corrigiendo?