Hola. Te adjunto comunicado que colgó el equipo docente el curso pasado:
REDUCCIÓN DE MATERIA PARA LOS EXÁMENES DEL SEGUNDO PARCIAL
El Equipo Docente de la asignatura, atendiendo a la extensión y complejidad de la segunda parte de la misma, ha decidido proceder a una reducción de la materia objeto de examen, si bien, dada su importancia, se recomienda la realización de una atenta lectura de toda ella.
De este modo, en el presente curso 2009-10 no se exigirá para los exámenes correspondientes a las segundas pruebas presenciales (tanto en sus convocatorias de mayo/junio como de septiembre) el conocimiento de la siguiente materia, expresada por referencia al programa de la asignatura:
- Tema 28 (Los arrendamientos rústicos): se excluye en su totalidad.
- Tema 29 (Los arrendamientos urbanos): sólo se excluye la parte correspondiente al TRLAU de 1964 (dos primeros epígrafes del tema 29); el resto sí es materia de examen.
- Tema 31 (El contrato de sociedad): se excluye en su totalidad, menos el concepto y caracteres (que sí son materia de examen).
- Tema 34 (Los contratos aleatorios): se excluye la parte correspondiente a la categoría general de los contratos aleatorios, al juego y la apuesta y al contrato de seguro; en cambio, sí es materia de examen lo referente a los contratos de renta vitalicia y de alimentos o vitalicio.
Creo recordar que no hubo reducción en la primera parte, aunque no te lo aseguro 100%.
Un saludo