Dado que la explotación del negocio es para servicio los propios socios, no procede la indemnización por "clientela", porque se entiende que es de la peña. Por las condiciones que piden, parece que lo que quieren es que no se renueve el contrato, y veo difícil que alguien aporte un aval de 2,5 millones de euros. Probablemente es una excusa para que el arrendatario no quiera renovar y luego la peña hacer lo que quiera.
Habría que ver si las nuevas condiciones están bendecidas por el propietario (la peña, que entiendo que es una asociación), con todas las bendiciones de sus estatutos, etc. Creo que por lo demás es legal toda vez que el contrato expira por terminación del plazo.