De cualquier manera, la pregunta no está bien formulada
Por un lado, se alude al cumplimiento del derecho por el común de los mortales
Por otro, a la aplicación del derecho por parte de los abogados y jueces; es en este último caso donde el conocimiento equivocado de la ley sí tiene relevancia, para el profesional de la justicica que, de acuerdo al principio iura novit curia, debería conocerla, y en caso de ignorancia o error, deberá ser sancionado
Creo que podriá enunciarse así:
Si eres una persona del montón y no cumples, me da igual que conozcas o no la ley, ahí va sanción
Si eres un profesional de la justicia y no conoces la ley o la conoces mal, te la cargas de todas todas.
En el primer caso el conocimiento equivocado de la ley carece de relevancia (ni me paro a tener en cuenta si te la sabes o no, no cumpliste y llevas castigo); en el segundo caso, si no conoces la ley o tienes un conocimiento equivocado, empezamos mal, ya no vas a poder ni aplicarla bien, no entramos ya en el desempeño, ERA TU DEBER CONOCERLA Y YA FALLABAS CUANDO NO TE LA SABÍAS (excepto en caso de costumbre o derecho internacional); El CIUDADANO DE A PIE, en cambio, SI NO LA CONOCE NO FALTA A NINGÚN PRINCIPIO.
Espero no haberla liado más. Desde luego, era para impugnarla.
Saludos.